MANUAL DE PARTICIPACIÓN EN PUERTO SIN PAPELES. API-MAN-GO-M-01 HISTORIAL DE REVISIONES

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Transcripción:

HISTORIAL DE REVISIONES REVISIÓN Nº FECHA DE REVISIÓN DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO 04 23/08/10 Se modifica el nombre de quien aprueba el documento 05 30/03/12 06 Se modifica el nombre de quien autoriza este documento, se actualiza el 2do párrafo del punto 5.3.1 y los puntos 5.3.2, 5.3.3, 5.3.4, y se agregan los puntos 5.3.5, 5.3.5.1, 5.3.6, 5.3.7 y 5.3.8. Se agregan el segundo y quinto párrafo del punto 5.4 (Estado Actual del Puerto y Buques Programados). En atención a la Norma Mexicana NMX-R-025SCFI-2009, para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombre, se matizó el lenguaje utilizado en el presente instructivo. Se modifica el nombre de quien autoriza el documento y se actualiza la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2012, para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres. 1 de 10

1. PROPÓSITO. El propósito del Puerto Sin Papeles es Implementar MODELO DE UN PUERTO SIN PAPELES a través de un portal en Internet que sistematice y de agilidad a los procesos administrativos y las transacciones de autorización y solicitudes de servicios Marítimos y Portuarios (Arribo, atraque y zarpe de buques), en coordinación con Autoridades: Capitanía de Puerto, Aduana Marítima, Migración, SAGARPA, Sanidad, Administración Portuaria Integral, Agentes Navieros, Pilotos de Puerto, Maniobristas, Remolcadores, Amarradores; en una primera fase. En la segunda fase se integrará la Operación Portuaria en coordinación con Autoridad Marítima Portuaria, Aduana Marítima, Administración Portuaria Integral, Agentes Navieros, Maniobristas, Operadoras (Recintos Fiscalizados), Agentes Aduanales y Sindicato de Estibadores. La meta de la presente guía de participación de Puerto Sin Papeles es de proveer información al usuario para conocer y participar adecuadamente a través de este sistema modelo de PUERTO SIN PAPELES; La Autoridad Marítima Portuaria, La Administración Portuaria Integral y la AMANAC, han trabajado juntos para crear este sistema único, cada uno especializado en sus propias áreas. Esta Guía no intenta crear conflicto o modificar cualquier regulación existente en cualquier aspecto, y los(las) usuarios(as) de este sistema deben ser responsables por cumplir con la normatividad de acuerdo con las Leyes y Reglamentos Nacionales y Locales existentes que apliquen en esta materia (incluyendo las reglas de operación del puerto de Manzanillo). 2. ALCANCE. (Primera fase) Puerto Sin Papeles se deriva de la serie de trámites que se efectúan para el arribo, atraque y zarpe de una embarcación, que son realizados ante diversas autoridades y prestadores de servicios. Para tal efecto es necesario desplazarse por el puerto y en ocasiones por la ciudad para entregar esta documentación requerida, a fin de conseguir la autorización y los servicios requeridos. La intención es proveer al usuario información necesaria para la participación dentro del Sistema de Puerto Sin Papeles. 2 de 10

El PSP forma parte de las iniciativas estratégicas incluidas en el Plan Maestro de Desarrollo del Puerto de Manzanillo 2006 2011. 3. DEFINICIONES. Para efectos de la presente Guía de participación se entenderá por: Autoridad Marítima Portuaria: La Capitanía de Puerto. API: La Administración Portuaria Integral. PSP: Puerto Sin Papeles. Centro de Control de Tráfico Marítimo (CCTM): Provee coordinación y control del tráfico de barcos para la recalada y dentro del puerto de Manzanillo; incluye, pero no esta limitado a, monitoreo de tráfico marítimo, y proporcionando información oportuna a los marinos, información de tráfico relevante y precisa durante su transito dentro de la zona de influencia. Embarcación: Toda construcción destinada a navegar, cualquiera que sea su clase y dimensión. Navegación: La actividad que realiza una embarcación para trasladarse por agua de un punto a otro, con rumbo y fines determinados. Piloto de Puerto: Profesional de la Marina Mercante autorizado y certificado por la Secretaría para realizar el servicio de pilotaje del puerto, consistente en maniobras de atraque, desatraque y fondeo en el puerto y sus proximidades. Puerto: El lugar de la costa o ribera habilitado como tal por el Ejecutivo Federal para la recepción, abrigo y atención de embarcaciones, compuesto por el Recinto Portuario y, en su caso, por la zona de desarrollo, así como por accesos y áreas de uso común para la navegación interna; con servicios, terminales e instalaciones, públicos y particulares, para la transferencia y trasbordo de bienes y de personas entre los modos de transporte que enlaza. 3 de 10

Recinto Portuario: La Zona Federal delimitada por la Secretaría y por la de Desarrollo Social en los puertos, terminales y marinas, que comprende las áreas de terrenos de dominio público destinados al establecimiento de instalaciones y a la prestación de servicios portuarios. Reglas de Operación de Puerto: Regulación autorizada por la Secretaría y que contienen las condiciones básicas para garantizar la operación segura de los puertos y terminales. Reglas de Operación del CCTM: Disposiciones Autorizadas por la Secretaría que tienen por objeto regular el funcionamiento y operación del Centro de Control de Tráfico Marítimo para incrementar la seguridad en la navegación y de la vida humana en el mar, proteger el medio ambiente marino y optimizar el rendimiento operativo del puerto y su zona de influencia Señalamiento Marítimo: Conjunto de dispositivos ópticos, acústicos y electromagnéticos, que situados en puntos estratégicos, sirven para que las embarcaciones puedan situarse, orientarse o dirigir a un lugar determinado, así como también para evitar peligros naturales. Notificación de Arribo: Información referente al arribo de buque la cual comprende fecha y hora de arribo al puerto. Autorización de Arribo: Trámite efectuado por Agente Consignatario ante la Autoridad Marítima. Autorización de Fondeo: Trámite efectuado por Agente Consignatario ante la Autoridad Marítima. Planeación de Buque: Paso del proceso en sistema PSP, que realiza el Agente Consignatario, en el que detalla los volúmenes de las operaciones del buque en puerto. Autorización de Atraque: Trámite que efectúa Agente Consignatario mediante Junta de Programación de Buques ante la API, para la asignación de tramo de atraque. 4 de 10

Terminal: La unidad establecida en un puerto o fuera de él, formada por obras, instalaciones y superficies, incluida zona de agua, que permite la realización íntegra de la operación portuaria a la que se destina. Tripulación de una Embarcación: Es el personal que de acuerdo a su capacitación garantiza la seguridad de la navegación y de la embarcación. Zona de Influencia: Área de cobertura delimitada por la Autoridad Marítima Portuaria y oficialmente declarada zona de acción del CCTM. ETA: (Estimated Time of Arrival).Tiempo Estimado de Llegada ETD: (Estimated Time of Departure).Tiempo Estimado de Zarpe. Esquema de Separación de Tráfico (EST): Rutas establecidas con el propósito de separar opuestamente los flujos de tráfico marítimo mediante medios apropiados y por líneas de tráfico establecidas. Zona de fondeo: Área con límites definidos donde los barcos deben fondear dependiendo de su tamaño, considerándose como una zona de precaución. 4. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA. Disposiciones Nacionales: Constitución Política de los Estados Unidos. Ley Federal del Mar. Ley de Puertos y su Reglamento. Ley de Navegación y su Reglamento. Reglas de Operación de los Puertos de México. Reglas de Operación del Puerto de Manzanillo. 5 de 10

5. DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y RESPONSABILIDADES. 5.1 Acceso y operación al sistema. Todo usuario debe contar con clave de acceso y operación para poder participar en este sistema: La clave de acceso se empleará solamente para iniciar la sesión del usuario. La clave de operación se empleará para salvar los registros efectuados durante la sesión. 5.2 La página principal de dominio www.puertosinpapeles.com.mx comprende: Departamentos API Manzanillo: - Departamento de Dirección General. - Departamento de Gerencia de Operaciones. - Departamento de C.C.T.M. - Departamento de Informática Autoridades Portuarias: - Capitanía de puerto. - Migración. - SAGARPA. - Sanidad Internacional. - Aduana Marítima. Clientes - Agencias Consignatarias. - Empresas Maniobristas. - Agencias Aduanales. Prestadores de Servicios: - Lanchaje. - Pilotos. - Remolcadores. - Amarradores 6 de 10

5.3 Inicio del proceso: 5.3.1 Agente Consignatario dará Notificación de Arribo de los buques bajo su representación, usando sesión de Clientes / Agencias Consignatarias, opción del menú Arribo de Buque - Operación / Notificación de arribo. Nota: En caso de ser primera vez del buque en arribar al puerto de Manzanillo, se deberá usar menú de Arribo de Buque / Buque nuevo, para registrar en base de datos la información de buque en cuestión; siendo obligatorio la captura de: nombre del buque, tipo de buque, agencia consignataria, línea naviera, eslora y manga del buque; resto de información se pude capturar con un dígito, se recomienda el numero 0 (cero). En caso de que el nombre de la embarcación por notificar coincida con otra ya existente, se deberá de diferenciar de este registro, agregando al final del nombre del buque, un asterisco (*). 5.3.2 Sobre misma Notificación de Arribo, agente consignatario efectuará la Solicitud de Autorización de Arribo, empleando menú Arribo de Buque, opción Solicitud de Autorización de Arribo. Una vez efectuada esta solicitud, el sistema automáticamente confirmara Autorización de la misma. Posterior a realizar la Notificación de Arribo de la embarcación, el Agente Consignatario deberá de cargar la documentación que contenga la información General y Particulares del buque al Sistema Puerto Sin Papeles. 5.3.2.1 Sobre misma Notificación de Arribo, agente consignatario también podrá efectuar la Solicitud de Autorización de fondeo, empleando menú Arribo de Buque, opción Solicitud de Autorización de Fondeo. Una vez efectuada esta solicitud, el sistema automáticamente confirmara Autorización de la misma. 5.3.2.2 En Notificación de Cobro, agente consignatario podrá imprimir el cobro del Derecho de Capitanía de Puerto por cada autorización de arribo y fondeo de las embarcaciones bajo su consignación, conforme a las tarifas vigentes y en los horarios establecidos para la operación ordinaria y extraordinaria. 5.3.3 La Planeación de Buque podrá y deberá ser efectuada una vez que se reciba confirmación de Autorización de Arribo del buque en cuestión, por parte de la Capitanía de Puerto, esto es utilizando el mismo menú Arribo de Buque, opción Planeación de buque. Al terminar la planeación del buque, el sistema confirmará de manera automática el registro de dicha planeación; de tal forma que el buque quedará preparado para la programación de atraque, generando un Acta de Planeación, al terminar este proceso. 7 de 10

5.3.4 En la Junta de Programación de Buques, se asigna y autoriza la posición de atraque y/o fondeo de todas aquellas embarcaciones previamente planeadas en sistema. Al concluir la Junta de Programación de Buques, y esta sea finalizada en el sistema PSP; el Agente Consignatario que tenga buques bajo su representación los cuales hayan sido programados para su atraque, recibirá de manera automática y vía correo electrónico(s) registrado(s) en sistema previamente, la Autorización de Atraque sobre la base de la misma programación, tomando los tiempos y maniobras ahí declarados, mismos que están en función de su estadía estimada, generando un Acta de Programacion de Buques, al terminar este proceso. En la opción de Atraques Autorizados de mismo menú, podrá consultar los buques autorizados con los detalles de la información del muelle ó tramo asignado. 5.3.5 El Agente Naviero, podrá solicitar una Enmienda del o los buques bajo su consignación en dos vertientes, la primera es en la Junta de Programacion de buques, programando los movimientos correspondientes, la segunda es cuando el buque ya este atracado y requiera cambiar de posición de atraque. Esta última forma, tiene que estar previamente autorizada por la Gerencia de Operaciones de la API, reprogramando la embarcación en cuestión, para que se pueda realizar la solicitud de Servicios Portuarios (Piloto, Remolcador (es), amarradores y lanchaje). 5.3.5.1 El Agente Consignatario, podrá realizar la Solicitud de Servicios Portuarios, cuando la embarcación bajo su consignación, se le haya asignado y programado/autorizado una posición de atraque, lo cual se deriva de la Junta de Programación de Buques, misma que realiza la Gerencia de Operaciones de la API. Esta Solicitud de Servicios Portuarios, automáticamente se visualiza entre los diferentes involucrados para la prestación de los servicios portuarios, siendo los Pilotos de Puerto, Lanchaje y Remolque principalmente, simplificando y reduciendo significativamente este proceso, mediante la plataforma informática del Puerto Sin Papeles, sin necesidad de realizar este proceso en forma presencial con los prestadores de servicios involucrados. El Agente Consignatario, podrá realizar ajustes y cambios a la Solicitud de Servicios Portuarios previamente hecha, sujetándose para ello a la reglamentación aplicable de los diversos prestadores de servicios involucrados. 8 de 10

5.3.6 Para la solicitud de servicios portuarios al desatraque y/o zarpe de cualquier embarcación, el agente naviero deberá de realizar la solicitud de despacho del buque en mención, en el módulo correspondiente, del sistema puerto sin papeles, completando los requisitos necesarios para tal proceso, siendo uno de ellos la expedición de la Carta de No Adeudo, misma que se genera por el sistema, al ser programada y autorizada la embarcación para fondear y/o atracar en la junta de programacion de buques. 5.3.7 Para el despacho de cualquier embarcación, el agente naviero deberá de realizar la solicitud de pre-liberación del despacho ante la Capitanía de Puerto, cumpliendo con los diferentes requisitos que se deben de considerar para tales efectos. Acto seguido, una vez pre-liberado el despacho por la Capitanía de Puerto, el agente naviero, deberá de reportar al Centro de Control de Tráfico Marítimo del Puerto de Manzanillo la fecha y hora del termino de operación y de liberación al zarpe del buque, la cual se registra por el(la) operador(a) del C.C.T.M. en el sistema puerto sin papeles, para que se genere el despacho de la embarcación, con una validez de 48 horas en función de la fecha registrada de liberación al zarpe. Tal documento da fe que la embarcación, puede hacerse a la mar para navegar en tráfico de altura y/o cabotaje. 5.3.8 Para la generación de las consultas de cobro por uso de infraestructura portuaria (Consulta SAP), la embarcación deberá de arribar, atracar, desatracar y zarpar del recinto portuario, siendo la fecha y hora del zarpe del buque, la que genera automáticamente en sistema las consultas de cobro por uso de infraestructura portuaria (Consulta SAP). Las consultas se generan por dos tipos de conceptos, siendo de Puerto y Atraque, según los movimientos y tiempo que haya causado la embarcación, aplicando diversas tarifas de cobro, según aplicación. 5.4 Consultas: Este menú cuenta con las opciones de: Estado Actual del Puerto: Comprende sólo los buques actualmente en puerto, representados por su posición de atraque, en una tabla que muestra en columnas por tramo de atraque los buques actualmente en puerto, incluyendo los tiempos de atraque, ETD, ETA de los próximos arribos y 9 de 10

6. REGISTROS N/A 7. ANEXOS N/A buques fondeados. Además de que a través de Mapa del Puerto se puede visualizar gráficamente la posición de cada buque. Próximos Arribos: Incluye todos los próximos arribos a partir de última programación de buques, registrados por todas y cada una de las Agencias Consignatarias mediante Notificación de Arribo. Acta de Programación de Buques: Muestra Historial de las actas de programación de buques por número de acta y fecha. Buques Programados: Muestra listado de las buques programados, derivado de las mismas Juntas de Programación, mostrando información a detalle. Informe Previo a Junta de Programación de Buques: Incluye información referente a Buques en Puerto, Buques Programados, Buques Planeados y Próximos Arribos. Arribos y Zarpes: Muestra la información derivada del arribo, atraque y zarpe de cada buque, incluyendo la fecha y hora de cada evento en tiempo real; con criterios de búsqueda por cuenta, buque viaje ó periodo de fechas de arribo. 10 de 10