SEGURO DEFENSA JURÍDICA FAMILIAR CON ABOGADO DE CABECERA ESPECIALMENTE DISEÑADO PARA LIPSEGURO



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SEGURO DEFENSA JURÍDICA FAMILIAR CON ABOGADO DE CABECERA ESPECIALMENTE DISEÑADO PARA LIPSEGURO

1.- ASESORAMIENTO JURIDICO TELEFONICO La presente cobertura se prestará en horario peninsular de 9:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes no fes:vos de ámbito nacional. La cobertura consiste en el asesoramiento jurídico telefónico prestado por abogados colegiados sobre cualquier asunto que se le pueda plantear al asegurado en las materias incluidas en la cobertura y que se describen a con:nuación: Vivienda, Reclamaciones, Familia, Automóvil, Laboral, Impuestos, Asuntos Penales, Relaciones con la Administración. Familia, adopciones, matrimonio y parejas de hecho: Cómo se cons:tuyen y reconocen legalmente las uniones o parejas de hecho? Inscripción de la relación de hecho en el Registro Civil o en otros registros creados al efecto. Las personas homosexuales :enen derecho a los quince días de permiso si forman una pareja estable o si contraen matrimonio? Tienen derecho a reducción de jornada o a días libres si su pareja está enferma o ingresada en un centro médico? Pueden adoptar las personas homosexuales? pueden hacerlo en pareja o como familia monoparental? El procedimiento de adopción es igual en el caso de padres heterosexuales y homosexuales? En caso de adopción, las personas homosexuales :enen derecho a excedencia o a la reducción o adaptación del horario laboral?

Herencias, pensión de viudedad y seguros de vida Se reconoce a las parejas homosexuales el derecho a pensión de viudedad? Qué derechos sucesorios le otorga la ley a la pareja homosexual de un fallecido? Se puede nombrar beneficiario a su pareja en un seguro privado? Pueden los homosexuales ser beneficiarios de su pareja para acceder a la asistencia sanitaria de la seguridad social? Corresponde permiso retribuido en el trabajo en caso de muerte de la pareja u otros parientes de un homosexual? Discriminación en el trabajo Puede preguntar la empresa cuál es la orientación sexual de un trabajador o trabajadora? Dónde se puede denunciar una situación de discriminación laboral por mo:vos de orientación sexual? Puede la empresa despedir una persona por ser homosexual? Puede la empresa sancionar a un trabajador o trabajadora por su forma de ves:r? Qué puede hacer un trabajador o trabajadora que sea insultado o vejado por su orientación sexual? Qué debe hacer un delegado/da o comité de empresa si algún trabajador o trabajadora es discriminado por razón de orientación sexual?

Violencia doméstica Qué puede hacer un homosexual que sufre lesiones Usicas o morales provocados por su pareja? Qué sucede con los hijos en caso de violencia en el seno de la unidad familiar homosexual? y con la vivienda? Trato vejatorio, insultos y amenazas Qué puede hacer una persona que sea insultado o vejado por su condición sexual? Y si ha sido amenazado por la misma razón? Derechos e indemnizaciones. Implicaciones de ser seropositivo Puede la empresa obligar un trabajador o trabajadora a pasar un examen de VIH? Qué uso puede hacer la empresa de la información del resultado de la prueba del VIH de un trabajador o trabajadora que ha aceptado realizársela? Tener la enfermedad del VIH- sida da derecho a cobrar una pensión de la seguridad social? Se puede exigir indemnización al causante de la enfermedad por contagio?

2.- ASESORAMIENTO JURÍDICO TELEFÓNICO 24H. PARA CASOS URGENTES La cobertura incluye la redacción y la revisión de los documentos y la redacción de los escritos y contratos siguientes, sin que se amplíe a ningún otro contrato o escrito dis:nto de los enumerados a con:nuación: Compraventa de vivienda; Alquiler de vivienda; Comunidad de propietarios; Reclamaciones de consumo; Escritos y comunicaciones de los trabajadores a la empresa, en el ámbito de las relaciones laborales; Laboral; Fiscal; Seguros. La cobertura consiste en el asesoramiento jurídico telefónico prestado por abogados colegiados sobre alguno de los asuntos relacionados en el número anterior, para situaciones de urgencia jurídica. Se entenderá por situaciones de urgencia aquellas cuyas consecuencias jurídicas más favorables o menos desfavorables para el asegurado dependan de un consejo legal especializado inmediato. 3.- REDACCIÓN Y REVISIÓN DE DOCUMENTOS EN VÍA EXTRAJUDICIAL La cobertura incluye la redacción y la revisión de los documentos y la redacción de los escritos y contratos siguientes, sin que se amplíe a ningún otro contrato o escrito dis:nto de los enumerados a con:nuación: Compraventa de vivienda; Alquiler de vivienda; Comunidad de propietarios; Reclamaciones de consumo; Escritos y comunicaciones de los trabajadores a la empresa, en el ámbito de las relaciones laborales; Laboral; Fiscal; Seguros.

4.- PROCEDIMIENTOS JUDICIALES Y EXTRAJUDICIALES ESPECIALMENTE INCLUIDOS PARA LIPSEGUROS Despido de un trabajador por discriminación sexual. Defensa en juicio a víc:mas de delitos por trato degradante menoscabando gravemente la integridad moral basado en prejuicios homosexuales. Juicios por violencia domés:ca cuando el :tular del seguro sea objeto de lesiones Usicas o morales. Carencia de 3 meses Límites: abogados de libre elección 500

5.- RECLAMACIÓN DE DAÑOS CORPORALES EXTRACONTRACTUALES. Nuestra póliza garan:za la reclamación al tercero responsable iden:ficable, tanto por vía amistosa como judicial, de las indemnizaciones extracontractuales correspondientes al tomador por los daños corporales y perjuicios patrimoniales de ellos derivados, que se le causen, por imprudencia o dolosamente, en el ámbito de su vida no profesional. Queda expresamente excluida de esta garanca la reclamación de los daños derivados de accidentes de circulación de vehículos terrestres, con o sin motor. En caso de fallecimiento del tomador, podrán ejercitar la reclamación sus familiares, herederos o beneficiarios. Para la presente cobertura se establece un periodo de carencia de un mes. 6.- ASISTENCIA PRESENCIAL DE UN ABOGADO EN CASO DE DETENCIÓN DEL TOMADOR POR DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL En caso de ser detenido el tomador con mo:vo de la comisión de un delito contra la seguridad vial, nuestra póliza proporcionará al tomador la presencia de un abogado en las dependencias policiales correspondientes al objeto de asis:rle en la primera declaración policial.

7.- ASISTENCIA PRESENCIAL DE UN ABOGADO EN NOTARÍA PARA LA FIRMA DE CONTRATO DE COMPRA O VENTA DE VIVIENDA HABITUAL DEL TOMADOR En caso de firma, por parte del tomador, de un contrato de compra o venta de su vivienda habitual en escritura pública, nuestra póliza proporcionará al tomador la presencia de un abogado en la oficina notarial al objeto de asesorar y asis:rle respecto del contenido de la escritura. 8.- INFORMES PERICIALES Nuestra póliza cubrirá los gastos derivados de la elaboración del informe pericial que precise el tomador, para facilitar la viabilidad de una reclamación en curso a la que deba aportarse, y que pueda tener como objeto la valoración de daños en la finca que cons:tuya residencia habitual del tomador, corporales por accidente del tomador, o en el vehículo propiedad del tomador. 9.- ASISTENCIA PARA LA GESTIÓN DE DEUDAS Nuestra póliza prestará al asegurado asesoramiento para el análisis de la procedencia de las deudas que se le reclamen y, en su caso, de la cuanta legalmente debida por ellas; negociación sobre términos de pago y comprobación de límites embargables. La presente asistencia se prestará sobre deudas en las que el acreedor tenga carácter público o privado, y sin limitaciones sobre el importe total pendiente de pago o el número de acreedores.

10.- COBERTURA DE ASISTENCIA JURÍDICO- ADMINISTRATIVA PERSONAL En los supuestos no cubiertos por la presente póliza, ponemos a disposición de los asegurados una red de despachos de abogados y de oficinas de prestación de servicios colaboradoras, para en caso de que, por la naturaleza y/o viabilidad del asunto, deba ser planteado personalmente por el asegurado. La presente cobertura será de aplicación incluso en los li:gios que no alcancen el mínimo li:gioso.. 11.- RECLAMACIÓN DE DAÑOS EN CASO DE ACCIDENTE DERIVADO DE LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Nuestra póliza, en los términos previstos en el presente número, garan:za la reclamación por el tomador al tercero responsable iden:ficable, tanto por vía amistosa como judicial, de las indemnizaciones correspondientes al tomador por los daños corporales y perjuicios patrimoniales de ellos derivados, que se le causen, por imprudencia o dolosamente, con mo:vo de la circulación de vehículos a motor. La presente garanca será de aplicación en los casos en los que el tomador sea peatón, o conductor u ocupante de un vehículo a motor, y actúe como denunciante / demandante en calidad de tercero perjudicado

12.- RECLAMACIÓN DEFENSA PENAL EN CASOS DE CONDUCCIÓN SIN PERMISO, HECHOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL, CONDUCCIÓN TEMERARIA Y CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Queda cubierta la defensa penal del tomador como imputado o denunciado en la tramitación en primera instancia de los siguientes delitos (arcculos 379.2, 380, 384 y 385 del Código penal, o equivalentes en la nueva regulación que en su caso los sus:tuya): o Conducción de vehículo a motor o ciclomotor en caso de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignado legalmente. o Conducción de vehículo a motor o ciclomotor en caso de privación cautelar o defini:va del permiso o licencia por decisión judicial. o Conducción de vehículo a motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca el permiso o licencia de conducción. o Originar grave riesgo para la circulación colocando en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o inflamables o mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio; o no restableciendo la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo. o Conducción de vehículo a motor o ciclomotor con temeridad manifiesta poniendo en concreto peligro la vida o la integridad de las personas. No queda incluida la defensa en caso de responsabilidad penal por conducción a velocidad superior a la legalmente establecida. o Conducción de vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de bebidas alcohólicas. A los efectos de la presente cobertura, se establece un límite en cuanto a los honorarios de abogado del 50 % calculado sobre los recomendados por el Colegio de Abogados que resulte de aplicación. No queda incluida la defensa en caso de conducción bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

13.- DEFENSA PENAL EN DELITOS DE ROBO, HURTO, APROPIACIÓN INDEBIDA, INJURIAS, CALUMNIAS, AMENAZAS, INSOLVENCIA PUNIBLE, DENUNCIA FALSA Y SIMULACIÓN DE DELITO Nuestra póliza Queda cubierta la defensa penal del tomador en primera instancia en los siguientes delitos: En calidad de denunciado, detenido o imputado, en delitos de robo, hurto, apropiación indebida, injurias, calumnias, amenazas, insolvencia punible, denuncia falsa o simulación de delito. No está incluida la defensa en caso de faltas penales seguidas por estos mismos hechos; en caso de que los descendientes del tomador lo sean por deslucimiento de bienes inmuebles (pintadas), daños a la propiedad o hurtos. En calidad de denunciante o perjudicado, en caso de ser víc:ma de delito o falta de estafa o transferencia no consen:da de ac:vos patrimoniales, en todo caso mediante manipulación informá:ca o ar:ficio semejante (art. 248.2 del Código penal), con o sin usurpación del estado civil. En calidad de denunciante o perjudicado, en caso de ser víc:ma de delito o falta de robo, hurto, lesiones, malos tratos en el ámbito domés:co o violencia de género. 14.- RECLAMACIONES POR REPARACIONES DE VEHÍCULOS AUTOMÓVILES EN TALLERES Queda cubierta la defensa del tomador, ante la jurisdicción civil y para la tramitación en primera instancia, en procedimientos de reclamación contra talleres de reparación de vehículos automóviles realizadas en el marco de lo previsto en el Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero.

15.- RECLAMACIONES EN RELACIÓN CON LA COMPRA Y USURPACIÓN DE VIVIENDA Queda cubierta la defensa del tomador, ante la jurisdicción civil y para tramitación en primera instancia, para procedimientos de reclamación contra el vendedor de la que vaya a ser vivienda habitual propiedad del tomador en los siguientes supuestos:! Reclamación de daños y perjuicios por retrasos en la entrega de la vivienda superiores a treinta días, contados desde la fecha prevista en el contrato. El mínimo li:gioso para esta cobertura queda fijado en 900,00.! Reclamación por diferencia de cabida de la vivienda, respecto de la oferta comercial o contrato suscrito. El mínimo li:gioso para esta cobertura queda fijado en 900,00.! Reclamación por incumplimiento del contrato en materia de calidades de la vivienda. El mínimo li:gioso para esta cobertura queda fijado en 3.000,00. Queda asimismo cubierta la defensa penal del tomador, para su tramitación durante la primera instancia, en procedimientos penales en los que sea víc:ma de un delito de usurpación de vivienda de los definidos en el arcculo 245 del Código penal.

16.- DEFENSA TRIBUTARIA Queda cubierta la defensa en primera instancia jurisdiccional del tomador en procedimientos iniciados por la Administración Tributaria por haber sido objeto de liquidación paralela; incluye la impugnación de la resolución tributaria en vía judicial y extrajudicial. El mínimo li:gioso para esta cobertura queda fijado en 300,00.