FONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. NIT JUNTA DIRECTIVA

Documentos relacionados
Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes.

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA

La Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO

ACUERDO No. 001 DE (Febrero de 2017) Por el cual se reglamenta el Articulo 50 de los Estatutos de Coopercar y se dictan otras disposiciones.

FONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES

RESOLUCIÓN No. 016 (21 de enero de 2015)

REGLAMENTO PARA ELECCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE FACULTADES, PROGRAMAS Y DEPARTAMENTOS DE ECONOMÍA AFADECO ACUERDO Nº 1

REGLAMENTACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA

COLEGIO SANTA MARÍA CÓDIGO ELECTORAL CONSEJO ESTUDIANTIL 2017 TÍTULO I. Derechos Políticos y del Sufragio

COOPERATIVA DE EMPLEADOS DE LA REGISTRADURIA NACIONAL COOPEREGINAL Personería Jurídica No. 224 de 1953 Nit

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR. RESOLUCIÓN No. 028 Julio 6 de Por la cual se reglamenta el proceso para la designación de Rector de la

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

Reglamento de elección de Representante de los Profesores

EL PRESIDENTE Y EL GERENTE DE HELM FONDO DE EMPLEADOS

REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA

Reglamento de elección de Representante de los Estudiantes

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR. RESOLUCION No. 061 Noviembre 14 de 2014

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA REGLAMENTO PARA ELECCION DE DELEGADOS A ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS DE DELEGADOS

ASOCIACIÓN DE USUARIOS SANITAS XIII ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ASOCIADOS CONVOCATORIA

Carnaval de Barranquilla S.A. Reglamento emanado de la Asamblea General 24 de Abril de 2014 Acta No. 29

Reglamento de Elección de los Representantes del Cuerpo Docente y Estudiantil al Consejo Directivo del CESA

PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD

FEDERACIÓN MÉDICA PERUANA REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES

COOPERATIVA DE TRABAJADORES DE LAS EMPRESAS DE LA ORGANIZACIÓN CARVAJAL COOPCARVAJAL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN. ACUERDO No.

ACUERDO 31 DE 2010 (5 de octubre)

Documentos Exigidos para actualizar la Directiva de Organizaciones Territoriales y Funcionales regidas por la ley

RESOLUCIÓN DE ELECCIONES SINDICALES NÚMERO 01 Septiembre 06 de 2017

NORMAS ELECTORALES COMITÉ DE EMPRESA

FONDO DE EMPLEADOS Y TRABAJADORES DE LAS EMPRESAS INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS DEL NORTE DE SANTANDER

CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO

REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL

CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE BARRANCABERMEJA CAFABA SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR. RESOLUCIÓN AEB 0251 (8 de marzo de 2017)

RESOLUCIÓN RECTORAL No (22 de Agosto de 2008)

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0917 de 2017 Abril 24 de 2017

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

COOPERATIVA DE YARUMAL. ACUERDO No Enero 12 de 2018

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL

ELECCIÓN DE VOCALES PARA EL COMITÉ DE ÉTICA. A todos los servidores públicos de la Contraloría General de la República.

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

ELECCIÓN DE REVISOR FISCAL CÁMARA DE COMERCIO DE BARRANCABERMEJA

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA.

I Disposiciones Generales

COOPERATIVA DE APORTES Y CREDITO DE TELECOMUNICACIONES CUCUTA LTDA. COOPTELECUC. ACUERDO No.37 ENERO 21 DE 2014

ASOCIACIÓN ANTIOQUEÑA DE COOPERATIVAS CONFECOOP ANTIOQUIA ACUERDO 01 DE 2017 CONVOCATORIA XXXI ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA 2017

La Asamblea General Ordinaria de Asociados del Fondo de Empleados de la Fábrica de Café Liofilizado, en uso de sus atribuciones legales

Por la cual se reglamenta el proceso de elección de los representantes profesorales ante el Consejo de Bienestar Universitario

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN. de los miembros de la COMISIÓN DIRECTIVA. sagai.org

ASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día

No tendrán la condición de elegibles: a) Los que no reúnan los requisitos establecidos en el artículo anterior.

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA SOCIEDAD DE INGENIEROS DE BOLIVIA CAPITULO I DEFINICIONES

REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL

ANEXO III REGLAMENTO VOTACIONES PRESENCIALES PARA ELEGIR A LAS PERSONAS REPRESENTANTES DE LOS CÍRCULOS EN EL CONSEJO CIUDADANO DE PODEMOS MADRID

COOPERATIVISMO ES UNIDAD Y SOLIDARIDAD. SINOPSIS HISTORICA.

RECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 1399 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2009

CONVOCATORIA DE ELECCIONES

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL

CAPITULO I GENERALIDADES

CAPÍTULO I (De los electores, la forma de las elecciones y la convocatoria)

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I. De la convocatoria

RESOLUCIÓN No (mayo 02 de 2017)

Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral.

COINVERSIONES LTDA. REGLAMENTO JUNTA DE VIGILANCIA

PANDO ENTIDAD FINANCIERA DE VIVIENDA REGLAMENTO ELECTORAL

C O N V O C A T O R I A

REGLAMENTO DE ASAMBLEAS

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO GÓMEZ PLATA LTDA. COOGOMEZPLATA LTDA. ACUERDO N 20 DE 2017

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO

UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU

REGISTRO COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL.

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL 0.4 MAR

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Departamento de Arquitectura y Tecnología de la Edificación

REGLAMENTO ELECTORAL FEDERACIÓN DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

ASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DEL MÁSTER EN DIPLOMACIA Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA ESCUELA DIPLOMÁTICA REGLAMENTO ELECTORAL

PREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A CONSEJO DE DEPARTAMENTO

REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE COPROPIETARIOS

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

ARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario.

CALENDARIO ELECTORAL elecciones Director Departamento

REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL PERIODO CAPITULO I GENERALIDADES

CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA

Inscripción de partidos políticos

Universidad del Valle

Universidad del Valle

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA ASOCIACIÓN CLUSTER EMPRESARIAL DE TURISMO DE GALICIA (CTG)

TÍTULO DEL DOCUMENTO: REGLAMENTO ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LEASING CORFICOLOMBIANA. VERSIÓN: 1 PÁGINA: 1 de 5 1. OBJETIVO...

1. Justificación. Ibíd. Pág. 36

REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES

Secretaría de Acción Sindical

NORMATIVA PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO TÍTULO PRELIMINAR

PROCESO ELECCIONARIO DE CONSEJEROS PARA CONFORMAR EL CONSEJO COMUNAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE COYHAIQUE PERIODO :

TRIBUNAL DE ELECCIONES DEL COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO ELECCIONES CAPÍTULO I Del Tribunal Electoral (Versión NO VIGENTE)

El Acto Electoral. Abog. Katiuska Valencia Segovia

Qué calidades deben tener los jurados de votación? Quiénes pueden ser designados como jurados de votación?

Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96)

A N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS

Cuál es la función de los testigos electorales?

Transcripción:

FONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. NIT. 800.198.921-0 JUNTA DIRECTIVA RESOLUCION No. 001 DEL 28 DE NOVIEMBRE AÑO 2015 MEDIANTE LA CUAL SE DICTA EL REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE DELEGADOS La Junta Directiva del Fondo de Empleados Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales FEDINOR LTDA., en uso de sus facultades legales y estatutarias y las conferidas en los artículos 55,59 y 60 de los Estatutos y; CONSIDERANDO: 1. Que el Artículo 32 del Decreto 1481 de 1989 prevé que la realización de la Asamblea General de asociados sea sustituida por la Asamblea General de Delegados, en razón al número de asociados, y que su número de delegados, en ningún caso será menor de veinte (20). 2. Que el Artículo 55 de los estatutos de Fedinor Ltda prevé la realización de la Asamblea por Delegados y que así mismo faculta a la Junta Directiva para reglamentar sus procedimientos de elección y la adecuada información y participación de los asociados. 3. Que el artículo 59 de los estatutos de Fedinor Ltda. faculta a la Junta Directiva a difundir entre sus asociados el reglamento de habilidad de delegados para asistir en representación de los asociados de FEDINOR LTDA. a la Asamblea General Ordinaria, así como la fecha en la que será convocada la Asamblea. RESUELVE ARTICULO 1. Reglamentar para el año 2016 la elección de delegados para la Asamblea General Ordinaria de FONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA., con domicilio en el municipio de Bucaramanga, Departamento de Santander, República de Colombia. ARTICULO 2: La Junta Directiva, Fija como fecha en la que será convocada la Asamblea General por Delegados el tres (3) de marzo de dos mil dieciséis (2016). ARTICULO 3. ELECCIÓN DE DELEGADOS. Se realizará el día veinticinco (25) de febrero de dos mil dieciséis (2016), en el horario de 8:00 a.m. a 12:00 m. en la sede de cada Dirección Seccional. ARTICULO 4. REQUISITOS PARA SER DELEGADO.- Para ser elegido delegado a la Asamblea General de FEDINOR, el asociado debe reunir los siguientes requisitos: a. Estar debidamente inscrito en el registro social de FEDINOR. b. Ser asociado hábil de FEDINOR. c. Tener mínimo un año continuo de antigüedad como asociado.

d. No haber sido sancionado por el Fondo con suspensión o interdicción de los derechos de asociado. PARAGRAFO: Se consideran como asociados hábiles: 1. Quienes estén al día en el cumplimiento de sus deberes (préstamos y sus intereses, aportes, depósitos, seguros, convenios y cualquier otro concepto que adeude al FONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA.,), en concordancia con los artículos 11 literal d, 12 y 13 de los Estatutos de Fedinor. 2. Los asociados que en virtud de los estatutos y los reglamentos no tengan suspendidos sus derechos. 3. Los delegados principales y suplentes actuales que reuniendo el requisito anterior no hayan dejado de asistir a la Asamblea General Ordinaria celebrada en el periodo para el cual fueron elegidos.(hacer observación de la justa o injusta causa) ARTICULO 5. El Comité de Control Social verificará la lista de los asociados hábiles e inhábiles y la relación de ésta última se publicará en las carteleras de FEDINOR LTDA ó en un lugar visible para todos los asociados del Fondo en cada una de las Direcciones Seccionales de, Barrancabermeja, Bucaramanga, Cúcuta, Valledupar, Cartagena, Barranquilla, Ibagué, Tunja y Sogamoso. También ha de ponerse en conocimiento a los asociados radicados en ciudades diferentes a las Direcciones Seccionales mencionadas y a los asociados pensionados, vía correo electrónico, de conformidad al contenido del artículo 60 de los Estatutos del Fondo de Empleados. PARAGRAFO: Los asociados que se consideren afectados, ya sea por figurar como inhábiles o se encuentren registrados en una Dirección Seccional diferente a la que les corresponde, deberán presentar por escrito las reclamaciones ante el Comité de Control Social en las oficinas de FEDINOR LTDA ó vía correo electrónico a controlsocial@fedinorltda.com con los debidos soportes, antes de las 4:00 PM del 08 de febrero de 2016. ARTICULO 6. Los asociados hábiles elegirán (37) delegados, teniendo en cuenta el número de asociados de cada Dirección Seccional, se establece la base de un delegado por cada diez asociados y para las administraciones que no reúnan el mínimo de asociados para tener representatividad a través de delegados, podrán contar con un delegado, siempre y cuando reúnan un mínimo de 7 asociados. Parágrafo Único: La suplencia de los Delegados en caso de renuncia o inhabilidad del principal, será ejercida por aquellos que habiendo participado como candidatos no resultaren electos, respetando el orden numérico en el cual hayan quedado en cada una de sus Direcciones Seccionales. ARTICULO 7. El derecho a votar es indelegable, ni los electores pueden hacerse representar para el sufragio. Cada asociado solo puede votar por una plancha, o por una postulación individual. Los asociados solo pueden sufragar en el sitio de votación que le corresponda. El voto será secreto y se emitirá en papeletas uniformes, las cuales para su validez deberán tener FONDO DE EMPLEADOS DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. Voto por.

PARAGRAFO 1: VOTO POR CORREO ELECTRONICO: Se autoriza efectuar el ejercicio del sufragio mediante correo electrónico a la cuenta comisioncentral@fedinorltda.com, a los asociados que en la fecha de elección se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: 1. En comisión de trabajo fuera de la sede principal y de su respectiva Dirección Administrativa 2. En vacaciones 3. Incapacidad laboral 4. En licencias 5. En permisos PARÁGRAFO 2: Los asociados radicados en ciudades diferentes a las Direcciones Seccionales de Barrancabermeja, Bucaramanga, Cúcuta, Sogamoso, Tunja, Cartagena, Barranquilla, Ibagué y Valledupar, podrán efectuar su voto por plancha o postulación individual inscrita de cualquier Dirección Administrativa a través del correo electrónico comisioncentral@fedinorltda.com PARÁGRAFO 3.: Los pensionados también podrán hacerlo a través del correo electrónico comisioncentral@fedinorltda.com o acercarse a la Dirección Seccional respectiva. PARAGRAFO 4: El voto a través del correo electrónico comisioncentral@fedinorltda.com, será válido únicamente cuando cumpla la totalidad de los siguientes requisitos, además de los consagrados en el artículo anterior: El texto del correo electrónico deberá indicar: Apellidos y nombres completos del asociado habilitado votante Número del documento de identidad Dirección Seccional de sus labores Número o nombre de la Dirección Seccional a la que corresponde su voto Número de la plancha o lista por la que vota Indicar la situación por la cual utiliza este medio de votación según los numerales 1 al 5 del parágrafo 1 del artículo 7. ARTÍCULO 8: Para ejercer el derecho al sufragio el asociado deberá: Presentarse a la mesa de votación que le corresponda personalmente Identificarse plenamente con cedula de ciudadanía Firmar la relación de asociados hábiles Depositar su voto en la urna correspondiente PARÁGRAFO 1: Serán votos nulos aquellos que se depositan en las urnas en cualquiera de las siguientes condiciones: Que el voto tenga enmendaduras o tachaduras Que el voto este ilegible, no corresponda al modelo establecido Que el voto contenga mas de un candidato Voto enviado a través del correo electrónico comisioncentral@fedinorltda.com, remitido fuera de la fecha y horas establecidas o sin el lleno de la totalidad de los requisitos señalados

Los asociados radicados en ciudades de las Direcciones Seccionales de Barrancabermeja, Bucaramanga, Cúcuta, Sogamoso, Tunja, Cartagena, Barranquilla, Ibagué y Valledupar que hayan votado por una plancha o postulación individual que no pertenezca a su Dirección Administrativa PARÁGRAFO 2: Serán votos en blanco aquellos que se depositen en la urna sin identificar un candidato. PARAGRAFO 3: El asociado habilitado que incurra en la situación de doble voto, vía urna física y envío de voto a través del correo electrónico comisioncentral@fedinorltda.com, será objeto de investigación y aplicación de sanciones a que haya lugar y en aplicación de los estatutos de FEDINOR LTDA. ARTÍCULO 9: PERIODO DE LOS DELEGADOS: Los delegados serán elegidos para un periodo de dos (02) años conforme a la reglamentación que expida la Junta Directiva y podrán ser reelegidos, si así lo deciden los asociados en las votaciones respectivas. El delegado que no asista a la primera Asamblea dentro del periodo para el cual fue elegido SIN JUSTA CAUSA, no podrá participar en la segunda reunión de Asamblea de Delegados. ARTICULO 10: CONFORMACIÓN DE LA COMISION CENTRAL DE ELECCIÓN Y ESCRUTINIOS. EL FONDO DE EMPLEADOS DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA., conformara una Comisión Central de Elecciones y Escrutinios, integrada por tres (3) miembros así: Un representante de la Junta Directiva, un representante del Comité de Control Social y el Revisor Fiscal. ARTICULO 11. CONFORMACIÓN DE JURADOS. La comisión central de escrutinios y elecciones, nombrara en cada Dirección Seccional, subcomisiones de dos asociados hábiles los que tendrán como misión vigilar la legalidad y el correcto funcionamiento del proceso electoral. Terminada la votación procederán a realizar el conteo de los votos, con indicación del número de votos nulos, votos en blanco, votos válidos y el nombre de quienes conformaron los jurados electorales. Acto seguido levantaran un acta suscrita por sus integrantes y la enviarán a la comisión central vía correo electrónico comisioncentral@fedinorltda.com con los debidos soportes en horario de la tarde hasta las 5:00 p.m. del día 26 de febrero de 2016. ARTICULO 12. PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL ESCRUTINIO. La información y publicación será manejada exclusivamente por la Comisión Central de Elección quien expedirá un acta, cuyos resultados se publicaran el día 28 de febrero de 2016 la cual será firmada por todos los integrantes de la Comisión Central de Elecciones y Escrutinios. ARTICULO 13. Para que las elecciones tengan validez, será necesario que en la votación hayan intervenido cuando menos el 10% de los asociados hábiles. ARTICULO 14. El sistema de elección de delegados será por el sistema del cociente electoral. PARAGRAFO: En caso de que, una vez verificado el escrutinio, resulte empate entre dos o más planchas o postulaciones individuales de una misma Dirección Seccional y cuando estas listas superen el número de delegados establecidos en el artículo 6 de este mismo reglamento, el Comité Central de Elección y Escrutinios, en presencia de testigos, mediante sorteo simple, introducirá en

una urna papeletas con los números de lista empatadas y procederá a escoger al azar la papeleta identificada con el número de la lista favorecida. ARTICULO 15. Los asociados de las Direcciones Seccionales de Barrancabermeja, Bucaramanga, Cúcuta, Cartagena, Barranquilla, Ibagué Valledupar, Sogamoso y Tunja, podrán optar, o bien por el sistema de planchas, ó de postulación individual, en estos eventos, deberán inscribirse del 9 al 12 de Febrero de 2016 en un horario de 8 a.m. a 5 p.m., enviando la postulación respectiva al correo electrónico gerencia@fedinorltda.com, de la Gerencia del Fondo de Empleados. La fecha y hora aquí establecida es improrrogable. ARTICULO 16. Las planchas, ó postulaciones individuales, deben contener la siguiente información: Nombre del asociado, teléfono, dirección de correo, cédula y firma. Estas postulaciones deben diligenciarse sin tachones ni enmendaduras. Ningún asociado podrá ser inscrito por más de una vez en las listas presentadas. En el caso en que un asociado se encuentre inscrito en más de una lista, se anulará el renglón correspondiente a todas las listas en las que figure. En el caso de que un asociado se encuentre inscrito en una lista diferente a su Dirección Seccional, anulará el reglón correspondiente a la lista en que se encuentra inscrito. La Comisión Central de Escrutinios verificará el cumplimiento de los requisitos antes descritos. Las listas presentadas que estén correctas, se les asignará un número teniendo en cuenta el orden en que fueron recibidas. PARAGRAFO 1: Del día 15 al 25 de febrero de 2016, las listas inscritas y aceptadas se darán a conocer a los asociados, para que puedan diligenciar el voto con el número asignado a la respectiva lista en el momento de proceder a sufragar. PARAGRAFO 2: La Comisión Central de Escrutinios y Elecciones aplicando el sistema de cociente electoral, mediante acta declarará formalmente los Delegados elegidos y publicará la lista el día 28 de febrero de 2016. ARTICULO 17. La presente resolución fue aprobada de manera unánime por la Junta Directiva en sesión realizada el día 28 del mes de Noviembre del año Dos mil quince (2015), según consta en Acta No. 168 y entra en vigencia en la fecha de su aprobación. COMUNIQUESE Y CUMPLASE. Dado en Medellín, a los 28 días del mes de Noviembre del año Dos mil quince (2015) Original Firmado HENRY AGUSTIN LUQUE BLANCO Presidente Original Firmado FABIAN RODRIGUEZ VILLAN Secretario