REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS BENEFICIOS DE BECAS Y CONTRAPRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LAS ESCUELAS SUPERIORES DEL CENFOTUR

Documentos relacionados
REGLAMENTO DE BECAS, PREMIOS Y DESCUENTOS

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE CAPTACIÓN DE TALENTOS 2016-I CAPITULO I

COLEGIO JAVIERA CARRERA REGLAMENTO DE BECAS 2016

BECAS DE EDUCACIÓN DUAL

BECA SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO GOMERO - D.L. N 1066

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE ASIGNATURAS 2014

REGLAMENTO DE ADMISIÓN DEL COLEGIO CLARETIANO DE TRUJILLO. Copyright Colegio Claretiano de Trujillo

COLEGIO PRIVADO ATENEO DE LA MOLINA Educamos para la excelencia, educamos mejor

Convocatoria interna a becas en la Universidad Católica Boliviana San Pablo. Unidad Académica Regional Cochabamba. Gestión 1/2017

CENTRO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

REGLAMENTO DE BECAS Y CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES

REGLAMENTO DE BECAS. Cochabamba - Bolivia

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA ENTREGA DE BECA DE RESIDENCIA MUNICIPAL PARA ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS

05 OFICINA CENTRAL DE ADMISION

PROCEDIMIENTOS DE LA OFICINA CENTRAL DE RECURSOS HUMANOS

Guía del Postulante

Código. Revisado por: Comité Educación y Gerencia COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL. Tabla de contenido

ORIENTACION AL CIUDADANO

REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE BECAS

Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios de Médico Ocupacional

FORMULARIO PARA NUEVOS POSTULANTES AL SISTEMA DE BECAS UNSAM

REGLAMENTO DE EVALUACIONES

BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA CONTRATACIÓN DE GERENTE ADMINSITRATIVO DEL CASINO DE POLICÍA CONVOCATORIA Nº CP

PROGRAMA DE BECAS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS/TERCIARIOS

Rawson, Chubut, 28 de abril de VISTO : El Expediente Nº 205 UCH 2015; y

REGLAMENTO VÍAS DE INGRESO UNIVERSIDAD GABRIELA MISTRAL PROCESO DE ADMISIÓN 2016

TRÁMITE DOCUMENTARIO

REQUISITOS PARA OBTENER BECA UARTES PARA ESTUDIANTES QUE NO CUENTEN CON RECURSOS SUFICIENTES

REGLAMENTO DE BECAS INSTITUTO UNIVERSITARIO ITALIANO DE ROSARIO. Aprobado por Resolución Rectoral Nº 06/12 de fecha 11/04/2012 REGLAMENTO DE BECAS

1. TIPO DE BECAS QUE OFRECE LA UNIVERSIDAD

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU

Requisitos para inscribirse en Concursos Docentes:

TRÁMITE DE DESCUENTOS EN EL VALOR DE LA MATRÍCULA. (Estudiantes de Pregrado Presencial ANTIGUOS) VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA

Referencia.- CAPITULO VI DE LOS TRAMITES DOCUMENTARIOS EN LA OFICINA DE REGISTROS ACADÉMICOS

PROCEDIMIENTOS COSTO DEL TRAMITE DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO AUTORIDAD QUE RESUELVE EL TRÁMITE ÁREA DE INICIO DE TRÁMITE REQUISITOS

REGLAMENTO BECA FALLECIMIENTO DE SOSTENEDOR ECONÓMICO

ARTICULO 3. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR INTERCAMBIO ACADÉMICO.

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012

REGLAMENTO DE BECAS DE ESTUDIO

REGLAMENTO DE BECAS Y CREDITOS UNIVERSITARIOS INSTITUTO DE CIENCIAS PARA LA FAMILIA UNIVERSIDAD AUSTRAL

UNIVERSIDAD DE SONORA DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESTUDIANTILES LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN DE BECAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES GENERALES

PROCESO CAS N ANA COMISION CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU

Trámites y Requisitos y acceso al servicio

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL

REGLAMENTO BECAS SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE SCOTIABANK SUD AMERICANO

REQUISITOS PARA TRAMITES 2015 (TODO DEBE SER COPIA AUTENTICADO)

REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO

LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA.

2. Dependencia, unidad orgánica y/o área solicitante: Dpto. de Recursos Humanos de la Oficina de Administración y Finanzas

CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL NUEVAS Y RENOVACIÓN 2015

PROCESO CAS N ANA COMISION ESPECIAL

CONVOCATORIA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO, SANTANDER UNIVERSIDADES

Fopasef Servicios a los asociados

PROCESO CAS N ANA COMISION PERMANENTE

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO

CURSO PARA INSTRUCTOR EN SEGURIDAD DE LA AVIACION Y CURSO DE TECNICAS DE INSTRUCCION

INSTITUTO NACIONAL DEL FUTBOL INSTITUTO PROFESIONAL FEDERACION DE FUTBOL DE CHILE REGLAMENTO DE BECAS DE ESTUDIOS

DIRECTIVA Nº /CN

Reglamento Interno Beca Socioeconómica. Colegio Fundadores de Quilpué.

PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO. I. GENERALIDADES 1. Objeto de la convocatoria

VISTO el Expediente N /13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N

RECTORADO REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE AYUDA ESTUDIANTIL

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO

REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE BECAS

BASES CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER LOS CARGOS DE DOCENTES DE ESTABLECIMIENTOS MUNICIPALES, DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE TRAIGUÉN

Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento.

BASES DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL CAS

REGLAMENTO DE EVALUACIONES

CIRCULAR ASIGNACIONES DE ESTUDIOS

PROCESO CAS N MC

BASES DEL CONCURSO PARA JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA DEL HOSPITAL GENERAL SANTA ROSA AÑO 2014

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACIÓN DE BECAS DE FINANCIAMIENTO COMPARTIDO GRUPO EDUCACIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y COMERCIO CURICÓ

PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS

UN (01) PROFESIONAL EN RECURSOS HUMANOS

SOLICITUD DE VISAS DE RESIDENTES

PROCESO CAS Nº

REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS GUILLERMO SUBERCASEAUX Decreto de 31 de julio 2013

PROCESO CAS N INDECI CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO I.

REQUISITOS PARA SOLICITUD DE BECAS BECA PARA COLABORADORES

REGLAMENTO DE PREVISION SOCIAL

PROCESO CAS N OEFA

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la consolidación del Mar de Grau

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE PERSONAL BAJO EL RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS - CAS

PROCESO CAS N MC

REGLAMENTO DE BECAS DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DE SONORA

Título de Educación primaria y/o Turismo y/o Psicología.

PROCESO CAS N

REGLAMENTO DE TRANSFERENCIA REGLAMENTO DE TRANSFERENCIA

PROYECTO ESPECIAL PARA LA PREPARACION Y DESARROLLO DE LOS XVIII JUEGOS PANAMERICANOS DEL 2019 PROCESO CAS Nº

PROCEDIMIENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE ESTUDIANTES A PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO PRESENCIAL

DOCUMENTOS Y REQUISITOS PARA GRADO DE PREGRADO

SOLICITUD DE SUBSIDIO 2014 AYUDA para Viajes/Estadías Julio 2014 Junio 2015

Transcripción:

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS BENEFICIOS DE BECAS Y CONTRAPRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LAS ESCUELAS SUPERIORES DEL CENFOTUR I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El Centro de Formación en Turismo CENFOTUR, a través de la Oficina de Servicios Estudiantiles, brinda los beneficios de becas y contraprestación de servicios, para la prosecución de estudios a aquellos alumnos que careciendo de recursos económicos suficientes, destaquen por su buen rendimiento académico. Artículo 2.- Las becas y contraprestación de servicios se otorgan solamente para el período académico que lo solicitan, y beneficiarán a no menos del 4% del total de alumnos matriculados, considerando para determinar la cantidad de contraprestación de servicios, la necesidad de la institución. Artículo 3º.- Los tipos de beneficios regulados por el presente Reglamento son: a) Beca total: equivalente a la exoneración total del pago de la pensión de enseñanza, correspondiente a un período académico. b) Beca parcial: que equivale a la exoneración de un porcentaje, o su consignación del monto en nuevos soles, de la pensión de enseñanza correspondiente a un período académico. c) Contraprestación de servicios total, equivalente a la exoneración total del pago de la pensión de enseñanza correspondiente a un período académico. d) Contraprestación de servicios parcial, que equivale a la exoneración de un porcentaje, o su consignación del monto en nuevos soles, de la pensión de enseñanza correspondiente a un período académico.. Artículo 4º.- Los beneficios son aplicables solamente para una Carrera Profesional o Técnica. Artículo 5º.- La solicitud de beca o contraprestación de servicios, debe precisar el tipo de beneficio que solicita, adjuntar la documentación sustentatoria correspondiente, consignando que la misma tiene el carácter de declaración jurada, debe estar firmada por el alumno y el padre, tutor o apoderado y se presenta en la Oficina de Servicios Estudiantiles, en las siguientes fechas: Para los alumnos de las Escuelas Superiores y de la Carrera Técnica de Cocina Peruana, los cuatro últimos días de registro de asignaturas contemplados en el Cronograma de Matrícula del periodo académico por iniciar. Por las causales indicadas en los artículos 11º y 12º, los alumnos solicitarán el beneficio de beca, cuando cuenten con documentos sustentatorios de la pérdida o inhabilitación del padre, tutor o apoderado. II DE LOS BENEFICIARIOS Artículo 6º.- Pueden postular a los beneficios de becas y contraprestación de servicios, los alumnos de las Escuelas Superiores y los alumnos de la Carrera Técnica de Cocina Peruana del Cenfotur. Artículo 7º.- Los beneficios se otorgan a partir del segundo ciclo académico, a excepción: a) De los considerados por convenio de apoyo interinstitucional, las cuales rigen de acuerdo a lo pactado entre las partes. b) De las becas a los alumnos cuyo padre, tutor o persona encargada de solventar su educación, fallezca o quede inhabilitado para el trabajo, que acrediten la insolvencia económica familiar y que a la fecha de la pérdida o incapacidad, se encuentren matriculados en el CENFOTUR.

c) De las becas a los alumnos calificados como Deportista de Alto Nivel. d) De los hijos de los trabajadores del CENFOTUR. Artículo 8.- Los alumnos que estudien en dos o más carreras en CENFOTUR, sólo podrán aplicar para los beneficios de beca y contraprestación de servicios en una sola Carrera Profesional. En caso, en que dos o más hermanos soliciten beneficios, se otorgará el apoyo sólo a uno de ellos. III REQUISITOS PARA POSTULAR A LOS BENEFICIOS Artículo 9º.- Son requisitos y condiciones para aspirar a ser beneficiario de las becas y contraprestación de servicios: a) Recibo de pago por derecho de trámite (sólo en el caso de solicitar beca). b) Solicitud de beneficio dirigida a la Dirección Nacional, adjuntando la documentación c) Copia simple de la boleta de notas del periodo académico anterior al que se solicita el beneficio, que deberá contar con notas aprobatorias en todas las asignaturas registradas y haber obtenido un promedio ponderado no menor de quince (15) en el caso de beca y no menor de catorce (14) en el caso de contraprestación de servicios, firmada y sellada por la Oficina de Registros Académicos. d) Constancia de no haber sido calificado como Impedido por Inasistencia (IPI), en ninguna de las asignaturas registradas en el período académico anterior al que solicita el beneficio, firmada y sellada por el Director de la Escuela Superior respectiva. e) Copia de la boleta de pago, del 50% como mínimo de la primera cuota de la pensión de enseñanza del periodo académico que se solicita el beneficio. f) Constancia de no tener sanción disciplinaria en la Institución, en el período académico anterior al que solicita el beneficio, firmada y sellada por la Oficina de Registros Académicos. g) Constancia de no adeudar en Tesorería y Biblioteca. h) Constancia de haber cumplido satisfactoriamente con la contraprestación de servicios (sólo si es el caso) en el período académico anterior al que solicita este beneficio, emitido y suscrito por el Jefe del área donde prestó el servicio. Artículo 10º.- Para el otorgamiento de los beneficios por convenios interinstitucionales, las partes establecerán en el mismo documento los requisitos y las obligaciones que deben cumplir. Artículo 11º.- Para solicitar el beneficio de beca, el alumno que ha perdido al padre o tutor o persona encargada de solventar su educación, deberá presentar los siguientes documentos: b) Solicitud de beca dirigida a la Dirección Nacional, adjuntando la documentación c) Copia simple de la boleta de notas del período académico anterior al que postula al beneficio de beca, firmada y sellada por la Oficina de Registros Académicos. d) Original de la partida de nacimiento del alumno. e) Original de la partida de defunción del padre, tutor o persona encargada de solventar su educación. f) Constancia de no adeudar en Biblioteca. Artículo.12º.- Para solicitar el beneficio de beca por Inhabilitación física o mental permanente del padre o tutor o persona encargado de solventar su educación, el alumno deberá presentar, los siguientes documentos:

b) Solicitud de beca dirigida a la Dirección Nacional, adjuntando la documentación c) Copia simple de la boleta de notas del período académico anterior al que postula el beneficio de beca, firmada y sellada por la Oficina de Registros Académicos. d) Original de la partida de nacimiento del alumno. e) Original del Certificado Médico que detalle la incapacidad del paciente, emitida por Essalud o el Ministerio de Salud. f) Constancia de no adeudar en Tesorería y Biblioteca. Artículo.13º.- Para solicitar el beneficio de beca por los alumnos calificados como de Alto Nivel Deportivo, deberán presentar los siguientes documentos: b) Solicitud de beca dirigida a la Dirección Nacional adjuntando la documentación c) Propuesta de su respectiva Federación Nacional con la aprobación del Instituto Peruano del Deporte. La denominación de Deportista Calificado de Alto Nivel será otorgado por el Consejo Olímpico Peruano. d) Constancia original que acredite su condición de Deportista Calificado de Alto Nivel dentro de los tres últimos años, expedida con una antigüedad no mayor de un año. e) Copia de la boleta de pago, del 50% de la primera cuota de la pensión de enseñanza del periodo académico que se solicita el beneficio de beca. Artículo.14º.- Para solicitar el beneficio de beca por los alumnos de CENFOTUR (desde segundo ciclo de estudios), que destaquen y pongan en alto el nombre de la Institución, en actividades académicas, culturales o deportivas, y que acrediten insolvencia económica, deberán presentar: b) Solicitud de beca dirigida a la Dirección Nacional, adjuntando la documentación c) Copia simple de la boleta de notas del periodo académico anterior al que se solicita el beneficio de beca, que deberá contar con notas aprobatorias en todas las asignaturas registradas y haber obtenido un promedio ponderado no menor de catorce (14), firmada y sellada por el Jefe de la Oficina de Registros Académicos. d) Constancia de no haber sido calificado como Impedido por Inasistencia (IPI), en ninguna de las asignaturas registradas en el período académico anterior al que solicita la beca, firmada y sellada por el Director de la Escuela Superior respectiva. e) Copia de la boleta de pago, del 50% como mínimo de la primera cuota de la pensión de enseñanza del periodo académico que se solicita el beneficio de beca. f) Constancia de no tener sanción disciplinaria en la Institución, firmada y sellada por la Oficina de Registros Académicos. g) Constancia de no adeudar en Tesorería y Biblioteca. h) Constancia que acredite el logro alcanzado, emitido y suscrito por la autoridad que represente la actividad en la que destacó. DE LOS HIJOS DE LOS TRABAJADORES Artículo 15º.- Los hijos de los trabajadores del CENFOTUR que habiendo aprobado de Examen de Admisión deseen estudiar en el Centro, pueden solicitar el beneficio de 100% de contraprestación de servicios por el primer ciclo de Estudios Generales, debiendo presentar los siguientes documentos: a) Solicitud de beca dirigida a la Dirección Nacional. b) Copia fedateada por un Fedatario del CENFOTUR, de la partida de nacimiento del alumno. c) Copia simple del DNI del padre o madre trabajador del CENFOTUR. d) Copia simple del Contrato de Trabajo del padre o madre suscrito con el CENFOTUR.

Artículo 16º.- Desde el segundo ciclo, los hijos de los trabajadores del CENFOTUR, pueden solicitar el beneficio de beca total, cumpliendo los requisitos correspondientes descritos en el artículo 9º. IV TRÁMITE PARA LA SOLICITUD DE BENEFICIOS Artículo 17º.- El trámite se inicia con la presentación de la solicitud en la Oficina de Servicios Estudiantiles. La persona encargada de la recepción, debe verificar al momento de su presentación, que el postulante cumpla con todos los requisitos señalados en el presente Reglamento y registrará el expediente en un libro de solicitudes de beneficios. Si faltara algún documento, se le otorgará un plazo perentorio de dos días hábiles para que subsane la omisión. Las solicitudes que después del tiempo señalado no acompañen todos los requisitos indicados en el presente Reglamento, serán consideradas como no presentadas y devueltas con sus recaudos cuando el alumno se apersone a reclamarlos. La Oficina General de Administración y Finanzas, por medio del Departamento de Tesorería reembolsará el monto de los derechos de trámite. Artículo 18º.- La Asistenta Social realizará la visita domiciliaria y entrevista personal a algún miembro de la familia (mayor de edad), información que registrará en la Ficha de Visita Domiciliaria, previo análisis de las solicitudes encomendadas por la Jefa de la Oficina de Servicios Estudiantiles. Por cada caso, presentará un Informe Social en el cual se resume la condición socioeconómica de la familia y su apreciación. Tanto la Ficha de Visita Domiciliaria y el Informe Social, deberán estar suscritos con su firma y entregados a la Jefa de la Oficina de Servicios Estudiantiles en una reunión de socialización de la información. Artículo 19º.- Previa evaluación de las solicitudes y con el informe de la Asistenta Social, la Jefa de la Oficina de Servicios Estudiantiles emitirá la información resumida de cada caso dirigida a la Dirección Nacional, quien evaluará y emitirá las Resoluciones Directorales de otorgamiento de los beneficios o la negación de los mismos. Se notificará a todos los alumnos la respuesta de su solicitud, a través de cartas personales emitida por la Jefa de la Oficina de Servicios Estudiantiles, cuyos cargos serán debidamente archivados. Todo el procedimiento regulado por el presente Reglamento, incluida la notificación al alumno, debe cumplirse en un plazo máximo de treinta días hábiles. V CRITERIOS PARA ASIGNAR LOS BENEFICIOS Artículo 20º.- Para el otorgamiento de los beneficios, se requiere la información que proporcione la Jefa de la Oficina de Servicios Estudiantiles, que se sustentará en la documentación presentada por el solicitante, teniendo en cuenta la condición socioeconómica de la familia y el desempeño académico del alumno, así como, la evaluación que realice la Asistenta Social, de la visita domiciliaria Artículo 21º.- La Jefa de la Oficina de Servicios Estudiantiles, asignará al alumno al área administrativa donde va a cumplir el sistema de contraprestación de servicios, indicando el formato para el registro de la asistencia de los alumnos. Cada mes el Jefe del área administrativa que tenga un alumno con sistema de contraprestación de servicios, deberá remitir a la Jefa de la Oficina de Servicios Estudiantiles, un informe breve del desenvolvimiento del alumno.

Al finalizar el tiempo del sistema de contraprestación de servicios, el Jefe del área deberá remitir a la Oficina de Servicios Estudiantiles, un informe final sobre el desempeño del alumno, adjuntando el registro con el total de horas cumplidas. VI CESE DE LOS BENEFICIOS Artículo 22º.- El alumno que se hace merecedor de una sanción disciplinaria, pierde de manera temporal o permanente el goce de los beneficios de beca o contraprestación de servicios, pudiendo postular a los mismos en el siguiente periodo académico, salvo que se acuerde lo contrario, conforme al Reglamento de Disciplina del CENFOTUR. Artículo 23º..- Los alumnos que sean beneficiados con una beca, por haber fallecido o quedado inhabilitado para el trabajo el padre, tutor o apoderado, deben mantener notas aprobatorias a partir del otorgamiento de la beca, en caso contrario perderán el beneficio. Artículo 24º.- El alumno que solicite o acceda al otorgamiento de un beneficio, falseando o adulterando la información y/o documentación, destinada al cumplimiento de los requisitos exigidos estará sujeto a la anulación de la Resolución autoritativa y la correspondiente sanción disciplinaria o, de ser el caso, la instauración del proceso penal ante la autoridad competente. Artículo 25º.- Los hijos de los trabajadores pierden los beneficios, al término del vínculo laboral del padre o madre con el CENFOTUR. Artículo 26º.- El alumno que hubiera recibido algún beneficio, puede solicitar la cancelación del mismo, mediante una solicitud dirigida a la Dirección Nacional presentada en la Oficina de Servicios Estudiantiles, fundamentando su pedido. De ser el caso, la Oficina de Asesoría Legal emitirá la Resolución Directoral de cancelación del beneficio otorgado. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Única.- Los casos no contemplados en el presente Reglamento, quedan sujetos a tratarse directamente con el Director Nacional. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Oficina de Servicios Estudiantiles realizará la difusión necesaria para que todos los alumnos del CENFOTUR conozcan los beneficios y orientará a los alumnos en la presentación de sus solicitudes y formularios. Segunda.- La semana anterior al inicio de la matrícula de ingresantes y registro de asignaturas de los alumnos de las Escuelas Superiores, la Jefa de la Oficina de Servicios Estudiantiles, solicitará a la Dirección Nacional la contratación de la Asistenta Social, para que realice las visitas domiciliarias y presente un informe por cada alumno postulante al beneficio de becas o sistema de contraprestación de servicios. Tercera.- Las áreas administrativas formularán su requerimiento de apoyo de alumnos beneficiados con contraprestación de servicios, los cuatro últimos días de registro de asignaturas. Información que será presentada a la Dirección Nacional para su consideración. Cuarta.- Concluido el cronograma de matrícula de ingresantes y registro de asignaturas, el Jefe de la Oficina de Registros Académicos y los Coordinadores de Centros Filiales pondrán en

conocimiento de la Jefa de la Oficina de Servicios Estudiantiles, el número de alumnos matriculados. Quinta.- El alumno que no encuentre conforme la decisión de la Dirección Nacional, puede interponer Recurso de Reconsideración, dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación. Sexta.- La Secretaría de la Dirección Nacional archiva el original de las Resoluciones Directorales y envía copias a la Oficina de Servicios Estudiantiles, Oficina General de Administración y Finanzas, Oficina de Registros Académicos, Direcciones de Escuelas Superiores y cuando las Resoluciones son de Filiales a la respectiva Filial. Sétima.- La Oficina de Servicios Estudiantiles, al finalizar cada período académico remitirá a la Oficina de Becas y Créditos Educativos del Ministerio de Educación (OBEC) la relación de los alumnos beneficiados por CENFOTUR de la sede Central y Centros Filiales.