REGLAMENTO PROMOCIÓN TODOS QUIEREN IR AL SUPERMERCADO CON SU TARJETA DE CREDITO SUPER PREMIA PROMERICA El presente Reglamento Promoción TODOS QUIEREN IR AL SUPERMERCADO CON SU TARJETA DE CREDITO SUPER PREMIA PROMERICA es un programa que pertenece en forma exclusiva al BANCO PROMERICA DE COSTA RICA, S.A., en adelante denominado el Emisor, el cual constituye un beneficio de la Tarjeta de Crédito Super Premia Promerica otorgado a los Tarjetahabientes, de conformidad con el Contrato de Emisión y Uso de Tarjeta de Crédito, en adelante denominado el Contrato, suscrito entre el Emisor y el Tarjetahabiente. Condiciones Generales 1. Objeto: El presente Reglamento tiene por objeto regular las condiciones de la promoción TODOS QUIEREN IR AL SUPERMERCADO CON SU TARJETA DE CREDITO SUPER PREMIA PROMERICA el cual es un beneficio que forma parte de la Tarjeta de Crédito Super Premia Promerica. 2. Aceptación de las condiciones, restricciones y limitaciones del presente Reglamento: El Tarjetahabiente participante reconoce y acepta que deberá cumplir con las restricciones y limitaciones del presente Reglamento, como condición necesaria para ser acreedor del beneficio del premio, en caso de resultar ganador. Para esto, el Tarjetahabiente Ganador deberá firmar la aceptación de las condiciones, restricciones y limitaciones del presente Reglamento previo a la entrega del premio. Banco Promerica se reserva el derecho de disponer del premio en la forma que estime conveniente, en caso de que el premio sea declarado desierto por el incumplimiento en las 1
condiciones, restricciones y limitaciones establecidas en el presente Reglamento por parte del Tarjetahabiente Ganador. 3. Formas de participar: El Tarjetahabiente Titular y Adicional persona física que realice compras con su Tarjeta de Crédito Super Premia Promerica en los supermercados ubicados en Costa Rica podrá participar en los sorteos de beneficios durante la vigencia de esta promoción, de conformidad con el presente Reglamento. 4. Beneficio: El beneficio consiste en el derecho de recibir una acción electrónica por cada compra de veinte mil colones ( 20,000) para participar en el sorteo de doce (12) borra saldos cada uno, los cuales acreditan el monto del saldo de la Tarjeta de Crédito al momento del sorteo, hasta por un monto máximo de quinientos dólares ($500). Solamente se acumularán acciones con las compras iguales o superiores a veinte mil colones ( 20,000). En caso de resultar ganador, se sumarán TODAS las compras realizadas en supermercados durante ese mes, para efectos de aplicar el beneficio, que correspondería al total de esas compras realizadas en colones con un límite de quinientos dólares ($500) máximo. 5. Condiciones del sorteo: a) Los sorteos se realizarán el día diecisiete (17) de julio, veintiuno de agosto (21) y dieciocho (18) de setiembre del 2017, mediante un sistema de elección aleatoria que se llevará a cabo en las Oficinas Centrales de Banco Promerica, situada en San José, Escazú, San Rafael, Trejos Montealegre, Centro Corporativo El Cedral. b) Al momento del sorteo, se seleccionará cuatro (4) posibles ganadores, acreedores del premio descrito. Asimismo, se seleccionarán cuatro (4) posibles ganadores suplentes, quienes participarán del sorteo en el mismo orden como se fueron seleccionando, en caso de que los ganadores favorecidos no cumplan con los requisitos descritos en el presente Reglamento. 2
c) Promerica procederá a validar el cumplimiento de los requisitos y condiciones de cada posible ganador. En caso de que éste no cumpla con las condiciones del presente Reglamento, se procederá a verificar al siguiente posible ganador suplente, en el mismo orden en que fueron seleccionados hasta identificar al ganador final. d) Los Tarjetahabientes Ganadores que cumplan con todos los requisitos y condiciones, serán contactados vía telefónica por un Representante de Banco Promerica para notificarles el día, la hora y el lugar que deberán presentarse a reclamar su premio. Cada Tarjetahabiente Ganador deberá atender dicha llamada, brindando sus datos personales y toda la información que sea requerida. e) Para retirar el premio, cada Tarjetahabiente Ganador deberá presentarse al lugar, fecha y hora indicados por el Representante de Banco Promerica. Al momento de retirar el premio adjudicado, cada Tarjetahabiente Ganador deberá presentar su cédula de identidad. Si el Tarjetahabiente Ganador no puede presentarse personalmente a retirar el premio, podrá realizarlo por medio de un representante, quien deberá contar con un Poder Especial (Original y copia) debidamente autorizado y autenticado por un Notario Público, junto con las cédulas de identidad del Tarjetahabiente Ganador y el Apoderado. Una vez firmados los documentos respectivos de entrega el premio, Promerica estará depositando el premio en la Tarjeta de Crédito. f) La fecha límite para retirar el premio será de cuatro (4) días posteriores a la fecha que Banco Promerica realice la notificación a cada Tarjetahabiente Ganador. g) Si algún Tarjetahabiente Ganador no retira el premio en el plazo indicado, el premio será declarado desierto y Banco Promerica se reserva el derecho de disponer del premio en la forma que estime conveniente. 6. Restricciones y Limitaciones: Los Tarjetahabientes que deseen participar del presente Programa, deberán cumplir con las siguientes restricciones y limitaciones, como requisito necesario para ser beneficiario y reclamar el premio: 3
a) Promoción Exclusiva para Tarjetahabientes Titulares o Adicionales de la Tarjeta de Crédito Super Premia Promerica. En caso de salir favorecida un Tarjetahabiente Adicional, el premio se estará aplicando a la Tarjeta de Crédito del Tarjetahabiente Titular. b) El Tarjetahabiente ganador deberá estar al día con todas y cada de sus obligaciones con Promerica. c) No se tomarán en cuenta las transacciones flotantes, ni las transacciones no electrónicas que no hayan sido reportadas por algún comercio y/o que no hayan sido cargadas en el Estado de Cuenta del Tarjetahabiente. d) La vigencia de la promoción es de tres meses (junio, julio y agosto) por lo que las compras a premiar obedecen a las compras efectuadas el mes anterior y no volverán a participar para el mes posterior. e) El monto máximo a acreditar corresponde a la sumatoria de las compras en supermercados durante el mes. En caso de que el monto sea inferior a quinientos dólares ($500) se depositará ese monto y si fuera superior, se depositará el monto máximo de quinientos dólares ($500) y se depositará el monto en colones, al tipo de cambio al momento de realizarse el sorteo. f) Estarán inhibidos de acceder a los premios, aquellos Tarjetahabientes que al momento del sorteo se encuentren en situación de cesación de pago con su Tarjeta de Crédito o presenten mora con cualquier otra obligación adquirida con Banco Promerica en los últimos seis (6) meses, En tales casos el premio se considerara desierto, perdiendo automáticamente su Derecho al premio. Banco Promerica se reservan el derecho de disponer del premio en la forma que estime conveniente. 4
g) El premio aquí descrito será indivisible, intransferible y no negociable por otro premio o su valor en dinero efectivo, bajo ninguna circunstancia. h) No aplica para funcionarios de Banco Promerica de Costa Rica. i) Los cargos en concepto de anualidades, intereses mantenimiento de valor, retiros en efectivo y compras sin intereses no acumularán acciones j) No aplica para personas jurídicas. k) Cuando sea para beneficio de los participantes o para mejorar la transparencia de la promoción, Banco Promerica podrá variar los términos y condiciones del presente Reglamento, durante la vigencia de la presente promoción notificándolo previamente a los participantes, siempre y cuando se mantengan los incentivos originales. l) Los Tarjetahabientes participantes en el programa, por el sólo hecho de participar, expresamente autorizan a Banco Promerica a utilizar sus nombres, números de cédulas imágenes personales y/o voces para publicitar la Promoción, sin recibir ningún tipo de compensación. 7. Elegibilidad: Esta promoción esta únicamente dirigida a los Clientes personas físicas que cuenten con la Tarjeta de Crédito Super Premia emitidas por el Emisor, Banco Promerica de Costa Rica S.A. En igual forma, Banco Promerica de Costa Rica S.A se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los beneficios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente incumpla las normas y condiciones aquí establecidas. El Emisor podrá modificar o descontinuar uno o todos los programas ofrecidos notificando al Tarjetahabiente en el Estado de Cuenta inmediato posterior a la eliminación de los mismos, o bien modificar las condiciones en cada programa cuando fuere necesario. 5
8. Vigencia: Esta promoción se regirá por los siguientes plazos, que son de carácter definitivo: Plazo de la promoción: Inicio y finalización: Inicia el primero (01) de junio y finaliza el treinta y uno (31) de agosto del 2017. 9. Responsabilidad general: La compra de productos y servicios es un acuerdo contractual entre el Tarjetahabiente y los comercios, para lo cual Banco Promerica de Costa Rica S.A. únicamente brinda este Programa Especial con el fin de que los Tarjetahabientes puedan participar en el sorteo de los beneficios, según las condiciones antes indicadas. Por esta razón, Banco Promerica de Costa Rica S.A. no se hará responsable por la calidad y condiciones de los servicios y productos brindados por los comercios afiliados participantes para el disfrute de este beneficio por parte del Tarjetahabiente, a lo que el Tarjetahabiente manifiesta y acepta que, en caso de existir algún tipo de diferencia o incumplimiento sobre el servicio y productos, exime a Banco Promerica de Costa Rica S.A. ante eventuales reclamos, sean éstos en la vía administrativa y/o judicial. 10. De la modificación de las condiciones y/o suspensión o cancelación de la promoción: Banco Promerica de Costa Rica S.A. podrá suspender o cancelar en forma inmediata la presente promoción sin asumir responsabilidad civil, penal, contractual y extracontractual alguna, de forma total o parcial, indefinida o definitivamente, si se producen causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que puedan provocar un grave perjuicio y que así obliguen. La suspensión de la promoción por alguna o varias causas, será debidamente comunicada por el Emisor en forma escrita por los medios con los que cuenta la entidad. Una vez concluido el periodo promocional, cesarán automáticamente los efectos, tanto de la promoción como del presente Reglamento. 6
11. Solución de Controversias: Cualquier controversia, conflicto, duda o asunto en general que se presente con respecto a las presentes condiciones y que no esté previsto en el presente Reglamento, será resuelto en estricto apego a las leyes, usos y buenas costumbres de la República de Costa Rica. 12. Información y consultas: Para mayor información y consultas, los interesados pueden llamar a Solución Promerica, al teléfono 2519-8090 o consultar mediante www.promerica.fi.cr. Se prohíbe la reproducción total o parcial de este documento por cualquier medio. El nombre Banco Promerica de Costa Rica, S.A. y sus productos son marca registrada a nombre de su respectivo propietario. 13. Este Reglamento se encuentra publicado en la dirección electrónica https://www.promerica.fi.cr/reglamentos 7