ESTÁNDAR N 1 BLOQUEO DE ENERGÍAS

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Transcripción:

Versión 02, Septiembre 2014 Página 1 de 5 1. Objetivo y Alcance El objetivo del presente estándar es establecer los requisitos para desarrollar trabajos que impliquen bloqueo de energías. Es aplicable a todos los trabajos que se realicen con contacto o intervención de un equipo o parte de sus componentes con algún tipo de energía peligrosa, como por ejemplo energía eléctrica, mecánica, hidráulica, neumática, térmica, gravitacional u otra. Se consideran trabajos que impliquen bloqueo de energía: todo trabajo que involucre la interrupción, eliminación y/o control del flujo de los distintos tipos de energía, ya sea por actividades de mantención, reparación, inspección, calibración, limpieza. El principal peligro asociado al presente estándar es el contacto con distintos tipos de energías peligrosas, lo que puede provocar incidentes a las personas, teniendo como consecuencias, lesiones medianas a graves, quemaduras, contusiones, traumatismo y la muerte. Las causas o factores que contribuyen a este tipo de incidentes son: No contar con personal apto y capacitado para el trabajo con bloqueos de energía. No hacer uso o usar incorrectamente los elementos de protección personal correspondientes. No verificar el estado de los elementos de protección personal. No planificar los trabajos. No realizar la evaluación de riesgos. No cumplir con los procedimientos medidas de control y de seguridad. No realizar la verificación de energía cero. No bloquear equipos o fuentes de energía. No utilizar elementos de bloqueo de energía (candados, tarjetas) No contar con un plan de respuesta en caso de emergencias. 2. Requisitos Asociados a las Personas Asegurar que todo el personal involucrado cuente con su contrato de trabajo y afiliación al seguro de la Ley N 16.744, Establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, al día. 2.1 Requisitos de Salud El personal que realice trabajos que impliquen bloqueo de energías deberá contar con: Examen pre u ocupacional al día, que indique que el trabajador se encuentra apto y que reúne las condiciones físicas y de salud compatible que permitan su desempeño.

Versión 02, Septiembre 2014 Página 2 de 5 Todo trabajador que considere o estime que sus aptitudes técnicas, físicas y/o psicológicas están disminuidas, deberá informar de esto a su supervisión directa, de manera inmediata y antes de realizar cualquier tipo de intervención, a objeto de ser reasignado a otras tareas o derivado a un centro de atención médica, según corresponda. Todo trabajador, que por prescripción médica, esté sometido a tratamiento con sustancias lícitas o cualquier medicamento que a juicio de un facultativo, altere significativamente sus condiciones psicomotoras, deberá informar su condición a su supervisor directo y debe ser relevado de sus funciones en la operación mientras se mantenga en tratamiento. De igual manera si un supervisor detectara a algún trabajador bajo la influencia del alcohol o drogas ilícitas deberá dejarlo fuera de la operación. Nota: Los exámenes pre u ocupacionales presentados deben ser emitidos por el organismo administrador. 2.2 Requisitos de Competencia El equipo de trabajo que desarrolle la actividad que implique bloqueo de energía deberá contar con los siguientes registros: Capacitación certificada teórica y práctica en aislamiento y bloqueo de energías. Capacitación sobre los peligros y sus consecuencias, con el fin de que los trabajadores conozcan, comprendan y apliquen las medidas de control y seguridad, asociados a trabajos que impliquen bloqueos de energía, enfatizando el peligro de contacto con distintos tipos de energía. Capacitación sobre el uso de los elementos de protección personal utilizados en los trabajos con bloqueo de energías. Capacitación sobre el procedimiento de bloqueo de energías, incluyendo la secuencia a seguir antes, durante y después de la intervención de los equipos. Capacitación sobre el plan de respuesta a emergencias en trabajos que impliquen bloqueos de energía, destacando tipos de emergencia, mecanismos de parada de emergencia, manejo de equipos de combate de incendios, metodologías de alarma, evacuación y rescate. Nota: Las capacitaciones certificadas, deben ser realizadas por el organismo administrador, u otra entidad autorizada y competente.

Versión 02, Septiembre 2014 Página 3 de 5 3. Requisitos Asociados a los Equipos e Instalaciones 3.1 Requisitos del Área de Trabajo El área de trabajo con bloqueos de energía, debe cumplir con los siguientes requisitos: Disponer de elementos para delimitar, señalizar y restringir el acceso a los equipos con bloqueo de energía. Identificar, examinar y liberar las energías de todos los mecanismos o sistemas con energía almacenada, que provengan de fuentes de vapor, circuitos hidráulicos y neumáticos, resortes comprimidos, cargas suspendidas, condensadores entre otros. Disponer de tarjetas de identificación personalizadas y medios de bloqueo que indiquen quién y cuantas personas están trabajando en el equipo o instalación, los cuales deben cumplir con la estandarización de colores de candados de bloqueo LOTO en áreas de bloqueo y sala de control. Contar con señalización de peligro, la cual debe estar en español, que indique la restricción de intervención en equipos, máquinas y sistemas que posean puntos de transformación o derivación de energía y que revistan peligro de contacto. Informar oportunamente al personal del área de trabajo y asegurarse de que nadie ponga en marcha o restablezca la fuente de energía mientras se realiza la tarea. Mantener visible un croquis descriptivo u otra representación gráfica en el punto de aislamiento y bloqueo, que identifique el o los circuitos afectados en estado de energía cero. 3.2 Requisitos de los Equipos y Herramientas de trabajo Los equipos y herramientas utilizados en trabajos con bloqueos de energía, deberán ser verificados su funcionamiento y estado, y cumplir con los siguientes requisitos: Disponer de elementos de bloqueo (tarjetas y candados) personales e intransferibles y tener llaves únicas, no ser anulados por una llave maestra y estar claramente identificados durante todo momento. Disponer de una caja o estación de bloqueo, cuando en la intervención participen más de 10 trabajadores (bloqueos con candado y tarjeta para bloqueos múltiples o grupales), Disponer e identificar mecanismos o dispositivos que aseguren el aislamiento, disipación o contención de las energías peligrosas, para sistemas hidráulicos y neumáticos contar con manómetros y válvulas de descarga de presión y/o de seguridad. Instalar adicionalmente a los bloqueos físicos locales, bloqueos en los puntos en donde se controlan remotamente sistemas o equipos. Utilizar bloqueo físico (traba mecánica) diseñado especialmente para este fin, en aquellos

Versión 02, Septiembre 2014 Página 4 de 5 equipos, máquinas y sistemas en que sea factible, de forma adicional al sistema de aislamiento y bloqueo de los otros tipos de energías. Contar con sistemas de aislación y protecciones (pértigas de puesta a tierra, etc.) Disponer de equipos para la verificación de energía cero (Ej. Multitéster, amperímetros, detectora de tensión, etc.), los que deben acreditar su óptimo funcionamiento mediante certificado de verificación, calibración y/o mantención al día. Pueden ser propios o facilitados por una empresa externa. Inspeccionar los elementos de bloqueo y aislación para asegurar que se encuentran habilitados para su uso, debiendo ser reemplazados cuando presenten cualquier tipo de deterioro. Los equipos utilizados para respuestas ante emergencias deben encontrarse en óptimo estado y cuando corresponda, contar con su certificación. 3.3 Requisitos de los Elementos de Protección Personal Los elementos de protección personal (EPP) utilizados en trabajos con bloqueos de energía, deberán cumplir con los siguientes requisitos: Los EPP deben seleccionarse de acuerdo a los peligros asociados al bloqueo de energías. Los EPP deben contar con certificación de calidad por un organismo autorizado. Los EPP deben contar con registro de inspección de su estado y uso, no se debe realizar la tarea si existe algún EPP en estado defectuoso o que no haya sido proporcionado para la tarea específica. 4. Requisitos Asociados al Desarrollo de la Actividad 4.1 Requisitos para la Planificación del Trabajo El desarrollo de la actividad, deberá cumplir con los siguientes requisitos de planificación y control: Contar con la evaluación de los riesgos de la actividad documentada, con el establecimiento de las medidas de control necesarias, considerando la jerarquía de controles (eliminación, sustitución, rediseñar, separar, administrar y/o equipos de protección personal). Contar con un Permiso correspondiente para la actividad, autorizado y válido sólo para el trabajo y las condiciones que se especifiquen, el cual debe incluir la verificación de energía cero, identificación quienes realizan la operación, descripción, hora de inicio y termino de la actividad realizada. (Permiso de Trabajo para las instalaciones de la División Generación o Autorización para las instalaciones de la División de Proyectos en actividades que no se encuentren planificadas en la carta gantt del proyecto.). Registrar toda intervención de equipos, máquinas o sistemas accionados por cualquier tipo de

Versión 02, Septiembre 2014 Página 5 de 5 energía en el que se deje constancia de los permisos de trabajo solicitados, personal a cargo, hora de inicio y de término de la intervención. Contar con la entrega documentada de los EPP definidos para la realización del trabajo a los trabajadores. Disponer de un protocolo de comunicación para el traspaso de tareas e información. Contar con un procedimiento que regule el trabajo con bloqueo de energías el cual debe establecer los criterios y controles operacionales de dicha actividad, describiendo la forma lógica como se desarrollará la tarea (el paso a paso). Realizar inspecciones planeadas, durante el trabajo con bloqueos de energía. Contar con un plan de respuesta a emergencias en trabajos con bloqueo de energía, que incluya las operaciones de rescate. Nota: sin perjuicio de lo establecido en el presente estándar se deben cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad que tenga cada empresa colaboradora, Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratista REECS, la normativas internas de la instalación y proyectos, entre otros. Nota: Si el trabajo con Bloqueo de energías involucra trabajo en altura física, energía eléctrica, uso de otros equipos y herramientas portátiles, se debe cumplir con los estándares definidos para estos trabajos. Registros. Lista de chequeo de verificación de cumplimiento de ES&SO