CONTRATO No. 09 DE 2014 PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE CAPACITACIÓN ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y PENSEMOS S.A.

Documentos relacionados
CONTRATO No. 03 DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y JORGE PINO RICCI

CONTRATO 06 DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y ZARAMA & ASOCIADOS CONSULTORES S

CONTRATO 02 DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y MARTHA ROCÍO MENDOZA SAAVEDRA

CONTRATO No. 01 DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y GLADYS ALICIA DIMATÉ JIMÉNEZ

CONTRATO 16 DE 2015 PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE CAPACITACIÓN CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y BUSINESS SUPPORT S

LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS

CONTRATO No. 13 DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y JORGE PINO RICCI

ORDEN DE SERVICIOS No. 007 FECHA: 28 DE ENERO DE 2010 MUNICIPIOS NIT

CONTRATO No. XXX DE 2011

CONTRATO No. 18 DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y INALAMBRIA INTERNACIONAL S.A.

CONTRATO No. CONTRATISTA:

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE RECAUDO CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y EL BANCO DE BOGOTÁ

CONTRATO No. 23 DE 2014 DE CONSULTORÍA CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y JARGU S.A. CORREDORES DE SEGUROS

ORDEN DE PRESTACION DE SERVICIOS

CONTRATO No. : SGO- : ANDELFO GARCÍA GONZÁLEZ

CONTRATO Nº 02 DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS E IDEAMOS PUBLICIDAD LIMITADA

INSTITUCIÓN EDUCATIVA JUAN PABLO II

INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARÍA MEDIADORA CONTRATO No. 027 (VEINTIDÓS (22) DE OCTUBRE 2013) CONTRATISTA: MAGRED SÁNCHEZ CASTRO.

MINUTA DEL CONTRATO. CONTRATO No. DE 2017 CELEBRADO ENTRE EL CONSORCIO PPL 2017 Y

ANEXO 1. CONTRATO No. DE 2015 DE JOINT VENTURE CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y DATA TOOLS S.A.

GRACELIANO ARROYO CUESTA,

Con identificación DANE NIT CONTRATO DE CONCESIÓN N JDC

CONTRATO DE OBRA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y J F ARQUITECTURA E INTERIORES LTDA. NIT: SF- 1.

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE INTERVENTORIA CELEBRADO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA Y GENERAL SECURITY LIMITADA

INFORME DE SEGUIMIENTO

CONTRATO MC No

ANEXO No MINUTA DE LAS CLÁUSULAS ADICIONALES A LOS CONTRATOS DE SEGUROS

CONVENIO DE ASOCIACIÓN N SUSCRITO ENTRE EL MUNICIPIO DE SANTA FE DE ANTIOQUIA Y FUNDACIÓN MUSEO DE ARTE RELIGIOSO FRANCISCO CRISTOBAL TORO

ORDEN DE PRESTACION DE SERVICIOS PERSONALES

CONTRATO No CONTRATO DE SUMINISTRO CELEBRADO ENTRE LA CONTRALORIA GENERAL DE SANTANDER Y ESTACION DE SERVICIO LA AMERICANA

RE REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CORDOBA MUNICIPIO DE MOMIL NIT: COD 464

CONTRATO Nº : 008 COMPRA/ VENTA

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS NºXXXX-2015 E.S.E HOSPITAL SAN SEBASTIÁN DE URABÁ

CONTRATO DE COMPRA VENTA SUSCRITO ENTRE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA DE COLOMBIA Y LA COMPAÑÍA COMERCIAL GOBE LTDA.

PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MINIMA CUANTIA ANH-04-MIN-2011

CONTRATO No. DE 2011, SUSCRITO ENTRE LA CORPORACION PARA EL DESARROLLO DEL DEPARTAMENTO DEL META CORPOMETA Y

cauca CONTRATO No

TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACION DE AUDITORIA INTERNA PARA LA FEDERACION NACIONAL DE CACAOTEROS FONDO NACIONAL DEL CACAO

UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER TÉRMINOS DE REFERENCIA PRELIMINARES. ANEXOS ACUERDO DE PRECIOS No. 1 DE 2008

CONTRATO No. 01 DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y JORGE PINO RICCI

CONTRATO DE SUMINISTRO No. 030 SUSCRITO ENTRE EL INSTITUTO TOLIMENSE DE FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL- ITFIP Y MUEBLES Y PLÁSTICOS S.A.

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS. Versión: Página: 1 de 5 Elaboró: Omar León Revisó: Magdalena Sanabria Aprobó: Magdalena Sanabria PROCESO CONTRATACION

INVITACIÓN DIRECTA UNPA-ID

CONTRATO No. 04 DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y HUGO ARMANDO CENDALES

GUSTAVO ORLANDO ÁLVAREZ ÁLVAREZ

CONTRATO No. 06 DE COMPRAVENTA, SUSCRITO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y GESTIÓN DE SEGURIDAD ELECTRÓNICA S.A GSE S.A.

CONTRATO ESTATAL DE PRESTACION DE SERVICIOS DE SELECCIÓN ABREVIADA Nro: 98 DE 2011 Nº C.C DE INZA CAUCA SAN FRANCISCO - INZA CAUCA

VALORACIÓN DE PROPIEDADES MINERAS A REALIZARSE EN LAS CIUDADES DE

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No

COLEGIO DE BOYACA. INVITACIÓN PÚBLICA No. 30 DE 2010

Con identificación DANE NIT

ANEXO 10 MINUTA DE CONTRATO

CONTRATO No

CONTRATO No. 10 DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y 360º INTEGRAL SECURITY S.A.

ESTUDIOS PREVIOS PARA CELEBRAR UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR PARTE DE LA CONTRALORIA GENERAL DE SANTANDER

ANEXO 1. Fecha máxima de entrega de la garantía de participación Subasta campo Floreña

LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS

CONTRALORÍA GENERAL DE SANTANDER CÓDIGO: RECO-27-01

PARA LOS EQUIPOS DE COMPUTO E IMPRESORAS DE LA CONTRALORIA GENERAL DE SANTANDER.

ACTA DE COMITÉ EVALUADOR. INVITACIÓN PÚBLICA No. 01 de 2015 ACTA DE REUNIÓN No. 002

$ , enero roberto $ ,80 diciembre roberto $ ,60 mensual $ ,00

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL ESCUELA SUPERIOR DE GUERRA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NIT

Contrato Mínima Cuantía No. DNDA DISTRIBUIDORES DE SERVICIOS INDUSTRIALES SAS y la DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA REGIONAL HUILA CENTRO DE FORMACION AGROINDUSTRIAL LA ANGOSTURA FORMATO SOLICITUD DE ESTUDIO DE MERCADO

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS

SECRETARIA ADMINISTRATIVA INVITACIÓN PÚBLICA SAMC

CONTRATO DE MANTENIMIENTO No. 023 FECHA: IBAGUE, JUNIO 16 DE DE IBAGUE TOLIMA OBJETO:

CONVENIO DE PAGO DE CREDITO POR LIBRANZA

Municipio de Aguachica Alfredo Vega Quintero Alcalde

I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

CONTRATO No. 11 DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS Y BUSINESS SUPPORT S.A.

CONTRATO ICBF.RAM. LA RED DE UNIVERSIDADES PÚBLICAS DEL EJE CAFETERO PARA EL DESARROLLO REGIONAL- ALMA MATER-. NIT No

ANEXO 5. MINUTA CONTRATO

INVITACION A CONTRATAR Y ESTUDIOS PREVIOS

MODELO DE CONTRATO DE LICENCIA DE USO DEL SOFTWARE DENOMINADO XXXXXXXXXXX

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL ESCUELA SUPERIOR DE GUERRA

PROCEDIMIENTO PARA LA LEGALIZACION DE LOS CONTRATOS 1. OBJETO:

Contrato de prestación de servicios freelance

INVITACIÓN A COTIZAR

CONCEJO MUNICIPAL MANZANARES CALDAS Nit:

Municipio de Aguachica


Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA Regional Nariño.

INFORME DE SEGUIMIENTO

II. Que la necesidad a satisfacer por parte de la Entidad Estatal contratante es [descripción de la necesidad a contratar],

TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACION DE AUDITORIA INTERNA PARA LA FEDERACION NACIONAL DE CACAOTEROS FONDO NACIONAL DEL CACAO

CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS NO. 097 DE 2012, SUSCRITO ENTRE EL DEPARTAMENTO DEL QUINDÍO Y EL MUNICIPIO DE GÉNOVA

CONTRATO DE SUMINISTRO DE BIENES No. 170 DE 2015, SUSCRITO ENTRE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA Y MELEXA S.A.S. NIT.

CONTRATANTE: UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA. RESPONSABLE: ALFONSO LOPEZ DIAZ.

UNIVERSIDAD COLEGIO MAYOR DE CUNDINAMARCA 66 Años

CEDULA DE CIUDADANIA: DE PRADERA VALLE VALOR: $ FECHA DE INICIO: 15 DE ENERO DE 2015 FECHA DE TERMINACION: 31 DE DICIEMBRE DE 2015

INVITACIÓN DIRECTA UNPA-ID Suministrar a los estudiantes un almuerzo diario avalado por un nutricionista, el cual este compuesto por:

Unidad Administrativa UUnidad Administrativa Especial Bosques de Cundinamarca -UAEBC Gerencia General República de Colombia

FONDO DE VIVIENDA POPULAR DEL MUNICIPO DE LA DORADA - FONVIPO

ADENDA No. 3 Convocatoria por invitación pública No

VALOR DEL CONTRATO $ ,00 CUMPLIMIENTO $ ,00 CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES $ ,00 SUMINISTRADOS

FUNDACION UNIVESIDAD AUTONOMA DE COLOMBIA NIT DIR

Transcripción:

Por una parte, LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS, persona jurídica de derecho privado sin ánimo de lucro con personería aprobada por Resolución especial No. 759 del 11 de Diciembre de 1989, proferida por la Alcaldía Mayor de Santafé de Bogotá D.C., representada legalmente por GILBERTO TORO GIRALDO, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 70.115.429, en su calidad de Director Ejecutivo, quien para efectos del presente contrato se denominará LA FEDERACIÓN y por la otra, PENSEMOS S.A. identificada con Nit. 804.002.893-6, representada legalmente por GAMALIEL VESGA FLÓREZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 91.295.956, en su condición de Presidente y Representante Legal y en uso de las facultades para contratar, como lo establece el Certificado de Existencia y Representación expedido por la Cámara de Comercio de Bucaramanga el 13 de enero de 2014, quien se denominará EL CONTRATISTA, hemos acordado suscribir el presente contrato de prestación de servicios profesionales de capacitación, previas las siguientes consideraciones. PRIMERA: Que a través del artículo 10 de la Ley 769 de 2002, se autorizó a la Federación Colombiana de Municipios para implementar y mantener actualizado a nivel nacional, un Sistema Integrado de Información sobre las Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT). SEGUNDA: Que la Federación Colombiana de Municipios, cuenta con una solución de software que permite hacer seguimiento dentro de la entidad al plan de Gestión Estratégica, este software usa la herramienta Balanced Score Card, a través del diseño del Mapa Estratégico con todos los elementos propios del modelo (Perspectivas, objetivos estratégicos, relaciones causa efecto, indicadores; metas, iniciativas, planes de acción).tercera: Que el aplicativo necesita ser operado al 100% por los funcionarios responsables de las tareas asignadas por las diferentes jefaturas de la Dirección Nacional Simit y servicios compartidos, por tanto es necesario capacitar en el manejo del aplicativo, garantizando una información confiable, segura y oportuna que cuente con un apoyo efectivo a la gestión estratégica y el control interno de la entidad. CUARTA: Que la sociedad Pensemos S.A., tiene los derechos de autor sobre el software VISION EMPRESARIAL, por lo tanto cuenta con la experiencia e idoneidad para dictar la capacitación requerida, por ser la dueña y creadora de la herramienta. QUINTA: Que con base en la anterior necesidad, la Directora Administrativa y Financiera de LA FEDERACIÓN expidió el certificado de disponibilidad presupuestal No.1220140051 de fecha 24 de enero de 2014. SEXTA: La supervisión de este contrato será ejercida de conformidad con las disposiciones legales vigentes, por el Director de Tecnologías de Información y las Comunicaciones de la Federación Página 1 de 5

Colombiana Municipios o quien haga sus veces, circunstancia que le será comunicada por el Director Ejecutivo de la Federación Colombiana de Municipios o quien haga sus veces, a través de memorando interno. SÉPTIMA: EL CONTRATISTA manifiesta que no se halla incurso en causal alguna de incompatibilidad o inhabilidad, de que trata el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas complementarias, para celebrar este contrato, respondiendo en todo caso por dicha manifestación. OCTAVA: Que conforme a lo antes expuesto, LA FEDERACIÓN considera viable celebrar este contrato de prestación de servicios profesionales de capacitación en el aplicativo Suite Visión Empresarial con PENSEMOS S.A., de conformidad con lo preceptuado en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y el artículo 81 del Decreto 1510 de 2013,.el cual se regirá por las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO: Prestar a la Federación Colombiana de Municipios Dirección Nacional Simit, por sus propios medios, con plena autonomía técnica, administrativa y operacional, sus servicios profesionales de capacitación y acompañamiento para la administración funcional del aplicativo Suite Visión Empresarial. CLÁUSULA SEGUNDA.-VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor del contrato es la suma de NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS PESOS M.L. ($9.929.600), IVA incluido, que serán pagados por parte de la Federación Colombiana de Municipios Dirección Nacional Simit al CONTRATISTA, en una (1) cuota al finalizar el plazo del contrato, dentro de los quince días siguientes a la radicación de la factura o cuenta de cobro. PARÁGRAFO PRIMERO: La Federación concurrirá al pago dentro de los quince (15) días siguientes, previa presentación de la factura, de la certificación de encontrarse al día con el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral por parte del Revisor Fiscal cuando aplique, o el representante legal de EL CONTRATISTA, y la certificación del supervisor del contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: El supervisor designado deberá verificar y certificar en un informe escrito, el cumplimiento de las obligaciones contractuales, el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y dará su visto bueno para tramitar el pago. PARÁGRAFO TERCERO: El valor del presente contrato incluye todo valor por concepto de impuestos, tasas y contribuciones a cargo de EL CONTRATISTA, no obstante la forma de pago prevista, ésta queda sujeta a la disponibilidad de los recursos con cargo al presupuesto de LA FEDERACIÓN DIRECCIÓN NACIONAL SIMIT vigencia 2014. CLÁUSULA TERCERA.- PLAZO: El plazo de ejecución del presente contrato será de tres (3) meses, contado a partir de la suscripción del acta de inicio entre supervisor y contratista. Página 2 de 5

CLÁUSULA CUARTA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: El contratista deberá cumplir con las siguientes obligaciones: 1). Dictar la capacitación en la herramienta Suite Vision Empresarial, para un máximo de 45 funcionarios de la Federación Colombiana de Municipios Dirección Nacional SIMIT y sus servicios compartidos, conforme a la intensidad horaria ofertada. 2). Solucionar dudas e inquietudes de los participantes a la capacitación y acompañar de manera particular a la administración funcional del aplicativo. 3). Presentar para aprobación de la Federación, un cronograma de horarios y fechas para adelantar la capacitación, a los funcionarios que sean designados por la entidad. 4). Realizar a los administradores funcionales de la entidad, el examen de certificación en el manejo de la herramienta. 5). Suministrar el espacio físico para las capacitaciones. 6). Cumplir con el objeto del presente contrato. 7). Entregar certificados de asistencia a los funcionarios participantes. 8). Entregar el material de consulta sobre el tema objeto de capacitación. 9). Acreditar mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal, el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión y Riesgos Profesionales) de sus empleados, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. 10). No ceder el presente contrato, sin la autorización expresa y escrita de la Federación Colombiana de Municipios Dirección Nacional Simit. 11). Las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza de este contrato y de las exigencias legales. 12. Obrar con lealtad y buena fe, evitando dilataciones y entrabamientos. 13). Las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza del presente contrato y de las exigencias legales. CLÁUSULA QUINTA.- OBLIGACIONES DE LA FEDERACIÓN: LA FEDERACIÓN se obliga a: 1). Pagar AL CONTRATISTA el valor convenido en la fecha y forma establecidas. 2). Entregar oportunamente AL CONTRATISTA los elementos necesarios para el eficiente y eficaz cumplimiento del objeto contractual. 3). Ejecutar en general las obligaciones que surjan de la naturaleza de este contrato. 4). Velar a través del supervisor designado, por el cumplimiento de todas las cláusulas contractuales. 5). Designar los funcionarios que recibirán la capacitación e informarlo AL CONTRATISTA. 6). Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y pago de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar. 7). Exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato acorde a lo señalado en el contrato y en la oferta presentada. CLÁUSULA SEXTA.- CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, para imputar al valor de los perjuicios que pudiese sufrir LA FEDERACIÓN en caso de declaratoria de caducidad o Página 3 de 5

incumplimiento, total o parcial de las obligaciones a cargo de ELCONTRATISTA, se estipula como pena pecuniaria un porcentaje igual al diez por ciento (10%) del valor del contrato. CLÁUSULA SÉPTIMA.-MULTAS: En caso de mora o incumplimiento parcial por parte de ELCONTRATISTA, de cualquiera de las obligaciones contraídas en virtud del presente contrato, y con el fin de conminar a su cumplimiento, LA FEDERACIÓN podrá imponer mediante resolución motivada, multas sucesivas equivalentes al uno (1%) del valor del contrato, por cada día de atraso en el cumplimiento de las obligaciones pactadas. Las multas tendrán un tope máximo del diez (10%) por ciento del valor total del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: La cláusula penal pecuniaria y las multas que sean eventualmente impuestas, se harán efectivas directamente por LA FEDERACIÓN, pudiendo acudir para el efecto, entre otros, a los mecanismos de compensación de las sumas adeudadas a EL CONTRATISTA, o a cualquier otro medio para obtener el pago. PARÁGRAFO SEGUNDO: La imposición de multas no limita ni anula las sanciones por incumplimiento descritas en el contrato, ni las indemnizaciones legales a que haya lugar. CLÁUSULA OCTAVA.-INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN, TERMINACIÓN, Y CADUCIDAD DEL CONTRATO: En el presente contrato se entienden incorporadas las cláusulas previstas en los artículos 14 al 18 de la Ley 80 de 1993.CLÁUSULA NOVENA.- SUSPENSIÓN: Las partes de común acuerdo podrán suspender los plazos del contrato cuando se presenten circunstancias que así lo justifiquen, siempre y cuando con ello no se causen perjuicios a la entidad ni se originen mayores costos para LA FEDERACIÓN. De la suspensión se dejará constancia en acta suscrita por las partes en la cual se fijarán los mecanismos para valorar, reconocer o modificar los costos y/u otras condiciones del contrato. Para levantar la suspensión se suscribirá un acta de reanudación del plazo contractual. CLÁUSULA DÉCIMA.- CONFIDENCIALIDAD: EL CONTRATISTA se obliga a guardar absoluta reserva de toda la información, documentación y datos a los cuales tenga acceso durante la ejecución del contrato, ésta confidencialidad continuará aún terminado y liquidado el contrato. EL CONTRATISTA asumirá la responsabilidad frente a LA FEDERACIÓN por los daños y perjuicios que se generen en caso de que esta cláusula no sea respetada. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.-INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA se compromete de manera irrevocable a mantener indemne a la Federación Colombiana de Municipios Dirección Nacional Simit, por cualquier reclamo, acción judicial, demanda, daño o responsabilidad de cualquier tipo o naturaleza que sea entablada por cualquier persona pública o privada, natural o jurídica, o dependientes de EL CONTRATISTA, como consecuencia de actos u Página 4 de 5

omisiones suyas, responsabilidad que se mantendrá aún terminado el contrato por cualquier causa. La responsabilidad se extenderá a indemnización, gastos y costas, sin que la enunciación sea limitativa. En estos casos la Federación Colombiana de Municipios Dirección Nacional Simit, queda facultada para afectar cualquier suma que por cualquier concepto se adeudara al CONTRATISTA, sin que ello limite la responsabilidad de este último. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- LUGAR DE CUMPLIMIENTO Y DOMICILIO CONTRACTUAL: El lugar de ejecución del contrato, y el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá, D. C. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Hacen parte integral del presente contrato, entre otros, los siguientes documentos: a). Propuesta del 16 de enero de 2014. b). Estudios y documentos previos. c). El certificado de disponibilidad presupuestal y el registro presupuestal. d) Las actas, acuerdos y comunicaciones que se produzcan en desarrollo del objeto del contrato. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- GASTOS: Correrán por cuenta de EL CONTRATISTA la constitución de la garantía única y los demás gastos inherentes al contrato. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS DE EJECUCION: El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes. Para su ejecución se requerirá de la expedición del registro presupuestal. Para constancia se firma en la ciudad de Bogotá, D. C., a los veinticuatro (24) días del mes de enero de dos mil catorce (2014). POR LA FEDERACIÓN POR EL CONTRATISTA Firmado en Original GILBERTO TORO GIRALDO Director Ejecutivo Firmado en Original GAMALIEL VESGA FLÓREZ Representante Legal Elaboró: Oscar Iván Laverde Jiménez Profesional de Asuntos Jurídicos Públicos Revisó: Nini Johanna Franco Montoya Coordinadora de Contratación y soporte jurídico a la Operación. Martha Helena Sánchez Ortiz Jefe de Asuntos Jurídicos Públicos. Aprobó: Sandra Milena Tapias Mena Directora Nacional Simit. Página 5 de 5