Instructivo de Evaluaciones, Nivelación y Remediación

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Transcripción:

DIRECCIÓN DE POSTGRADO Instructivo de Evaluaciones, Nivelación y Remediación El presente reglamento da entrega las pautas de evaluación, nivelación y remediación de los (las) alumnos (as) de Programas de Especialidades Médicas Primarias y Derivadas de la Escuela de Medicina de la Pontificia Universidad Católica de Chile según la Dirección de Postgrado. 1. Generalidades 1.2 Cada Jefe de Programa tiene la libertad de agregar otras evaluaciones según sea necesario para la adecuada valoración de todas las actividades y contenidos del programa, las que deben estar descritas previamente e informadas de manera oportuna. 1.3 Los (las) alumnos (as) de Programas de Especialidades Médicas deben ser evaluados periódicamente y cada alumno (a) debe estar al tanto de sus calificaciones, recibiendo feedback presencial y por escrito al menos una vez cada semestre. 1.4 En los Programas de Especialidades Médicas, las evaluaciones serán calificadas con la escala de 1 a 7. La nota mínima de aprobación será la nota 4, que corresponderá al cumplimiento del 70% de los objetivos. 1.5 Para una mejor estandarización de la evaluación de las rotaciones entre los diferentes Programas, la Dirección de Postgrado ofrecerá periódicamente pautas de evaluación que faciliten esta tarea. 2. Evaluaciones Semestrales y Anuales 2.1 Al término de cada semestre, el Jefe de Programa es responsable de poner una nota en el registro DARA de la Universidad. 2.2 La nota de cada semestre (semestres I, III, V, VII, según corresponda) se calculará de la siguiente manera: Promedio de notas de rotaciones clínicas (ponderación 60%), más promedio de otras evaluaciones (pruebas u otras actividades específicas del programa) = nota semestral. ESCUELA DE MEDICINA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE 1

2.3 Si la nota semestral calculada resultara menor a 4; o si la nota es >4 pero el (la) alumno (a) reprobó una rotación u otra evaluación específica del Programa, el (la) alumno (a) deberá realizar un plan de Nivelación o Remediación Mayor según corresponda y rendir un Examen de Fin de Semestre. Este examen debe tener una sección escrita y otra oral, y ambas deben ser aprobadas para ser promovido al semestre siguiente (ambas secciones deben aprobarse con nota >4, y cada una pondera 50%). En caso de reprobar el examen, el (la) alumno (a) debe realizar un plan de Remediación Mayor, extendiendo así la duración del programa. 2.4 El cálculo de la nota semestral, para aquellos (as) alumnos (as) que debieron rendir examen, es el siguiente: 70% nota de presentación a examen + 30% nota del examen. 2.5 Al término de cada año académico (equivalente a semestres II, IV, VI), todos los alumnos de especialidades médicas deberán aprobar un Examen Anual, requisito para ser promovidos al segundo, tercer, o cuarto año del programa, según corresponda. Este examen debe tener una sección escrita y una oral. Cada sección debe aprobarse con nota >4, y para el cálculo de la nota de examen ambas secciones se promedian. Para el cálculo de la nota final de año (nota de los semestres II, IV, VI) se considerará la siguiente ponderación: 30% corresponde a la nota del Examen más 70% a la nota de presentación a examen. Al igual que en los otros semestres, la nota de presentación a examen se calcula en base al promedio de la notas de rotaciones clínicas (>60%) y otras evaluaciones propias del Programa (<40%). En caso de reprobarse el Examen Anual, este puede repetirse luego de un periodo de nivelación. Si se aprueba, es promovido al siguiente año del Programa. Si reprueba por segunda vez, el alumno deberá realizar un plan de Remediación Mayor, extendiendo así la duración del programa. 2.6 En el último semestre del Programa de Especialidades Médicas, la sección oral del Examen Anual corresponderá al Examen Final de Especialidad. Previamente, se deberá realizar un Examen Escrito Final, cuya aprobación es requisito de presentación al Examen Final de Especialidad. El Examen Escrito Final puede ser reemplazado por la presentación y evaluación de un proyecto de investigación en aquellos programas de especialidad en que exista el requisito de tal proyecto. Dicha presentación debe ser evaluada y aprobada como requisito previo para rendir el Examen Final de Especialidad. En caso de reprobarse el Examen Escrito Final o la presentación del proyecto de investigación, puede repetirse la evaluación dentro de los próximos 3 meses luego de un plan de nivelación. Si se aprueba el Examen Escrito Final, podrá rendir el Examen Final de Especialidad. Si reprueba por segunda vez, el (la) alumno (a) cae en causal de eliminación. El Jefe de Programa podrá solicitar excepcionalmente, y por escritor a la Dirección de Postgrado, el otorgamiento de otra oportunidad para rendir este examen en casos debidamente justificados. 3. Examen Final de Especialidad 3.1 Al término del Programa de Especialidades Médicas, y como requisito para recibir el Título de Especialista, el (la) alumno (a) debe aprobar el Examen Final de Especialidad. 3.2 Es requisito de presentación al Examen Final de Especialidad, haber aprobado: a) Todas las rotaciones clínicas y actividades evaluadas del Programa. b) Todos los Exámenes Anuales (oral y escrito), y el Examen escrito Final. ESCUELA DE MEDICINA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE 2

c) Cursos Transversales de Postgrado. d) Exigencias específicas del Programa (tesis de investigación, registros de procedimientos, u otros previamente especificados en cada caso). 3.3 Características del Examen Final de Especialidad: a) Examen oral, ante comisión con un miembro representante de la Comisión de Graduados. b) Examen estructurado y objetivo, incluyendo casos clínicos y/o de aplicación. c) Calificación: Distinción, Aprobado o Reprobado. Solo se calificará con Distinción a el (la) alumno (a) que haya demostrado una trayectoria de excelencia durante el programa, y haya dado un examen sobresaliente. La decisión de calificar con distinción debe ser unánime por los miembros de la comisión de examen. d) Se recomienda que el examen Final de Especialidad tenga una duración máxima de 60 minutos. 3.4 En caso que el Examen Final de Especialidad sea reprobado, el (la) alumno (a) podrá repetirlo solamente en una oportunidad, idealmente dentro de los próximos tres meses. 4. Plan de Nivelación/Remediación El proceso de nivelación/remediación es definido como un periodo de tiempo determinado con objetivos de aprendizaje definidos, diseñado para abordar y mejorar las deficiencias o debilidades de un (a) alumno (a) de un Programa de Especialidades Médicas. Se distinguirá entre Nivelación y Remediación Mayor. 4.1 Nivelación 4.1.1 Un (a) alumno (a) deberá realizar un plan de Nivelación en las siguientes circunstancias: a) Reprobar en una primera ocasión alguna de las siguientes evaluaciones: examen de fin de semestre, examen anual escrito, o examen anual oral. b) Reprobar una rotación durante el semestre, la cual deberá ser repetida como parte del plan de Nivelación. c) Rendimiento limítrofe en una o más rotaciones o evaluaciones. d) Rendimiento deficitario en alguna de las competencias (Ej. Déficit en comunicación, trabajo en equipo, etc.). 4.1.2 El plan de Nivelación tendrá una duración máxima de 3 meses, con o sin extensión de la duración del Programa de Especialidad Médica. 4.1.3 Una vez finalizado el plan de Nivelación, el Jefe de Programa en conjunto con el supervisor y el Comité de Programa evaluarán si se cumplieron los objetivos estipulados, basado en las evaluaciones consideradas dentro del plan y otros antecedentes relevantes y resolverán si el plan se encuentra aprobado o reprobado. En caso de reprobación, se podrá implementar un nuevo plan de nivelación o un plan de Remediación Mayor. En el caso que la causa de la nivelación haya sido la reprobación de examen de fin de semestre, evaluación anual escrita, o evaluación anual oral, la ESCUELA DE MEDICINA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE 3

reprobación del plan de Nivelación implicará que el (la) alumno (a) deberá realizar un plan de Remediación Mayor. 4.2 Remediación Mayor 4.2.1 Un (a) alumno (a) deberá realizar un plan de Remediación Mayor en las siguientes circunstancias: a) Reprobar en segunda oportunidad un Examen de Fin de Semestre. b) Reprobar en segunda oportunidad un Examen Anual. c) Reprobar en segunda oportunidad un Examen Escrito Final. d) Reprobar dos rotaciones en un mismo año. e) Deficiencias significativas en competencias esperadas en la formación de la especialidad y otras causas que se analizarán caso a caso. 4.2.2 El plan de Remediación Mayor tendrá una duración entre 3 a 6 meses, e implicará la extensión de la duración del Programa de Especialidad Médica. 4.2.3 El plan de Remediación Mayor deberá incluir una evaluación final oral y/o escrita, las que contarán con la presencia del (de la) Director (a) de postgrado o Sub-director (a) de programas de especialidades médicas. 4.2.4 Una vez finalizado el plan de Remediación Mayor, el Jefe de Programa en conjunto con el supervisor y el Comité de Programa evaluarán si se cumplieron los objetivos estipulados, basado en las evaluaciones consideradas dentro del plan y otros antecedentes relevantes y se resolverá si el plan se encuentra aprobado o reprobado. Esta decisión deberá ser comunicada a la Dirección de Postgrado. 4.2.5 La reprobación de un plan de Remediación Mayor implicará que el (la) alumno (a) cae en causal de eliminación. 4.3 Formalización del plan de Nivelación/Remediación 4.3.1 El plan de nivelación/remediación deberá ser desarrollado por el Jefe de Programa en conjunto con el (la) alumno (a), supervisor a cargo y otros docentes cuando sea requerido. 4.3.2 Los principales puntos del plan de nivelación/remediación deberán detallarse por escrito y deben incluir los siguientes aspectos: Identificación de áreas a ser remediadas incluyendo los problemas específicos y/o áreas deficitarias. Esquema detallado del plan de nivelación/remediación. Acciones necesarias para completar el plan de nivelación/remediación. Tiempo de duración del plan de nivelación/remediación. ESCUELA DE MEDICINA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE 4

Criterios y proceso de evaluación del plan de nivelación/remediación para determinar si los objetivos del plan han sido cumplidos. Consecuencias de un plan de nivelación/remediación no satisfactorio. 4.2.2 El plan de nivelación/remediación debe ser aprobado por el comité de programa. 4.2.3 El plan de nivelación/remediación debe ser firmado por el (la) alumno (a), supervisor que estará a cargo de la nivelación/remediación y el Jefe de Programa. En el caso de Remediación Mayor, esta carta deberá ser firmada también por el (la) Director (a) de Postgrado. 5. Reglas Generales y Causales de Eliminación 5.1 Toda rotación clínica y/o actividad evaluada debe ser aprobada. En caso de que una actividad haya sido reprobada, esta debe repetirse y ser aprobada antes del término del Programa de Especialidad Médica. Reprobar una misma actividad (rotación clínica u otra actividad docente propia del programa) por segunda vez es causal de eliminación. 5.2 Se puede repetir un máximo de 3 rotaciones y/o cursos durante el Programa es caso de Especialidades Primarias, y 2 en Especialidades Derivadas. 5.3 Reprobar un plan de remediación mayor es causal de eliminación. 5.4 Caer por segunda vez en remediación mayor es causal de eliminación. 5.5 Otras causales de eliminación son: Faltas a la ética y/o profesionalismo; faltas al compromiso de dedicación exclusiva; salud incompatible con el ejercicio profesional. 6. Apelación 6.1 Apelación a evaluaciones El (la) alumno (a) tiene el derecho a apelar una evaluación cuando existan elementos que sugieran que esta no se realizó de acuerdo al debido proceso según lo establecido por el reglamento de evaluaciones del programa de especialidad. El (la) alumno (a) deberá presentar los antecedentes por escrito al jefe de programa, quien los revisará y presentará en reunión del comité de programa. El comité de programa revisará todos los antecedentes y tomará una resolución, la cual será informada por escrito al (a la) alumno (a), con copia a la Dirección de Postgrado. 6.2 Apelación a eliminación 6.2.1 Un (a) alumno (a) puede apelar a la decisión de eliminación del programa determinada por la Dirección de Postgrado en concordancia con el Jefe de Programa, sea esta decisión por problemas de rendimiento académico, faltas de profesionalismo y/o conductas que ponen en riesgo el cuidado y la seguridad del paciente. En caso de decidir apelar, el (la) alumno (a) deberá presentar por escrito sus argumentos a la Dirección de Postgrado. ESCUELA DE MEDICINA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE 5

6.2.2 Las apelaciones relacionadas a faltas de profesionalismo y/o conductas que ponen en riesgo el cuidado y la seguridad del paciente se rigen por el Reglamento del Alumno de Especialidades Médicas y, según corresponda, serán remitidas a Secretaria General de la Universidad. 6.2.3 Las apelaciones de carácter académico serán evaluadas directamente por la Dirección de Postgrado, de acurdo al siguiente proceso: Se recibe por escrito la apelación y se presenta el caso a la comisión de graduados. Uno de los miembros es designado como defensor del (de la) alumno (a) y lo (la) entrevista personalmente para recopilar la información necesaria. En reunión de comisión de graduados, se solicita al jefe de programa dar cuenta de los antecedentes, se escucha al defensor del (de la) alumno (a) para luego tomar una decisión final por consenso. Esta decisión es definitiva e inapelable. Última revisión: Septiembre, 2015 ESCUELA DE MEDICINA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE 6