desigualdad en las que v1ven jóvenes y familias enteras.

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PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LAS SECRETARÍAS DE ENERGÍA Y DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, A LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA Y A PETRÓLEOS MEXICANOS A AUDITAR Y DETECTAR EN FORMA COORDINADA LA COMPRA Y VENTA DE COMBUSTIBLE ILÍCITO POR LAS GASOLINERAS DE LOS ESTADOS DE TAMAULIPAS, PUEBLA, TLAXCALA, GUANAJUATO Y VERACRUZ. Miguel Barbosa Huerta, Senador de la República, a la LXIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundament9 en lo dispuesto por artículo 58 del RegJámento para el Go erno Interior del Congreso General de los E tados Unidos Mexicanos, así como en el punto Tercero del Acuerdo de la Mesa Directiva Comisión Permanente,_, relativo a las Sesiones y el.. Orden del Día, sometemos a la consideración de esta Asamblea la presente proposición, de conformidad con las siguientes CONSIDERACIONES 1

El robo dé combustible es un delito que daña gravemente a la Hacienda Pública, aumenta la violencia, la inseguridad y deteriora la convivencia social. Se trata de una cadena delictiva que va desde la ordeña de los duetos de PEMEX, hasta la venta de combustible robado a pie de carretera, en el comercio informal e incluso, en gasolineras establecidas. El robo de combustible se ha convertido en una nueva forma de delincuencia organizada tiene que atacarse de manera integral. trata únicamente de aumentar penas o las zonas en donde se roba combustible, s detectar. lo puntos neurálgicos de esta cadena delictiva. En este sentido tres aspectos son clave: 2

1) Conocer el involucramiento de autoridades municipales, estatales y federales en este delito. Necesitamos sancionar a los servidores públicos y a los empleados de PEMEX que se han corrompido y que colaboran o forman parte de estos gru os delictivos. En este sentido he propuesto a esta Comisión Permanente la creación de una comisión especial del Congreso de la Unión que investigue este involucramiento. 2) La atención social a las zonas afect por las bandas de los lla "huichicoleros", en muchos casos e bandas son grupos familiares o sus integrantes cuentan con el apoyo de comunidades y poblaciones. El apoyo social al robo de combustible encuentra sustento en las condiciones de miseria y de 3

desigualdad en las que v1ven jóvenes y familias enteras. 3) Combatir el robo de combustible en sus puntos de venta. Se sabe que el combustible sustraído de los duetos de PEMEX se vende de varias formas. A pie qe carretera, en bodegas, ranchos y solares, así como que algunas gasolineras venden combustible robado. Este último aspecto requiere de una acción inmediata de la autoridad. En cuantas gasolineras del país se vende combustible robado, junto con combustible De acuerdo a notas periodísticas, basadas en datos de PEMEX, la ordeña de duetos afecta a 25 estados, con una alarmante cifra de más de 21 mil tomas clandestinas entre 2011 y 2016. De éstos, los estados más afectados por la ordeña 4

de duetos son Tamaulipas, Puebla, Tlaxcala, Guanajuato y Veracruz. Para iniciar el combate a la venta de combustible robado en gasolineras, es necesario que las autoridades competentes tomen asunto y auditen la recepción y venta de combustible en todas las estaciones de servicio del país y. de manera inmediata, en las establecidas en estas cuatro entidades. Cabe recordar que el párrafo segund artículo 22 de la Ley Federal para Pr venir y Sancionar los Delitos Cometidos en Mate de Hidrocarburos, ordena a la Federación coordinarse con las instituciones locales, municipales y de seguridad pública, con las autoridades del sector energético, así como con asignatarios, perm1s1onanos, contratistas o 5

distribuidores para prevenir y detectar actos u operaciones ilícitas, para lo cual, entre otras cosas, deberán: ejecutar programas de vigilancia debida en los duetos, instalaciones y equipos de permisionarios; suministrar e intercambiar la información obtenida mediante los sistemas e instrumentos tecnológicos respectivos, y celebrar -Convenios de Colaboración Generales y Específicos para el combate a los ilícitos. En. consonancia, la Ley de establece, en su artículo 84,... perm1s1onanos de distribución y al público de gasolinas, diésel, gasavión, deberán realizar sus actividades con Hidrocarburos de procedencia lícita. Incluso, para el despliegue efectivo de las labores de vigilancia, la Ley de Ingresos de la 6

Federación para el Ejercicio 201? dispone, en su artículo 25, como obligación de dichos permjsjonarios la de reportar diariamente a la Comisión Reguladora de Energía la información sobre volúmenes comprados y vendidos de dichos petrolíferos. Por su lado, la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, en su artículo 22, otorga a la Comisión Reguladora de Energía diversas facultades para la verifi-cación e inspección para la supervisión y vigilancia de las actividades reguladas realizadas por particulares, entre ellas el expendio al público de gasolina. Y la aludida Ley de Hidrocarburos confiere a la Secretaría de Energía y a la propia Comi é. Reguladora de Energía facultades para sancionar las infracciones relacionadas con las actividades 7

de Transporte, Almacenamiento, Distribución o Expendio al Público de Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos, cuya adquisición lícita no se compruebe al momento de una verificación. Tales son las autoridades que deben vigilar permanentemente el flujo de combustibles que se expenden en las estaciones del país, para prevenir, detectar y sancionar por la vía administrativa todo ilícito que se presente en esa actividad permisionada, así como denunciar ante la autoridad ministerial la posible configura de delitos. Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración del pleno el siguiente 8

Punto de Acuerdo ÚNICO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta a los titulares de las secretarias de Energía y de Hacienda y Crédito Público, al Comisionado Presidente de la Comisión Reguladora de Energía y al Director General de Petróleos Mexicanos a coordinarse para realizar, con eficiencia y brevedad, las acciones de supervisión, verificación y audit. ría correspondientes respecto de las actividades que realizan los permisionarios de distribución y expendio al público de gasolina en los estados de Tamaulipas, Puebla, Tlaxcala, Guanajuato y Veracruz, con el propósito de constatar la concordancia entre los volúmenes comprados y vendidos por cada estación de servicio, así como detectar la existencia de probables operaciones 9

combustibles de procedencia ilícita para. documentarlas, sancionarlas y denunciarlas, en su caso. Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, 17 de mayo de 2017 10