ANEXO B EVALUACIÓN DE LAS RESERVAS TERRITORIALES PARA RECALIFICACIÓN POR ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN Con el propósito de que las empresas desarrolladoras, promotoras de vivienda y organismos públicos que participan en la industria que tienen reservas territoriales destinadas a vivienda de segmentos susceptibles de recibir recursos federales, sea en términos de créditos o subsidios, e ingresan a la Mesa de Evaluación y Recalificación de las Reservas Territoriales, deberán presentar el siguiente expediente, debidamente llenado y con las evidencias solicitadas. INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE Las Reservas Territoriales que ingresen a la Mesa de Evaluación y Recalificación por Actualización de información del Modelo Geoestadístico para la definición de los Perímetros de Contención Urbana y la Calificación de las Reservas Territoriales, deberán contar con un expediente integrado por: A.1 Información General del Promotor y de la Reserva Territorial A.2 Prerrequisitos A.3 Requerimientos para el análisis de las reservas territoriales La información debe ser enviada al correo electrónico merrt14@sedatu.gob.mx Informes en la Dirección General de Desarrollo Urbano Suelo y Vivienda de la SEDATU o al Teléfono (55) 41 23 71 00, ext. 52234. B.1 INFORMACIÓN GENERAL DEL PROMOTOR Y DE LA RESERVA TERRITORIAL La documentación y cartografía a evaluar, deberá ser proporcionada de manera digital en los términos del artículo 11 de los lineamientos de la materia a través del correo electrónico merrt14@sedatu.gob.mx en los formatos solicitados líneas abajo y en el orden solicitado. I. Solicitud de revisión de calificación de Reserva Territorial (Se anexa formato en Excel) 1.- Formato de solicitud de revisión de calificación de la reserva territorial 1
1.1 Registro del Promotor * Nombre del Propietario (Público o Privado) * RFC * Tipo de Propietario Clave de Oferente/Desarrollador RUV (en su caso) * Calle * Número * Colonia * Ciudad * Código Postal * Delegación/Municipio * Estado * Correo Electrónico de contacto El correo electrónico de contacto debe ser institucional o corporativo, y permanente, porque es al que se enviarán los resultados de la calificación de la reserva territorial. * Teléfono (Con Lada) del contacto de la empresa o entidad pública. (Debe ser institucional o corporativo, fijo y permanente). Nombre del Contacto y cargo Es responsabilidad del propietario del predio comunicar al RENARET el cambio de los datos de contacto. *Todos los campos son obligatorios 1.2 Información general de la reserva territorial * ID de la Reserva Territorial asignado por CONAVI RUV * Nombre de la Reserva Territorial Domicilio de la Reserva Territorial * Calle * Número * Colonia * Ciudad * Código Postal * Delegación/Municipio * Localidad * Nombre del estado * Grado de Desarrollo de la Reserva Territorial por fracción: Fracción 1 Fracción 2 Fracción n * Zona UTM *Todos los campos son obligatorios 2
PLANO LLAVE. En el caso de que la reserva territorial forme parte de un predio mayor cuya propiedad sea documenta en diferentes escrituras, o bien es una fracción de terreno de un predio, es obligatorio presentar un Plano Llave que permita identificar la superficie que contempla cada escritura o fracción registrada como reserva territorial. El mapa deberá ser georreferenciado de la reserva territorial, por fracción, con grado de desarrollo por fracción, en formato DWG y KML Ejemplo: Reserva Territorial: Superficie de terreno propiedad del desarrollador o propietario que se inscribe al RENARET Fracción: Superficie de terreno que forma parte de una reserva territorial propiedad del desarrollador o propietario que se inscribe al RENARET. 3
B.2. PRERREQUISITOS Los Prerrequisitos constituyen elementos indispensables que debe cumplir la Reserva Territorial para poder ingresar en los términos del artículo 11 de los lineamientos de la materia a evaluar de la MERRT. PRERREQUISITO Reserva territorial adquirida antes del 11 de febrero de 2013. Reserva territorial registrada en RENARET con grado de avance R3A, R4B o R4A previo al 11 de febrero de 2013, por fracción según escrituras y que hayan sido ratificadas en el proceso de EVIDENCIA CONAVI realiza cotejo y verificación documental de la Reserva Territorial., de conformidad con lo establecido en el archivo Documentación para el cotejo y verificación de la Reserva Territorial, publicado en la siguiente liga. Informa a SEDATU el resultado del proceso de Cotejo y Verificación documental cotejo y verificación documental realizado por CONAVI. Proyecto de Fraccionamiento, que corresponda con el plano aprobado por la autoridad competente. 1 Propietario presenta a la Ventanilla: Cuadro con datos del proyecto. Plano de Fraccionamiento en formato SHP, debidamente georreferenciado. Copia del Plano de fraccionamiento aprobado por autoridad competente. 1 Proyecto De Fraccionamiento El promotor deberá llenar la siguiente información Nombre del fraccionamiento aprobado por autoridad competente. Ubicación del fraccionamiento, Domicilio (calle, colonia, ciudad, municipio, estado). Fecha de aprobación del fraccionamiento. Dependencia que aprobó el fraccionamiento. Plano de fraccionamiento aprobado. Formato PDF. El proyecto de fraccionamiento será presentado en formato SHP debidamente georreferenciado, así como copia del Proyecto de Fraccionamiento aprobado por autoridad competente, en formato PDF (obligatorio). Deberá ser lo suficientemente legible para permitir analizar el proyecto de fraccionamiento y su posicionamiento en la Reserva Territorial inscrita en el RENARET, así como la estructura urbana y vial del desarrollo, los usos del suelo, la dotación de servicios como: abastecimiento permanente de agua potable; red de distribución de agua potable, drenaje y colectores de aguas negras y pluviales, plantas de tratamiento de aguas negras y pluviales; plantas potabilizadoras de agua y/o ductos especiales, la ubicación de los equipamientos, las áreas verdes, de donación, etc. 4
B.3. REQUERIMIENTOS PARA EL ANÁLISIS DE LAS RESERVAS TERRITORIALES POR REGLA DE CONTIGÜIDAD El Grupo analizará cada uno de los casos presentados con base en los criterios establecidos en la Regla de Contigüidad Las reservas territoriales con calificación U1, U2 y U3, cuya superficie excede el PCU U3, para conservar la calificación por ubicación de la reserva territorial, se sujetarán a la Regla de Contigüidad; la cual establece que durante 2014 las reservas territoriales deberán desarrollar vivienda, ocupando los PCU y sectores de 200 metros (S1, S2, S3, etc.), paralelos al perímetro U3, de manera consecutiva entre sí. El 16 de mayo de 2014 en la Tercera Sesión de la Mesa de Evaluación y Recalificación de Reservas territoriales, se aprobó por parte de CONAVI, SEDATU, INFONAVIT, FOVISSSTE y RUV modificar la regla de contigüidad, como sigue: Para conservar la calificación asignada por CONAVI en los sectores de la reserva territorial que rebasa los Perímetros de Contención Urbana, se definirán sectores de 200 metros paralelos al PCU U3 (S1 200 m, S2 400 m, S3 600 m, etc.), los cuales deben ser ocupados en forma progresiva por el desarrollo urbano y habitacional, con los siguientes criterios: 50% de urbanización. 50% de avance de obra en la vivienda. 30% de vivienda con DTU. Una vez cumplida esta regla en el primer sector (S1) 200 metros, se aplicará la misma regla en el segundo sector (S2) (400 metros) y así sucesivamente. Procedimiento de Evaluación Para evaluar los criterios antes definidos, se seguirá el siguiente procedimiento: a. El RUV trazará el primer sector de crecimiento (S1) para cada reserva territorial, que consiste en un límite a 200 metros paralelo al límite exterior del Perímetro U3. El RUV deberá conceder la calificación definida por CONAVI, a todas las viviendas ubicadas en la reserva territorial comprendida en los PCU y el primer sector de 200 metros (S1), sin necesidad de obtener la aprobación de la CONAVI. Bajo este criterio, el RUV deberá aplicar la calificación definida por CONAVI a todas las viviendas ubicadas en este escenario. b. Cuando la reserva territorial presente órdenes de verificación que rebasen el primer sector S1 (200 metros) y no sea posible medir en RUV las condiciones de la Regla, (esto es, aquellos en los que sea necesario su análisis especial), serán remitidos a la Mesa de Evaluación y Recalificación. 5
c. El promotor deberá ingresar a la Mesa de Evaluación y Recalificación de Reservas Territoriales. la información necesaria para la evaluación de la Regla de Contigüidad, cuyos requisitos se mencionan más adelante. d. El RUV proporcionará a la Mesa, los archivos SHP y KMZ, en los que se identifique la reserva territorial y las órdenes de verificación con el porcentaje de avance de obra y el porcentaje de DTUs por orden de verificación; de preferencia todas las que se llevarán a cabo en 2015, a fin de emitir una sola opinión. e. La Mesa de Evaluación y Recalificación de Reservas Territoriales, emitirá el resolutivo correspondiente. Proyecto de fraccionamiento De acuerdo a los requerimientos establecidos en los prerrequisitos B2 6
Avance de Urbanización El desarrollador deberá enviar vía correo electrónico el plano de avance de urbanización en formato SHP debidamente georreferenciado y en formato PDF tamaño carta, que especifique superficie y porcentaje según grado de avance de urbanización: Superficie con vivienda vendida con 100% de urbanización. Superficie urbanizada y porcentaje de avance de urbanización descripción de las obras de urbanización: infraestructura, guarniciones y banquetas, alumbrado público, etc.). Superficie con vivienda construida terminada y porcentaje de avance de la urbanización. Superficie con vivienda en construcción y porcentaje de avance de la urbanización. Plano de Avance de Urbanización Órdenes de Verificación y Dictamen Técnico Único (DTU): El desarrollador deberá enviar vía correo electrónico, el plano de avance de órdenes de verificación en formato SHP debidamente georreferenciado y en formato PDF tamaño carta, que especifique: Etapas de desarrollo por año asociadas a órdenes de verificación Órdenes de verificación con límite y número de cada orden de verificación, así como, límite del perímetro U3 y de los sectores (S1, S2, S3, etc.) cada 200 metros Cuadro resumen de las órdenes de verificación, indicando el porcentaje de avance de obra y porcentaje de viviendas con DTU por orden de verificación. 7
Plano de Órdenes de Verificación y DTUs con Porcentaje de Avance Plano de Modalidades de Vivienda El desarrollador deberá enviar por correo electrónico, el plano que identifique la ubicación en el fraccionamiento de las distintas modalidades de viviendas, especificando las elegibles a subsidio, según ROP 2015 en formato SHP debidamente georreferenciado y en formato PDF tamaño carta. Plano de Modalidades de Vivienda y Elegibles a Subsidio 8
VENTA DE RESERVAS TERRITORIALES ADQUIRIDAS ANTES DEL 11 DE FEBRERO DE 2013 Y REGISTRADAS EN EL RENARET Las Reservas Territoriales adquiridas antes del 11 de febrero de 2013 y registradas en el RENARET, a las que aplica la Regla de Contigüidad y son vendidas con posterioridad a su registro, podrán tener los siguientes escenarios: a. Esperar a que se cumpla la regla de contigüidad cada 200 metros. b. Calificar como Fuera de Contorno con el grado de desarrollo de la reserva territorial registrado y verificado en el proceso de Cotejo y Verificación Documental realizado por CONAVI, por lo que en caso de ser una reserva territorial R3A, R4A o R4B, la vivienda ubicada en dicha reserva podrá ser elegible a subsidio de 25 SMGV, siempre y cuando cumpla con 400 puntos del Puntaje de Ubicación y Sustentabilidad del Entorno de las ROP 2015. Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda Av. Paseo de la Reforma 287, 6o. Piso, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500, México, D.F. Teléfono (55) 41 23 71 00, ext. 52234. Correo electrónico: merrt14@sedatu.gob.mx 9