Yo, Rosa Amelia Franqui Rivera, Secretaria de la Junta de Síndicos de la



Documentos relacionados
a. Un mismo docente podrá ofrecer un máximo de dos cursos durante la sesión de verano.

Yo, Héctor Huyke Souffront, Secretario de la Junta de Síndicos de la Universidad de

POLÍTICA INSTITUCIONAL SOBRE LAS EXENCIONES DE LOS DERECHOS DE MATRÍCULA EN LA UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO,

JUNTA DE SÍNDICOS UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO CERTIFICACIÓN NÚMERO

UNIVERSIDAD DEL SAGRADO CORAZON. Normas y Procedimientos de Progreso Académico Aplicables a Estudiantes que Reciben Asistencia Económica

ARTÍCULO 1.- RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS

Documento 13 Tema: Comité de Supervisión

POLÍTICAS Y NORMAS GRADUADAS PARA LA VALIDACIÓN DE CRÉDITOS TRANSFERIDOS Y CURSOS TOMADOS FUERA DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE PUERTO RICO

Los cargos y cuotas para los programas que ofrece la Universidad del Sagrado Corazón durante el año académico se enumeran a continuación:

REGLAMENTO DE ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES ENTRE PLANES DE ESTUDIOS Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS

NORMATIVA DE COSTOS DE MATRÍCULA, CUOTAS Y CARGOS, PLAN DE PAGO Y LA POLÍTICA DE REEMBOLSO INSTITUCIONAL

NORMATIVA DE PROYECTOS FIN DE CARRERA EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERÍA INDUSTRIAL DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA.

CERTIFICACIÓN NÚMERO 07-28

REGLAMENTO DE TESIS DE MAESTRÍA

PRÁCTICAS ADMINISTRATIVAS

REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA.

FACULTAD DE CONTADURIA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS FINANZAS I NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA

UNIVERSIDAD DE BURGOS

REGLAMENTO DE BECAS Y ASISTENCIA FINANCIERA

Estado de los Recursos Humanos en la UNED.

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

NORMAS PARA EL RECONOCIMIENTO DE INSTITUCIÓN QUE NORMALMENTE SE DEDICA A EFECTUAR OPERACIONES INTERNACIONALES

(Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de junio de 2015)

2. CARACTERÍSTICAS DE LAS AYUDAS:

TÍTULO V LIBRE ELECCIÓN CURRICULAR

NORMATIVA ACADÉMICA Y DE PROCEDIMIENTO 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA

Normativa de Permanencia y Condiciones de Matrícula para titulaciones de Grado

LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA DESARROLLO DE TALENTOS UNIVERSITARIOS

REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL PERSONAL CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DEL CIQA

TÍTULO VI: TRABAJO FIN DE GRADO

NORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015

NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE

o o o o o Preparado por Juan Zayas Berríos Superintendente Auxiliar Distrito Escolar de Barranquitas

CUÁNDO SE PUEDEN SUSPENDER LOS SERVICIOS DE AGUA Y ELECTRICIDAD?

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL

RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS.

ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9

Reglamento del Programa de Intercambio Estudiantil: Outgoing Mobility / Incoming Mobility

ACUERDO. Tercero.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra

Guía y Reglamento de Estudiantes de Intercambio

XXIV Convocatoria para Ampliación de Estudios en el Extranjero

El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones

1. INTRODUCCION 2. FILOSOFIA

Grado en Enfermería Vías y requisitos de acceso al título y perfil de ingreso recomendado

INFORMACIÓN GENERAL EXPERTO PROFESIONAL UNIVERSITARIO EN DETECTIVE PRIVADO

Políticas y normas de apoyos financieros y becas para los alumnos de Preparatoria, Profesional y Maestrías del Tecnológico de Monterrey Campus

NORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR

I. Principado de Asturias

ADMISIÓN Y CONVALIDACIÓN PARCIAL DE ESTUDIOS EXTRANJEROS EN LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA

NORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS MASTER

1. La nueva ley de educación en primaria. Los alumnos de primaria tendrán las siguientes asignaturas:

LINEAMIENTOS DEL MANEJO, CONTROL Y REGISTRO DE LOS FONDOS DE RESERVA PARA CONTINGENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE

PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN Y CALENDARIO DE LOS TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER. Facultad de Filología. Curso 2014/2015 (junio y septiembre)

CERTIFICACIÓN NÚMERO

Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior. Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres

NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I

Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental. Preámbulo

Fecha/Hora: 24/06/ :05:56. Firmante: Q B - SECRETARIO GENERAL - UNIVERSIDAD DE MURCIA. Código seguro de verificación: QVJDMUFBQUxJUQ==

AMERICAN UNIVERSITY OF PUERTO RICO POLÍTICA DE DEVOLUCIÓN DE FONDOS DE TÍTULO IV

TEXTO APROBADO EN VOTACIÓN FINAL POR EL SENADO (22 DE SEPTIEMBRE DE 2014) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S.

1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA A PRESENTAR POR ESTUDIANTES DE NUEVO INGRESO EN GRADOS

2. AYUDAS (DENTRO DEL PROGRAMA DE APOYO Al EXCELENCIA ACADÉMICA)

LÍNEA DE APOYO A PROYECTOS DE INSERCIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL (2ª edición)

INSTRUCCIONES. Ref: 09/ /13. 1 Instrucciones_evaluación FP-Dual (VDG)

San Salvador, 23 de abril de Estimado Asociado:

2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN, EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS A PARTIR DEL CURSO ACADÉMICO

NORMAS APLICABLES AL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIA EN LA E.T.S.I. INFORMÁTICA

(Consejo de Gobierno de 28 de abril de 2010) Preámbulo:

=. Cintrón Rivera, M. Miembro y Secretario

PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM ADAPTADO

Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos

NORMATIVA PARA LA OBTENCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN

Tipos de acción que pueden financiarse en el marco de esta convocatoria. Las prioridades, acciones y actividades de esta convocatoria son:

REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADO

PIADE Empresas 1. Objetivo 2. Compromiso requerido a las empresas beneficiarias

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL

Aprobada en sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2014

10. PRÁCTICAS EXTERNAS

REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO

Secretaría General Vicesecretaría General

REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID. RD 1393/2007.

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE (INEF) C/ Martín Fierro, Madrid

RP-CSG Fecha de aprobación

Respuestas a preguntas frecuentes sobre el reconocimiento de créditos en titulaciones de Grado (FAQ).

NORMATIVA DEL TRABAJO FIN DE GRADO DE LA ESCUELA UNIVERSITARIA CEU DE MAGISTERIO DE VIGO

INFORMACIÓN Y CALENDARIO PRACTICUM

UNIVERSIDAD DEL VALLE FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES Y EXACTAS PROGRAMA ACADEMICO DE BIOLOGIA REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO DE GRADO

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

COMUNICADO A ESTUDIANTES DE GRADO Y DOBLE GRADO SOBRE PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES CURSO ACADÉMICO Índice:

Concurso interno para Diplomas, diplomados o cursos de especialización Colegio San Agustín de Concepción Fondo concursable

Articulo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Transcripción:

JUNTA DE SÍNDICOS UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO CERTIFICACIÓN NÚMERO 131 2009-2010 Yo, Rosa Amelia Franqui Rivera, Secretaria de la Junta de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico, CERTIFICO QUE: La Junta de Síndicos, en su reunión extraordinaria del 16 de junio de 2010, habiendo considerado la situación de la Universidad de Puerto Rico, acordó: La Junta de Síndicos estuvo de acuerdo con los entendidos relacionados en el documento que se incorpora y se hace formar parte de esta certificación, el cual contiene el texto fiel y exacto de los entendidos de los incisos 1 al 7 del documento Entendidos entre la Administración Universitaria y el Comité Negociador Nacional con fecha de 11 de junio de 2010 que se lograron durante la negociación y autorizó a la Secretaria de la Junta a así certificarlo al calce del documento; disponiéndose, sin embargo, que los mismos fueron aprobados por la Junta de Síndicos sujetos a la condición resolutoria de que de no celebrarse las asambleas y ratificarse los acuerdos por parte del Comité Negociador Nacional en un plazo de cinco (5) días este acuerdo quedará sin efecto. Y PARA QUE ASÍ CONSTE, expido la presente Certificación, en San Juan, Puerto Rico, hoy 16 de junio de 2010. Rosa Amelia Franqui Rivera Secretaria PO BOX 23400, SAN JUAN, PUERTO RICO 00931-3400 TEL. (787) 758-3350, FAX (787) 758-7196

EL COMITÉ NEGOCIADOR NACIONAL Página 1 de 8 Los siguientes constituyen una transcripción de los incisos 1 al 7 del documento Entendidos entre la administración universitaria y el Comité Negociador Nacional con fecha de 11 de junio de 2010 que se lograron durante la negociación. 1. De la disponibilidad de los documentos oficiales La Universidad acuerda tener disponibles con diligencia los documentos de la Institución que son públicos, conforme a lo dispuesto en la Certificación Núm. 93-139, conocido como Reglamento sobre el Acceso a Documentos Oficiales en la Universidad de Puerto Rico. 2. De la cuota de tecnología La Cuota de Tecnología establecida en la Certificación Núm. 70 (2004-2005) y reiterada en la Certificación Núm. 60 (2006-2007), continuará vigente e inalterada y, como hasta el presente, se mantendrá en cada unidad institucional para atender el desarrollo de la infraestructura tecnológica de los servicios académicos a estudiantes. 3. De la trascendencia de la Certificación Núm. 98: I. Enmienda a la Certificación Núm. 98 (2009-2010) Se admite la enmienda de la Certificación 98 (2009-2010) contenida en la Certificación 128 (2009-2010) con la siguiente enmienda al primer párrafo: Todo estudiante que, según definido en la sección 4 del Anejo de la Certificación 98 (2009-2010), podrá ser beneficiario de la exención a que califique con el propósito de pagar los costos de matrícula, independientemente de si recibe o no alguna ayuda económica administrada por la Universidad; disponiéndose que... II. Revisión de la normativa referente a las exenciones de matrícula La Universidad de Puerto Rico realizará una revisión de la normativa que regula las exenciones de matrícula que concede la institución en reconocimiento de los talentos de sus estudiantes en las artes y en los deportes, por la excelencia académica en sus estudios, por la

EL COMITÉ NEGOCIADOR NACIONAL Página 2 de 8 ayuda a las cátedras y a la investigación y con el fin de facilitar los estudios de sus empleados y sus hijos. La revisión estará dirigida a garantizar una administración equitativa, óptima y responsable de las exenciones, para superar las ambigüedades en las disposiciones, atender lagunas en la reglamentación, facilitar su administración, contabilidad y gerencia y asegurar su aplicación uniforme que asegure que los estudiantes que cualifiquen para las exenciones las reciban. Con el fin de realizar esta revisión la Universidad realizará un proceso amplio de consulta a todos los integrantes de la comunidad universitaria dirigido a la formulación de la nueva normativa sobre las exenciones que tendrá los siguientes elementos: A. La propuesta presentada por el Presidente de la Universidad incluirá como principios rectores los parámetros que se indican en la parte II, según sean aplicables. B. La propuesta será divulgada a toda la comunidad universitaria, preferiblemente por medios electrónicos. C. Habrá un periodo amplio para la discusión de la misma en la comunidad universitaria para permitir a todos los interesados remitir recomendaciones a la Junta de Síndicos, según se dispone en el calendario de actividades en la parte III. D. La Junta de Síndicos solicitará el asesoramiento de la Junta Universitaria respecto a la propuesta antes de formular la normativa que recoja las recomendaciones de la comunidad. E. La Junta de Síndicos dará un último espacio de tiempo para presentar comentarios y recomendaciones antes de la aprobación definitiva de la normativa. III. Parámetros del proyecto de revisión. El 1 de agosto de 2010, el Presidente de la Universidad presentará a la Junta de Síndicos para su divulgación a toda la comunidad universitaria, un proyecto de revisión de la normativa sobre exenciones que estará fundamentado en los siguientes parámetros:

EL COMITÉ NEGOCIADOR NACIONAL Página 3 de 8 A. Con relación al inciso 2 de la Certificación 98 (2009-10), se aclara que se mantendrán las exenciones vigentes reconocidas por la Junta de Síndicos, incluyendo pero sin limitar las categóricas y no categóricas. No se crearán nuevas categorías de exenciones a menos que la Junta de Síndicos las reconozca o autorice mediante certificación. B. Se acoge la recomendación de la Junta Universitaria de que la Junta de Síndicos autorice a cada unidad institucional a establecer un número limitado de categorías de exención para atender las situaciones particulares de cada unidad. La Junta de Síndicos le fijará a las unidades una cuota para esos fines y las exenciones las establecerá el Rector en consulta con el Senado Académico. C. Las exenciones vigentes y las revisadas, deberán ser uniformes a través de todo el sistema universitario y aplicadas con rigor según han recomendado las auditorías internas. D. Las exenciones se concederán desde el primer año, excepto la Matrícula de Honor. Se estudiará la viabilidad de restablecer el índice de elegibilidad para matrícula de honor para los estudiantes procedentes de escuela superior. E. Un estudiante que tiene exención por matrícula de honor que se traslada a otra unidad mediante un traslado articulado, continuará disfrutando de la exención en la nueva unidad institucional mientras cumpla con los requisitos de ese tipo de exención. F. Se otorgará exención a los estudiantes elegibles que en su última sesión de estudios completen su grado académico de bachillerato con menos créditos que la definición de estudiante regular, tomando en consideración el inciso H de la Parte II. G. Se concederán exenciones para cursar un primer grado académico dentro de los niveles reconocidos, primer Grado Asociado, primer Bachillerato, primera Maestría, primer Grado Profesional, etc. a. Se aclara que la exención a un primer grado académico incluirá los grados conjuntos/combinados y las dobles concentraciones.

EL COMITÉ NEGOCIADOR NACIONAL Página 4 de 8 H. Para recibir exención el estudiante deberá estar cursando un año de estudios no mayor del 150 por ciento del tiempo establecido para completar el grado. I. Excepto en el caso de empleados y cónyuges o hijos de empleados (activos, jubilados, fallecidos), ser un estudiante regular (no menos de 12 créditos en el caso de estudiantes sub graduados, y no menos de 8 créditos en el caso de estudiantes graduados, incluyendo el curso de tesis). En el caso de la Matrícula de Honor, véase lo dispuesto en el inciso F, Parte II. J. Estar en cumplimiento con las Normas de Progreso Académico Satisfactorio y con los requisitos de retención del programa académico en que esté clasificado. En el caso de empleados y cónyuges o hijos de empleados (activos, jubilados o fallecidos), tomando cursos de Mejoramiento Profesional no conducentes a un grado académico, tener un índice general no menor de 2.50. K. No recibirá exención una persona que esté sancionada durante el periodo que dure la sanción. a. No se considerará la amonestación escrita como una sanción para estos propósitos. L. La exención aplicará solamente a los cargos por concepto de matrícula, sin incluir las cuotas ni otros cargos especiales, y sólo a cursos matriculados por primera vez. No serán susceptibles de exención los cursos repetidos por baja, para remover incompletos excepto en los cursos de tesis, para mejorar la calificación o para cualquier otro propósito, salvo circunstancias excepcionales. M. El proyecto precisará y esclarecerá lo relativo a los cursos creados con expectativa de autofinanciamiento. N. El beneficiario de una exención de matrícula deberá mantenerse en cumplimiento con los requisitos generales y específicos bajo los cuales se le otorgó la exención durante todas y cada una de las sesiones del año académico en que disfrute de la misma. En caso de incumplimiento con cualquiera de los requisitos generales y específicos sin razón justificada, deberá reembolsar todos los cargos eximidos de la sesión académica

EL COMITÉ NEGOCIADOR NACIONAL Página 5 de 8 en que incurra en incumplimiento y el reembolso exigido se hará en la próxima sesión académica sin ser calificado deudor de la Universidad en esa sesión académica. De no cumplirse con ese reembolso, la persona será considerada deudora de la Universidad para todos los efectos. Se podrán establecer planes de pago siguiendo los procedimientos establecidos en la unidad institucional correspondiente. a. La anterior disposición no aplicará a la exención por matrícula de honor. O. Para efectos de toda evaluación y determinación relacionada a la adjudicación de exenciones, se definirá el año académico como el periodo que comienza en agosto y finaliza el mes de mayo del año siguiente, o en junio en el caso de la Universidad de Puerto Rico en Carolina. P. El requisito de carga académica para la Matrícula de Honor se mantendrá en 12 créditos como en la normativa vigente, salvo lo dispuesto en el Inciso F anterior. Q. Se mantendrá el parámetro de promedio mínimo de 3.50 y la limitación del 5%, salvo que la evaluación que se haga demuestre que la limitación del 5% debe ser el criterio único. R. Todo estudiante, según definido en el inciso I anterior, podrá ser beneficiario de la exención a que cualifique con el propósito de pagar los costos de matrícula, independientemente de si recibe o no ayudas económicas. Disponiéndose que dicha exención se concederá y administrará sobre bases de criterios uniformes, justos y rigurosos dirigidos a facilitar el poder estudiar en la Universidad de Puerto Rico y a reconocer los talentos de los estudiantes en los deportes, en las artes y en la academia. IV. Calendario de actividades A. 1 de agosto de 2010, presentación del proyecto. B. Hasta el 31 de agosto de 2010, divulgación del proyecto y la información de apoyo. C. Del 1 de septiembre hasta el 15 de noviembre de 2010, periodo para discusión en la comunidad universitaria.

EL COMITÉ NEGOCIADOR NACIONAL Página 6 de 8 D. Del 1 de septiembre hasta el 15 de noviembre de 2010, fechas para someter comentarios a la Junta de Síndicos. E. El 15 de enero hasta el 15 de febrero de 2011, la Junta de Síndicos solicitará recomendaciones de la Junta Universitaria. F. Del 15 de febrero hasta el 15 de marzo de 2011, la Junta de Síndicos dará oportunidad para comentar sobre la versión final. G. El 30 de abril de 2011, aprobación definitiva de la normativa revisada. 4. De la venta de las unidades institucionales Enmendar el último POR TANTO de la Certificación Núm. 39 (2009-2010) de la Junta de Síndicos, de la siguiente forma: POR TANTO: Declara que ninguna de sus unidades institucionales ni sus instalaciones físicas han sido ni serán vendidas, enajenadas o privatizadas en forma alguna por esta Junta, ni serán incluidas bajo la Ley Núm. 29 de 8 de junio de 2009, Ley de Alianzas Público Privadas, y que defenderá la integridad académica, física y orgánica de la Universidad de Puerto Rico en todos los foros. 5. De la sesión de verano Alternativas al DECEP La Universidad de Puerto Rico se compromete a no usar el DECEP como alternativa para ofrecer cursos de verano mientras evalúa otras alternativas que no sean el DECEP para ofrecer cursos regulares durante la sesión de verano que no conlleven costos mayores por crédito que los establecidos para los semestres anteriores de ese año académico. A tales efectos se auscultará, entre otras alternativas, las siguientes: A. Que se incluyan los veranos como periodo lectivo y se presupueste para asegurar su funcionamiento de acuerdo con lo establecido en este inciso. B. Que se creen programas para atraer estudiantes de otras universidades y agilizar los procesos de matrícula y de convalidación de créditos en su respectiva institución académica.

EL COMITÉ NEGOCIADOR NACIONAL Página 7 de 8 6. De los asuntos presupuestarios El Comité Negociador Nacional en su intento de determinar la verdadera crisis fiscal de la Universidad solicitó una serie de documentos e informes de manera que se pudiese analizar las finanzas de la UPR. La tabla a continuación muestra el estatus actual de los documentos solicitados por el CNN al 10 de junio de 2010. Documento Entregado Pendiente 1. Estados Financieros Auditados 2008-2009 X 2. Cierres presupuestarios de cada año fiscal X 3. Informes de los auditores internos X 4. Los sueldos y otras acciones de personal X 5. Documentos relacionados con la emisión y renegociación de los bonos X 6. Documentos relacionados con las mejoras permanentes X 7. Informe de deudas por cobrar X 8. Registro actualizado de las propiedades de la U.P.R. y sus valores de mercado según tasaciones recientes X 9. Informe de los actuarios sobre los sistemas de retiro X 10. Contratos de asesoría externa X 11. Informe de cuentas por pagar X 12. Copia de los informes de cómo utilizaron fondos ARRA X 7. De las recomendaciones del Comité Asesor Especial de la Junta de Síndicos al Presidente de la Universidad A. Recomendar al Presidente, como iniciativa viable, considerar el fortalecimiento del Plan de Practica Intramural, establecido en la Universidad, así como la inclusión del servicio

EL COMITÉ NEGOCIADOR NACIONAL Página 8 de 8 comunitario como parte de la academia, que recién aprobó la Junta de Síndicos, mediante su Certificación Min. 83 (2008-2009). B. Recomendar al Presidente trabajar con la Organización Ambiental Sierra Club para desarrollar estrategias innovadoras para reducir el consumo energético en las unidades institucionales. Esta idea es cónsona con la política que está recogida en la Certificación Núm. 9 (2008-2009) de la Junta de Síndicos conocida como la Política Energética de la Universidad de Puerto Rico. También es cónsono con el plan estratégico institucional Diez para la Década. C. La Junta de Síndicos referirá al Comité de Sistema de Información para que considere las alternativas open source para sustituir los sistemas informativos Blackboard, Oracle y Microsoft. La Junta de Síndicos recomienda al Presidente de la Universidad que canalice estas ideas a las oficinas de sistemas de información para que reciban y consideren las ideas propuestas por los estudiantes.