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CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS INFORME DE AUDITORÍA PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE PEQUEÑAS EMPRESAS RURALES DEL ALTIPLANO DE DEL 04 DE MARZO DE 2006 AL 30 DE ABRIL DE 2013 GUATEMALA, ENERO DE 2014

ÍNDICE Página PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE PEQUEÑAS EMPRESAS RURALES DEL ALTIPLANO DE 1. INFORMACIÓN GENERAL 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA 5. COMENTARIOS Y CONCLUSIONES 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA 7. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD DURANTE EL PERÍODO AUDITADO 1 3 3 4 7 9 10

Contraloría General de Cuentas 1 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG) 1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal Mediante Acuerdo Gubernativo de fecha 19 de enero de 1981 y Escritura Pública número 158 de fecha 5 de marzo de 1981, se constituyó el Fideicomiso denominado Programa para el Desarrollo de Pequeñas Empresas Rurales del Altiplano de Guatemala (AID-520-T-032); así mismo fue modificado por medio del Acuerdo Gubernativo número 357-84 de fecha 17 de mayo de 1984 y Escritura Pública número 392 de fecha 26 de junio de 1984. Elementos personales Se constituyó como Fideicomitente: Gobierno de la República de Guatemala, representado por el Ministerio de Finanzas Públicas; como Fiduciario Corporación Financiera Nacional -CORFINA-; y como Fideicomisario Gobierno de la República de Guatemala. Plazo y vencimiento De acuerdo a la Escritura Pública, cláusula novena, el plazo del Fideicomiso es de veinticinco (25) años, contados a partir del otorgamiento de dicha escritura, por lo que su vencimiento se establece el 4 de marzo de 2006. Sin embargo, mediante Acuerdo Gubernativo 830-97 de fecha 2 de diciembre de 1997, acuerda; Artículo número 1: Facultar al Ministro de Finanzas Públicas, para que en ejercicio del Mandato Especial con Representación que le otorga el Procurador General de la Nación, comparezca en representación del Estado, como Fideicomitente, ante los oficios del Señor Escribano de Gobierno, a suscribir con el Representante Legal de la Corporación Financiera Nacional CORFINA-, la Escritura Pública mediante la cual se extinga el fideicomiso Programa para el Desarrollo de Pequeñas Empresas Rurales del Altiplano de Guatemala ; constituido mediante Escritura Pública número 158, autorizada en esta ciudad el 5 de marzo de 1981, por el Escribano de Gobierno, en virtud de que el mismo ya cumplió con la finalidad para la cual fue constituido. Mediante Escritura Pública número 284 de fecha 3 de julio de 1998, se otorga el Contrato de Extinción del Fideicomiso. Función El propósito del financiamiento parcial otorgado por AID, es el de cooperar en la

Contraloría General de Cuentas 2 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG) ejecución de un Programa, para desarrollar pequeñas empresas rurales en el altiplano de Guatemala a través de i) asistencia técnica a la Corporación Financiera Nacional CORFINA- y al Centro Nacional de Promoción de Exportaciones Guatexpro; ii) la creación en CORFINA de un fondo de crédito para las pequeñas empresas; y iii) un fondo para tecnología adecuada y un Programa de Asistencia Técnica dentro de la Secretaria General del Consejo Nacional de Planificación Económica SGCNPG- dirigido hacia el desarrollo, ayuda y fomento de dichas empresas. Mediante Escritura Pública número 392 de fecha 26 de junio de 1984, cláusula segunda, de las modificaciones al contrato de Fideicomiso inciso I, indica literalmente: (i) asistencia financiera a la Corporación Financiera Nacional (CORFINA) para la implementación de un sub-proyecto piloto de mercadeo de artesanías; (ii) el establecimiento dentro de CORFINA de un fondo de crédito para la pequeña empresa; (iii) el establecimiento de un fondo para adaptación y diseminación tecnología apropiada, así como apoyo a un programa de Asistencia Técnica dentro del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad INTECAP-, dirigido hacia el desarrollo, apoyo y fomento de dichas empresas rurales y (iv) la asistencia técnica para las agencias ejecutoras del proyecto. Destino de los recursos Mediante Escritura Pública número 158 de fecha 5 de marzo de 1981 en su cláusula quinta indica literalmente: que invierta dichos fondos en la ejecución del Programa para el Desarrollo de Pequeñas Empresas Rurales del altiplano de Guatemala, mediante la constitución del fondo de crédito objeto de este contrato, El Fiduciario, CORFINA, emitirá y aplicará un Reglamento de Crédito que deberá ser aprobado por AID para la concesión de los créditos del Proyecto. SEXTA: Para el financiamiento y ejecución del Proyecto el Fideicomitente constituye, en CORFINA, un fondo FIDUCIARIO integrado: a) por las sumas indicadas en la cláusula quinta anterior, o sean CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL DOLARES de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas (US$4.200,000.00) correspondientes al fondo para créditos; CIEN MIL DOLARES de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas (US$100,000.00) para adquisición de equipo, conforme el plan de inversión del Anexo I del Convenio de préstamo y TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL QUETZALES (Q.3.200,000.00) como parte del aporte local; b) con otros recursos que asignare el Gobierno para la total ejecución del Proyecto objeto de este Fideicomiso; y c) con los incrementos derivados de los intereses cobrados a los usuarios de los fondos, en virtud de las operaciones que realice el Fiduciario. Mediante Escritura Pública número 392 de fecha 26 de junio de 1984, cláusula segunda: de las modificaciones al contrato de fideicomiso Inciso III indica

Contraloría General de Cuentas 3 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG) literalmente: Para el financiamiento y ejecución del proyecto, el fideicomitente constituye en CORFINA un fondo fiduciario integrado por: A) DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DOLARES DE LOS ESTDOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 2 496 700.00), provenientes del préstamo AID; y B) TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL QUETZALES (Q. 3 200 000.00) como parte del aporte local. Los fondos mencionados se destinarán: a) DOS MILLONES TRESCIENTOS UN MIL CIEN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US 2 301 100.00) al fondo para créditos a empresas artesanales y de pequeña y mediana industria rural dedicadas a actividades comprendidas dentro de la división tres de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) o a la pequeña minería, pesca de pequeña y mediana escala o servicios esenciales de apoyo al agro y a la industria que cumplan con los requisitos exigidos por el convenio de crédito y el reglamento correspondiente; b) los TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q. 3 200 000.00) del aporte local también destinarán para complementar el fondo de créditos relacionados en la literal a de esa cláusula; c) SETENTA MIL SEISCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 70 600.00) para adquisición de vehículos y equipo; y d) CIENTO VEINTICINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 125 000.00) para el Programa de Mercadeo de Artesanías. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en: La Constitución Política de la República de Guatemala, segun lo establecido en el artículo 232. El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, artículo 2 Ámbito de Competencia y 4 Atribuciones. Las Normas Internacionales de Auditoría, Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales de Control Interno. Nombramiento (s). 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA Área Financiera Generales

Contraloría General de Cuentas 4 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG) Evaluar el cumplimiento legal del fideicomiso derivado que el plazo se encuentra vencido. Específicos Evaluar el cumplimiento de las Leyes, Acuerdos Gubernativos de Creación del Fideicomiso y sus reformas, Escrituras de Constitución del Fideicomiso y sus modificaciones, reglamentos y demás normativa legal vigente en el país aplicable al Fideicomiso denominado Programa para el Desarrollo de Pequeñas Empresas Rurales del Altiplano de Guatemala, relacionado al proceso de extinción y liquidación del fideicomiso (Leyes de Presupuesto anual vigentes, Acuerdo Gubernativo de fecha 19 de enero de 1981, y Escritura Pública número 158 de fecha 5 de marzo de 1981, modificación por la disminución del patrimonio Fideicometido según Acuerdo Gubernativo 357-84 de fecha 17 de mayo de 1984, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas y Acuerdos Ministeriales Nos. 39-2005 y 25-2010 A, de fechas 30 de diciembre de 2005 y 27 de abril de 2010 respectivamente, Manual Para la Administración de Fondos Públicos en Fideicomisos). Verificar el seguimiento de gestión de liquidación del fideicomiso. Verificación de saldos pendientes de regularización en el Sistema de Contabilidad Integrada SICOIN-. Verificar la existencia de gastos administrativos innecesarios. Establecer la existencia de pago de comisiones al fiduciario, estando el plazo vencido del fideicomiso. Otros aspectos específicos establecidos durante el desarrollo de la auditoría. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera El examen comprendió la evaluación a la documentación de respaldo presentada por los responsables de la administración del fideicomiso, durante el período del 4 de marzo de 2006 al 30 de abril de 2013, relacionadas a las gestiones administrativas, con el objeto de extinguir y liquidar el fideicomiso en virtud de su vencimiento, así como estados financieros generados por el fiduciario, para verificar la existencia de gastos realizados sin justificación.

Contraloría General de Cuentas 5 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG) INFORMACIÓN FINANCIERA, TÉCNICA Y OTROS ASPECTOS EVALUADOS Área Financiera La situación financiera en que se encuentra dicho fideicomiso al 30 de abril de 2013, muestra en el Balance General un total de Activo de Q21,771,980.53, conformada por Disponibilidades Depósitos a la Vista Q626.12; Otros Bancos del País, Depósitos a la Vista Q33,885.70; Prestamos Q449,438.18 (Integrado por: Fiduciarios Vencidos Q200,528.53; Prendarios Fiduciarios Vencidos Q159,876.11; Hipotecarios Fiduciarios Vencidos Q3,000.00; Prendarios Vencidos Q24,045.00; Hipotecarios Prendarios Vencidos Q7,143.99; Hipotecarios Vencidos Q27,544.55; e Hipotecarios Prendarios Fiduciarios Vencidos Q27,300.00); Deudores Q21,250,044.37 (Integrado por: Intereses Sobre Prestamos Q21,222,750.82, Diversos Q10,246.91, y Deudores Varios Q17,046.64); Activos Extraordinarios Q37,588.47; Activo Fijo Q397.69. En Pasivo y Patrimonio Q21,771,980.53 integrado por: Obligaciones a más de 30 días, Fondo Reservas Cuentas Incobrables Q496,856.46; Utilidades Diferidas; Productos por realizar Q21,235,919.82 (Integrado por: Intereses Sobre Prestamos Q21,222,750.82, Intereses Capitalizados en Activos Extraordinarios Q2,922.09, y Diversos Q10,246.91); Resultados por Aplicar, Utilidades por distribuir Q39,194.23; Pérdidas y Ganancias Q10.02. El Estado de Resultado al 30 de abril de 2013 muestra un total de Q10.02, conformada por Productos Intereses Q11.14; y Gastos, Impuestos y Contribuciones (Q1.12). OTROS ASPECTOS EVALUADOS ASPECTOS LEGALES Situación en la que se encuentra el proceso de Extinción y Liquidación del Fideicomiso Derivado al requerimiento solicitado por esta comisión según oficio CGC-AF-AE-OF-02-2012 de fecha 3 de agosto de 2012, dirigido al Ministerio de Finanzas Públicas Licenciado Pavel Vinicio Centeno López, en donde se recibió respuesta al mismo. En oficio de respuesta No.475 de fecha 8 de agosto de 2012 de la Dirección de Fideicomisos del Ministerio de Finanzas Públicas firmado por la Directora Licenciada Ana Luis Flores Muñoz, en donde indica literalmente lo siguiente: el Fideicomiso se encuentra extinto y el informe de liquidación correspondiente

Contraloría General de Cuentas 6 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG) fue presentado a la Contraloría General de Cuentas el 29 de diciembre de 1999. Así mismo con fecha 28 de diciembre de 1999 la Comisión Liquidadora del Fideicomiso Programa Para el Desarrollo de Pequeñas Empresas Rurales del Altiplano de Guatemala integrado por el Licenciado José Luis Tahuite González representante del Ministerio de Finanzas Públicas y el Licenciado José Luis Rodríguez Solórzano, representante de Corporación Financiera Nacional CORFINA-, presentaron el informe de liquidación del fideicomiso a la Contraloría General de Cuentas para la emisión de su respectivo finiquito. Sin embargo al 30 de abril de 2013 el Fiduciario Corporación Financiera Nacional CORFINA- sigue generando Estados Financieros, derivado a que no recibieron ninguna respuesta sobre el dictamen de aprobación de la liquidación, ni finiquito del fideicomiso. Honorarios por Administración del Fideicomiso Los honorarios por administración del Fiduciario, se establecen conforme Escritura Pública número 158 de fecha 5 de marzo de 1981, cláusula Décima en el Inciso B) indica literalmente: DE LOS FONDOS QUE CONSTITUYEN EL APORTE LOCAL: B.I) Durante los primero diez años, cuatro por ciento (4%) para cubrir los costos y gastos en que incurra CORFINA por la administración de los recursos; dos ciento (2%) para cubrir los gastos de asistencia técnica relacionados con el Programa; cero punto cinco por ciento (0.5%) para la reserva de cuentas incobrables; y uno punto cinco por ciento (1.5%) para incremento del fondo. B.II) Durante los últimos quince años del plazo: cuatro punto cinco por ciento (4.5%) para cubrir los costos y gastos en que incurra CORFINA por la administración de los recursos; dos por ciento (2%) para cubrir los gastos de asistencia técnica relacionada con el Programa; cero punto por cinco por ciento (1%) para el incremento del fondo. Mediante Escritura Pública número 392 de fecha 26 de junio de 1984, cláusula segunda: de las modificaciones al contrato de fideicomiso numeral romano V Inciso B indica literalmente: Durante el periodo de vigencia del presente fideicomiso. B.1 Para créditos a intermediarios de hasta CIEN MIL QUETZALES (Q.100 000.00) al cinco por ciento (5%) de interés anual: el uno por ciento (1%) para cubrir los gastos de asistencia técnica relacionados con el programa y el cuatro por ciento (4%) será adjudicado a CORFINA en concepto de comisión por la administración de los recursos. B.2 Para créditos de hasta DIEZ MIL QUETZALES (Q. 10 000.00) al ocho por ciento (8%) de interés anual: el dos por ciento (2%) para cubrir los gasto de asistencia técnica relacionados con el programa; el uno por ciento (1%) para la reserva de cuentas incobrables; el uno por ciento (1%) para el incremento del fondo de crédito y el cuatro por ciento (4%) será adjudicado a CORFINA en concepto de comisión por la administración de los

Contraloría General de Cuentas 7 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG) recursos. B.3 Créditos mayores de DIEZ MIL QUETZALES (Q.10 000.00) y hasta CIEN MIL QUETZALES (Q. 100 000.00) al doce por ciento (12%) de interés anual (o a la tasa de interés prevaleciente en el mercado): el dos por ciento (2%) para cubrir los gastos de asistencia técnica relacionados con el programa; el dos por ciento (2%) para formar la reserva de cuentas incobrables; el dos por ciento (2%) para el incremento del fondo de crédito; el dos por ciento (2%) para financiar el fondo de supervisión y de cobranzas para beneficio del Programa; y el cuatro por ciento (4%) será adjudicado a CORFINA en concepto de comisión por la administración de los recursos. 5. COMENTARIOS Y CONCLUSIONES Área Financiera Comentarios Mediante Escritura Pública de Constitución número 158 de fecha 5 de marzo de 1980, no se establecieron ninguna de las siguientes consideraciones: La Escritura Pública de referencia y sus modificaciones, no definen en ninguna de sus cláusulas las directrices relacionadas a la extinción, liquidación, reintegro y finiquito del fideicomiso, así como la forma de obtención del finiquito respectivo. Sin embargo mediante Acuerdo Gubernativo número 830-97 de fecha 5 de diciembre de 1997 se acuerda otorgar el Contrato de Extinción del Fideicomiso, según Escritura Pública 284 de fecha 3 de julio de 1998, de la cual se establecieron las siguientes consideraciones: Extinción del Fideicomiso Cláusula Segunda: DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO CONSTITUTIVO DE FIDEICOMISO indica: convienen en EXTINGUIR el contrato de fideicomiso denominado PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE PEQUEÑAS EMPRESAS RURALES DEL ALTIPLANO DE GUATEMALA, en virtud de que ya se cumplió la finalidad para la cual fue constituido. Liquidación del Fideicomiso Cláusula Tercera: LIQUIDACIÓN indica: Para formalizar la extinción del fideicomiso antes citado, deberá iniciarse el correspondiente proceso de liquidación, hasta la obtención del respectivo finiquito. Para tal efecto, deberá integrarse la correspondiente Comisión Liquidadora, la cual estará integrada por

Contraloría General de Cuentas 8 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG) representantes del Ministerio de Finanzas Públicas, como Fideicomitente; y, de la Corporación Financiera Nacional CORFINA-, como Fiduciario. Dicho proceso de liquidación deberá realizarse en un plazo máximo de un año, contado a partir de la presente fecha. Del resultado de dicha liquidación, la Comisión Liquidadora informará por escrito a la Contraloría General de Cuentas, para que, dictamine sobre dicho resultado. Reintegro del Patrimonio El Contrato de Extinción del Fideicomiso no define en ninguna de sus cláusulas las directrices relacionadas al reintegro del patrimonio. Finiquito Cláusula Cuarta: FINIQUITO indica: Como consecuencia de la extinción y liquidación del Fideicomiso denominado PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE PEQUEÑAS EMPRESAS RURALES DEL ALTIPLANO DE GUATEMALA, los comparecientes, en sus calidades de Fideicomitente y Fiduciario, expresan que con base en dictamen indicado en el artículo anterior se otorgará oportunamente el más amplio y total finiquito. Conclusiones Como resultado de la auditoría se establecieron situaciones que no ameritan ser desarrolladas como hallazgos, por lo que se giró Carta a la Gerencia a la Ministra de Finanzas Públicas, como fideicomitente responsable, para la realización de acciones que permitan a la brevedad posible la liquidación del fideicomiso, con motivo de su vencimiento desde el 4 de marzo de 2006, pues al estar vencido el plazo de su vigencia, adolece del Comité Técnico para la toma de decisiones, debiendo informar en un plazo de 30 días a la Dirección de Fideicomisos de la Contraloría General de Cuentas sobre las acciones realizadas.

Contraloría General de Cuentas 9 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG) 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA Como resultado de la auditoría realizada, no se detectaron aspectos que merezcan ser mencionados como hallazgos.

Contraloría General de Cuentas 10 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG) 7. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD DURANTE EL PERÍODO AUDITADO No. NOMBRE CARGO PERIODO 1 PATRICIA CARMELINA ESPINOZA MALTEZ DE LEMUS DIRECTORA DE LA DIRECCION DE CREDITO PUBLICO 2 BENJAMIN ESTANISLAO RUIZ ESTRADA DIRECTOR DE LA DIRECCION DE CREDITO PUBLICO 3 LUIS ALEJANDRO ALEJOS MARROQUIN DIRECTOR DE LA DIRECCION DE CREDITO PUBLICO 29/01/2002-30/09/2006 19/10/2006-29/01/2008 02/05/2008-30/06/2010 4 GUSTAVO ADOLFO LEAL CASTELLANOS DIRECTOR DE LA DIRECCION DE FIDEICOMISOS 02/02/2009-30/06/2010 5 LIGIA MARIA ROSALES ALVAREZ DE PAZ DIRECTORA DE LA DIRECCION DE FIDEICOMISOS 01/07/2010-15/09/2010 6 LUIS FELIPE GODINEZ RAMIREZ DIRECTOR DE LA DIRECCION DE FIDEICOMISOS 04/02/2011-25/01/2012 7 ANA LUISA FLORES MUÑOZ DIRECTORA DE LA DIRECCION DE FIDEICOMISOS 26/01/2012-30/04/2013