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ÍNDICE 1. Introducción... 1 2. Estructura de Tarifas y conceptos asociados... 2 3. Presupuesto de la evaluación... 5 4. Facturación... 5 5. Pago... 6 6 Punto de información... 6 Anexo: Tarifas 2017 1. Introducción Este documento recoge el método establecido por ENAC para facturar los costes de los procesos de acreditación 1. Es de aplicación a partir del 1 de enero de 2017. El coste asociado a un proceso de acreditación se determina aplicando las tarifas que cada año aprueba la Junta Directiva, órgano de gobierno de ENAC en el que están representadas las organizaciones acreditadas, la administración y la industria 2. Las tarifas aprobadas para 2017 se incluyen como Anexo al presente documento y son aplicables a los siguientes esquemas: Esquemas de acreditación Laboratorios de Ensayo Laboratorios Clínicos Laboratorios de Calibración Organismos de control con norma de referencia ISO 17025 Inspección Certificación de Sistemas de Gestión Certificación de Producto Certificación de Personas Organismos de Control con norma de referencia ISO 17020, ISO 17021 o ISO 17065 Verificadores Medioambientales Verificadores de gases de efecto invernadero Proveedores de Programas de Intercomparación Productores de Materiales de Referencia Anexo Tabla I Anexo Tabla II 1 Excepto para entidades radicadas fuera de la Unión Europea. Consulte con ENAC, las tarifas internacionales. 2 En www.enac.es tiene información de cómo se eligen los miembros de la Junta Directiva y cuál es su composición actual. Hoja 1 de 8

2. Estructura de Tarifas y conceptos asociados Las tarifas se asocian a 4 conceptos: 2.1 Apertura o ampliación del expediente 2.2 Proceso de Evaluación 2.3 Emisión del Certificado 2.4 Mantenimiento de la acreditación A continuación se explica cada uno de ellos. 2.1 Apertura o ampliación del expediente Estas tarifas cubren las actividades de carácter técnico/administrativo necesarias para la preparación y organización de los procesos de evaluación asociados a una solicitud de acreditación (Cláusula 7.1 del Procedimiento de Acreditación). Estas tarifas deben abonarse como entrega a cuenta (3) para la tramitación de la solicitud. El justificante del ingreso o cheque bancario de esta tarifa (con su IVA correspondiente) debe adjuntarse en el momento de presentar la solicitud. Estas tarifas no serán reembolsadas en el caso de que el solicitante, posteriormente, interrumpa el proceso de acreditación. Existen dos tipos de tarifas de expediente: a) La asociada a procesos de acreditación iniciales y que, como tales, implican la apertura de un nuevo expediente (Cláusula 7.1 del Procedimiento de Acreditación). Su importe es mayor en el caso de la primera solicitud dentro de un esquema ya que, los costes asociados son también mayores, y menor para la segunda y sucesivas dentro de un mismo esquema ya que hay procesos administrativos que ya no deben realizarse en este caso. Así se tiene dos tarifas: - Inicial. Para la primera solicitud dentro de un esquema. - Inicial consecutiva. Para la segunda (o sucesivas) dentro de un mismo esquema 4. En los esquemas de Inspección, de Certificación de Producto, de Certificación de Personas y Organismos de Control, si la solicitud inicial incluye más de un emplazamiento o más de un campo (ver nota del apartado 2.4), se aplicarán las correspondientes tarifas de campo adicional o emplazamiento adicional, tal y como se indican en la tabla II del anexo. b) La asociada a procesos de ampliación de la acreditación (Cláusula 9 del Procedimiento de Acreditación). Su cuantía depende del proceso de evaluación necesario (documental o in situ) y, si éste es independiente o se realiza durante una visita de seguimiento. Así se tiene dos tarifas: - Ampliación. Si se requiere evaluación in situ y no se hace coincidir con una auditoría de seguimiento. - Ampliación reducida. Si no se requiere una evaluación in situ o si coincide con una auditoría de seguimiento. 3 Excepto administraciones públicas cuyo importe se incluye en la factura de la evaluación. 4 O dentro de la misma norma de referencia en el caso de Organismos de Control. Hoja 2 de 8

2.2 Proceso de Evaluación a) Días invertidos en la evaluación (Tarifa auditor) Estas tarifas cubren el coste de evaluación y se establecen por persona/día de auditoría. La tarifa incluye todo el trabajo realizado por los auditores para llevar a cabo la evaluación. En el caso de auditorías in situ incluyen también el trabajo de gabinete previo o posterior a ésta (preparación de la auditoría, elaboración de informe y análisis del primer Plan de Acciones Correctoras). NOTA: La tarifa incluye los gastos de transporte, alojamiento y manutención, excepto: - si se cancela o modifica la fecha o los horarios de la evaluación después de gestionar el viaje, en cuyo caso se facturarán los gastos en los que se haya incurrido. - en actividades de evaluación fuera de España se facturarán los gastos de alojamiento, manutención y transporte a su coste real, el kilometraje a 0,34 euros/km y el tiempo dedicado al desplazamiento a 600 /día. En situaciones especiales (por ej: expertos de fuera de España) cuando se requiera contratar un auditor con unos honorarios superiores a los establecidos, ENAC se reserva el derecho de facturar al cliente el exceso de coste en el que ha incurrido. b) Evaluación Documental extraordinaria (Tarifa auditor) En el caso de tener que llevar a cabo una evaluación documental extraordinaria (por ejemplo analizar un segundo Plan de Acciones Correctoras, cambios de identidad legal, cambios de instalaciones, reclamaciones contra organizaciones acreditadas en las que se demuestre su pertinencia) se aplica la tarifa auditor al tiempo efectivo de evaluación, con un mínimo de 2 horas. c) Otras actividades de evaluación extraordinarias Visitas de Control, tal y como se definen en la Cláusula 8.4 del Procedimiento de Acreditación. Auditorías Extraordinarias: Son auditorías que se realizan a entidades en suspensión temporal voluntaria o tras una auditoría inicial negativa. Acreditación transfronteriza: Son evaluaciones que se realizan a sedes establecidas fuera de España por el acreditador local. En el caso de que el acreditador local facture gastos a ENAC, estos serán facturados, a su vez, al solicitante. Cambios en la titularidad de las acreditaciones: Ver documentos NO-20 cambio de titularidad de la acreditación y NO-21 Traspaso de actividades acreditadas disponibles en el portal, en el área privada. En todos estos casos al coste correspondiente a los días invertidos en la evaluación se añade la correspondiente tarifa. Hoja 3 de 8

2.3. Certificado de acreditación Se aplican dos tarifas: Emisión del certificado 5 : Cubre la emisión del Certificado de Acreditación cuando se concede la acreditación. Emisión de copias: Cuando a petición del acreditado, se emiten copias del Certificado de Acreditación o Anexo Técnico o cuando se solicita la emisión del Anexo Técnico en otros idiomas. 2.4 Mantenimiento de la acreditación La cuota anual de mantenimiento cubre los costes de gestión de carácter administrativo y técnico relativos al mantenimiento de la acreditación 6, la gestión de la información de las acreditaciones, las actividades de promoción de la acreditación, actividades de formación y armonización de criterios de auditores, la cooperación con las partes interesadas y los organismos nacionales e internacionales, etc. Esta cuota se factura también a acreditaciones en situación de suspensión temporal. En laboratorios de calibración y laboratorios de ensayo del sector industrial la cuota se calcula en función del número de áreas acreditadas. En los esquemas de Inspección, de Certificación de Producto, de Certificación de Personas y Organismos de Control la cuota se calcula en función del número de campos y emplazamientos incluidos en el alcance de acreditación. NOTA: Se entiende por campo cada uno de los ámbitos del alcance que requieren una evaluación específica. Ejemplos: En Inspección, ámbitos tales como Aparatos de gas, Accidentes graves, Aguas, Atmósfera, inspecciones periódicas y no periódicas de ITV...; En Certificación de Productos, productos o familias de productos como Carne de vacuno, BRC, EUREP; Productos de la Seguridad contra Incendios, Señalización Vial, ; En Certificación de Personas, esquemas de certificación como soldaduras metálicas, ensayos no destructivos. En Organismos de Control, Directivas como Ascensores, Aparatos a presión, Instrumentos en enmarcados en el Real Decreto 889/2006, grupos de productos en la Directiva de Productos de la Construcción... 5 Esta tarifa no aplica a laboratorios de ensayo, calibración y clínicos 6 No incluye el coste auditor/día de las actividades de evaluación programadas: seguimiento y reevaluaciones. Hoja 4 de 8

3. Presupuesto de la evaluación Antes de realizar una evaluación se envía al solicitante, para su aceptación, un presupuesto estimado del coste del proceso de evaluación de acuerdo a las tarifas antes indicadas. En evaluaciones iniciales y extraordinarias con la aceptación del presupuesto, se deberá abonar, el 50% de la cantidad estimada en concepto de entrega a cuenta. En http://www.enac.es/web/enac/solicitud-de-presupuesto puede solicitar un presupuesto estimado del coste del proceso antes de enviar la solicitud de acreditación inicial o la ampliación de una acreditación. Si es una administración pública también puede solicitar una oferta del servicio de acuerdo a la Ley de contratos de la Administración Pública. 4. Facturación 4.1 Evaluación La factura final, que se emite cuando se realiza la evaluación, incluye los siguientes conceptos: - las tarifas aplicadas - los días dedicados a actividades de evaluación (estudio de documentación, auditoría y visita de acompañamiento) - gastos de transporte, alojamiento y manutención (en su caso, ver NOTA apartado 2.2.a) - gastos derivados de acreditación transfronteriza (en su caso) - la regularización de las entregas a cuenta previas (en su caso, ver apartado 5.1) Si la evaluación se realiza en diferentes etapas (por ejemplo, primero la auditoría y posteriormente las visitas de acompañamiento), se emite una factura mensual con el importe de los trabajos realizados cada mes. La factura se emite de acuerdo a las tarifas vigentes en el momento de la evaluación con independencia del año en que se emite el presupuesto. 4.2 Certificado de acreditación La factura de la tarifa de certificado de acreditación o de las copias de certificados y anexos técnicos se emite al envío de los mismos. 4.3 Cuota anual de mantenimiento de la acreditación a) A las entidades acreditadas a 31 de diciembre del año anterior: se emite la factura en el mes de febrero. b) A las entidades acreditadas en el año en curso: se emite la factura en el mes siguiente al de concesión de la acreditación por la parte proporcional de la cuota de mantenimiento. Hoja 5 de 8

5. Pago 5.1 Entregas a Cuenta De todas las cantidades ingresadas como entrega a cuenta se emite a la recepción del pago la correspondiente factura cuyo importe se descontará en la factura de evaluación correspondiente. 5.2 Formas de pago: El pago de las facturas debe realizarse dentro del plazo de los 30 días siguientes a su recepción. Cheque a favor de Entidad Nacional de Acreditación o transferencia a la c/c: con IBAN ES05 0049 6096 4324 1607 2021 del Banco Santander Central Hispano, C/Serrano, 211-28016 Madrid Domiciliación bancaria: Para ello se deberá cumplimentar y enviar a ENAC el formulario Domiciliación Bancaria, disponible en el enlace: http://www.enac.es/descargas/modelodomiciliacionbancariacuotasrev2.doc Pago fraccionado de la Cuota de mantenimiento anual: Los clientes con más de 5 acreditaciones que lo soliciten podrán acogerse a la modalidad del pago fraccionado de la cuota; en este caso, los pagos deberán realizarse mediante domiciliación bancaria con los siguientes plazos: Entre 5 y 15 acreditaciones en 2 pagos (a 30 y 60 días) A partir de 15 acreditaciones en tres pagos (a 30, 60 y 90 días) 5.3 Acciones en caso de incumplimiento El Procedimiento de Acreditación establece entre las obligaciones de los acreditados la de abonar los costes de evaluación y del mantenimiento de las acreditaciones. Por ello, las decisiones de concesión o de renovación de la acreditación no se envían al solicitante hasta confirmar que se han abonado todos los costes correspondientes. El incumplimiento de las condiciones de pago de los gastos derivados de la evaluación y la acreditación es motivo de apercibimiento y de suspensión si éstos no se resuelven en el plazo establecido. ENAC se reserva el derecho de exigir la entrega a cuenta por adelantado del coste completo de las evaluaciones a entidades que hayan incumplido previamente las condiciones de pago. 6 Punto de información - Para resolver dudas sobre las tarifas o presupuestos: secent@enac.es y tfno. 91.7698557 o 914 573 289 ext. 145 y 170. (Equipo de Gestión Operativa). - Para aspectos relativos a las facturas: administracion@enac.es y tfno. 91.7698510, 91.7698502 o 914 573 289 opción 3. (Departamento de Administración). Hoja 6 de 8

Anexo TABLA I Laboratorios de Ensayo Laboratorios de Calibración Laboratorios Clínicos Organismos de control con norma de referencia ISO 17025 1. Expediente 2. Evaluación Inicial 1.363 Inicial consecutiva 700 Ampliación 700 Ampliación reducida 375 Auditor 1.070 /día Tarifa de Visita de Control 750 Tarifa de Auditoría extraordinaria 1.000 Tarifa Acreditación transfronteriza 1.426 3. Certificado de acreditación Copia certificado acreditación o anexos técnicos 61 4. Cuota anual de mantenimiento de la acreditación Primera acreditación por esquema de acreditación 772 Segunda acreditación (y siguientes) para el mismo esquema de acreditación 468 Laboratorios de calibración y laboratorios de ensayo industriales, coste por área acreditada, a partir de la segunda. 468 A estos importes deberá añadirse el 21% en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido Hoja 7 de 8

Anexo TABLA II Inspección Certificación de Sistemas de Gestión Certificación de Producto Certificación de Personas Organismos de Control con norma de referencia ISO 17020, ISO 17021 o ISO 17065 Verificadores Medioambientales Verificadores de gases de efecto invernadero Proveedores de Programas de Intercomparación Productores de Materiales de Referencia 1. Tarifa Expediente Inicial 1.363 Campo adicional 120 Emplazamiento adicional 100 Inicial consecutiva 980 Ampliación 980 Ampliación reducida 375 2. Coste de la evaluación Auditor (1) 1.070 /día Tarifa de Visita de Control 1.286 Tarifa Auditoría extraordinaria 1.401 Tarifa Acreditación transfronteriza 1.426 3. Certificado de acreditación Certificado de Acreditación 830 Copia certificado acreditación o anexos técnicos 61 4. Cuota anual de mantenimiento de la acreditación Primera acreditación por esquema de acreditación 1.028 Segunda acreditación (2) (y siguientes) en el mismo esquema o misma norma de referencia 884 Campo acreditado (a partir del segundo) 131 Emplazamiento (a partir del segundo) 88 A estos importes deberá añadirse el 21% en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido. Notas: (1) Auditor/día. En las auditorías a Entidades Evaluadoras de Centros Sanitarios de Cataluña (EACS) el coste del auditor/día que hace la función de Experto Técnico es de 534. (2) En el Esquema Español de Certificación de Sistemas de Calidad de Suministradores Aeroespaciales, desarrollado por TEDAE (Asociación Española de Empresas Tecnologías de Defensa, Aeronáutica y Espacio) el coste de la cuota de mantenimiento de la acreditación es de 2.130. Hoja 8 de 8