Declaración de situación fiscal estadounidense y confirmación de domicilio fiscal (persona dominante)

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1/7 19.09.2017 / 08:20 Declaración de situación fiscal estadounidense y confirmación de domicilio fiscal (persona dominante) Cuenta/relación de depósito Parte contratante/titular de cuenta Conforme a las disposiciones del derecho fiscal de los Estados Unidos de América (EE.UU.) sobre retención fiscal a cuenta, así como el tratado entre Suiza y EE.UU. sobre cooperación para una aplicación simplificada de la ley FATCA, el banco Vontobel AG (en lo sucesivo, el «banco») está obligado a comprobar si las cuentas correspondientes a la relación bancaria anteriormente indicada son o no cuentas estadounidenses desde el punto de vista de la normativa fiscal estadounidense. Además, el derecho suizo obliga al banco a la aplicación del estándar común de notificación (GMS) de la OCDE, especialmente la Ley federal sobre el intercambio automático de información internacional en materia fiscal (Ley AIA), así como los tratados AIA entre Suiza y otros estados para recabar información sobre el domicilio fiscal de titulares de cuentas. La información relativa a las personas dominantes sólo es necesaria cuando el titular de la cuenta (titular de jurídico) se trate de: Una entidad no financiera extranjera pasiva para los fines de la FATCA; Una entidad no financiera pasiva para los fines de la FATCA; o Una empresa de inversión administrada profesionalmente que es residente en un estado no participante en la AIA. De acuerdo con las disposiciones anteriores, el titular de la cuenta abajo firmante aporta por la presente la siguiente información y la confirma. Este formulario deberán presentarlo también los titulares residentes en un país que haya firmado el acuerdo correspondiente o un acuerdo AIA con Suiza. Rellene un formulario por cada persona dominante. Los conceptos clave se explican en el glosario. Ni este documento ni las aclaraciones escritas u orales relacionadas con el mismo suponen ningún tipo de asesoramiento fiscal. El banco le recomienda que, en caso necesario, consulte con un asesor fiscal cualificado o con las autoridades correspondientes. 1. Identificación del titular de cuenta (titular jurídico) Nombre del titular jurídico : El titular de cuenta (titular jurídico) ha presentado los formularios necesarios para declarar su situación frente al banco. La presente certificación pretende exclusivamente confirmar la situación fiscal estadounidense y el estado de domicilio fiscal de las personas dominantes. 2. Identificación de la persona dominante (persona física) Apellido(s) Nombre(s) Domicilio 1 Calle, número, piso, etc. Población, estado o provincia Código postal País

2/7 Declaración de situación fiscal estadounidense y confirmación de Vontobel Nacionalidad(es) Fecha de nacimiento (DD-MM-AAAA) 1 No indicar apartados de correos ni direcciones a la atención de otra persona. 3. Declaración de situación fiscal estadounidense de la persona dominante (persona física) Marque la casilla correspondiente en relación con la persona dominante del titular de cuenta (titular jurídico) anteriormente mencionado: a) Tiene la persona dominante nacionalidad estadounidense? (En caso de que la persona dominante tenga varias nacionalidades y una de ellas sea la nacionalidad estadounidense, marque «Sí») Si No aa) Ha nacido la persona dominante en EE.UU. (o en alguno de los territorios de EE.UU.)? b) En lo que respecta al derecho fiscal estadounidense, es la persona dominante residente en EE.UU. porque ba) Es titular de una Green Card de EE.UU. (independientemente de su fecha de caducidad)? bb) Cumple los requisitos del test de presencia significativa («Substantial Presence Test»)? Si la persona dominante cumple los requisitos del test de presencia significativa, pero ha abandonado EE.UU. durante el año natural: Sigue la persona dominante residiendo provisional o prolongadamente en EE.UU.? 2 bc) Existe otra razón? Indique la razón: 2 Si la respuesta es No, se requiere un certificado de domicilio actual por la autoridad estatal del Estado responsable, (por ejemplo el gobierno, un organismo gubernamental o una autoridad municipal) en el cual el titular de la cuenta afirma tener su lugar de residencia, o un formulario W-8BEN del IRS. POR LA PRESENTE CONFIRMO QUE: EN LO QUE RESPECTA A LA FISCALIDAD ESTADOUNIDENSE, LA PERSONA DOMINANTE NO ES UNA PERSONA ESTADOUNIDENSE. EN LO QUE RESPECTA A LA FISCALIDAD ESTADOUNIDENSE, LA PERSONA DOMINANTE ES UNA PERSONA ESTADOUNIDENSE Y PRESENTA UN FOMULARIO W-9 DEL IRS. 4. Estado(s) de domicilio fiscal y número(s) de identificación fiscal correspondiente(s) o número(s funcional(es) equivalente(s) (TIN) Introduzca los siguientes datos en la tabla que encontrará a continuación: Todos los estados en los que la persona dominante tiene domicilio fiscal (excepto EE.UU.); y Números de identificación fiscal de la persona dominante para todos los estados indicados. Toda persona dominante que tenga domicilio fiscal en un país con el que Suiza haya celebrado un acuerdo de intercambio internacional automático de información (los denominados estados obligados a notificar) se comunicará a la Administración Tributaria Federal Suiza (ESTV) en base a las disposiciones de la Ley suiza sobre Intercambio Internacional Automático de Información en Materia Fiscal. La ESTV intercambiará estos datos con los estados obligados a notificar. Si la persona dominante tiene domicilio fiscal en varios estados obligados a notificar, los datos se intercambiarán con las administraciones tributarias de cada uno de los estados en los que se tiene residencia fiscal, conforme a la AIA. La determinación del domicilio fiscal de una persona depende de la legislación fiscal de cada estado. Podrá encontrar un resumen de dichas disposiciones en el portal sobre intercambio automático de información de la OCDE. Encontrará el enlace correspondiente en nuestra página web: www.vontobel.com/aei.

3/7 Declaración de situación fiscal estadounidense y confirmación de Vontobel Estado de domicilio fiscal 3 Número de identificación fiscal (TIN) En caso de no indicar un TIN, señale la razón: A, B, C, D o E 1. 2. 3. Si la persona dominante no puede indicar un TIN para alguno de los estados anteriormente mencionados, indique la razón correspondiente A, B, C, D o E en la columna de la derecha de la tabla anterior: Razón A: El estado de domicilio fiscal de la persona dominante no asigna ningún TIN a los residentes. Razón B: La persona dominante se ha registrado recientemente como contribuyente y todavía no se le ha asignado un TIN (tenga en cuenta que deberá aportar el TIN en un plazo de 90 días). Razón C: A pesar de que el estado de domicilio fiscal de la persona dominante en principio asigna un número TIN, la persona dominante no está obligada a solicitar uno. Indique la razón por la que la persona dominante no tiene TIN: Grund D: El estado de domicilio fiscal de la persona dominante es Suiza. Grund E: La persona dominante puede indicar un TIN por otro motivo. Indique la razón: POR LA PRESENTE CONFIRMO QUE LA PERSONA DOMINANTE TIENE DOMICILIO FISCAL EXCLUSIVAMENTE EN LOS ESTADOS INDICADOS CON ANTERIORIDAD. 5. Tipo de persona dominante Marque con respecto a la persona dominante del titular de cuenta anteriormente mencionado (titular jurídico) las casillas correspondientes. 1) Persona dominante de un titular jurídico - Dominación en base a la participación 2) Persona dominante de un titular jurídico - Dominación de otra manera 3) Persona dominante de un titular jurídico Miembro de mayor rango del órgano de dirección 4) Persona dominante de un trust Fideicomitente (Settlor) 5) Persona dominante de un trust Fiduciario (Trustee) 6) Persona dominante de un trust Protector 7) Persona dominante de un trust Beneficiario 8) Persona dominante de un trust Otra persona física 9) Persona dominante de otra figura jurídica (no trust) Equivalente al fideicomitente (Settlor) 10) Persona dominante de otra figura jurídica (no trust) 4 - Equivalente al fiduciario (Trustee) 11) Persona dominante de otra figura jurídica (no trust) 4 - Equivalente al protector 12) Persona dominante de otra figura jurídica (no trust) 4 - Equivalente al beneficiario 13) Persona dominante de otra figura jurídica (no trust) 4 - Otra persona física 3 Si el titular tiene domicilio fiscal en más de tres estados, continúe la lista en una hoja aparte. 4 Otras formas jurídicas diferentes al trust incluyen por ejemplo las fundaciones o el fideicomiso.

4/7 Declaración de situación fiscal estadounidense y confirmación de Vontobel 6. Cambio de las circunstancias Durante la duración de la relación contractual con el banco confirmo por la presente que informaré al banco en el plazo de 30 días, en caso de un cambio de la situación de la persona dominante con respecto a la legislación fiscal de EE.UU. y/o del estado de su domicilio fiscal. En caso de que la confirmación recogida en este formulario haya dejado de ser correcta, me comprometo a presentar los formularios y documentos necesarios en el plazo de 90 días tras dicho cambio de las circunstancias. Además, confirmo que soy consciente de que en caso de cualquier cambio que se produzca en las circunstancias, la relación anteriormente mencionada con el banco podrá ser objeto de rescisión si no cumplo con mi obligación de hacer llegar los documentos necesarios para comprobar si la cuenta es o no una cuenta estadounidense conforme a la normativa fiscal estadounidense y/o en qué estado la persona dominante tiene su domicilio fiscal. 7. Declaración y firma Con mi firma declaro que, a mi leal saber y entender, todos los datos consignados en este formulario son correctos y completos. En caso de que no sea la persona dominante indentificada en este formulario y firme dicho formulario como persona autorizada, confirma con su firma que dicha persona fue informada sobre el contenido del mismo, acepta dichos datos y es consciente de la obligación del banco de intercambiar informaciones con las autoridades fiscales relevantes según los datos indicados en este formulario. Soy consciente de que conforme al artículo 35 de la Ley suiza sobre Intercambio Internacional Automático de Información en Materia Fiscal, el proporcionar información falsa en un formulario, la omisión de la comunicación de un cambio en las circunstancias o proporcionar información falsa en relación con el cambio de las circunstancias son conductas que podrán ser objeto de multa. Lugar/Fecha Firma A rellenar por el banco: Plausibilidad comprobada Nombre del RM: Firma del RM::

5/7 Declaración de situación fiscal estadounidense y confirmación de Vontobel 8. Renuncia / Consentimiento a la transferencia de datos sobre la cuenta y el cliente a las autoridades fiscales estadounidenses Esta parte solo se ha de rellenar si la parte contratante es una persona estadounidense. 1. La parte contratante es consciente de que el banco está sujeto a las disposiciones y acuerdos fiscales estadounidenses, como p. ej. la Ley Foreign Account Tax Compliance Act («FATCA») o el acuerdo Qualified Intermediary («QI»), celebrado con el Internal Revenue Service («IRS») estadounidense. Conforme a dichas normas y tratados estadounidenses, se podría solicitar al banco que enviase cierta información al IRS. 2. La parte contratante autoriza por la presente al banco a comunicar al IRS, p. ej. en el marco de la «Notificación FATCA» del formulario 8966, toda la información relativa a su relación con el banco («la relación bancaria»), incluyendo, pero sin limitarse a ella, el nombre y domicilio de la parte contratante y de los beneficiarios económicos, el número de identificación de la parte contratante o de los beneficiarios económicos, las copias de los respectivos formularios del IRS, incluyendo el formulario W-9 de «Solicitud de identificación y certificación del contribuyente» que se encuentre en el correspondiente expediente del banco y/o la totalidad o parte de la información contenida en dichos formularios, extractos, saldo de los activos mantenidos en el banco, los beneficios e ingresos obtenidos en toda las cuentas del banco, así como cualquier otra información relativa a la relación bancaria que pudiese solicitar el IRS. 3. La parte contratante renuncia explícitamente, en la medida en que sea necesario para la comunicación de los datos al IRS conforme al punto 2 anterior, a cualquier amparo o derecho de acuerdo con el secreto bancario suizo así como con otras disposiciones suizas de protección de datos u otras obligaciones de confidencialidad a las que esté sujeto contractual o legalmente el banco. 4. La parte contratante sabe y acepta que toda la información que el banco comunique al IRS estará sujeta a partir de ese momento a la legislación estadounidense y ya no estará sujeta a la legislación suiza. Las leyes y disposiciones estadounidenses podrían, a diferencia de las suizas, aplicar principios diferentes en lo que respecta al secreto bancario y/o a la protección de datos. 5. La presente autorización no caducará hasta que la parte contratante la revoque explícitamente por escrito1. La parte contratante acepta, además, que esta autorización supone un requisito para la apertura y mantenimiento de la relación bancaria. La relación bancaria terminará automáticamente en caso de que la parte contratante revoque esta autorización en un futuro. 6. Toda la información comunicada al IRS quedará irrevocablemente en poder del IRS y bajo control de EE.UU., incluso en el caso de que se revocase esta autorización y/o finalizase la relación bancaria. 7. La presente autorización se rige exclusivamente por el derecho material suizo. La jurisdicción exclusiva para cualquier disputa relativa a esta autorización será la de Zúrich. Por lo demás, esta autorización se regirá por las condiciones generales de contratación del banco aplicables a la relación bancaria. Lugar/Fecha Firma 1 Esta estipulación sobre revocación sólo es aplicable para las cuentas abiertas con posterioridad al 30 de junio de 2014. Por lo que respecta a las cuentas abiertas antes del 30 de junio de 2014 o en dicha fecha, una autorización de este tipo para el año natural actual es irrevocable. Posteriormente la autorización se prolongará automáticamente para cada año natural sucesivo, siempre y cuando no se revoque antes de finales de enero de dicho año natural.

6/7 Declaración de situación fiscal estadounidense y confirmación de Vontobel 9. Glosario Personas dominantes (FATCA y AIA) El concepto personas dominantes designa a las personas físicas que ejercen el control sobre un titular jurídico. En el caso de un trust esta expresión designa al/los settlor(s), al/los trustee(s) o, en su caso, al protector o protectores, beneficiarios o a una persona física perteneciente a la categoría de beneficiario, así como a otras personas físicas que controlen el trust de manera efectiva, y en el caso de una forma jurídica diferente al trust, esta expresión designa a las personas en una posición del mismo rango o similar. La expresión personas dominantes debe interpretarse de manera que sea compatible con las recomendaciones del grupo de trabajo de medidas financieras contra el blanqueo de capitales («Financial Action Task Force», «FATF»), o en el caso de relaciones bancarias en Suiza, con el Acuerdo sobre las normas profesionales relativas a la diligencia debida de los bancos (VSB, por sus siglas en alemán). Otra razón diferente (solo FATCA) Otras razones para el tratamiento como residente fiscal estadounidense conforme a la normativa fiscal estadounidense son, por ejemplo, una doble residencia, un cónyuge no residente en EE.UU. que presenta una declaración tributaria en EE.UU. con un cónyuge estadounidense, o una renuncia a la nacionalidad estadounidense o residencia permanente en EE.UU. Tenga en cuenta que la propiedad de bienes inmuebles estadounidenses o de participaciones en o créditos frente a empresas estadounidenses (p. ej., una sociedad personal estadounidense) no suponen por sí mismas una residencia en EE.UU. Titular de cuenta (FATCA y AIA) El concepto titular de cuenta designa a aquella persona que la entidad financiera que gestiona la cuenta indica o identifica como titular de una cuenta financiera. Una persona que no sea una entidad financiera y que mantenga una cuenta financiera como representante, depositario, apoderado, firmante, asesor de inversiones o intermediario a favor o por cuenta de otra persona, no será considerada como titular de cuenta en relación con FATCA y AIA, sino que, en su lugar, será considerada titular la otra persona. En lo que respecta a las relaciones bancarias con trusts y para los fines considerados en FATCA y AIA, será considerado titular el mismo trust y no el fiduciario (trustee). Cuenta obligada de notificar (solo AIA) El concepto cuenta obligada a notificar designa una cuenta financiera cuyo titular es una o más personas obligadas a notificar o una entidad no financiera pasiva (o una empresa de inversión administrada profesionalmente que está radicada en un estado no participante), controlada por una o más personas obligadas a notificar, en la medida en que estas fuesen identificadas como tales aplicando las obligaciones de diligencia del AIA. Persona obligada a notificar (solo AIA) El concepto persona obligada a notificar designa a una persona que, aplicando las disposiciones locales, es residente en un estado obligado a notificar, pero que, sin embargo, no es (i) una sociedad de capital cuyas acciones se negocian en una o más bolsas de valores reconocidas, (ii) una sociedad de capital que es un titular jurídico asociado a una sociedad de capital conforme al punto (i), (iii) una entidad estatal, (iv) una organización internacional, (v) un banco central o (vi) una entidad financiera. Estado obligado a notificar (solo AIA) El concepto estado obligado a notificar designa a un estado (i) que ha celebrado un acuerdo de intercambio automático de información con Suiza, el cual obliga a Suiza a comunicar información sobre las personas que residen fiscalmente en dicho estado (cuentas obligadas a notificar), y (ii) que aparece en la lista correspondiente en nuestra página web: www.vontobel.com/aei. NFE pasiva (FATCA y AIA) El concepto NFE pasiva designa a una NFE que no es una NFE activa. Además en lo que respecta a la AIA, un titular de cuenta con domicilio en un estado no participante y una empresa de inversión administrada profesionalmente serán considerados NFE pasivas. Estado de domicilio fiscal (solo AIA) Fundamentalmente una persona física se considera residente fiscal de un estado cuando esta, conforme a las disposiciones aplicables de dicho estado (incluidos los tratados internacionales), en base al domicilio, residencia u otro criterio comparable (p. ej., deberes impositivos ilimitados) esté obligada al pago de impuestos y este deber no se refiera sólo a las fuentes dentro de dicho estado. Las personas residentes en varios estados pueden, en la medida en que sea de aplicación, determinar su residencia fiscal en base a los criterios de asignación («tie-breaker rules») del acuerdo de doble imposición aplicable. Estado participante (solo AIA) El concepto estado participante designa a un estado (i) que tiene un acuerdo de intercambio automático de información con Suiza y (ii) que aparece recogido en la lista correspondiente de nuestra página web: www.vontobel.com/aei. Test de la presencia significativa («Substantial Presence Test») (solo FATCA) Para cumplir con el test de presencia relevante, una persona física debe haber estado físicamente presente en EE.UU. al menos durante los siguientes períodos de tiempo: 31 días durante el año en curso y 183 días durante el período trianual que incluye el año en curso y los dos años inmediatamente anteriores. Para cumplir con la condición de los 183 días deberán sumarse:

7/7 Declaración de situación fiscal estadounidense y confirmación de Vontobel Todos los días de su estancia en el año en curso; Un tercio de los días de su estancia en el primer año antes del año en curso; y Un sexto de los días de su estancia en el segundo año antes del año en curso. TIN (FATCA y AIA) El concepto TIN designa un número de identificación fiscal («Taxpayer Identification Number») o un número funcional equivalente, en caso de que no haya un TIN. Un TIN es una combinación individual de letras y/o números expedida por el estado de residencia para la identificación de personas físicas y titulares jurídicos con fines fiscales. Encontrará más información sobre los TIN admisibles en el portal sobre intercambio automático de información la OCDE. Encontrará el enlace correspondiente en nuestra página web: www.vontobel.com/aei. Green Card estadounidense (solo FATCA) Una Green Card estadounidense es la tarjeta que reconoce a los ciudadanos extranjeros en EE.UU. la condición de residentes legales con permiso de residencia permanente y que es expedida por el US Citizenship and Immigration Service (USCIS). Una persona física que en cualquier momento del año natural es reconocido en EE.UU. residente legal con permiso de residencia permanente, será considerada como extranjero residente en EE.UU. por lo que respecta a ese año. Una persona física dejará de ser un residente legal con permiso de residencia permanente en caso de que dicha condición le sea retirada o de que renuncie a la misma. Territorio estadounidense (solo FATCA) El concepto territorio estadounidense incluye, entre otros, la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos.