Principales modificaciones! de! la nueva normativa propuesta!! para el mercado de valores! Antecedentes Hoja de Ruta: Elaborada en el año 2012, con la colaboración de consultores internacionales. Se identifican las principales reformas de corto, mediano y largo plazo que se requieren para impulsar el mercado de valores, dentro de las cuales se visualizó la necesidad de reformas legales.
Principales objetivos del proyecto Más competencia por medio de la apertura del mercado secundario a inversionistas profesionales. Más posibilidades de financiación para las empresas pequeñas, medianas y grandes, al permitirse la diferenciación de emisores según condiciones particulares. Mayor acceso a los inversionistas y empresas por medio de la creación de accesos directos a las plataformas de negociación (enrutamiento). Cambios en el gobierno corporativo de las bolsas (desmutualización) y apertura de su capital accionario. Mayor integración con los mercados internacionales. Principales objetivos del proyecto Sistemas más efectivos y eficientes para el resguardo de valores y la firmeza de las transacciones (central de valores única y mejor regulación de los custodios). Regulación y supervisión por actividades (independiente del sujeto). Esto facilita la regulación de actividades sombra. Se regulan los asesores de inversión. Distribución clara y balanceada de las responsabilidades y riesgos entre los diferentes participantes. Nivela la cancha en materia tributaria, llevando la tasa de impuesto de los fondos de inversión del 5 al 8%. (50 inversionistas mínimo).
Mercados Internacionales Se incorpora el concepto de Jurisdicción reconocida. Se incorpora la figura del operador remoto. Puestos de bolsa autorizados para operar en una jurisdicción reconocida y para operar directamente en sus sistemas de negociación Acceso a mercados internacionales. Mercado Primario Oferta Pública Qué se negocia? Valores Instrumentos financieros Determinación del alcance del concepto de Oferta Pública corresponde al CONASSIF. Autorización a los Fondos de Pensión e Inversión para invertir en valores de oferta privada. Trámite de autorización de Oferta Pública (Régimen de autorización previa) Existencia de dos trámites de autorización: Trámite ordinario: implica revisión de la información por parte de SUGEVAL Trámite sumario: aplicable a algunos emisores según se defina reglamentariamente: Implica una disminución de requisitos de información Alcance de la revisión se limita únicamente a constatar la presentación de los requisitos exigidos.
Mercado Primario Oferta Pública Responsabilidad de la información: Se establece responsabilidad civil (emisores, SAFIS, auditores externos, los asesores legales y otros expertos que haya intervenido en la elaboración de informes o estudios), por la falsedad e inexactitud en la información contenida en el prospecto. Colocación directa a inversionistas profesionales. Mercado Bursátil Administrados por una bolsa de valores Se negociarán valores e instrumentos financieros inscritos o no en el RNVI. Desmutualización de las bolsas (apertura del capital social) Intermediados por puestos de bolsa y autorización para que otros intermediarios ingresen directamente al mercado secundario en bolsa. Solamente se podrán negociar valores de deuda, participaciones de fondos de inversión cerrados e instrumentos financieros autorizados por la Superintendencia. Participan en este mercado: Banco Central de Costa Rica, Ministerio de Hacienda, los bancos y las empresas financieras no bancarias, las operadoras de fondos de pensión, los puestos de bolsa, las sociedades administradoras de fondos de inversión, las aseguradoras y las cooperativas de ahorro y crédito (SUGEF). Actividad a reglamentar por el CONASSIF que podría incluir nuevos participantes.
Servicio de Intermediación! " Se realiza en el mercado bursátil. Son operaciones de acercamiento de demandantes y oferentes, por cuenta propia o ajena. Pueden ejercen funciones de creadores de mercado. Se establece una lista de participantes y permite la incorporación de nuevos actores que indique el CONASSIF en la vía reglamentaria. Puestos de bolsa Autorizados por la SUGEVAL. Brindar servicios de asesoría de inversión. Este último servicio es obligatorio en el caso de los clientes no profesionales sin importar el mercado. Ofrece a otros intermediarios la proveeduría de servicios externos. Funciones de custodio y liquidador. Administración discrecional de carteras.
Asesoría de inversiones Sociedades de objeto especial (no intermediarios), que brindan el servicio de recomendaciones personalizadas. Autorizados por la SUGEVAL. Deben informar sobre conflictos de interés y cumplir con el deber de conocimiento del cliente. Prohibiciones: Recibir en custodia, dinero o valores que pertenezcan a sus clientes. Ofrecer rendimientos garantizados. Convertirse en ordenantes de sus clientes. Las recomendaciones del asesor de inversiones del cliente (externo al intermediario), eximen de responsabilidad a los intermediarios que celebran las operaciones. Estructura del Mercado Anotación en cuenta Una sola central de valores, a quien le corresponde llevar la titularidad final. Se universaliza la anotación en cuenta Se elimina el papel y el macro título Sistema de compensación y liquidación Contará con fondos de garantía y garantías individuales. Custodia El depósito se constituirá mediante el registro de la anotación electrónica en cuenta. Deberá realizar la retención de impuestos. Cámara de riesgo central de contraparte Sociedad anónima con objeto exclusivo. También pueden brindar el servicio las sociedades de compensación y liquidación y las bolsas de valores. Únicamente podrán constituirse como acreedoras y deudoras recíprocas de los derechos y obligaciones, que deriven de operaciones relacionadas con las contrapartes que cumplan los requisitos reglamentarios que emita el CONASSIF, quienes participarán por su propia cuenta o por cuenta de terceros.
Fondos de Inversión El derecho de receso: En fondos cerrados será facultativo, definido en el prospecto. Funciones de la asamblea de inversionistas: Se establece una lista taxativa de temas que pueden ser conocidos por la asamblea de inversionistas. Tributario: Se modifica el esquema de tributos y de exoneraciones Se aplica a fondos con al menos 50 inversionistas. Comercialización: Las entidades comercializadoras serán directamente responsables de la asesoría al inversionista. Normas de Conducta " Deberes de los intermediarios: Conocimiento del cliente. Clasificación de los clientes en profesionales y no profesionales. Asesoría independiente (conflictos de interés). Obligaciones de información: De los emisores al público De los intermediarios: Con recomendaciones y advertencias apropiadas sobre los riesgos asociados, incluso sobre oferta privada. Información precontractual y pos contractual.
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