La prueba no habla por si sola. Guía Básica y Reglamento 2013



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Transcripción:

La prueba no habla por si sola Guía Básica y Reglamento 2013

Centro para el Desarrollo de la Abogacía en el Litigio Oral (CEDALIT) Misión: Lograr la excelencia en la abogacía oral, tanto en materia Penal como Civil, a través de capacitación dirigida a abogados, entrenamiento de docentes en técnicas de enseñanza, celebración de talleres y simposios para el intercambio de ideas, lanzamiento de concursos inter-universitarios y el diseño de otras actividades didácticas, educativas y de consultoría, actividades que coadyuvan a la transformación del sistema legal mexicano actual hacia un sistema oral, de confrontación de las partes frente a un tribunal abierto al público. Mtro. Manuel Caloca González Director del Centro para el Desarrollo de la Abogacía en el Litigio Oral, CEDALIT Tel: (81) 8358-2000, ext. 4477 manuel.caloca@itesm.mx ABA ROLI México La Asociación de la Barra Americana de Abogados (ABA, por sus siglas en inglés) estableció la Iniciativa para el Estado de Derecho (ABA ROLI) en 2007, con el fin de consolidar sus cinco programas de estado de Derecho en el mundo, incluyendo la Iniciativa para Europa Central y Eurasia (CEELI, por sus siglas en inglés) creado en 1990, después de la caída del Muro de Berlín. La ABA ROLI surge como una organización sin fines de lucro que implementa programas de fortalecimiento de los sistemas legales y de justicia en más de 45 países de África, Asia, Europa, América Latina y el Caribe, así como en Medio Oriente y África del Norte. La ABA ROLI cuenta con una fuerza laboral de más de 400 profesionales que trabajan en los Estados Unidos y el extranjero, incluyendo un grupo de voluntarios extranjeros de corto y largo plazo que, desde el inicio del programa, han contribuido con más de $200 millones de dólares en trabajo pro bono de asistencia técnica. Mtro. Alonso Gonzalez-Villalobos Director Tel: (55) 52072561, alonso@abaroli.mx 3

ABOGA TEC La Prueba no habla por sí sola 2013 Guía Básica y Reglamento. Por Mtro. Manuel Caloca González. manuel.caloca@itesm.mx y Mtro David Fernandez Mena david@abaroli.mx 4

I. El Expediente/Caso. La Competencia ABOGA - TEC usará solo una carpeta de investigación para la realización de todas las simulaciones de Juicio Oral. La carpeta de investigación se titula El Estado vs. Justo Madrazo Rosado y es un caso en materia penal. El caso fue preparado por el Mtro. Jorge Ernesto Díaz Zazueta, a quién le corresponden los derechos de autor del caso, y quién ha autorizado por escrito su uso para la Competencia ABOGA - TEC. El autor se reserva sus derechos sobre el caso El Estado vs. Justo Madrazo Rosado, y prohíbe cualquier forma de reproducción, almacenaje o transmisión, de la totalidad o parte de su obra, sin su autorización previa por escrito. II. Derecho Sustantivo. El Derecho Sustantivo aplicable al caso, para efectos de la competencia será el Código Penal Federal de los Estados Unidos Mexicanos. III. Derecho Adjetivo El Derecho Adjetivo aplicable al caso, para efectos de la competencia es la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide el Código Federal de Procedimientos Penales, preparada por la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal (SETEC). En todo caso, a pesar de que el caso tenga lugar en una jurisdicción estatal,la ley aplicable a efectos de la competencia será la mencionada iniciativa. IV. Participación de los integrantes de los equipos. Las actuaciones de los estudiantes desempeñándose como abogados. No es prioridad en la competencia el hecho de que no se escuche en el sonido local o no se aparezca en el video, por lo que se permite y recomienda deambular por la sala. Los estudiantes estarán lo suficientemente cerca de los jueces para que éstos los escuchen. Cada equipo está compuesto por cuatro integrantes. Dos de los integrantes se prepararán como fiscales y los otros dos como abogados defensores. Cada equipo debe preparar el caso desde la perspectiva del Ministerio Público, así como desde la perspectiva de la Defensa. 5

Si les toca participar como fiscales, los dos estudiantes que se prepararon como fiscales se desempeñarán así, y los otros dos integrantes como testigos de cargo. Si les toca participar como defensores, los dos estudiantes que se prepararon como defensores se desempeñarán así, y los otros dos integrantes como testigos de descargo. No pueden presentarse como testigos aquellos estudiantes que no formen parte del equipo. Un estudiante que se esté desempeñando como abogado en la simulación, no puede tomar el papel de testigo en esa misma simulación. Ejemplo: Equipo X El equipo X está compuesto por participantes 1,2, 3 y 4. En la primera simulación, al equipo X le toca participar como Ministerio Público (Fiscalía), para lo cual, los integrantes 1 y 2 participan como abogados fiscales y los integrantes 3 y 4 participan como sus testigos, es decir, los testigos de cargo. Para esto, los integrantes 1 y 2 se prepararon con anticipación para ser los fiscales y los integrantes 3 y 4 para ser sus testigos. Cuando al equipo le toque participar como defensa, entonces los integrantes 3 y 4 van a participar como abogados defensores y los integrantes 1 y 2 participan como los testigos de la defensa, es decir como testigos de descargo. Para esto, los integrantes 3 y 4 se prepararon con anticipación para ser los abogados defensores y los integrantes 1 y 2 para ser sus testigos. V. Deberes de los participantes en la Competencia Cada equipo deberá dividir su participación de manera equitativa. En cada ronda, un integrante de los abogados en turno deberá presentar los Alegatos de Apertura, y además, examinar y contraexaminar como mínimo a un testigo. VI Mecánica de las rondas de juicio oral. La hora de participación y el nombre ficticio del equipo contrincante serán notificados a los equipos 48 horas antes de su participación por correo electrónico. Los rivales se van conformando de acuerdo a la cronología en que se inscribieron en la competencia. El registro lo lleva únicamente el director de la competencia. El rol de participación, ya sea fiscal o defensa, se notificará a todos los equipos al mismo tiempo al iniciar las labores de la competencia. 6

El que no estén presentes los representantes de los equipos cuando hayan sido citados, no es impedimento para que las decisiones se les tengan por notificadas. Previo a la competencia, las notificaciones se harán por correo-e a los equipos, a través del mismo correo por el que han sido registrados, y de manera oral o por correo electrónico durante la competencia. Es responsabilidad de los asesores de equipos estar al pendiente de cualquier notificación a su correo-e, ó si se registró el de un directivo de la escuela, entonces estar en comunicación constante con dicha persona. En el público presente a la audiencia, no podrán estar presentes miembros de otros equipos que estén participando, ni sus asesores. El incumplimiento de esta norma implica la descalificación inmediata. Los Alegatos de Apertura deben ser presentados por ambos equipos al inicio de la simulación de juicio, primero el Ministerio Público (la fiscalía) y en seguida la defensa. Acto seguido, el Ministerio Público presenta su caso e inicia llamando a sus testigos de uno por uno. El Ministerio Público realiza examinación directa de su primer testigo y solamente un integrante del equipo contrario (de la defensa) podrá realizar las objeciones a la examinación directa. Una vez que el Ministerio Público termina su examinación directa, un integrante del equipo de la defensa procede a realizar el contrainterrogatorio o contraexaminación del primer testigo del Ministerio Público. Este integrante debe ser el abogado defensor que realizó las objeciones durante la examinación directa de dicho testigo. El integrante que representa al Ministerio Público, que realizó la examinación directa del testigo en cuestión, es el único facultado para realizar las objeciones a la contra examinación de la defensa. Este proceso se repite hasta que la fiscalía termine de presentar a sus dos testigos. Una vez que la fiscalía presentó su caso, la defensa llama a sus testigos de descargo. Y se sigue el mismo procedimiento de examinación directa y contraexaminación que se llevó a cabo durante la presentación del caso de la fiscalía, con la diferencia de que ahora la fiscalía solo contra examina a los testigos. Cada equipo deberá nombrar a sus testigos durante su turno de presentación de testigos y no podrá llamar a los testigos de su contraparte. Después de la fase probatoria, la fiscalía realiza Argumentos o Alegatos de Clausura en primer término. Acto seguido, la defensa realiza sus Argumentos de Clausura. 7

Al finalizar la audiencia, se desalojará la sala, pudiendo estar presentes solamente los asesores de los equipos para que el juez proceda a dar la retroalimentación sobre el desempeño, antes de que se publiquen las calificaciones. Se publicaran todas las calificaciones tal y como hayan sido firmadas por los jueces, así como un resumen de las mismas en orden de puntuación. VII. Tiempos para las rondas de Juicio Oral. Cada ronda de Juicio Oral deberá durar como máximo 2 horas y 30 minutos. Los tiempos se observarán de manera rigurosa. Todo el equipo completo debe de estar presente en la sala dónde se desarrollará la simulación A LA HORA EN PUNTO, de no ser así, el tiempo perdido será descontado del tiempo asignado al equipo causante del retardo. No se permitirá a los integrantes sobrepasar el tiempo establecido. Para el control de tiempos se podrá contar con auxiliares que mostrarán a los integrantes una tarjeta de aproximadamente las dimensiones de una hoja tamaño carta, con el número 1 cuando le reste un minuto de tiempo, y una tarjeta con el número 0 cuando el tiempo se le haya agotado. En ese momento el integrante deberá parar su presentación y tomar asiento. A continuación se detalla la administración del tiempo durante las rondas. En caso de que no se cuente con la disponibilidad de auxiliares, será responsabilidad del equipo y de su contraparte vigilar que los tiempos se respeten. a) Alegatos de Apertura: 05 minutos por cada equipo. b) Desahogo de Pruebas por la Fiscalía: 55 Minutos en total. c) Desahogo de Pruebas por la Defensa: 55 Minutos en total. e) Alegatos de Clausura 15 minutos por cada Equipo. VIII. Etapas de las simulaciones de juicio oral. Con respecto a las etapas de la simulación de juicio oral, los alumnos desarrollarán solamente las siguientes fases del juicio oral, mismas que se explican brevemente: a) Alegatos de Apertura. En los alegatos de Apertura la fiscalía y la defensa presentan su Tema, su Teoría del Caso, se presentan ante el Juez o Jueces y señalan cual es su rol dentro del Juicio. Ambas partes presentan su versión de los hechos de conformidad con su Teoría del Caso y de una manera cronológica. Se puede contar la versión de los hechos de una manera no cronológica, pero de ser lo suficientemente lógica que permita al Juzgador obtener una visión de los hechos que se pretenden probar. Asimismo, las partes mencionan cuales son las pruebas que van a desahogar 8

durante el Juicio y a que testigos van a llamar. Las partes usualmente estructuran sus oraciones en tiempo futuro para señalar lo que van a probar con la evidencia disponible y los testimonios de los testigos. Durante los Alegatos de Apertura no se permite ser argumentativo, pues todavía no se prueba nada. Sin embargo, durante los Alegatos de Apertura se puede usar un lenguaje persuasivo, pero basándose en los hechos que se probarán. Es de hacer notar que todos los hechos que se mencionen durante los Alegatos de Apertura deberán ser probados durante el Juicio. Por lo que es recomendable no calificar ciertos hechos de una manera que no se va a poder probar, pues esto puede ser perjudicial para el equipo al final del juicio. b) Examinación directa o interrogatorio: La Examinación directa consiste en el interrogatorio del testigo que la parte ha llamado. Las preguntas deben ser abiertas para que el Testigo pueda rendir su testimonio de la manera en que lo percibió, sin que el abogado ponga palabras en su boca o le indique cual debe ser su testimonio. c) Contra examinación o contra interrogatorio: La contra examinación, es diferente a una examinación directa, aquí el abogado de la parte contraria tiene la oportunidad de testar la veracidad del testimonio del Testigo, sus antecedentes, sus intereses con respecto al resultado del Juicio, sobre la manera en que percibió los hechos, las contradicciones de su testimonio en el Juicio y con sus declaraciones previas, etc. Durante la contra examinación de un Testigo se pueden realizar preguntas dirigidas. En la simulación de juicio oral dentro de ésta competencia NO se va a permitir la re examinación directa y la re contra examinación. Lo anterior, por razones de tiempo y exigencia en la preparación de los participantes. La re-examinación directa se utiliza para rehabilitar el testimonio del Testigo después de que fue contra examinado por la contraparte. No se trata de que el testigo rinda de nueva cuenta su testimonio, sino que se aclaren puntos que la contraparte haya logrado descomponer, o poner en duda, durante la contra examinación. La re-contra examinación es usada para asegurarse que los puntos débiles, los hechos negativos del caso de la contraparte o las contradicciones del testigo que fueron sacados a la luz, o que se obtuvieron durante la contra examinación, no sean cubiertos o maquillados en la re-examinación Directa. En consecuencia, los participantes, a falta de la oportunidad de re examinar y re contra examinar, deben de preparar muy bien sus examinaciones y 9

contraexaminaciones, pues deben anticipar como los testimonios de sus testigos van a ser atacados y prevenir cualquier daño. f) Argumentos o Alegatos de Clausura Los Argumentos o Alegatos de Clausura consisten en la etapa final del juicio oral donde ambas partes realizan un sumario de los hechos controvertidos del caso y argumentan como lograron probar o refutar esos hechos, y por lo tanto, como probaron su teoría del caso. Se menciona cuál es el tipo, o tipos penales, base de la acusación, y como lograron probar los elementos del tipo penal, en el caso de la fiscalía; ó cómo la fiscalía falló en probar uno o todos los elementos del tipo penal, en el caso de la defensa. Además, las partes argumentan sobre las debilidades del caso de su contraparte, sobre el valor de las pruebas, y sobre la aplicación del concepto de la duda Razonable. Es importante señalar que los integrantes de los equipos deben citar los testimonios y las pruebas desahogadas en el juicio como base de sus argumentos. En los Argumentos de Clausura puede argumentarse en un formato libre, pero sin argumentar sobre pruebas o testimonios que no se desahogaron, ya sea por olvido o por que la contraparte no lo permitió por medio de una objeción aplicable. Se puede hacer uso de analogías, únicamente para ejemplificar sus argumentos, pero no en la aplicación de la ley. Por último, las partes deben cerrar sus Argumentos de Clausura con la petición al Tribunal de que sea, o no, declarado culpable el imputado, dependiendo si se trata de la fiscalía o la defensa. VIII. Medios de convicción durante las simulaciones de juicio oral Solamente los medios de convicción contenidos en la carpeta de investigación El Estado vs Justo Madrazo Rosado, serán desahogados durante la simulación de juicio oral. Esto incluye cualquier documento, declaración, mapa o fotografía. Podrán hacer amplificaciones de los datos de prueba a su elección o realizar presentaciones en Power Point, pero NO podrán introducir datos de prueba no contemplados en la carpeta de investigación Se pueden realizar cuadros comparativos, mapas conceptuales, líneas de tiempo, o cualquier medio que sirva para explicar un argumento o un punto, pero usando solamente hechos y pruebas contenidos en el expediente Todos los medios que deban emplearse como apoyo audiovisual, deberán ser proporcionados por el equipo que los emplee. En caso de que vaya a necesitarse apoyo técnico para los mismos, deberá solicitarse con la debida antelación y en todo caso, previamente al comienzo de la audiencia. 10

Los testigos no pueden leer su testimonio. Deben aprenderse su rol. En el caso de que un testigo olvide parte de su testimonio, se empleara la técnica idónea de refresco de memoria. De igual forma, en contra examinación se puede enfrentar al testigo con motivo de una inconsistencia en su testimonio frente a su declaración previa contenida en la carpeta de investigación. El abogado deberá realizar el procedimiento adecuado para este fin. Es de hacerse notar que la carpeta de investigación puede contemplar inconsistencias o contradicciones en los testimonios para efectos de testar en los participantes, su habilidad para detectarlas y explotarlas en el juicio. Los testigos están constreñidos a declarar UNICAMENTE sobre los hechos que les son adjudicados como personales o que tuvieron conocimiento de ellos, de acuerdo a la carpeta de investigación. Los testigos pueden rendir testimonio sobre hechos no contenidos en el caso SOLAMENTE cuando se trate de INFERENCIAS RAZONABLES de los hechos contenidos en el expediente que no sean materiales para la resolución del caso.. Si durante la examinación directa o contra examinación un integrante pregunta sobre un hecho no contenido en el caso, la pregunta es materia de Objeción. Asimismo, es materia de objeción la presentación voluntaria por parte del testigo de hechos no contenidos en el expediente y que no se traten de inferencias razonables. Debido a que el tiempo para la competencia es limitado, solamente se desahogarán dos testimonios por cada una de las Partes. Sin embargo, los testigos que van a excluirse podrán ser mencionados en alegatos de apertura, tenerse por desahogados, y argumentar también en base a ellos en alegatos de clausura. IX. Objeciones durante las simulaciones de juicio oral. De acuerdo con la legislación aplicable, queda prohibido realizar objeciones durante los alegatos de apertura y clausura. El Juez detendrá el desenvolvimiento del juicio para escuchar las razones de la objeción, si así lo considera prudente, o podrá decidir de inmediato sobre la procedencia o improcedencia de la objeción. Si el Juez lo considera prudente podrá escuchar a la contraparte antes de decidir sobre la objeción. Las decisiones del Juez en cuanto a objeciones son finales. El Juez aceptará la objeción como procedente cuando diga Ha lugar, y no aceptará la objeción como procedente cuando diga No ha lugar. 11

X. Comportamiento en la Competencia. Los integrantes, como sus asesores e invitados, deben de respetar las indicaciones y resoluciones del Juez o Jueces. El Juez es la máxima autoridad durante la ronda de juicio oral. Cualquier queja deberá ser expresada al director de la competencia, o su representante, al final de la simulación, quien decidirá después de escuchar a todas las partes involucradas. La decisión del director de la competencia es final. Los alumnos participantes no pueden expresar alguna queja directamente al director de la competencia, o a su representante, siempre es a través de su asesor. Violar esta disposición puede provocar la eliminación del equipo completo de manera inmediata, a criterio del director o su representante. En caso de que el equipo no tuviera un asesor designado, deberán contactar al director de la competencia antes de comenzar las audiencias para proceder al nombramiento de un representante. No se admitirán escritos durante ni después de cada simulación o ronda, las quejas y su substanciación son de manera oral y se deciden en el momento frente al director de la competencia, o su representante, quien es la autoridad final de la competencia. Los integrantes de los equipos, así como los asesores, los auxiliares y el público en general, deberán de seguir cualquier indicación de seguridad que la Institución sede de cada ronda regional, o de la ronda final, indique. El incumplimiento con las indicaciones de la institución sede, es causa de descalificación del equipo participante, si dicho incumplimiento es atribuible a un miembro del equipo. Los asesores de equipos no pueden bajo ninguna circunstancia comunicarse por ningún medio (oral, físico u electrónico), durante el desarrollo de la ronda de juicio oral con los miembros de su equipo participante, incluyendo a los testigos. Esta regla también aplica durante el receso o durante cualquier salida de un integrante de la sala donde se desarrolle la ronda de Juicio Oral. Violar esta regla es causa de eliminación del equipo de la competencia. Los integrantes de los equipos participantes podrán comunicarse entre sí, pero no podrá hacerlo en voz alta, o de cualquier manera que pueda distraer el desenvolvimiento de la simulación. Ningún equipo podrá identificarse como miembro de una Facultad de Derecho o Universidad determinada. Los equipos serán identificados por letras del alfabeto 12

griego, y los jueces no deben saber a qué escuela pertenecen antes y durante la simulación de juicio oral. Asimismo, los integrantes o los miembros del público, no podrán introducir cualquier prenda de vestir u objeto que identifique el nombre de su escuela. No se permitirán porras, menciones de apoyo en ninguna forma, y solo se podrá aplaudir al final de la simulación sin mencionar nombres de escuelas. Los asesores de equipos no deberán en ningún momento, previo ó durante la simulación, hacer visible que son los asesores del equipo o equipos. La violación a esta regla, causará que se pida al asesor que se retire de la sala de audiencias. El negarse a retirarse de la sala de audiencias, causará la eliminación del equipo. EN NINGUNA SITUACIÓN LOS ASESORES DEBERÁN INTERVENIR EN LAS SIMULACIONES DE JUICIO ORAL, NO PUEDEN DIRIGIRSE A LOS JUECES ANTES DE LA SIMULACIÓN, NI DURANTE LA SIMULACIÓN, NI INMEDIATAMENTE DESPUÉS DE QUE SE EXPRESEN LOS RESULTADOS. Violar esta regla implica la eliminación del equipo, y no conservan lugar alguno. Los integrantes de los equipos participantes permitirán ser fotografiados o videograbados durante las rondas cuando esto no impida su desempeño en la competencia. Sin embargo, cualquier participante puede declarar su deseo de no ser fotografiado ni videograbado durante la competencia, pero deberá mencionarlo antes de que se inicie la audiencia de juicio oral. Los videos que se lleguen a realizar de las rondas pertenecen al Tecnológico de Monterrey, a ABA ROLI y la Institución sede en su caso. Se podrán solicitar copias, pero es facultad discrecional de dichas instituciones el extenderlas. Los equipos participantes y sus asesores podrán videograbar o fotografiar únicamente la simulación donde su equipo participe, previa autorización del director de la competencia o de su representante, quien podrá limitar esta autorización si a su criterio se entorpece o se distrae le desarrollo de la simulación. XI. Los Jueces y la evaluación del desempeño de los equipos. Cada equipo participará dos veces como mínimo en la competencia, una como fiscal y otra como defensas. Pasarán a la segunda ronda la mitad de los equipos que tengan la puntuación más alta durante la fase inicial 13

Pasarán a la siguiente ronda los equipos que venzan en puntaje a su oponente. Pasarán a la ronda final los equipos que, de igual forma, venzan en puntaje a su oponente. El ganador de la competencia será el equipo que venza en puntaje a su oponente, el cual ocupará el segundo lugar. El juez que tenga cualquier tipo de relación académica, profesional o personal con cualquier miembro de un equipo participante, de su asesor o si reconoce la universidad a la que representan de manera directa en la audiencia que le corresponda dirigir, deberá disculparse y contactar al director de la competencia a efectos de nombrar otro juez para evitar un potencial conflicto de intereses. La puntuación de los equipos será asignada por el juez o jueces que presidan cada ronda de simulación de juicio oral, a quienes se les entregará una hoja de evaluación con los puntos a evaluar y el valor máximo para cada punto a evaluar. Los jueces decidirán al ganador en base a LAS DESTREZAS DE JUICIO ORAL, EN EL DESENVOLVIMIENTO DE LA TEORÍA DEL CASO, EN LA CALIDAD DE LOS ARGUMENTOS, EXAMINACIONES, CONTRAEXAMINACIONES, USO ADECUADO DE OBJECIONES Y APOYOS VISUALES, de acuerdo a la rubrica de evaluación publicada. Los jueces al final de la simulación, retroalimentarán en lo general a los equipos y señalarán qué equipo obtuvo el mayor puntaje y les explicaran en qué rubros o rubros estuvo la diferencia. LOS ESTUDIANTES, NI EL ASESOR, PUEDEN INTERPELAR A LOS JUECES O A EXPRESARLES SU DESACUERDO. Cualquier queja será presentada oralmente al director de la competencia, o su representante, y su decisión será final. En caso de una interpelación grave ante los jueces, a juicio del director de la competencia o su representante, el director o su representante eliminarán al equipo de la competencia. El juez o jueces que presidirán las simulaciones serán magistrados y jueces reales, así como académicos y abogados postulantes de reconocido prestigio. Las simulaciones podrán ser presididas por más de un juez, pero la actuación de un solo juez es suficiente para efectos de la competencia. El director de la competencia es el Mtro Manuel Caloca González, y él decidirá en definitiva sobre las cuestiones planteadas en este reglamento y en lo no previsto en el mismo. 14