Liquidación del impuesto

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Transcripción:

Liquidación del impuesto

Base imponible cooperativa Base imponible extracooperativa -50% FRO -50% FRO Base liquidable cooperativa Base liquidable extracooperativa 20% 30% Parte cooperativa de la cuota íntegra Parte extracooperativa de la cuota íntegra Compensación de cuota cooperativa /extracooperativa, en su caso CUOTA INTEGRA - Compensación de cuotas negativas - Bonificación del 50% en cooperativas especialmente protegidas - Deducciones por doble imposición, interna e internacional - Bonificaciones TRLIS CUOTA INTEGRA AJUSTADA - Deducciones de incentivación TRLIS CUOTA LÍQUIDA - Pagos a cuenta CUOTA DIFERENCIAL

Base liquidable: FRO Reducción de la base imponible en el 50% de lo destinado al FRO con carácter obligatorio

Cuota íntegra Suma de cuotas cooperativa y extracooperativa En su caso: Compensación de cuotas negativas de ejercicios anteriores Bonificación del 50% de cooperativas especialmente protegidas.

Por tanto Si la suma anterior resulta positiva tendrá la consideración de cuota íntegra y sobre ella la cooperativa podrá practicar las deducciones y bonificaciones que procedan ya sean de carácter general (TRLIS) o específico (ley 20/1990). Si la suma anterior resulta negativa, la cooperativa puede compensar esa cantidad con cuotas íntegras positivas de los períodos impositivos que concluyan en los quince años inmediatos y sucesivos.

Ejemplo Una cooperativa fiscalmente protegida, presenta una base imponible positiva en el ejercicio 2013 de 2.000 euros, habiendo contribuido a la misma con los siguientes resultados: Resultados cooperativos 10.000 Resultados extracooperativos -8.000

Liquidación Resultados cooperativos 10.000 x 0,2 2.000 Resultados extracooperativos -8.000 x 0,3-2.400 Cuota íntegra -400 A compensar en los 15 ejercicios siguientes 400

En el ejercicio 2013, la base imponible es negativa por -2.000 y los resultados han sido Resultados cooperativos -6.000 Resultados extracooperativos 4.000 La liquidación sería: Resultados cooperativos -6.000 x 0,2-1.200 Resultados extracooperativos 4.000 x 0,3 1.500 Cuota íntegra 300 Compensación cuotas ejercicios anteriores -400 Pendiente de compensación 100

Bonificación del 50% Las cooperativas especialmente protegidas pueden aplicar una bonificación del 50% de la cuota ya compensadas las cuotas anteriores

Ejemplo Una cooperativa especialmente protegida sometida a la ley estatal obtiene resultados cooperativos de 80.000 euros, antes de descontar la dotación al FEP. resultados extracooperativos negativos de 10.000. Un 30% de los resultados cooperativos se destinan al Fondo de Reserva obligatorio, y un 10% se destina al FEP, porque así lo establecen sus Estatutos. De ejercicios anteriores tiene una cuota negativa pendiente de compensar de 4.000 euros

Resultados cooperativos antes de FEP 80.000 Dotación al FEP 8.000 (No ajuste) Resultados cooperativos tras FEP 72.000 Reducción por dotación al FRO -12.000 (80.000 x 0,5x0,3) Base imponible al 20% 60.000 Resultados extracooperativos -10.000 Base imponible al 30% -10.000 Cuota íntegra 60.000 x 0,2 = 12.000 9.000-10.000 x 0,3 = -3.000 Cuota negativa de ejercicios anteriores 4.000 Cuota íntegra 5.000 Bonificación (CI x0,5) -2.500 Cuota bonificada 2.500

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