GUIA DE MÉTODO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LÍMITES MUNICIPALES

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Transcripción:

GUIA DE MÉTODO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LÍMITES MUNICIPALES Managua, Julio 2009

1 INDICE DE CONTENIDO I. JUSTIFICACIÓN II. OBJETIVOS DEL RECONOCIMIENTO DE LÍMITES MUNICIPALES. - Objetivo General - Objetivos Específicos III. MÉTODO DE TRABAJO - Fase I: Preparatoria - Fase II: Coordinación con Gobiernos Municipales - Fase III: Reconocimiento de Límites Municipales a) Talleres de Reconocimiento de Límites Municipales. b) Visita in situ c) Presentación de la información d) Informe Final IV. EJEMPLOS 1. Mapa con los límites oficiales del Municipio de El Viejo. 2. Mapa con áreas en controversia de los Departamentos de Matagalpa y Jinotega

2 I. INTRODUCCIÓN. La División Política Administrativa es una norma de rango constitucional, y de acuerdo a la Ley Nº 59, Ley de División Política Administrativa, el país para su administración se divide en Regiones Autónomas, Departamentos y Municipios. La división política administrativa, además tiene como fin establecer los derroteros para delimitar los territorios a nivel nacional, regional autónomo, departamental y municipal, tomando en consideración las variables geográficas, económicas y sociales, que permiten al gobierno nacional, gobiernos locales, con la participación de la sociedad en general, llevar a cabo una definición racional y equitativa del territorio, con el fin de gobernarlo y administrarlo eficientemente. Por esta dinámica de organización del territorio, es que las diferentes autoridades municipales se han interesado cada vez más por conocer los derroteros de los límites de sus respectivos municipios, ubicando con claridad los elementos geográficos y las coordenadas geográficas que componen el derrotero limítrofe, a fin de que las autoridades municipales y líderes locales tengan conocimiento e identifiquen correctamente los límites de sus municipios. La legalización e institucionalización de los derroteros de los límites municipales fue llevada a cabo por una Comisión Interinstitucional coordinada por el, y conformada además por el INIFOM y el MIGOB, que en el período entre 1994 y 1996, a través de trabajo de campo y talleres intermunicipales por departamentos, dando como resultado en 1995 la publicación de los derroteros de los municipios del Pacifico y Centro Norte, en la Gaceta, Diario Oficial No. 241 del 22 de Diciembre de 1995; y los derroteros de los municipios de las Regiones Autónomas, en la Gaceta, Diario Oficial No. 183 del 27 de Septiembre de 1996. El, dentro del proceso de investigación territorial, mantiene la atención constante a la Alcaldías Municipales, en relación con el reconocimiento de los derroteros de los límites o para aclarar controversias que éstos suscitan; y de acuerdo con la Ley 40 y 261, Ley de Municipios en su arto. 4, numeral 3, elabora los DICTAMENES TECNICOS PARA LA CREACION DE UN NUEVO MUNICIPIO, que especifique la conveniencia de su creación e indicando el territorio jurisdiccional de donde se segrega el nuevo municipio.

3 II. OBJETIVOS DEL RECONOCIMIENTO DE LOS LÍMITES MUNICIPALES. a.- Objetivo General: Contribuir al pleno conocimiento que deben tener las autoridades municipales y líderes locales, sobre los procesos históricos que han conducido al establecimiento de la División Política Administrativa; asimismo permitir el reconocimiento de los derroteros de los límites municipales. b.- Objetivos Específicos: Dar a conocer la importancia que tiene el reconocimiento de los derroteros de los limites municipales, que permite a los gobiernos municipales, la correcta administración del territorio municipal. Reafirmar jurídica, cartográfica y geográficamente los derroteros de los límites territoriales que fueron definidos y legalizados a partir de la publicación de la Ley Nº 59, sus reformas y Anexo I, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No.241 del 22 de Diciembre de 1995, para los municipios del Pacifico y Centro Norte del País, y la Gaceta, Diario Oficial No.183 del 27 de Septiembre de 1996, para los municipios de las Regiones Autónomas. Crear las condiciones territoriales para contribuir en el establecimiento de los procesos Municipales de Ordenamiento y Desarrollo Territorial, promoviendo el conocimiento a los actores locales sobre la delimitación y definición de los límites de sus territorios. Dotar a cada Alcaldía municipal de su respectivo mapa con los derroteros municipales, debidamente autenticados y legalizados por el Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales, basado en La Ley No. 59, Ley de División Política Administrativa.

4 III. METODO DE TRABAJO. Fase I: Preparatoria. a.- Recopilación y organización de la Información. Trazado de los límites de los municipios en hojas topográficas 1:50,000, de acuerdo a La Gaceta, Diario Oficial. a escala Identificación de posibles controversias limítrofes que han sido planteados en diferentes momentos por autoridades municipales. Trazado de los derroteros de los límites de los municipios en hojas topográficas escaneadas y georeferenciadas a escala 1:50,000, de acuerdo a La Gaceta, Diario Oficial. Se traslada la información de los derroteros que están en NAD 27 a WGS84. Fase II: Coordinación con Gobiernos Municipales. Visitas informativas y de coordinación con las Autoridades Municipales en cada una de las Alcaldías a estudiar y a las Alcaldías colindantes, con el fin de invitarles a participar en el proceso de reconocimiento de los derroteros de los límites municipales, dándoles a conocer: Objetivos y alcances del proceso de reconocimiento de los derroteros de los límites municipales. Importancia de que las diferentes autoridades municipales y líderes comarcales y comunales, reconozcan los derroteros de los límites municipales.

5 Fase III. Reconocimiento de Límites Municipales. a.- Talleres de Reconocimiento de los derroteros de límites municipales con las autoridades municipales respectivas y sus colindantes, teniendo como marco de referencia el Anexo I de la Ley No. 59, Ley de División Política Administrativa, Gaceta, Diario Oficial No. 241 del 22 de Diciembre de 1995, para los municipios del Pacífico y Centro Norte; y Gaceta, Diario Oficial No. 183 del 27 de Septiembre de 1996, para los municipios de las Regiones Autónomas: o Conceptos relacionados con la División Política Administrativa. o Evolución histórica de la División Política Administrativa. o Marco jurídico de la División Política Administrativa. o Presentación cartográfica de la situación de los derroteros de los límites municipales. o Identificar si las hubieren, controversias en los derroteros de los límites que reconocen las autoridades municipales y que difieren de los derroteros oficiales establecidos en La Gaceta, Diario Oficial. o Aclarar la situación jurídica, si el reconocimiento de los límites se da entre un municipio del Pacífico, Centro o Norte, con un municipio de las Regiones Autónomas. b.- Visita in situ. o Visita al terreno con autoridades municipales, técnicos y líderes locales, a fin de identificar los elementos geográficos y coordenadas geográficas que forman los derroteros municipales, utilizando GPS de presicion para la correcta ubicación de dichos accidentes geográficos y coordenadas. o Registrar las incongruencias entre los limites oficiales y la realidad territorial, sin alterar lo establecido por el espíritu de la ley, conforme a los siguientes ejemplos: 1.- Cuando el límite es un elemento orográfico (Cerro) y se menciona la cima y la descripción va acompañada de coordenadas; si éstas no coinciden con la cima del cerro que fue identificado en el mapa, se tomará como elemento de decisión la cima. 2 - Cuando el límite es una vía de comunicación cualquiera que sea su categoría el límite es el eje de ésta.

6 3.- Si el límite llega a un empalme de vía de comunicación y la descripción menciona coordenadas, si éstas no coinciden con el empalme que aparece en los mapas, se tomará como límite el empalme que se refleje en dichos mapas. 4.- Cuando el límite llega a una confluencia o desembocadura de un elemento hidrográfico y la descripción menciona coordenadas en estos puntos, si éstas en los mapas no coinciden con el punto señalado, se tomará como punto limítrofe el centro de la confluencia o desembocadura del elemento hidrográfico identificado en dichos mapas. 5.- Si una localidad ha crecido hacia otro municipio, se respetará el límite como lo define la descripción en La Gaceta, Diario Oficial. 6.- Elaboración de acta por parte de los participantes en visita in situ: Autoridades Municipales, lideres locales, técnicos municipales y funcionarlos de, sobre el reconocimiento de los límites, ratificando los derroteros oficiales, establecidos en La Gaceta, Diario Oficial, y/o señalando las áreas en controversia. c.- Procesamiento de la información. Trazado en las hojas topográficas a escala 1: 50,000 de la información obtenida en los talleres y verificada in situ, donde se presentan los derroteros de los límites oficiales y las áreas en controversias. Impresión de hojas topográficas 1: 50,000 donde se presentan los derroteros de los límites oficiales y las áreas en controversias. Preparación de un juego de mapas a escala 1: 50,000 para cada municipio en los que se presentan los derroteros de los límites oficiales y las áreas en controversias. d.- Informe final: Presentación del informe final del reconocimiento de los derroteros de los límites municipales ante los Concejos de los Municipios estudiados y sus colindantes, el que contiene: Copia de actas firmadas por los participantes en el reconocimiento in situ de los derroteros de los limites municipales.

7 Mapa impreso y en formato digital a diferentes escalas con los límites oficiales y las áreas en controversias. Ejemplo de mapa con los límites oficiales del Municipio de El Viejo

8 Ejemplo de mapa con áreas en controversia de los Departamentos de Matagalpa y Jinotega