H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ACAMBAY DE RUÍZ CASTAÑEDA MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA COORDINACIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS

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Transcripción:

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ACAMBAY DE RUÍZ CASTAÑEDA 2013 2015 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA COORDINACIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS SEPTIEMBRE 2014 1

H. Ayuntamiento de Acambay de Ruiz Castañeda 2013-2015 Coordinación de Asuntos Indígenas. Plaza Hidalgo número 1, Colonia Centro, Segundo Piso; Palacio Municipal, Acambay de Ruiz Castañeda, México; Teléfono: 01 (718) 10 10000 Coordinación de Asuntos Indígenas. Septiembre de 2014 Impreso y editado en Acambay de Ruiz Castañeda, Estado de México; La reproducción total o parcial de este documento se autoriza siempre y cuando se dé el crédito correspondiente de la fuente. 2

ÍNDICE PRESENTACIÓN...4 I. ANTECEDENTES..5 II. BASE LEGAL..6 III. OBJETO Y ATRIBUCIONES 7 IV. ESTRUCTURA ORGÁNICA 9 V. ORGANIGRAMA..10 VI. MISIÓN Y VISIÓN....11 VII. VIII. OBJETIVO Y FUNCIONES..12 DIRECTORIO...13 IX. VALIDACIÓN...14 X. HOJA DE ACTUALIZACIÓN....15 3

I. PRESENTACIÓN Uno de los propósitos de la presente administración es ejercer sus funciones con democracia, cercanos a la comunidad y con sentido humano que garantice el estado de derecho en un marco de legalidad y justicia. La extensión territorial del Municipio de Acambay de Ruíz Castañeda ha sido compartido desde su creación por Pueblos Indígenas originarios (Ñhañhus) con características y necesidades socioculturales propias, definidas sobre sus costumbres, tradiciones, lengua e identidad específica, que les permiten luchar y enfrentar de mejor manera los retos de las exigencias que impone la sociedad en permanente cambio; El Presente Manual de Organización, tiene como propósito de establecer las funciones sobre la estructura orgánica, atribuciones y objetivos que realiza esta Coordinación, fijando como fin la excelente dirección de los trabajos cotidianos de los servidores públicos. 4

I. ANTECEDENTES De acuerdo con los datos de INEGI del año 2010, en el Municipio de Ruíz Castañeda, existen 73 comunidades con presencia indígena de las cuales 26 localidades con el 40% y más de alta presencia con 8563 habitantes mayores de 3 años que hablan alguna lengua indígena, que presenta el 15% del total de la población municipal, a nivel estatal constituye el 2.68% y a nivel nacional el 6.60%. La diversidad cultural y étnica de los pueblos indígenas de Acambay es producto de su milenaria historia y de las formas en que estos pueblos han creado, mantenido y transformado sus culturas y sus identidades particulares a lo Largo de los siglos; no existe documentos bien fundamentado sobre la creación de la Coordinación de Asuntos Indígenas pero por atención de los derechos de los indígenas, el H. Ayuntamiento de Ruíz Castañeda crea esta Coordinación en el periodo administrativo 2006 2009 con el objetivo de Coordinar programas y acciones para la atención de grupos socialmente vulnerables a efecto de garantizar sus derechos y disminuir riesgos de pobreza. El Plan Nacional de Desarrollo 2013 2018 establece en su estrategia 2.2.3. Fomentar el bienestar de los pueblos y comunidades indígenas, fortaleciendo su proceso de desarrollo social y económico; respetando las manifestaciones de su cultura y el ejercicio de sus derechos. El Pacto por México en su apartado 1.6 Derechos de los Pueblos Indígenas, señala que El Estado Mexicano tiene una deuda histórica con los indígenas, de los cuales ocho de cada diez son pobres y siete de cada cien mexicanos son hablantes de una lengua. El Diario Oficial de la Federación del 22 de Enero de 2013 decreta el Sistema Nacional para la Cruzada Contra el Hambre; la cual es una estrategia de inclusión y bienestar social, que a partir de un proceso participativo, es conjuntar esfuerzos con recursos de la federación, las entidades federativas y los Municipios para el cumplimiento de los objetivos consistentes en cero hambre, considerando lo anterior, la cruzada contra el hambre permitirá a los indígenas mejorar sus condiciones de vida como: Salud, Educación, Nutrición y así velar por el respeto de sus derechos humanos y garantizar la difusión de su cultura. 5

II. BASE LEGAL Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicado en el D.O.F. El día 13 de marzo de 2003. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Gaceta de Gobierno del Estado de México, 10 de noviembre 1917 y sus reformas y adiciones. Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Gaceta de Gobierno del Estado de México, 02 de marzo de 1993; sus Reformas y Adiciones. Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México. Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; Reforma Publicada el 14 de agosto de 2001 en el diario oficial de la federación. Reglamento interno de la Administración Pública Municipal 2013-2014. Bando Municipal; Capitulo II de la Población Indígena Febrero 5 de 2014. 6

OBJETO Y ATRIBUCIONES CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Título Primero Capítulo I De los Derechos Humanos y sus Garantías Articulo 2 A. Esta Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para: I. Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural. II. Aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos, sujetándose a los principios generales de esta constitución, respetando las garantías individuales, los derechos humanos y, de manera relevante, la dignidad e integridad de las mujeres. La ley establecerá los casos y procedimientos de validación por los jueces o tribunales correspondientes. IV. Preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos, y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad. B. La federación, los Estados y Municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos. BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL CAPITULO II DE LA POBLACION INDÍGENA ARTICULO 143. En virtud de que el Municipio de Acambay de Ruíz Castañeda es un pueblo de linaje Otomí con más de treinta Localidades Indígenas reconocidas por la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México, con un amplio sentido de responsabilidades el H. Ayuntamiento en colaboración con la población, promueve: I. Impulsar el desarrollo municipal de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus habitantes, mediante acciones coordinadas entre tres órdenes de gobierno; 7

II. III. IV. Preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad, sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural; Nombrar a un representante del Pueblo Indígena ante el H. Ayuntamiento; Conservar y mejorar el hábitat y preservar la integridad de sus tierras en los términos de la Constitución Federal; V. Garantizar la participación de las mujeres en condiciones de equidad frente a los varones, en un marco que respete el Pacto Federal y la soberanía de los Estados; VI. VII. Garantizar el cumplimiento de los derechos de las personas indígenas que habitan en el Municipio; Garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la educación media superior y superior. 8

ESTRUCTURA ORGÁNICA 1. Presidente Municipal 1.1. Coordinador de la coordinación asuntos indígenas. 1.1.1. Secretaria de la coordinación de asuntos indígenas. 1.1.2. Auxiliar de la coordinación de asuntos indígenas. 9

ORGANIGRAMA PRESIDENTE MUNICIPAL COORDINACIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS 10

MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVO DE LA COORDINACIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS. MISIÓN Incidir en el desarrollo de las comunidades indígenas con el propósito de establecer su economía y mejorar sus condiciones de vida mediante acciones de gestión de apoyos con autoridades competentes del gobierno estatal y federal. VISIÓN Ser una instancia que contribuya a elevar la calidad de vida de las comunidades indígenas; respetando sus formas internas de convivencia y organización social, economía, política y cultura. OBJETIVO Promover la difusión y preservación de la cultura de las comunidades indígenas a través de programas, proyectos y acciones de gestión ante dependencias del gobierno estatal y federal; para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de los pueblos indígenas. 11

OBJETIVO Y FUNCIONES 1. COORDINACIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS OBJETIVO: Promover la difusión y preservación de la cultura de las comunidades indígenas a través de programas, proyectos y acciones de gestión ante dependencias del gobierno estatal y federal que beneficien y fomenten condiciones culturales, económicas y sociales para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas. FUNCIONES: Promover programas municipales enfocados a los grupos otomíes; Coordinarse con las instancias Federales, Estatales y Municipales para gestión de programas que beneficien a los grupos otomíes del Municipio; Promover, proteger y difundir los derechos de los grupos otomíes del Municipio; Apoyar el desarrollo integral de la comunidad otomí del Municipio; Promover, preservar y fomentar la cultura del grupo étnico asentado en el Municipio e impulsar su integración al desarrollo; Dar seguimiento a los convenios de colaboración firmados entre: gobierno Municipal, Estatal y Federal que beneficien el desarrollo integral de los Pueblos Indígenas del Municipio; Promover la participación de servidores públicos del H. Ayuntamiento para impulsar el acceso a una educación de calidad y mejores condiciones de vida para los niños indígenas del Municipio; Coordinar con el Instituto Mexiquense de Cultura con los programas de fomento, rescate y preservación de patrimonio histórico, cultural y artístico; Buscar mecanismos de vinculación con otros actores públicos, sociales o privados para la atención de los grupos indígenas del Municipio; y Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia. 12

DIRECTORIO Profr. Irineo Ruíz González Presidente municipal constitucional Profra. María del amparo c. Pérez González Secretaria del H. Ayuntamiento Profr. Odilón Mayolo Becerril Marcos Coordinador de la coordinación de asuntos indígenas 13

VALIDACIÓN PROFR. IRINEO RUIZ GONZÁLEZ PRESIDENTE MUNICIPAL CONTITUCIONAL DE ACAMBAY DE RUIZ CASTAÑEDA. PROFRA. MA. DEL AMPARO PÉREZ GONZÁLEZ SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO PROFR. ODILÓN MAYOLO BECERRIL MARCOS COORDINADOR DE ASUNTOS INDÍGENAS. 14

HOJA DE ACTUALIZACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN DESCRIPCIÓN DE ACTUALIZACIÓN 15