REESTRUCTURACION DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

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, CAPITULO SEPTIMO REESTRUCTURACION DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

INTRODUCCION El artículo transitorio 20 de la Constitución Política le otorgó al Gobierno la facultad de fusionar, suprimir y reestructurar entidades de la rama ejecutiva, establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta del orden nacional, con el fin de ponerlas en consonancia con los mandatos constitucionales. La reestructuración del Ministerio de Hacienda y Crédito Público tuvo como objeto principal redefinir la estructura y funciones del mismo para ponerlas a tono con las necesidades actuales del manejo de la Hacienda Pública y establecer las plantas de personal adecuadas para cumplir con el mandato legal que determina las funciones del Ministerio. l. CREACION DEL VICEMINISTERIO TECNICO La ley 35 de 1993 fijó las normas generales que rigen al Gobierno en materia de intervención e inspección de las actividades financiera, aseguradora y bursátil, y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público. Dicha ley determina que las funciones de regulación e intervención deben ser ejercidas por el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, motivo por el cual se creó el Viceministerio Técnico de Hacienda. Este Viceministerio coordinará también la ejecución del programa macroeconómico aprobado por el Consejo Nacional de Política Ec<;>nómica y Social, Conpes, con las disposiciones monetarias, cambiarías y crediticias tomadas por la Junta Directiva del 69

Banco de la República. De este modo, el Viceministerio cumplirá con la función de asesorar al Ministro de Hacienda en la formulación y coordinación de la política macrocconómica y en la regulación e intervención de todas las actividades relacionadas con el manejo, aprovechamiento e inversión de recursos captados del público. Estas funciones no irán en detrimento de la autonomía funcional de las Superintendencias Bancaria y de Valores, las cuales continuarán vigilando las entidades y asesorando al Ministro de Hacienda en las áreas de su competencia. Para el desarrollo de las funciones mencionadas, el Viceministerio está conformado por dos direcciones: la de Política Macroeconómica y la de Regulación Económica. La primera debe realizar el seguimiento de la situación monetaria. crediticia, fiscal y cambiaría del país, y proponer medidas tendientes a lograr los objetivos y metas del programa macroeconómico y la política económica en general. Adicionalmente, se integrará un Comité de Gestión Financiera que tendrá como objetivos principales coordinar las políticas de financiación del gasto público de mediano y largo plazo y evaluar la consistencia del programa de financiación del gasto con el Programa Macroeconómico y el Plan de Desarrollo. Este comité estará integrado por el Ministerio de Hacienda o por su delegación en el Viceministro Técnico, Directores del Ministerio, los asesores del Consejo Nacional de Política Fiscal, Confis, y un representante del Departamento Nacional de Planeación. La segunda Dirección del Viceministerio debe desempeñar la función de intervención financiera descrita y, en general, todas aquéllas a las que se refiere la Ley 35, sujeta al cumplimiento de los objetivos generales de la política económica. Hasta el momento, el Viceministerio Técnico ha ido conformando un equ,ipo de trabajo, compuesto por profesronales con estudios de post-grado y una amplia experiencia en las áreas macroeconómrca y financiera. El trabajo desarrollado se ha centrado en labores de asistencia técnica. En cuanto al cumplimiento de sus functones más especificas, la Dirección de Política Macroeconómica ha trabajado en la organización del modelaje necesario para llevar a cabo la programación financiera del sector públi- 70

co y en las proyecciones para los análisis de consistencia de política macroeconómica. Por su parte, la Dirección de Regulación Económica ha desarrollado, en coordinación con la Superintendencia Bancaria y de Valores, una serie de normas en los aspectos de su competencia. Por último, desde el Viceministerio se ha coordinado la preparación del Proyecto de Modernización de la Administración Financiera del Sector Público en Colombia. Con este proyecto se pretende mejorar e integrar la información producida por los subsistemas de impuestos y aduanas, presupuesto, tesorería, crédito público, con la contabilidad y evaluación de herramientas modernas de administración financiera, que permitan tener un uso más eficiente de los recursos públicos. 11. REESTRUCTURACION DE LAS DIRECCIONES DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO l;n primer lugar, mediante el Decreto 2117 de 1992, el Gobierno Nacional ordenó la fusión de las Direcciones de Impuestos y Aduanas Nacionales. Este cambio se inscribe dentro del plan en que ha venido empeñado el Gobierno y cuyo objetivo central es racionalizar la gestión pública, sustentado en los principios de eficiencia, transparencia y eficacia. Adicionalmente, con la supresión de la Superintendencia de Cambios, la nueva entidad - DIAN - asumirá las funciones de control y vigilancia sobre el cumplimiento del régimen cambiaría en materia de exportación e importación de bienes y servicios, gastos asociados a las operaciones de comercio exterior y financiación de importaciones y exportaciones. En segunda instancia, la Tesorería General de la República se convirtió en la Dirección General del Tesoro Nacional y en ella se estableció el concepto de administración y manejo de los recursos de la Nación a corto plazo. Para ampliar las funciones de Dirección General del Tesoro, se crearon la oficina de Auditoría Interna, la Subdirección General. la Subdirección de Planeación y la Subdirección de Operaciones financieras, y se mantuvo la Subdirección Operativa. En la nueva estructura se determinó la separación de responsabilidades claves diferenciando el área operativa (giros, tesorerías y cuentas corrientes), el área de planeación (análisis, evalua- 71

ción, programación y seguimiento) y el área de operaciones financieras nac ionales e internacionales. En la Dirección de Crédito Público se reforzó la estructura orgánica con el objeto de administrar y manejar los recursos a largo plazo de la Nación, teniendo como estrategia definida la reconversión de la deuda pública externa de la Nación en deuda pública interna. Como este objetivo requiere mayor apoyo t ecnológico, se creó la oficina de sistemas, dependencia directa del Subdirector General. Además, se creó la Subdirección General como coordinadora de la~ actividades administrativas y técnicas de la Dirección, apoyando de esta manera la gestión del Director General de Crédito Público. Con el ánimo de cumplir a cabalidad con las funciones de asesoría a los entes territoriales y a sus entidades descentralizadas en planeación, administración del régimen financiero y fiscal, y la realización y evaluación de estudios para medir y adecuar los efectos del régimen tributario sobre los contribuyentes, establecidas por la Ley 6 de 1992, en la Dirección de Apoyo Fiscal se conformó una estructura orgánica compuesta por dos subdirecciones denominadas de apoyo y técnica. La primera, con el objeto de realizar asesoría y asistencia fiscal, financiera y tributaria; y la segunda, con el fin de coordinar las actividades de investtgactón y estudios fiscales, financieros y tributarios. En el área administrativa, ahora denominada Secretaría Administrativa, se crearon las subsecretarias de Recursos Humanos, Servicios, Financiera y Jurídica, estableciendo así una estructura orgánica que permite desarrollar actividades de dirección y no solamente de trámite. Dentro de esta nueva estructura se destaca la separación de responsabilidades en el área financiera, estableciendo las divisiones de ejecución presupuesta!, contabilidad interna y pagaduría; además, se fusionaron las áreas de servicios generales y suministros en la Subsecretaria de Servictos con el ánimo de establecer la unidad de criterios entre la prestación de los servicios y el manejo de compras y suministros. Por último, al área de personal se le dio la dimenstón de administrador del recurso humano, creando las Divisiones de Selección y desarrollo como ejes del área y limitando las actividades tramítológicas de manejo del personal al grupo de registro y control. 72