INSTRUCTIVO GENERAL REGLAMENTARIO DE UNIFORMES Artículo 1º: A continuación EXPERTOS PROFESIONALES EN SERVICIOS SOCIALES INTEGRALES/ EPSI relaciona el personal al que se le hace entrega de uniforme y/o ropa de trabajo, de igual manera los elementos de protección personal, conforme se determina en el presente instructivo reglamentario. a) Personal de oficio de varios. b) Coordinadores General Pedagógico del proyecto Metro. c) Comunicador Social. d) Dinamizadores Territoriales del proyecto Metro. e) Facilitadores Sociales, Bilingües, con Discapacidad y de Señas del proyecto Metro. f) Guías educativos del proyecto Metro. Artículo 2º. OBLIGACIONES DEL PERSONAL UNIFORMADO> El uso de uniformes y ropa de trabajo es obligatorio para el personal al que se le entrega la indumentaria, considerándose falta grave la concurrencia al lugar de trabajo sin la misma, debiendo conservarla en buen estado y limpia, sin perjuicio del desgaste normal producto de su utilización. Asimismo, se hace saber a los responsables del personal relacionado en el artículo 1º del presente instructivo reglamentario, que deberán exigir el estricto cumplimiento de tal obligación al personal bajo su dependencia. Artículo 3º. Cuando se produzca la incorporación de personal comprendido en el artículo 1º del presente, ya sea en planta permanente o temporal, en períodos que no permitan su inclusión en la compra general del uniforme, se le deberá proveer, con la mayor celeridad posible, el uniforme o ropa de trabajo y/o elementos de seguridad para el trabajo de acuerdo a las exigencias del contrato y a las estipuladas por el área de salud, higiene y seguridad del trabajo. Artículo 4º. Descripción del uniforme a proveer al personal de oficios varios femenino y masculino. 1. Camiseta tipo polo de mangas cortas, de color blanca y azul con logos de la empresa. 2. Pantalón Jean de color azul. 3. Correa en cuero negro y hebilla de metal.
4. Tenis de cuero en color negro, dieléctrica, con puntera en fibra de vidrio. Artículo 5º. Descripción del uniforme para Facilitadores Sociales, Bilingües, con Discapacidad, Lengua de Señas y Guías Educativos del proyecto Metro. Personal femenino y masculino. 1. Camisa manga larga de color blanco, con cuello y puños en color verde limón con los logos y distintivos de la empresa EPSI y METRO. 2. Pantalón en dril de color gris con bolsillos atrás y laterales y franjas reflectoras en la entrepierna. 3. Correa en cuero negro y hebilla de metal. 4. Tenis de seguridad en color negro, dieléctricas, con puntera en fibra de vidrio. 5. Riñonera color negro con los logos de la empresa EPSI Y METRO. 6. Chaleco color verde limón, con franjas reflectoras, logos de la empresa EPSI y METRO, mangas retirables, capucha al interior del cuello, bolsillos de cremallera y velcro. Artículo 6º. Descripción del uniforme para el Coordinador General Pedagógico, Comunicador Social y Dinamizadores Territoriales del proyecto Metro. 1. Tenis de seguridad en color negro, dieléctricas, con puntera en fibra de vidrio. 2. Riñonera color negro con los logos de la empresa EPSI Y METRO. 3. Chaleco color verde limón, con franjas reflectoras, logos de la empresa EPSI y METRO, mangas retirables, capucha al interior del cuello, bolsillos de cremallera y velcro. 4. Carnet institucional personalizado con foto, nombres, cargo, número del contrato y logos EPSI METRO.
Artículo 7º. PROHIBICIONES. 1. Hacerle modificaciones a los uniformes o usarlos por fuera de la jornada de trabajo. 2. Usar prendas, logos o elementos de seguridad no contemplados en el presente reglamento. 3. No utilizar los elementos de seguridad entregados para cumplimiento de sus funciones, salvo prescripción médica debidamente tramitada en el departamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de EPSI. 4. Donar, vender, alquilar, dar en calidad de prenda o facilitar en préstamo uniformes y elementos de seguridad, aun cuando se encuentren en mal estado o en desuso. 5. Portar en puestos de trabajo paquetes, bolsas, cajas y demás elementos que no hagan parte del uniforme. 6. Llevar elementos que sobresalgan o deformen los bolsillos del uniforme, así como accesorios u objetos que no hagan parte del mismo. 7. Mantener las manos en los bolsillos del uniforme. 8. Utilizar materiales no establecidos para la ejecución de las labores. 9. Durante el servicio no se podrá utilizar lentes de contacto de colores. 10. Portar candongas, expansores, piercings, lentes de contacto de colores, cadenas, anillos, pulseras, manillas, reloj y demás accesorios no estipulados en el presente instructivo. Artículo 8º. INSTRUCIONES DE PRESENTACION / HIGIENE Y SEGURIDAD, las siguientes se constituyen en instrucciones de obligatorio cumplimiento. 1. Portar en toda ocasión el uniforme con esmerada pulcritud y elegancia.
2. El personal femenino como el masculino, deberá como mínimo portar el uniforme de la siguiente manera: a) Camisa planchada y pulcra, siempre por dentro con manga abotonada en los puños. b) Pantalón planchado y pulcro, con correa y botas del pantalón dos centímetros abajo del tobillo. c) Calzado de seguridad limpia y embetunada. d) El chaleco podrá usarse para el frio y la lluvia, además deberá portase para salidas de campo o recorridos con grupos especiales. Este dispone de mangas removibles y es opcional retirar o dejar las mangas. e) Riñonera a un costado si excesivos elementos en su interior. f) Carnet con su respectivo porta carnet institucional, debe llevarse siempre visible a la altura del pecho. 3. El personal masculino uniformado permanecerá en todo momento bien afeitado; con corte de cabello adecuado, de usar cabello largo deberá llevarlo recogido, así mismo el personal femenino deberá durante la prestación del servicio usar el moño como parte del uniforme de trabajo. 4. El personal femenino uniformado usará en todo momento el cabello recogido en forma de moño o lo llevará corto sin que sobresalga del contorno de la cara. No se permitirán mechones, capul u otro tipo de moda que generen cabellos sobre la cara y que dificulten la visibilidad del rostro. 5. La uñas deberán ir cortas, con un maquillaje enmarcado dentro del contraste de la sencillez y la elegancia, con tonalidades tipo pastel. 6. Los aretes del personal femenino serán candongas y/o topos (máximo uno por oreja) en color dorado o plata. 7. El uso del moño con es de carácter obligatorio durante la prestación del servicio. 8. El personal que tenga impedimento físico transitorio o permanente según lo establecido por el área de Seguridad y Salud en el Trabajo, mediante concepto médico,
podrá utilizar los elementos recomendados para el desarrollo de su actividad, ejemplo bastones, muletas, sillas de ruedas, calzado especial, entre otros. Artículo 9º. El no cumplimiento de las obligaciones o instrucciones contempladas en el presente instructivo reglamentario por parte del personal relacionado, puede dar lugar a la aplicación a las sanciones, a que allá lugar, de conformidad a lo establecido en el reglamento interno de trabajo. Gloria Astrid Zapata Hoyos Representante Lega EPSI Marzo 13 de 2017