RESOLUCIÓN N 001 FEBRERO 10 DE 2017 PRESIDENCIA EL PRESIDENTE DE LA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS EMPRESARIALES, EDUCACIÓN Y SALUD CORSALUD -,

Documentos relacionados
REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL FORMAT0 GUIA. NOMBRE DE LA A.R.P.: No. Patronal, Contrato o Póliza

República de Colombia Departamento de Cundinamarca Municipio La Palma NIT

SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO

PROCESO DE GESTIÓN REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EXTRAS S.A. VERSION: 5 FECHA: 26 DE SEPTIEMBRE DE 2011 EXTRAS S.A. NIT.

REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

RESOLUCIÓN 2425 DE 2006

RESOLUCIÓN DE (septiembre 8) Diario Oficial No de 8 de septiembre de Ministerio de Minas y Energía

REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL. Ciudad Departamento Dirección Teléfono Bogotá, D.C. Cundinamarca XXXXXXX XXXXX.

RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN

ESCUELA DE SALUD SAN PEDRO CLAVER. Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano

: NORMAS DE COMPETENCIA Y GENERALIDADES FORMULACION DE PLANES DE EMERGENCIA Y EVACUACION

eops DEPARTAMENTO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR RESOLUCION No. 089 Noviembre 27 de 2002

FORMATO DE DECRETO DE CONFORMACIÓN DEL COMITÉ PERMANENTE DE ESTRATIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA

REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

INSTITUTO DE EDUCACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE ROLDANILLO, VALLE - INTEP INSTRUCTIVO COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL

DECRETO NÚMERO DE 2016

INFORME DE INSPECCION ESPECIALIZADA EN SEGURIDAD Y SALUD

Comité paritario de seguridad y salud en el trabajo VIGIA OCUPACIONAL

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las contenidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y

ACTA DE CONSTITUCION No. 01 COMITE PARITARIO

Diplomado Seguridad e Higiene Industrial y Salud Ocupacional

El empleo en el sector de la construcción. Beatriz Uribe Botero Presidente Ejecutiva Agosto 30, 2007

Universidad Tecnológica Israel

ACUERDO 03 DE (Julio 14)

Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST ARL

CONSEJO ADMINISTRATIVO RESOLUCIÓN No. 8 de 2012

RESOLUCIÓN 1016 DE 1989

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA COLEGIO SANTA LEONÍ AVIAT COMPETENCIA BÁSICA LABORAL GRADO 11º

Hábitos saludables y seguridad en el trabajo

RESOLUCIÓN 328 (05 MAYO 2005)

CALENDARIO ACADÈMICO PROGRAMA TECNOLOGIA EN INVESTIGACION CRIMINAL.

DECIDE: CAPITULO I PROGRAMA DE DIFUSION ESTADISTICA DE LA COMUNIDAD ANDINA

RESOLUCIÓN NÚMERO ( )

(agosto 3) Diario Oficial No de 5 de agosto de 2011 MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA MUNICIPIO DE TOGUI. ACUERDO No 15 (30 DE AGOSTO DE 2013)

PLANEAR HACER ACTUAR VERIFICAR

INSTRUCTIVO CONFORMACION DEL EL COPASST

Estrategias para promover la participación de la familia en la educación

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL TRABAJO ( 3 O A 2112) Por medio del cual se reglamenta la Ley 1221 de 2008 y se dictan otras disposiciones

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRABAJO 1<2 E E 2016

Director Comercial Regional. Subdirector General de Comercial. Subdirector General de Comercial

1. Diseñar, establecer, ejecutar, regular y controlar como autoridad de Movilidad y Tránsito.

REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N TR

RESOLUCIÓN No (22 MAR 2005)

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO DE (noviembre 20)

RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 919 (martes, 10 de enero de 2017) SUBSECRETARÍA DEL SISTEMA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

ACUERDOS ORGANIZACIÓN SINDICAL SINTRAUNICOL PLIEGO DE PETICIONES 2013 Decreto 1092 de 2012

DECRETO 036 DE (Febrero 05)

Salud y Seguridad en el Trabajo en la oferta programática de SENCE

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE BOGOTA D. C.

ACUERDO No. 017 (29 de Julio de 2009)

Resumen de Notas de Vigencia

RESOLUCIÓN RECTORAL No (Junio 8 de 2010)

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 2009>

LA DIRECTORA GENERAL (E) DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN ICFES CONSIDERANDO

DECRETO NÚMERO DE 2016 ( )

DECRETO No. 096 ( Octubre 22 de 2008) Por el cual se ajusta el Manual de Requisitos de los Empleos Públicos de la Alcaldía Municipal de Potosí

ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:

Prevención de Riesgos Laborales (General)

REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL DECRETO NÚMERO DE 2011 ( )

PROCEDIMIENTO OPERATIVO ELABORACION DE LAS FICHAS DE SEGURIDAD DE LOS PUESTOS DE TRABAJO DPMPO06

DECRETO 306/005. VISTO: El Convenio No. 155 Internacional del Trabajo ratificado por la Ley No del 28/6/1988.

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica

ASPECTOS TECNICOS LEGALES DE LA EVALUACION MEDICO OCUPACIONAL DR HECTOR COLLANTES LAZO DIRECCION EJECUTIVA DE MEDICINA DEL TRABAJO

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 069 Abril 23 de 2015

Adquirir los conocimientos y habilidades necesarias para el desempeño de funciones preventivas de nivel básico

DECRETO 943 DE (Mayo 21) Por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno (MECI). EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS

El Congreso de Colombia,.. DECRETA:

APLICACIÓN DE MATRIZ DE RIESGOS LABORALES

LEY 102 DE 1944 (Diciembre 3) Diario Oficial de febrero de 1945

CIRCULAR EXTERNA 001 DE 25 DE ENERO DE 2016 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Señores REPRESENTANTES LEGALES CONTADORES REVISORES FISCALES

MINISTERIO DEL TRABAJO RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2014

SUBPROCESO D IMPLEMENTACIÒN EJES TRANSVERSALES

Por el cual se aprueban programas de formación profesional integral

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Resolución 0549 de 2015

Código de puesto CF E-C-M Número de vacantes UNA

PROGRAMA INSTITUCIONAL DE DESARROLLO ARCHIVÍSTICO PIDA DELEGACIÓN XOCHIMILCO 2013

PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL (PESV)

No. EMPRESA OBJETO PERIODO

RESOLUCIÓN 41 DE (marzo 4) Diario Oficial No de 4 de marzo de Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

PODER EJECUTIVO DECRETOS DECRETO EJECUTIVO N COMEX-MEIC-MAG

Licda. Kenny García de López Centro de Apoyo de Lactancia Materna

INE/JGE96/2016 ANTECEDENTES

MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL. . Don' 54f1. DeCRETO NUMERO be 2011

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL DECRETO NÚMERO DE 2016 ( )

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No de marzo de 2016

Lista de identificación de instancias de SSO preexistentes. Servicio de Salud...Fecha...

INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO DE LAS FUERZAS ARMADAS

Artículo Tercero. Principios. La Facultad de Ciencias Agrarias y Ambientales estará orientada por los siguientes principios.

CONTRALORIAS DE SERVICIOS DECRETO Nº PLAN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA

lf~ IE~~ 2~1 6

RESOLUCION NUMERO 046

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE MARITIMO Y FLUVIAL

CONSEJO DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIA LABORAL NORMAS TÉCNICAS DE COMPETENCIA LABORAL

CORPORACION UNIFICADA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CAPITULO I GENERALIDADES

Transcripción:

Fecha: 10/02/2017 RESOLUCIÓN N 001 FEBRERO 10 DE 2017 PRESIDENCIA Por la cual se establece el REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD en la Corporación Universitaria de Ciencias Empresariales, Educación y Salud CORSALUD. EL PRESIDENTE DE LA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS EMPRESARIALES, EDUCACIÓN Y SALUD CORSALUD -, En uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las que le confiere el Literal K del Articulo 35 del Estatuto General y, CONSIDERANDO 1. Que el Decreto 1607 del 31 de Julio de 2002 emanado del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, en su Artículo 2, clasifica y codifica a las empresas acorde con su actividad económica y su nivel de riesgo, y que las Instituciones de Educación Superior aparecen clasificadas con el CÓDIGO CIU 8050, el cual anota: la Educación Superior, hace referencia a que en las empresas dedicadas a Especializaciones y Posgrados cuando se realicen Actividades Prácticas se asimilaran al Riesgo del Centro de Trabajo. 2. Que la Corporación Universitaria CORSALUD, en su calidad de Institución Superior para establecer su Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial, se fundamenta en lo estipulado en el considerando N 1 de la Presente Resolución, así como también lo planteado por el Articulo 55 de la Ley 962 de 2005. 3. Que corresponde a la Presidencia de la Corporación establecer la reglamentación Institucional para Higiene y Seguridad Industrial acorde con la normatividad vigente. RESUELVE Artículo 1. Establece el Reglamento de HIGIENE Y SEGURIDAD DE LA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS EMPRESARIALES, EDUCACIÓN Y SALUD, el cual está contenido en los siguientes Artículos:

ARTÍCULO 2. Corporación Universitaria de Ciencias Empresariales, Educación y Salud-CORSALUD se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una oportuna y adecuada prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, de conformidad con los artículos 34, 57, 58, 108, 205, 206, 217, 220, 221, 282, 283, 348, 349, 350 y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 9a de 1.979, Resolución 2400 de 1.979, Decreto 614 de 1.984, Resolución 2013 de 1.986, Resolución 1016 de 1.989, Resolución 6398 de 1.991, Decreto 1295 de 1994, Ley 776 de 2002, Ley 1010 de 2006, Resolución 1401 de 2007,Resolución 3673 de 2008, Resolución 736 de 2009, Resolución 2646 de 2008, Ley 962 de 2005, Resolución 1956 de 2008, Resolución 2566 de 2009, Resolución 2346 de 2007, Resolución 1918 de 2009, Resolución 1409 de 2012, Resolución 652 de 2012, Resolución 1356 de 2012, Ley 1562 de 2013, Decreto 1072 de 2015, Decreto 1477 de 2014 y demás normas que con tal fin se establezcan. ARTÍCULO 3. Corporación Universitaria de Ciencias Empresariales, Educación y Salud-CORSALUD se obliga a promover y garantizar la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de conformidad con lo establecido por el Decreto 614 de 1.984, la Resolución 2013 de 1.986, la Resolución 1016 de 1.989, Decreto 1295 de 1994, Ley 776 de 2002, Resolución 1401 de 2007, Decreto 1072 de 2015 y demás normas que con tal fin se establezcan. ARTÍCULO 4. Corporación Universitaria de Ciencias Empresariales, Educación y Salud-CORSALUD se compromete a destinar los recursos financieros, técnicos y el personal necesario para el diseño, implementación, revisión evaluación y mejora continua del SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO elaborado de acuerdo con el Decreto 614 de 1.984 y la Resolución 1016 de 1.989 y el Decreto 1072 de 2015. ARTÍCULO 5. Los factores de riesgo existentes en la empresa son: ÁREA RIESGO DESCRIPCIÓN Biológico Manipulación de dinero en caja menor Carga Física Sobresfuerzo de la voz ADMINISTRATIVA Eléctrico Encendido y apagado de equipos eléctricos. Físico químico Presencia de material combustible

Biomecánico Psicosocial Publico Transito Locativos Mecánico Postura Sedente Movimiento Repetitivo Factores Extra laborales, Intralaborales e Individuales. Situación de atraco, robos u otras situaciones de violencia Movilización peatonal Caídas a nivel Condiciones de Orden y Aseo Manipulación de herramientas de trabajo. ÁREA RIESGO DESCRIPCIÓN Energía Eléctrica muy baja tensión Eléctrico (MBT) Energía Eléctrica baja tensión (BT) OPERATIVA Físico químico Biomecánico Psicosocial Locativos Mecánico Materiales y sustancias combustibles Carga dinámica por movimientos repetitivos Carga estática sentado Factores Extra laborales, Intralaborales e Individuales. Caídas a nivel Condiciones de Orden y Aseo Manipulación de herramientas de trabajo.

PARÁGRAFO. A efectos de que los Factores de riesgo contemplados en el presente artículo, no se traduzcan en accidente de trabajo o enfermedad laboral la empresa ejerce su control en la fuente, en el medio transmisor o en el trabajador, de conformidad con lo estipulado en el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo de la empresa, el cual se da a conocer a todos los trabajadores al servicio de ella. ARTÍCULO 6. Corporación Universitaria de Ciencias Empresariales, Educación y Salud-CORSALUD y sus trabajadores darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales, así como a las normas técnicas e internas que se adopten para lograr la implantación de las actividades de medicina preventiva y del trabajo, higiene y seguridad industrial, que sean concordantes con el presente Reglamento y con el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo de la empresa. ARTÍCULO 7. Corporación Universitaria de Ciencias Empresariales, Educación y Salud-CORSALUD ha implantado un proceso de inducción al trabajador en las actividades que deba desempeñar, capacitándolo respecto a las medidas de prevención y seguridad que exija el medio ambiente laboral y el trabajo específico que vaya a realizar. ARTÍCULO 8. Este Reglamento permanecerá exhibido en, por lo menos dos lugares visibles de los locales de trabajo, cuyos contenidos se dan a conocer a todos los trabajadores en el momento de su ingreso. ARTÍCULO 9. El presente Reglamento entra y permanece en vigencia a partir de la firma del representante legal y su publicación y mientras la empresa conserve, sin cambios substanciales, las condiciones existentes en el momento de su aprobación, tales como actividad económica, métodos de producción, instalaciones locativas o cuando se dicten disposiciones gubernamentales que modifiquen las normas del Reglamento o que limiten su vigencia. El presente reglamento está estipulado como lo plantea la Ley 962 de 2005, art. 55 supresión de la revisión y aprobación del Reglamento de Higiene y Seguridad por el Ministerio de la Protección Social. El artículo 349 del Código Sustantivo del Trabajo, quedará así: Los empleadores que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores permanentes deben elaborar un reglamento especial de higiene y seguridad, a más tardar dentro de los tres (3) meses siguientes a la iniciación de labores, si se trata de un nuevo establecimiento. El Ministerio de la Protección Social vigilará el cumplimiento de esta disposición." COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Barranquilla, a los diez (10) días del mes de Febrero de 2017. ADOLFO FERNANDO GÓMEZ PADILLA

Presidente CORSALUD