Centro Nocional de Despacho_. CO de junio de Ingeniero Antonio H. Guelfi A Director Centro Nacional de Despacho E. S. D.

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Transcripción:

Centro Nocional de Despacho_ CO-018-2015 09 de junio de 2015 Ingeniero Antonio H. Guelfi A Director Centro Nacional de Despacho E. S. D. Referencia: Informe de Comité Operativo sobre propuesta de Modificación a la Metodología del Despacho de Precio y Calculo del Precio de la Energía del Mercado de Ocasión (PMO). Respetado ingeniero Guelfi: En cumplimiento del literal a del articulo 15.4.1,7 de las Reglas Comerciales, tenemos a bien remitirle el Informe de este Comité sobre la propuesta de modificación a la Metodología en comento presentado por el CND al pleno de este Comité, como podrá observar la propuesta de modificación fue aprobada. Atentamente, José S. Vergara P. Presidente ael Comité Operativo. Teléfono: (507)230-8100 Fax: (507)230-4125 Apartado Postal: 0816-01552 http ://www. cnd. com. pa Panamá, Rep. de Panamá

MERCADO MAYORISTA DE ELECTRICIDAD COMITÉ OPERATIVO Informe de Metodología No. CO-Q6-2015 PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA METODOLOGÍA DEL DESPACHO DE PRECIO Y CÁLCULO DEL PRECIO DE LA ENERGÍA DEL MERCADO DE OCASIÓN (PMO) Panamá, 05 de junio de 2015 En la Reunión Ordinaria No.326, celebrada el 02 de junio de 2015, se sometió a consideración del Comité Operativo el Informe de Proyecto de la Metodología del Despacho de Precio y Cálculo del Precio de la Energía del Mercado de Ocasión (PMO), presentada por el Representante del Centro Nacional de Despacho (CND). ANTECEDENTES: Esta propuesta considera las recientes modificaciones a las Reglas Comerciales aprobadas mediante la Resolución AN No 8451-Elecde 13 de abril de 2015. En la Reunión Ordinaria No.326, el Ing. Práxides Herrera, en representación del CND, presentó la Metodología del Despacho de Precio y Cálculo del Precio de la Energía del Mercado de Ocasión, mismas que se reflejan en el anexo A adjunto a este informe. ACUERDOS: Verificado previamente el cumplimiento de los requisitos del numeral 15.4.1.5 de las Reglas Comerciales, las formalidades que señala el RIFCO y finalizada la discusión del proyecto de modificación, el pleno del Comité Operativo aprobó la propuesta presentada por el CND, sin modificaciones. Se firma en señal de aprobación, a los cinco (05) días del mes de jynio del año dos mil quince (2015): JOSÉ S. VERGARA P. REPRESENTANTE POR EL CND-Presidente Mario Saavedra REPRESENTANTE POR LA EMPRESA DE TRANSMISIÓN-Secretario 1 de 3 Informe del Comité Operativo sobre la Metodología del Despacho de Precio y Cálculo del Precio de la Energía del Mercado de Ocasión.

CENTRO NACIONAL DE DESPACHO INFORME PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE Metodología del Despacho de Precio y Cálculo del Precio de la Energía del Mercado de Ocasión Panamá, 02 de junio del 2015. TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN 1 PLANEAMIENTO Y ANÁLISIS 1 RESULTADOS Y SU VALORACIÓN 2 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES...,...4 INTRODUCCIÓN. La presente propuesta de modificación tiene como finalidad adecuar la Metodología del Despacho de Precio y Cálculo del Precio de la Energía en el Mercado de Ocasión, a lo establecido en las modificaciones a las Reglas Comerciales aprobadas mediante la Resolución AN No 8451-Elec de 13 de abril de 2015. PLANEAMIENTO Y ANÁLISIS. Antecedentes La metodología actual contempla lo establecido en las Reglas Comerciales antes de las modificaciones arriba señaladas. En la metodología vigente se especifica el procedimiento que utiliza el CND para calcular el precio de la energía en el mercado de ocasión, basado en las Reglas comerciales vigentes antes de la modificación señalada y que establecía lo siguiente: Numeral 9.5.1.4 "El CND debe calcular el precio de la energía con el costo variable aplicable al despacho de la última oferta térmica requerida por el despacho de precio para cubrir la demanda a abastecer con calidad, medida como la demanda más la reserva de corto plazo vigente, en el centro de carga del sistema. En caso de que por fallas en la red, el sistema se abra en dos o más sub sistemas, se 1 Página No. de Despacho Precio y Cálculo del Precio de la Energía en el Mercado Ocasional de unió de 2015

calculará un precio para cada sub sistema con el mismo procedimiento y criterios definidos para el despacho de precio (utilizando la demanda y generación de cada sub sistema)", Adicional contempla el manejo que se le da en caso que se produzca una generación obligada donde el precio de la energía proveniente del MER es mayor de Ocasión, aquélla se liquidará al precio del Mercado Ocasional. En los casos de que la importación sea por requerimiento de la CAR se considerará de conformidad al MG0.8, lo que fue eliminado por las modificaciones a las Reglas Comerciales. Problemática Es necesario adecuar la metodología del Despacho de Precio y Cálculo del Precio de la Energía en el Mercado de Ocasión a lo establecido en las modificaciones a las Reglas comerciales que establecen lo siguiente: Numeral 9.5.1.4 "El CND debe calcular el precio de la energía con el costo variable aplicable al despacho de la última oferta requerida por el despacho de precio para cubrir la demanda a abastecer con calidad, medida como la demanda más la reserva de corto plazo vigente, en el centro de carga del sistema. En caso de que por fallas en la red, el sistema se abra en dos o más sub sistemas, se calculará un precio para cada sub sistema con el mismo procedimiento y criterios definidos para el despacho de precio (utilizando la demanda y generación de cada sub sistema)". Procedimiento de Revisión: Se modificó el artículo de la metodología actual, que no se ajustan a lo que establece la regulación vigente. RESULTADOS Y SU VALORACIÓN. NORMA ACTUAL NORMA PROPUESTA JUSTIFICACIÓN (PMO.2.2.7) El informe de Despacho de Precio debe contener lo siguiente: 1. La generación horaria despachada por cada unidad de generación para satisfacer la demanda real. (PMO.2.2.7) El informe de Despacho de Precio debe contener lo siguiente: 1. La generación horaria despachada por cada unidad de generación para satisfacer la demanda real. Se coloca en la metodología el procedimiento que tiene que realizar el CND para calcular el precio de la energía en el mercado de ocasión, según lo establecido en las modificaciones a las 2 Página No. de Despacho Precio y Cálculo del Precio de la Energía en el Mercado Ocasional de junio de 2015

2. El precio de la energía para el Mercado Ocasional, considerando lo que establece las Reglas Comerciales: "El CND debe calcular el precio de la energía con el costo variable aplicable al despacho de la última oferta térmica requerida por el despacho de precio para cubrir la demanda a abastecer con calidad, medida como la demanda más la reserva de corto plazo vigente, en el centro de carga del sistema. En caso de que por fallas en la red, el sistema se abra en dos o más sub sistemas, se calculará un precio para cada sub sistema con el mismo procedimiento y criterios definidos para el despacho de precio (utilizando la demanda y generación de cada sub sistema)", numeral 9.5.1.4 de las Reglas Comerciales para el Mercado Mayorista de Electricidad." (PMO.3.4) En el caso en que durante un período horario exista energía comprada por intermedio del CND y el costo de ésta no corresponda Ocasional, se procederá como sigue: (PMO.3.4.1) Si el precio de la energía proveniente del MER es menor de Ocasión, aquella se liquidará al precio del Mercado Ocasional y la diferencia se le acreditará a los (PMO.3.4.2) Si el precio de la energía proveniente del MER es mayor de Ocasión, aquélla se liquidará al 2. El precio de la energía para el Mercado Ocasional, considerando lo que establece las Reglas Comerciales: "El CND debe calcular el precio de la energía con el costo variable aplicable al despacho de la última oferta requerida por el despacho de precio para cubrir la demanda a abastecer con calidad, medida como la demanda más la reserva de corto plazo vigente, en el centro de carga del sistema. En caso de que por fallas en la red, el sistema se abra en dos o más sub sistemas, se calculará un precio para cada sub sistema con el mismo procedimiento y criterios definidos para el despacho de precio (utilizando la demanda y generación de cada sub sistema)" (Numeral 9.5.1.4 de las Reglas Comerciales del Mercado Mayorista de Electricidad). (PMO.3.4) En el caso en que durante un período horario exista energía comprada por intermedio del CND y el costo de ésta no corresponda Ocasional, se procederá como sigue: (PMO.3.4.1) Si el precio de la energía proveniente del MER es menor de Ocasión, aquella se liquidará al precio del Mercado Ocasional y la diferencia se le acreditará a los (PMO.3.4.2) Si el precio de la energía proveniente del MER es mayor de Ocasión, aquélla se liquidará al Reglas Comerciales. Se elimina el efecto de la importación en la generación obligada por CAR. 3 Página No. de Despacho Precio y Cálculo del Precio de la Energía en el Mercado Ocasional de junio de 2015

precio del Mercado Ocasional. 1) En los casos de que la importación sea por requerimiento de la CAR se considerará de conformidad al MG0.8. precio del Mercado Ocasional y la diferencia se le cargará a los 2) En el resto de los casos, la diferencia se le cargará a los CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. Los cambios propuestos ajustarán la metodología actual a las regulaciones vigente 4 Página No. de Despacho Precio y Calculo del Precio de la Energía en el Mercado Ocasional de junio de 2015