ACCIONES PROMOVIDAS POR LA COMUNIDAD ANDINA PARA LA FACILITACIÓN DE LOS VIAJES
COMITÉS Y NORMAS DE TRANSPORTE EN LA COMUNIDAD ANDINA Decisión 399: Transporte Internacional de Mercancías por Carretera (17. Ene.97). Resolución 300: Reglamento de la Decisión 399 (07.Oct.1999). Decisión 398: Transporte Internacional de Pasajeros por Carretera (17.Ene.1997). Decisión 271: Sistema Andino de Carreteras (20.Oct.1990). Decisión 491: Reglamento Técnico Andino sobre Límites de Pesos y Dimensiones de los Vehículos destinados al Transporte Internacional de Pasajeros y Mercancías por Carretera (09.Feb.2001) Comité Andino de Autoridades de Transporte Terrestre (CATT) Comité Andino de Infraestructura Vial (CAIV) Decisión 288: Libertad de acceso a la Carga Originada y Destinada, por Vía Marítima, dentro de la Subregión (21. Mar.1991). Decisión 609: Reconocimiento comunitario de Títulos para la Gente de Mar emitidos por las Autoridades Nacionales Competentes conforme a normas internacionales (29.Mar.2005). Comité Andino de Autoridades de Transporte Acuático (CAATA) Decisión 582: Transporte Aéreo en la Comunidad Andina (04.May.2004). Resolución 619: Normas para la armonización de los derechos y obligaciones de los usuarios, transportistas y operadores de los servicios de transporte aéreo en la Comunidad Andina (15.Jul.2005). Comité Andino de Autoridades Aeronáuticas (CAAA)
TARJETA ANDINA DE MIGRACIÓN (TAM) Durante la III Reunión del Comité Andino de Autoridades de Migración (CAAM), celebrada en Santa Cruz, Bolivia, en abril de 1995, las delegaciones de los Países Miembros recalcaron la importancia de uniformizar y facilitar el tránsito turístico. En ese sentido, las autoridades del Sector Turismo y las de Migraciones, formularon el Proyecto de la Tarjeta Andina de Migración (TAM). El 16 de setiembre de 1996, se creó la Tarjeta Andina de Migración (TAM), mediante Decisión 397, la principal función de la TAM era facilitar y simplificar el movimiento de personas que ingresan y salen de los Países Miembros con fines turísticos, además de facilitar y uniformizar el control migratorio, y proveer de datos estadísticos a las autoridades competentes sobre las características de los flujos migratorios, sus actividades y el ingreso/salida de personas del territorio de cada uno de los PM. Durante la Junta del Acuerdo de Cartagena, el 24 de setiembre de 1996, se estableció mediante Resolución 433, el contenido y Formato de la Tarjeta Andina de Migración. En la V Reunión del Comité Andino de Autoridades de Migración (CAAM) realizado en abril de 2001, las delegaciones acordaron la modificación del contenido y formato de la TAM.
TARJETA ANDINA DE MIGRACIÓN (TAM) En octubre 2016, mediante Nota dirigida a la Presidencia Pro Tempore ejercida por Colombia, la Delegación de Perú expresa su deseo de discutir sobre la modernización de la TAM. Consecuentemente, en la XVI Reunión del CAAM se agenda el punto 3: Discusión sobre la Tarjeta Andina de Migración. El 26 de octubre 2016, durante la XVI Reunión del CAAM, las distintas delegaciones manifestaron su coincidencia en avanzar hacia una Tarjeta Andina Migratoria electrónica o virtual, de conformidad con la Resolución 527. En esta oportunidad se fijó una hoja de ruta ágil y práctica que permitió avanzar rápidamente. El 15 de noviembre 2016, se realizó la XVII Reunión del CAAM. En esta reunión los PM verificaron y validaron que las diferentes versiones de TAM electrónica propuestas por los países cumplen con los campos exigidos en la Resolución 527. De esta manera los Países Miembros aprobaron la Tarjeta Andina de Migración electrónica. En consecuencia, las TAM s electrónicas de los cuatro países tienen formas diferentes, pero todas tienen los mismos campos de información mínimos.
TARJETA ANDINA DE MIGRACIÓN (TAM) La oficialización del reconocimiento de la versión electrónica de la TAM se realizará mediante el envío de Nota Diplomática dirigida a la SGCAN, para que a su vez, esta Secretaría se sirva circular entre los PM los respectivos documentos. La implementación de la TAM electrónica se viene realizando de manera gradual y diferenciada en función de los Países, de los puestos de control migratorio y del tipo de documento utilizado. Por ejemplo, Ecuador desde el 17 de setiembre 2016 ha implementado el sistema de lector digital para pasaportes y cédulas. La tarjeta Andina electrónica será impresa a pedido del usuario. Por su parte Bolivia, Colombia y Perú, utilizarán la TAM electrónica en los casos en que el usuario se presente con pasaporte.
TARJETA ANDINA DE MIGRACIÓN (TAM) Es importante señalar que la TAM impresa en papel sigue en plena vigencia, la TAM impresa y la TAM digital coexisten y ambas son plenamente válidas. La TAM impresa se usa en lugares donde no se cuenten los equipos de lectores digitales, puestos de frontera donde no se cuenta con servicio de electricidad o en casos en los que por desperfecto del sistema se tenga que realizar los registros de forma manual.
DESAFIOS FUTUROS Y ACCIONES A SEGUIR Reducción de trámites en los viajes de pasajeros en todas las modalidades de transporte. Actualización de normas andinas que permitan la facilitación de viajes intracomunitarios, favoreciendo así la integración de los 4 Países Miembros. Avanzar en el establecimiento de la norma andina que proteja los derechos de los usuarios en el transporte aéreo
CONCLUSIONES La Comunidad Andina cuenta con comités dedicados a regular las normas andinas en transporte en todas sus modalidades. Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú tienen representantes en cada uno de los Comités de la CAN que se reúnen regularmente con el fin de actualizar las normas supranacionales. La CAN ha venido trabajando en la reducción de los procedimientos para promover el viaje de los ciudadanos andinos especialmente en el turismo intracomunitario. Se estudian nuevas normativas que ayudarán a regular el servicio que se presta a los viajeros de los 4 Países Miembros.
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