Subvenciones proyectos de cooperación al desarrollo 2016

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Transcripción:

Subvenciones proyectos de cooperación al desarrollo 2016 Concejalía de Cooperación del Ayuntamiento de Alcobendas Fundamentos de la Convocatoria: (De acuerdo con la Ordenanza reguladora de las bases para subvención publicada en BOCM el 28 agosto 2013 que elabora un Plan estratégico de guía para la concejalía y para canalizar las ayudas.) * Esfuerzo presupuestario * Transparencia * Efectividad

Artículo 1. Objeto y Tipos de Proyectos Artículo 2. Presupuesto y condiciones de Cofinanciación/Subvención Cofinancicación de proyectos, microproyectos o actividades enmarcadas en otros proyectos mas grandes. NO entran en esta convocatoria proyectos de sensibilización Partida «Transferencias de Cooperación Institucional» Importe total : 225.245 euros. Subvención máxima 65% del coste total del proyecto 35% : Entidad solicitante, contraparte local, población beneficiaria u otros financiadores públicos o privados. - Subvención mínima: 35.000 euros - Subvención máxima : 45.000 euros

Artículo 3. Régimen de concurrencia y procedimiento Sólo se subvencionarán las actividades en orden a su puntuación y atendiendo a las limitaciones y disponibilidades presupuestarias. Artículo 4. Plazo de presentación de solicitudes Plazo de presentación : 17 de agosto de 2016 Lugar de presentación: Registro de Alcobendas sita Plaza Mayor nº 1. o registros oficiales. Se habilita una cuenta de correo: cooperacion@aytoalcobendas.org para agilizar la comunicación de los solicitantes que presentes sus solicitudes a través de registros oficiales que no sean del Ayuntamiento de Alcobendas, con el fin de que puedan empezar a tramitarse desde el momento de su presentación. Esta cuenta estará abierta como medio de comunicación con los solicitantes, y para cualquier duda o consulta. ANEXO 1: El Formulario de solicitud deberá estar firmado por el representante legal en todas las hojas de la solicitud y en la hoja final junto al pie de firma. Puede descargar la convocatoria, anexos y demás formularios en el siguiente enlace. http://www--alcobendas-org.insuit.net/es/cargarfichatramite.do?identificador=623

Artículo 5. Inicio de actuaciones objeto de subvención Artículo 6. Plazo de financiación del proyecto Se podrá solicitar subvención para proyectos ya iniciados en el año 2016. En el caso de que el proyecto no se haya iniciado, el beneficiario dispondrá de un máximo de dos meses desde la firma del convenio para iniciar actividades. El plazo otorgado para la finalización del proyecto será de DOCE MESES a contabilizar desde la fecha del decreto de adjudicación definitiva de la subvención.

Artículo 7. Gastos subvencionables y no subvencionables. Según el Art. 19 de la Ordenanza BOCM 28 de agosto 2013 (http://w3.bocm.es/boletin/cm_orden_bocm/2013/08/28/bocm-20130828-33.pdf) sólo se cofinanciarán los gastos directos del proyecto. a).- b).- c).- d).- f).- g).- h).- Compra de terrenos o edificios. De manera excepcional y siempre que la propiedad recaiga en instancia pública o comunitaria. 3 presupuestos >30.000 euros Construcción o rehabilitación de edificaciones o infraestructuras. 3 presupuestos >30.000 euros. Compra y transporte de equipos y materiales. En el país destinatario. Personal local Capacitación y Formación de recursos humanos locales. 3 presupuestos > 12.000 euros. FUNCIONAMIENTO: materiales fungibles, suministros, luz, agua, Máximo 15% del total de la subvención solicitada. 3 presupuestos > 12.000 euros. Fondo rotatorio: préstamos apersonas beneficiarias. Señalar importe y destino. Gastos financieros, de asesoría jurídica, evaluación auditoria serán subvencionables solo si si están directamente relacionados con el proyecto. NO cofinanciación de costes indirectos. (Administración) NO cofinanciación personal en sede, desplazado o expatriado.

Artículo 8. Pago de la subvención. Reintegros y Régimen sancionador Pago de la subvención: Pago anticipado del 100% importe anual de la subvención concedida. Firma del convenio máximo 30 días desde la adjudicación definitiva. Art. 20 Ordenanza. Justificación: según art.16 de esta convocatoria. Reintegro y sanciones administrativas según Ordenanza 2013 y Ley 38/2003 General de Subvenciones y RD 887/2006 del Reglamento. Motivos de Reintegro 1.- Incumplimiento de resultados y actividades. 2.- Incumplimiento de obligación de justificación. 3.- Obtención de subvención sin reunir requisitos. 4.- Incumplimiento de los objetivos. 5.- No realización de los gastos o modificación sustancial sin autorización. 6.- Incumplimiento de las condiciones impuestas. 7.- Obstaculización o no facilitación de la Evaluación. El reintegro puede ser total ( 100%), parcial (20%) o según ponderación de los resultados. No se anticiparán cantidades a actividades de años sucesivos sin haber justificado. No podrá presentarse a las convocatorias anuales para proyectos de cooperación al desarrollo del Ayto. Alcobendas

Artículo 9. Ámbitos de actuación. BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA 1.- OBJETIVOS GEOGRÁFICOS SUBVENCIONABLES. Serán subvencionables con carácter prioritario los países que tradicionalmente se han apoyado desde el Ayuntamiento: América latina y Caribe : Bolivia, Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, Nicaragua, Paraguay, Perú y República Dominicana África : Países con IDH igual o menor de 0.600.: Níger, Etiopía, Mali, Burkina Faso, Burundi, Somalia, R. Centro africana, Liberia, Guinea, Sierra leona Asia : Filipinas ; India y Camboya 2.- OBJETIVOS SECTORIALES SUBVENCIONABLES. El compromiso adquirido del Ayuntamiento de Alcobendas con los ODM y ahora con los ODS Objetivos de Desarrollo Sostenible, Agenda 2030 de la ONU aprobada el pasado 25 de septiembre de 2015, serán subvencionados con carácter prioritario las siguientes metas : Objetivo 1: Fin a la pobreza. Objetivo 2: Fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible. Objetivo 3: Vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades. Objetivo 4: Educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos. Objetivo 5: Igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas. Objetivo 6: Disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos. Objetivo 7: Energía asequible, segura, sostenible y moderna para todos. Objetivo 8: Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos. Objetivo 9: Construir estructuras flexibles. Acero, limpias medio ambiente,duraderas El resto de los proyectos propuestos cuyos objetivos sectoriales no coincidan con los prioritarios, se considerarán según puntuación indicada en los criterios de valoración de la presente convocatoria, debiendo alcanzar para su valoración en la Fase 2, la puntuación mínima indicada en la Fase 1 de la Valoración.

Artículo 10. Documentación requerida. Todos los documentos deben presentarse según los ANEXOS establecidos en la convocatoria deben ir en formato electrónico(cd o pen drive) y del nº 5 al 14 deben ser fotocopias físicas compulsadas y cotejadas. 1.- ANEXO 1 : Solicitud oficial de subvención cumplimentada. 2.- ANEXO 2: Formulario del proyecto cumplimentado. ODS Agenda 2030. EML tradicional y completo. 3.- ANEXO 3: Formulario sobre la entidad solicitante. 4.- ANEXO 4: Formulario sobre la entidad ejecutora ( encaso de ser diferente a la entidad solicitante). 5.- Estatutos de la Entidad y de entidad ejecutora si es diferente 6.- Tarjeta de Identificación Fiscal y de entidad ejecutora si es diferente. 7.- Inscripción en el Registro. 8.- Acreditación del representante legal. 9.- Documento acreditativo de la capacidad de representación de la persona firmante bien notarial o bastanteado. 10.-Declaración responsable del representante legal de la entidad de no estar incurso en los supuestos del art. 13 ley 38/2003 General de Subvenciones. Estar al corriente con la Seguridad social y obligaciones tributarias 11.- Memoria de actividades del último ejercicio fiscal de la entidad y ejecutora en caso de ser diferentes. 12.- Balance de cuenta de resultados del último ejercicio fiscal entidad y ejecutora. 13.- Auditoría financiera independiente del último ejercicio fiscal con 18 meses de antigüedad. 14.- Certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias. 15.- Compromiso de llevar a cabo la actividad de difusión y sensibilización del proyecto. Publicidad. La Entidad solicitante, asumirá la total responsabilidad de la ejecución de la actividad subvencionada y responderá por las a ciones de la entidad ejecutora..

Artículo 11. Requisitos a cumplir. Sin ánimo de lucro.. Presupuesto total no superior al 30% de ingresos de la entidad solicitante.. Valoración FASE 1 : Geográfica y sectorial; Mínima de 6 puntos.. Participación de la población beneficiaria.. Socio Local en la zona legalmente constituido.. Cumplimentación de los formularios. En esta convocatoria, como en años anteriores, solo podrán ser beneficiarios los agentes de cooperación que estén inscritos en el registro de asociaciones locales del Ayuntamiento de Alcobendas. Constituidas desde al menos 5 años. Contraparte de 3 años, cumplan ordenanzas municipales y estén al corriente de todos los requisitos y no estén pendientes de justificaciones anteriores. * Se están acelerando los procesos de aceptación para que el día 17 de agosto todas las asociaciones que lo deseen puedan presentarse. Correo electrónico para requerimiento de documentación, notificaciones y aclaraciones: cooperacion@aytoalcobendas.org

Artículo 12. Criterios de Valoración. FASE 1 PROYECTO PROPUESTO DENTRO DE LOS OBJETIVOS GEOGRÁFICOS PRIORITARIOS. OBTENIDA (La puntuación será de 0 puntos para los presentados fuera del ámbito geográfico prioritario) 3 PROYECTO PROPUESTO DENTRO DE OBJETIVOS SECTORIALES PRIORITARIOS. (La puntuación será de 0 puntos para los presentados fuera del ámbito SECTORIAL prioritario) 3 PERTINENCIA, NECESIDAD Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO. 3 VIABILIDAD Y SOSTENIBILIDAD EX POST DEL PROYECTO. 1 La PUNTUACIÓN MÍNIMA IMPRESCINDIBLE para acceder a la Fase 2 de la valoración será de 6 puntos.

Artículo 12. Criterios de Valoración. FASE 2. Esta segunda fase de la valoración tiene tres componentes y varios criterios por componente: a) Valoración del proyecto: Se valorará la continuidad de un proyecto subvencionado con anterioridad. b) Valoración de la entidad solicitante: se valorará positivamente la transparencia y rendición de cuentas c) Valoración de la entidad ejecutora. Lo mismo que Entidad solicitante. TOTAL: 100 puntos Deberían presentarse, para verificar los criterios y poder valorar el proyecto de desarrollo, además de la documentación requerida, los anexos para la valoración, ( Anexo A, B, C, D, E, pag 16), aunque no son requeridos, sí son necesarios para valorar el proyecto. Si no fuera posible valorar algún criterio por falta de algún anexo, la valoración de ese criterio sería nula, no sumando al total de la calificación. La comisión de valoración y la Concejalía de Cooperación del Ayuntamiento de Alcobendas no tienen obligación ni realizarán aviso de ningún tipo a las organizaciones solicitantes, en caso de no haber sido presentada parte de la documentación solicitada. Notas: en caso de que la entidad solicitante de la solicitud sea la misma que la entidad ejecutora del proyecto, se valorará por una parte como entidad solicitante y por otra como entidad ejecutora, por lo que deberán en todo caso cumplimentar los anexos 3 y 4 de la presente convocatoria.

Artículo 13. Obligaciones de los beneficiarios. BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA a).- Realizar las actividades. b).- Comunicar otras subvenciones c).- Abrir una cuenta específica. d).- Contabilidad separada para las distintas fuentes de financiación. e).- Comunicar fecha de inicio. f).- Solicitar utilización recibos de caja. g).- Aplicar los ingresos financieros generados(intereses, etc..) a las actividades. H).- Dar publicidad del Ayuntamiento de Alcobendas, placas en construcciones, logos, i).- Informar cooperacion@aytoalcobendas.org a los beneficiarios para que puedan contactar. j).- Someterse a control financiero de auditoria del Ayto. Alcobendas. k).- presentar toda la documentación técnica y económica. l).- Asistir a las Comisiones Sectoriales de cooperación y Ayuda humanitaria. m).- Facilitar verificación de los servicios técnicos municipales. n).- Sensibilizar a la ciudadanía de Alcobendas. Actividad y 50 fotografías.

Artículo 14. Modificaciones de la acción subvencionada Modificaciones sustanciales. BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA La entidad adjudicataria deberá solicitar autorización de modificación sustancial a la Concejalía de Cooperación del Ayuntamiento de Alcobendas. Dicha solicitud deberá: a) Estar suficientemente motivada. b) Formularse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que las justifiquen, y con anterioridad a la introducción de los cambios necesarios.. Modificaciones no sustanciales Con carácter general, tendrán esta consideración todas aquellas no referidas a ninguno de los aspectos contemplados en el punto 1 o que por su magnitud y/o relevancia no sean calificables por la Concejalía de Cooperación como sustanciales. Estas modificaciones deberán ser comunicadas a la Concejalía de Cooperación en el momento en que se produzcan y deberán incluirse, asimismo, en los informes correspondientes. Correo electrónico para requerimiento de documentación, notificaciones y aclaraciones: cooperacion@aytoalcobendas.org

Artículo 15. Procedimiento de resolución El órgano encargado de la instrucción del procedimiento será la titular de la Concejalía de Cooperación al desarrollo y la ordenación del procedimiento corresponderá a un órgano colegiado de valoración. La Comisión de Valoración, estará conformada por el Alcalde, o en su caso, la Concejal Delegada de Cooperación, así como personal de la Concejalía de Cooperación. La resolución del procedimiento corresponderá al Alcalde o Concejal en quien delegue. Fases del procedimiento 1ª fase: comprobación de la presentación de la documentación requerida por cada solicitud. 2ª fase: comprobación de que cada solicitud cumple todos y cada uno de los requisitos. 3ª fase: notificación (mediante correo electrónico) 4ª fase: habiendo transcurrido los diez días naturales del plazo de subsanación, valoración técnica de aquellas solicitudes que hayan presentado toda la documentación requerida y cumplan todos los requisitos. 5ª fase: Valoración de las solicitudes que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria. 6ª fase: Selección de las que tengan una mejor puntuación (régimen de concurrencia competitiva) y propuesta de adjudicación provisional. 7ª fase: notificación a los interesados y apertura de un nuevo plazo de diez días naturales para la formulación de alegaciones. 8ª fase: revisión de las alegaciones, si las hubiere. 9ª fase: resolución del procedimiento concediendo o denegando la subvención solicitada.

Artículo 16. Evaluación y justificación del proyecto. Informes intermedios y finales. INFORME INTERMEDIO: Se presentará transcurridos CINCO MESES naturales desde la fecha de adjudicación definitiva o alcanzada la mitad de la ejecución del proyecto siguiendo el modelo facilitado por la Concejalía de Cooperación. INFORME FINAL: Se presentará en el plazo máximo de DOS MESES desde la fecha fin de ejecución del proyecto que incluirá: a) Memoria / justificación técnica (ANEXO 6) b) Memoria / justificación económica (ANEXO 7) - (cuenta justificativa simplificada)

Artículo 17. Otras disposiciones. La presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, es susceptible de recurso de reposición ante el órgano que dicte el acto en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma. Página web del Ayuntamiento www.alcobendas.org Documentación a aportar: La documentación a presentar y los requisitos que deben cumplir las entidades viene recogido en el texto de la convocatoria anual de subvenciones 2016, y la Ordenanza que regula dicha convocatoria. Forma de tramitación: Trámite Presencial: En las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana Plazo de Presentación: Hasta el 17 de agosto de 2016 Normativa. Ordenanza reguladora de las bases para la subvención de proyectos de cooperación al desarrollo Unidad tramitadora: Cooperación Correo electrónico para requerimiento de documentación, notificaciones y aclaraciones: cooperacion@aytoalcobendas.org