MANUAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTROL INTERNO TANNER ASSET MANAGEMENT ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A.

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MANUAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTROL INTERNO TANNER ASSET MANAGEMENT ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A.

Nombre Dominio ISO Vigencia Alcance Elaborado / Modificado por Revisado por Aprobado por MANUAL DE GESTIÓN DE RIESGO Y CONTROL INTERNO No aplica Clasificación Información TAM-MAN- Versión 1.0 Confidencial X Restringida Pública Desde Enero 2017 Fecha de Creación Diciembre 2016 Páginas Hasta Enero 2018 Fecha Modificación - 2 de 18 Todos los colaboradores y proveedores de Tanner Asset Management Administradora General de Fondos Fiscalía Gerencia de Riesgos Directorio TAM AGF Uso Restringido Versión 1.0 Página 2 de 18

TABLA DE CONTENIDOS 1. TANNER ASSET MANAGEMENT ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. 2. OBJETO Y EXTENSIÓN... ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. 3. RIESGOS, CICLOS Y ESTRATEGIAS DE MITIGACIÓN... ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. 3.1. Identificación de Riesgos... 6 3.2. Ciclos de la Administración de Fondos... 7 3.3. Riesgos Asociados a cada Ciclo y Estrategias de Mitigación... 9 4. POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTROL INTERNO... ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. 4.1. Política de Inversión... 11 4.2. Política de Diversificación... 11 4.3. Política de Liquidez... 11 4.4. Política de Valorización... 12 4.5. Política de Rescate... 12 4.6. Política de Conflictos de Interés... 12 4.7. Política de Confidencialidad de la Información.... 12 4.8. Política de Cumplimiento... 13 4.9. Política de Riesgo Financiero... 13 4.10. Política de Información para el Inversionista... 13 4.11. Política de Publicidad y Propaganda... 13 4.12. Política sobre Suitability... 14 4.13. Política de Información de los emisores... 14 5. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA ADMINISTRADORA... ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. Uso Restringido Versión 1.0 Página 3 de 18

5.1. Gerente General... 15 5.2. Oficial de Cumplimiento... 15 5.3. Encargado de Control Interno... 16 5.4. Subgerente de Operaciones.... 16 6. MONITOREO... ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. 7. MODIFICACIÓN Y REVISIÓN PERIÓDICA... ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. Uso Restringido Versión 1.0 Página 4 de 18

1. ANTECEDENTES DE TANNER ASSET MANAGEMENT ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Tanner Asset Management Administradora General de Fondos S.A. (en adelante, la Administradora ) se constituyó por escritura pública de fecha 5 de septiembre de 2016, otorgada en la 42ª Notaría de Santiago de doña Carmen Soza Muñoz y obtuvo su autorización de existencia por Resolución Exenta N 5446, de fecha 21 de diciembre de 2016, de la Superintendencia de Valores y Seguros. El extracto a que se refiere el artículo 126 de la Ley N 18.046 de Sociedades Anónimas, expedido por la Superintendencia de Valores y Seguros, se inscribió a fojas 99.493, número 55.149, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2016, y se publicó en la edición número 41.655 del Diario Oficial de fecha 11 de enero de 2017. La Administradora, a la fecha, no ha sido objeto de modificaciones. La Administradora es una sociedad anónima especial, regulada por el Capítulo II de la Ley N 20.712 sobre Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, constituida de conformidad con los artículos 126 y siguientes de la Ley N 18.046 de Sociedades Anónimas, para la administración de fondos mutuos, fondos de inversión y fondos de inversión de capital extranjero regidos por la señalada Ley N 20.712, fondos para la vivienda regidos por la Ley N 19.281 que Establece Normas sobre Arrendamiento de Viviendas con Promesa de Compraventa, y cualquier otro tipo de fondo cuya fiscalización sea encomendada a la Superintendencia de Valores y Seguros. Lo anterior sin perjuicio de que la Administradora pueda realizar actividades complementarias que le autorice la señalada Superintendencia. Los partícipes entregan recursos a la Administradora a través de la inversión en los distintos fondos que ésta administra (en adelante, los Fondos ). El objeto principal es maximizar la rentabilidad de las carteras de inversiones de los Fondos, procurando, siempre y en todo momento, minimizar los riesgos asociados a las inversiones y a los intereses de cada uno de los Fondos y de los partícipes que los componen. 2. OBJETO Y EXTENSIÓN El objeto de este Manual de Gestión de Riesgos y Control Interno (en adelante, el Manual ) es identificar y cuantificar los riesgos relevantes que conlleva la administración de fondos de inversión, ello con el objeto de establecer políticas de gestión de riesgos y procedimientos de control interno de las actividades de la Administradora. Para el caso de riesgos críticos en el desarrollo de las actividades, se establecerán, en cada caso, estrategias para su mitigación y planes de contingencia. Las disposiciones del presente Manual serán aplicables, sin excepción, a la Administradora en la gestión de administración de los recursos de todos los fondos, sus colaboradores, directores y partícipes. Uso Restringido Versión 1.0 Página 5 de 18

3. RIESGOS, CICLOS Y ESTRATEGIAS DE MITIGACIÓN A continuación, (3.1) se describen los riesgos que con mayor frecuencia se presentan en la administración de los fondos de la Administradora; (3.2) se definen los ciclos del negocio; y, (3.3) se determina, tomando en consideración las características los Fondos administrados, qué riesgo afecta a cada ciclo y con qué intensidad. 3.1 Identificación de Riesgos a. Riesgo Operacional Exposición a potenciales pérdidas debido a la falta de procedimientos adecuados para la ejecución de las actividades del negocio de una administradora, incluidas las actividades de apoyo correspondientes. Este riesgo se divide en las siguientes subcategorías: i. Riesgo Operacional Externo (front-office): Exposición a pérdidas potenciales debido a las diversas actividades efectuadas por personas que participan en el negocio de la administradora, por ejemplo, operadores de mesa, administradores de cartera, corredores que asesoran a clientes sobre sus inversiones o se relacionan con éstos, supervisores y ejecutivos de venta. ii. iii. Riesgo Operacional Interno (back-office): Exposición a pérdidas potenciales que podrían ocurrir debido a errores de procesamiento de las transacciones o en la imputación de la información al sistema contable de la administradora para el registro y seguimiento de las actividades del negocio. Riesgo de Custodia: Exposición a pérdidas potenciales debido a negligencia, malversación de fondos, robo, pérdida o errores en el registro de transacciones efectuadas con valores de terceros mantenidos en una cuenta de la administradora. b. Riesgo Jurídico Exposición a pérdidas potenciales debido a la falta de integridad o a la inexactitud de la documentación sobre transacciones específicas o a la falta de firma (o no obtención de firmas de los clientes o de sus respectivos agentes o intermediarios autorizados) en las órdenes o contratos correspondientes, lo cual podría afectar la legalidad o validez comercial de las transacciones. Esta área de riesgo incluye las potenciales pérdidas debido al hallazgo de un incumplimiento normativo vigente o de las exigencias reguladoras, así como debido al resultado adverso de un procedimiento legal o arbitraje que involucre a un partícipe o aportante perjudicado. c. Riesgo Tecnológico Exposición a pérdidas potenciales debido a errores en los datos proporcionados por los sistemas de procesamiento de información, los sistemas computacionales o las aplicaciones del área comercial o a fallas operacionales de estos mismos. Los sistemas antedichos incluyen software, hardware, Uso Restringido Versión 1.0 Página 6 de 18

especificaciones técnicas, administración de bases de datos, redes de área local y sistemas comunicacionales. Esta área de riesgos incluye potenciales pérdidas causadas por la falta de capacidad de los sistemas aludidos anteriormente para el manejo de alzas en la actividad, fallos de seguridad e insuficiencia de personal o de documentación digital para poder resolver problemas. d. Riesgo de Liquidez Exposición de la administradora o de un fondo manejado por una administradora a una potencial pérdida como resultado de la necesidad de extraer fondos de manera inmediata. Este riesgo se divide en las siguientes subcategorías. i. Riesgo de liquidez de financiamiento: Exposición a una pérdida potencial como resultado de la incapacidad de obtener recursos, conseguir o refundir préstamos a una tasa conveniente o cumplir con las exigencias de los flujos de caja proyectados. ii. Riesgo de liquidez de mercado: Exposición a una pérdida potencial debido a la incapacidad de liquidar un valor en cartera sin afectar de manera adversa el precio del activo, dada la escasa profundidad del mercado de ese activo. e. Riesgo Crediticio Potencial exposición a pérdidas económicas debido al incumplimiento por parte de un tercero de los términos y las condiciones que estipula un contrato o un convenio. Este riesgo se divide en las siguientes subcategorías: i. Riesgo crediticio del emisor: Exposición a potenciales quiebras o deterioro de solvencia en los instrumentos de un emisor, que estén dentro de un fondo. ii. Riesgo crediticio de la contraparte: Exposición a potenciales pérdidas como resultado de un incumplimiento de contrato o del incumplimiento de una contraparte a su parte de una transacción en el proceso de compensación y liquidación. f. Riesgo de Mercado Potencial pérdida causada por cambios en los precios del mercado, que podría generar efectos adversos en la situación financiera de los fondos que maneja la administradora. Abarca el riesgo de tasas de interés, el riesgo cambiario y los riesgos de precios en relación con los activos financieros de un fondo. 3.2 Ciclos de la Administración de Fondos Es posible identificar tres ciclos en la administración de fondos, según lo establecido por la Circular N 1869 de la Superintendencia de Valores y Seguros (en adelante, SVS ), del 15 de febrero de 2008. Estos son: (a) ciclo de inversión; (b) ciclo de aportes/rescates, y (c) ciclo de contabilidad/tesorería; a saber: Uso Restringido Versión 1.0 Página 7 de 18

a. Ciclo de Inversión (CI) El ciclo de inversión comienza cuando el administrador del fondo toma conocimiento sobre la existencia de recursos disponibles para su inversión o de la necesidad de desinversión y finaliza cuando las operaciones realizadas se ingresan al sistema de registro de inversiones y al sistema contable del fondo. El ciclo de inversión abarca todos los aspectos de la gestión, entre éstos, la definición de estrategias de inversión para un fondo específico, las decisiones de inversión o desinversión que adopte el gerente pertinente, la aplicación de estas decisiones, el seguimiento, registro y monitoreo de las transacciones por parte de la Administradora y el registro de la propiedad de los activos (depósito y custodia). También contempla el control de las actividades cuyo objeto es verificar que se cumplan las disposiciones legales, la normativa vigente y el reglamento interno del fondo, así como los procedimientos definidos de gestión de riesgos y control interno, y aquellos tendientes al adecuado manejo y resolución de los conflictos de interés relacionados con este ciclo. b. Ciclo de Aportes y Rescates (CAR) El ciclo de aportes y rescates comienza con el inicio de la oferta de cuotas de fondos y finaliza cuando se cierran y concilian todos los aspectos contenidos tanto en la solicitud de aporte como en la de rescate. Este ciclo abarca todas las materias que se relacionan con la venta de cuotas de los fondos que efectúa la Administradora, directa o indirectamente, esto es, la recepción por parte de la Administradora de las solicitudes de aportes, así como la recepción de las transferencias (cesión) o solicitudes de rescates; el debido procesamiento de esas solicitudes, incluida la conversión de los aportes o suscripciones y rescates en cuotas; el traspaso de fondos (dineros) y cuotas; la conciliación de estas operaciones con la cuenta del partícipe o aportante; el cómputo del número de cuotas en circulación en cada fondo y la información proporcionada a los partícipes y aportantes. También contempla verificar que se cumplan las disposiciones legales, la normativa vigente y el reglamento interno del fondo, así como los procedimientos definidos de gestión de riesgos y control interno, y aquellos tendientes al adecuado manejo y resolución de los conflictos de interés relacionados con este ciclo. c. Ciclo de Contabilidad y Tesorería (CCT) El ciclo de contabilidad y tesorería abarca los aspectos contables de los fondos que maneja la Administradora, incluye la valorización de la cartera de cada fondo; el cálculo de los valores cuota; el cálculo y presentación del desempeño financiero (rendimiento/rentabilidad) y la preparación de información dirigida a los partícipes o aportantes y a la SVS. También contempla verificar que se cumplan las disposiciones legales, la normativa vigente y el reglamento interno del fondo, así como los procedimientos definidos de gestión de riesgos y control interno, y aquellos tendientes al adecuado manejo y resolución de los conflictos de interés relacionados con este ciclo. Uso Restringido Versión 1.0 Página 8 de 18

Para cada uno de los ciclos señalados corresponde la verificación del cumplimiento de las disposiciones legales, de la normativa vigente y del reglamento interno del fondo, así como de los procedimientos de gestión de riesgos y control interno, y aquellos tendientes al adecuado manejo y resolución de los conflictos de interés relacionados con cada ciclo. 3.3 Riesgos Asociados a cada Ciclo y Estrategias de Mitigación Riesgos que afectan a cada uno de los ciclos de inversión y opciones de mitigación. CICLO DE INVERSIÓN CICLO DE APORTES Y RESCATES CICLO DE CONTABILIDAD Y TESORERÍA Riesgo operacional Riesgo operacional Riesgo operacional Riesgo crediticio Riesgo jurídico Riesgo jurídico Riesgo jurídico Riesgo tecnológico Riesgo tecnológico Riesgo tecnológico Riesgo de liquidez Riesgo de liquidez Riesgo de mercado a. Riesgos Ciclo de Inversión i. Riesgo Operacional. Este riesgo está asociado a las debilidades inherentes a la administración operacional del fondo de inversión, por ejemplo, una deficiente aplicación de los controles que están definidos especialmente para los procesos críticos, adicionalmente a la consistencia de la información que es reportada a inversionistas y reguladores; en definitiva, todo el circuito desde el front office hasta la información generada a terceros. La mitigación de este riesgo pasa por una permanente revisión de la estabilidad del proceso, definiendo y monitoreando para ello las planillas de riesgo existentes en donde, para cada caso en particular, se detallan las acciones mitigadoras para los eventos calificados como críticos dentro del proceso global de operaciones de la Administradora. ii. iii. Riesgo Crediticio. Este riesgo se refiere al riesgo crediticio asociado a los fondos y a los instrumentos en los cuales invierte el fondo de inversión. Dichos riesgos son presentados detalladamente a los aportantes al momento de hacer la inversión y corresponde al riesgo inherente del fondo, por lo que la Administradora no tiene facultades para mitigarlos, ya que está mandatada a invertir los recursos en el fondo respectivo. Riesgo Jurídico. Para los efectos de este Manual, se entiende por riesgo jurídico el que pueda presentarse en los contratos que regulan la relación entre el fondo y los aportantes. La mitigación en este caso contempla, entre otras, una detallada revisión legal de los contratos representativos de la transacción, con abogados contratados que apoyen esta validación. Uso Restringido Versión 1.0 Página 9 de 18

iv. Riesgo de Liquidez. Este riesgo, que dice relación con la dificultad de contar con los recursos para materializar oportunamente las inversiones del fondo, está mitigado por una oportuna y proyectada necesidad de flujo de caja que la Administradora realiza. v. Riesgo de Mercado Inversiones. Este riesgo dice relación con la fluctuación de valor de las inversiones del fondo por cambios en las condiciones de mercado. Dichos riesgos son presentados detalladamente a los aportantes al momento de hacer la inversión y corresponde al riesgo inherente del fondo, por lo que la Administradora no tiene facultades para mitigarlos, ya que está mandatada a invertir los recursos en el fondo respectivo. b. Riesgos Ciclo de Aportes y Rescates i. Riesgo Operacional. Este riesgo se relaciona con la capacidad de ingresar, procesar y almacenar la información de los aportes, aportantes, pagos de dividendos y devolución de aportes y entrega de la información reglamentaria a aportantes y a la SVS. Se mitiga con el cumplimiento riguroso de los procedimientos operacionales definidos, recurriéndose adicionalmente a personal capacitado para su correcta ejecución. ii. iii. iv. Riesgo Jurídico. Los riesgos jurídicos se relacionan con los contratos que respaldan los aportes y con la documentación de las transacciones de cuotas. En ambos casos, el riesgo está centrado en que las partes estén habilitadas para efectuar las transacciones o suscribir los contratos. Riesgo Tecnológico. La tecnología se usa para el registro, proceso y almacenamiento de la información relativa a este ciclo. La mitigación del riesgo asociado se cubre con la ejecución de respaldos periódicos de las bases de datos registradas. Riesgo de Liquidez. Este riesgo dice relación con la dificultad de contar con los recursos para materializar los aportes al fondo de inversión y o necesidad de pago de rescates por parte de los aportantes. Este riesgo está mitigado por una oportuna y proyectada necesidad de flujo de caja que la Administradora realiza permanentemente. c. Riesgos Ciclo de Contabilidad y Tesorería i. Riesgo Operacional. Este riesgo se relaciona con la capacidad de ingresar, procesar y almacenar la información contable y de tesorería que conlleva la administración de fondos. Asimismo, incluye la preparación de los reportes financieros y la preparación de la información que debe entregarse tanto a los aportantes como a la SVS, la verificación del cumplimiento de las disposiciones legales, normativas y del reglamento interno del fondo, y de los procedimientos de gestión de riesgos y de control interno. El control de este riesgo se basa en una correcta capacitación del personal y una supervisión activa del mismo. Uso Restringido Versión 1.0 Página 10 de 18

ii. Riesgo Tecnológico. Al igual que en los casos anteriores, la tecnología se usa para el registro, proceso y almacenamiento de la información relativa a este ciclo. El riesgo asociado se mitiga con la ejecución de respaldos periódicos de las bases de datos. iii. Riesgo jurídico. Exposición a pérdidas potenciales debido a la falta de integridad o a la inexactitud de la documentación sobre transacciones específicas o a la falta de firma (o no obtención de firmas de los clientes o de sus respectivos agentes o intermediarios autorizados) en las órdenes o contratos correspondientes, lo cual podría afectar la legalidad o validez comercial de las transacciones. Esta área de riesgo incluye las potenciales pérdidas debido al hallazgo de un incumplimiento normativo vigente o de las exigencias reguladoras, así como debido al resultado adverso de un procedimiento legal o arbitraje que involucre a un partícipe o aportante perjudicado. 4. POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTROL INTERNO Se aborda a continuación el alcance que tendrán las políticas de gestión de riesgos y procedimientos de control interno de los aspectos críticos que se presentan en la administración de fondos de inversión. El detalle de las mismas está documentado en los procedimientos internos de la Administradora. a. Política de Inversión La Administradora procurará orientar su política de dirección y administración de sus fondos de inversión de manera de dar cumplimiento a la normativa vigente para obtener la debida aprobación de las cuotas. Los Fondos no podrán invertir en instrumentos emitidos o garantizados por personas relacionadas a la Administradora. Sin perjuicio de lo anterior, si un determinado emisor en el cual un fondo mantiene inversiones, por razones ajenas a la Administradora, pasa a ser persona relacionada a la misma, dicha sociedad deberá informar al Comité de Vigilancia y a la SVS. b. Política de Diversificación La diversificación de las inversiones del fondo se efectuará de acuerdo con las disposiciones y límites que al efecto indique el respectivo reglamento interno. Se preparará un cuadro de control de límites en cada cierre mensual. En caso de detectarse excesos, se informará a la SVS, al Comité de Vigilancia del fondo y a los Aportantes, si procede, de acuerdo con las disposiciones legales y normativa aplicable a estas situaciones. c. Política de Liquidez En cuanto a las razones de liquidez, el fondo buscará mantener una razón de 1 a 1,2 entre sus activos líquidos y sus pasivos líquidos, entendiéndose por estos últimos a las cuentas por pagar, Uso Restringido Versión 1.0 Página 11 de 18

provisiones constituidas por el fondo, comisiones por pagar a la Administradora y otros pasivos líquidos, tales como dividendos acordados distribuir por el fondo que aún no hayan sido pagados. d. Política de Valorización El valor cuota del fondo se calculará con una frecuencia diaria, sobre la base de las disposiciones que contenga el respectivo reglamento interno. En general, el cálculo del valor de la cuota se determina de la siguiente forma: Se procederá a sumar el efectivo del fondo en caja y bancos, las inversiones que mantenga el fondo, los dividendos por cobrar e intereses vencidos y no cobrados, y las demás cuentas del activo que autorice la SVS, las que se valorarán en las condiciones que ésta determine. A la cifra obtenida del cálculo anterior se le restan las obligaciones que puedan cargarse al fondo, los dividendos por pagar y las demás cuentas de pasivo del fondo que señale su reglamento interno. El resultado obtenido será el patrimonio del fondo, que se dividirá por el número de cuotas pagadas a la fecha del cálculo. e. Política de Rescate Al respecto, es necesario fijar una política que regule el control de riesgo de liquidez y el oportuno pago producto de rescates. El detalle del procedimiento está establecido en el reglamento interno del fondo de inversión correspondiente. f. Política de Conflictos de Interés El tratamiento de los conflictos de interés entre los Fondos y la sociedad Administradora, y los que se produzcan entre fondos, está referenciado en el Manual de Tratamiento y Solución de Conflictos de Interés, sin perjuicio de lo que establezca el Reglamento General de Fondos de la Administradora. g. Política de Confidencialidad de la Información. El tratamiento de la información relacionada con los fondos que administre la Administradora está contenido en el Manual de Manejo de Información de Interés para el Mercado. Dicho documento establece las políticas y procedimientos relativos al manejo y divulgación de información para el mercado, las normas que regulan los procedimientos y políticas de divulgación de las transacciones realizadas por directores y ejecutivos principales de la Administradora respecto de cuotas de los fondos, los períodos de bloqueo, la divulgación de información de interés, los hechos reservados y el tratamiento de la información confidencial. Asimismo, los contratos de trabajo de los empleados de la Administradora incluyen cláusulas relativas a las obligaciones de confidencialidad y al cumplimiento de las estipulaciones del artículo N 22 de la Ley N 20.712 sobre Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales. Uso Restringido Versión 1.0 Página 12 de 18

h. Política de Cumplimiento Para el cumplimiento de las leyes, de la normativa de la SVS y de otras entidades, y de las disposiciones del reglamento interno del fondo, se utiliza un calendario de control, en base mensual, que indica la información que debe ser revelada y sus destinatarios. Este calendario se actualiza permanentemente para reflejar las modificaciones o nuevas disposiciones que el regulador o la ley imponen a la Administradora. Las operaciones prohibidas son aquellas establecidas en el artículo N 22 de la Ley Nº 20.712 sobre Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, y, eventualmente, aquellas que estén contenidas en el Reglamento General de Fondos de la Administradora. Estas prohibiciones son conocidas por el Directorio de la Administradora, su Gerente General y aquellas personas que por su relación les sean aplicables. El riesgo de fraude se concentra principalmente en el manejo de los recursos líquidos del fondo. Estos se invierten en valores negociables de alta liquidez (depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos de deuda de corto plazo, pactos de compra con compromiso de retroventa, y otros contemplados en el respectivo reglamento interno). De acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias, los valores de propiedad del fondo se mantienen en custodia en un banco o en el depósito central de valores. Los ingresos y egresos de custodia se efectúan mediante carta firmada por el Gerente General o un director. i. Política de Riesgo Financiero En los procedimientos internos de la Administradora se definen los mecanismos adicionales para el control de los riesgos de mercado y crediticio, más allá de los señalados en la política de diversificación de inversiones. j. Política de Información para el Inversionista La Administradora proporcionará a la SVS, las bolsas de valores y, cuando procediere, a la Comisión Clasificadora de Riesgos y al Comité de Vigilancia del fondo, toda la información que de acuerdo a la normativa aplicable se establece como obligatoria. El carácter público de esta información permite que ella sea conocida por los aportantes. Asimismo, se mantendrán a disposición de los aportantes de los fondos de inversión toda la información financiera que corresponda de conformidad a la normativa vigente. k. Política de Publicidad y Propaganda Los Fondos administrados por la Administradora están orientados fundamentalmente a inversionistas calificados e institucionales. Debido a lo anterior, no se requiere hacer publicidad o Uso Restringido Versión 1.0 Página 13 de 18

propaganda, es decir, no se requiere captar clientes del público general. En este contexto, no se hace necesario definir políticas o procedimientos de control de este aspecto. l. Política sobre Suitability Cada emisión de cuotas de un fondo requiere de la inscripción por cada uno de éstos en los registros respectivos de la SVS, de un prospecto que detalla sus características. Esto permite conocer, entre otros aspectos, el horizonte de inversión, su liquidez, las características de los activos en que se invertirán los recursos, las políticas de dividendos, endeudamiento y diversificación. Esta información, conjuntamente con las características de los inversionistas a quienes está orientada la Administradora calificados e institucionales -, se estima suficiente para que aquellos se formen un juicio acertado respecto de los riesgos involucrados en una inversión. m. Política de Información de los emisores Las entidades en los cuales se invierten los recursos de los Fondos bajo administración de la Administradora son entidades que presentan diferentes plazos y formalidades en relación a la entrega de información a sus inversionistas, la que dependerá, entre otras variables, de la jurisdicción en la cual se encuentre constituida. Sin perjuicio de ello, la Administradora exigirá a los emisores el envío de la información financiera de manera anual y, a su vez, hará sus mejores esfuerzos para contar con la información financiera de dichos emisores con la mayor frecuencia posible. Todo lo anterior es sin perjuicio de la información que deba presentar la Administradora periódicamente a la SVS, de acuerdo a la normativa vigente. 5. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA ADMINISTRADORA A continuación, se detallan los cargos y funciones que son relevantes en el ámbito de este Manual, es decir, aquellos que son responsables de la aplicación de las políticas y procedimientos que aquí se establecen, y aquellos que ejecutan la supervisión de los encargados de la ejecución. Directorio Gerente General Oficial de Cumplimiento Control de Riesgos Subgerente de Operaciones Uso Restringido Versión 1.0 Página 14 de 18

a. Gerente General Profesional universitario, titulado de una carrera de cinco años o más de duración, de preferencia ingeniero civil, ingeniero comercial o economista. El Gerente General reporta en forma directa al Directorio, tiene las atribuciones y responsabilidades que la ley y los estatutos de la Administradora le confieren. Está encargado de supervisar y controlar todas las actividades relativas a la administración de fondos, en concordancia con las disposiciones legales, reglamentarias y de acuerdo con las directrices que el Directorio de la Administradora le ha entregado. b. Oficial de Cumplimiento Se establece que el perfil del cargo sea un profesional con título universitario o técnico, ingeniero civil, ingeniero civil industrial, contador general o contador auditor, que reporta al Gerente General, siendo designado por el Directorio de la Administradora. Quien desempeñe este cargo es responsable, en lo general, de monitorear permanentemente el cumplimiento de las políticas y procedimientos correspondientes a la gestión de riesgos y control interno. Será el contacto con la SVS en todas las materias relacionadas con la gestión de riesgos y los controles internos. El Oficial de Cumplimiento, en lo específico, tiene como funciones las que a continuación se detallan: i. Monitorear el cumplimiento de las políticas y procedimientos de gestión de riesgos y control interno. ii. iii. iv. Proponer cambios en las políticas y en los procedimientos según corresponda. Establecer e implementar los procedimientos adecuados para garantizar que el personal, al margen de la función que desempeñe o de su jerarquía, esté en conocimiento y entienda los riesgos derivados de sus actividades, la naturaleza de los controles elaborados para manejar esos riesgos, sus respectivas funciones en la administración o en el cumplimiento de los controles especificados, las consecuencias del incumplimiento de tales controles. Realizar el seguimiento, a objeto de verificar la resolución adecuada de los incumplimientos de límites, de los controles y de su debida documentación. v. Crear y poner en marcha procedimientos destinados a comprobar, en forma periódica, si las políticas de gestión de riesgos y los controles internos están siendo aplicados por el personal a cargo, si las acciones adoptadas ante el incumplimiento de límites y controles se ajustan a los procedimientos definidos. vi. Controlar que se dé cumplimiento a los planes de contingencia y sus respectivos procedimientos. Uso Restringido Versión 1.0 Página 15 de 18

c. Encargado de Control Interno Se establece que el perfil del cargo sea un profesional con título universitario o técnico, ingeniero civil, ingeniero civil industrial, ingeniero comercial, contador general o contador auditor, que reporta al Gerente General, siendo designado por el Directorio de la Administradora. Quien desempeñe este cargo tendrá las responsabilidades que el Oficial de Cumplimiento, el Gerente General y/o el Directorio le encomiende, sin perjuicio de las obligaciones que le correspondan por ley, por política interna en su calidad de empleado de la Administradora y/o en virtud de este Manual. d. Subgerente de Operaciones. Se establece que el perfil del cargo sea un profesional con título universitario o técnico, ingeniero civil, ingeniero civil industrial, ingeniero comercial, contador general o contador auditor, que reporta al Gerente General, siendo designado por el Directorio de la Administradora. Quien desempeñe este cargo tendrá las responsabilidades que el Oficial de Cumplimiento, el Gerente General y/o el Directorio le encomiende, sin perjuicio de las obligaciones que le correspondan por ley, por política interna en su calidad de empleado de la Administradora y/o en virtud de este Manual. 6. MONITOREO Las labores de monitoreo y control a cargo del Oficial de Cumplimiento se registrarán mediante la preparación de los siguientes informes: a. Un informe trimestral que detallará los incumplimientos detectados de las políticas y procedimientos definidos en el período que se informa, por la aplicación de los mecanismos de control, las circunstancias de cada caso y las acciones correctivas adoptadas para evitar que se repitan. Este informe será enviado al Directorio y al Gerente General de la Administradora en el plazo de quince días después de finalizado el trimestre que se informa. b. Un informe de periodicidad semestral que detallará el funcionamiento del sistema de control durante los seis meses anteriores a la fecha de emisión. Este informe incluirá una descripción de cómo ha operado la estructura de control en los fondos respecto a las tres funciones principales, esto es, ciclo de inversión, aporte y rescate y contabilidad y tesorería; los resultados de las pruebas efectuadas para verificar la efectividad de los mecanismos de control; los incumplimientos y causas que los originaron y las acciones correctivas adoptadas para evitar su repetición. Este informe será enviado al Directorio y al Gerente General de la Administradora en el plazo máximo de 30 corridos desde finalizado el semestre que se informa. Uso Restringido Versión 1.0 Página 16 de 18

c. Sobre la base de estos informes, el Directorio determinará si se deben modificar los controles y en qué áreas, para así alcanzar los objetivos mínimos establecidos en la Circular N 1869 de la SVS. 7. MODIFICACIÓN Y REVISIÓN PERIÓDICA La revisión y eventual actualización, así como la definición de nuevos planes de contingencia, se efectuará con una frecuencia mínima anual y estará a cargo de la Gerencia General de la Administradora. Los nuevos planes o la modificación de los existentes se desarrollarán sobre la base de las fallas identificadas desde la última revisión, así como sobre los nuevos requerimientos normativos y los cambios en el entorno que se consideren permanentes y que tengan una influencia relevante en lo que a la administración de fondos se refiere. Lo anterior es sin perjuicio de la revisión y actualización en caso de requerirse por la promulgación de nueva normativa o cambios de mercado que hagan aconsejable introducir modificaciones en él. El Manual actualizado o modificado, será puesto en conocimiento del Directorio de la Administradora. El texto vigente del presente Manual deberá encontrarse en copias suficientes en las oficinas de la Administradora, a disposición de los inversionistas o partícipes de los Fondos, auditores externos y demás autoridades competentes. Uso Restringido Versión 1.0 Página 17 de 18

Control de Versiones* Versión Descripción del cambio Realizado por Aprobado por Fecha 1.0 Generación del Directorio TAM Enero Fiscalía Documento AGF 2017 (*) La presente versión substituye completamente a todas las precedentes, de manera que éste sea el único documento válido de entre todos los de la serie Uso Restringido Versión 1.0 Página 18 de 18