Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas DERECHOS DE LA MUJER

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Transcripción:

Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas DERECHOS DE LA MUJER En 1985 el Gobierno de Argentina ratificó la Convención para la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer, a partir de ese momento se han aprobado leyes destinadas a resolver los problemas que las afectan. En el aspecto normativo los derechos humanos de la mujer han avanzado significativamente. En los dos últimos años se han producido algunos avances y algunos retrocesos. En varias provincias se han dictado leyes de violencia familiar. Se han dictado leyes de Salud Reproductiva, la última de ellas en la Provincia de Buenos Aires, siguiendo los lineamientos de la ley de la Ciudad de Buenos Aires. En relación a los derechos cívicos se dictó el Decreto 1246/2000 reglamentario de la ley 24.012 (Ley de Cupo) que zanja para siempre la interpretación de la ubicación de las candidatas en las listas electorales. Por otra parte, se está comenzando a aplicar, tanto en la ciudad de Buenos Aires, como en varias provincias y municipios, la inscripción de morosos alimentarios en registros instrumentados a tales fines. Sin embargo, no se han implementado procedimientos efectivos y suficientes capaces de garantizar el ejercicio y disfrute de estos derechos. Tales avances no coinciden con las condiciones generales del país que cuenta con una justicia al borde del colapso, y por lo tanto está incapacitada para aplicar las normas que rigen. Por otra parte, la falta de campañas eficientes y continuadas destinadas a defender la legislación que protege a las

mujeres produce su desconocimiento, no solo por parte de las mujeres sino, en muchos casos, por parte de los funcionarios responsables de su aplicación. Aún sigue a la espera una Ley de Salud Reproductiva Nacional y una Ley de Acoso Sexual Laboral que abarque la actividad privada, ya que solo rige en el Gobierno Nacional, en el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en la Provincia de Buenos Aires desde hace pocos días. También vale la pena destacar la necesidad de asignación de partidas presupuestarias suficientes para aquellos programas que promueven una verdadera igualdad de oportunidades, para agilizar los organismos judiciales y para crear la cantidad necesaria de Casas Refugio para mujeres víctimas de la violencia. La violencia contra la mujer, ya sea en el interior de la familia como en el ámbito extra familiar, es el ejemplo de relaciones asimétricas de poder entre los géneros y constituye un problema que afecta a un gran número de mujeres en nuestro país. El ser mujer golpeada no se contrapone con el nivel cultural ni ocupacional, tiene que ver con los sentimientos de desvalorización de la mujer y con los estereotipos de sumisión a la autoridad masculina, fuertemente arraigados en nuestra sociedad. Sabemos que el 30% de mujeres víctimas de homicidio son asesinadas por su pareja. De acuerdo al informe de UNICEF(1999) en Argentina el 82% de violaciones a menores es responsabilidad de familiares muy cercanos. Ante la gravedad de este problema, en 1995 se dictó la Ley Nacional de Violencia Familiar. Esta Ley es en principio un avance, pero se limita a establecer normas de procedimiento específico en el ámbito local. Diez provincias han dictado posteriormente leyes en adhesión, surgiendo algunas discordancias entre los contenidos en las distintas jurisdicciones. También es importante destacar que desde su aplicación, esta ley ha servido para destacar las carencias de la estructura de los tribunales, sobrepasados por la demanda de servicios de justicia. Luego de esta experiencia se hace necesaria una nueva ley, con disposiciones de fondo que sea aplicable a todo el territorio del país, que incluya sanciones en caso de incumplimiento de las medidas preventivas y algunas otras modificaciones que faciliten la identificación de la problemática y fijen plazos para su solución. Además hay que comprender que no todo termina en el ámbito jurídico. En la mayoría de los casos las mujeres han tenido que dejar su hogar con niños pequeños y sin

recursos, esto requiere la atención de equipos interdisciplinarios capaces de brindarles atención sociológica y social, en hogares-refugio. Esta necesidad es escasamente atendida por el Estado. Otro aspecto clave para medir el grado de discriminación de las mujeres es la situación laboral. Las mujeres son alrededor del 40% de la fuerza laboral en Argentina, pero ganan un 26,5% menos que los varones. Más de la mitad de ellas trabajan en negro, sin obra social ni aportes jubilatorios. La presencia femenina es casi excluyente en el servicio doméstico y muy importante en la enseñanza donde el 80% son mujeres. En este momento Argentina, debido a las años de recesión, atraviesa una situación de pobreza y desempleo. Al mismo tiempo ha aumentado el número de hogares encabezados por una mujer. El año pasado alcanzó al 30% del total de familias, con la característica que aumenta en los sectores de ingresos más bajos. En el Gran Buenos Aires el 53,6% de los niños menores de 14 años viven en hogares pobres y se calcula que el 50% de estos hogares han quedado a cargo de las madres. La Ley de Contrato de Trabajo tiene como principio la igualdad de salarios entre varones y mujeres, sin embargo a mayor calificación (estudios terciarios o universitarios) la brecha se acentúa, en estos cargos las mujeres tienen ingresos en promedio alrededor de un 35% menos que sus pares varones. Para un grupo significativo de mujeres su nivel educativo no se traduce en inserciones laborales acordes, por eso son más las que realizan tareas inferiores al nivel educativo alcanzado. En nuestro país hay dos leyes sancionadas en la década del 70 que ordenan, una de ellas al Estado construir jardines maternales en cada barrio, y la otra delega esa responsabilidad a las empresas. Pero ninguna entró en vigencia. Datos actuales suministrados por la cartera laboral confirman que, sobre un total de 1000 convenios colectivos de trabajo, apenas 20 cuentan con cláusulas referidas a guarderías o salas maternales. Las mujeres además del trabajo remunerado en su mayoría realizan los trabajos domésticos, el cuidado de los niños, enfermos y ancianos. El cúmulo de tareas insume de 12 a 24 horas diarias, con riesgo de su salud física y síquica.

Otro grave problema en Argentina es la falta de serias campañas de educación sexual. Cada vez aumenta el número de madres niñas y disminuye el promedio de edad de las parturientas. El embarazo no deseado se produce con mayor frecuencia en los sectores populares con escasos recursos económicos y poca información. El aborto clandestino es una de las principales causas de muerte entre las mujeres en edad de procrear. La legislación debería permitir explícitamente la educación sexual a los menores de edad, dado que en este momento los jóvenes comienzan muy tempranamente su vida sexual. La Cámara de Diputados de la Nación ha sancionado dos veces, en distintos períodos, proyectos de ley sobre Salud Reproductiva. En las dos oportunidades no fueron tratados por el Senado. Algunos Estados han legislado sobre el tema, pero es necesaria una ley nacional que contemple todos los aspectos de la salud reproductiva, información y suministros de métodos anticonceptivos. En Argentina, la ley 23.789/91 de Lucha contra el SIDA estableció que tal acción es de interés nacional y que la autoridad de aplicación es el Ministerio de Salud nacional. Una de las características negativas de la acción gubernamental estriba en la inestabilidad de los equipos técnicos a nivel central cuyos cambios, corresponden, casi siempre, a determinantes políticos. Así, desde el inicio de la epidemia han comenzado e interrumpido por esas razones cuatro campañas de medios masivos. Y aún cuando la primera fue premiada por defender los derechos humanos. La actual comenzó en el corriente año. Por otra parte y pese a la sanción de la Ley 24455/95 sobre cobertura en Obras Sociales aún hoy es frecuente la necesidad de recurrir a la justicia para lograr su cumplimiento. Además, con los permanentes ajustes del presupuesto nacional, los funcionarios han llegado a justificar en el ahorro que realizan la compra de medicamentos (o su fraccionamiento) y preservativos, a veces de calidad cuestionada. En Argentina, la relación hombre/mujer de enfermos de SIDA, se ha estabilizado en los últimos años en 3:1. Sin embargo, continúa el incremento de mujeres que viven con VIH/SIDA. Las relaciones heterosexuales sin protección siguen siendo la vía de transmisión más frecuente. El 63% de las mujeres se infectan por ésta vía. Según el Boletín Oficial sobre el SIDA, las mujeres se enferman en edades más jóvenes que los hombres (24

y 28 años respectivamente). Desde 1982 al 2000 se registraron, en todo el país, 3.526 casos de SIDA en mujeres y 14.215 en varones. Los niños menores de 13 años presentan uno de los porcentajes de enfermos de SIDA (6,9) más altos de América Latina, en total 1.317 casos. APDH 2001