DCAL-DVM-INF-003-16 ESTUDIO EXPLORATORIO: ETIQUETADO DE LA CARNE CRUDA PREEMPACADA Y NO PREEMPACADA Elaborado por: José Manuel Campos Barrantes Revisado y aprobado por: Orlando Muñoz Hernández, Jefe Diciembre, 2016 1
TABLA DE CONTENIDO Resumen: Página 1- Introducción 3 2- Objetivos 3 3- Normativa Aplicable 4 4- Variables Verificadas 4 5- Etiquetado de Carne Cruda no preempacada 4 6- Etiquetado de Carne Cruda preempacada 5 7- Trabajo de Campo 6 8- Establecimientos comerciales visitados 8 9- Resultados 9 10- Carne Cruda Preempacada 11 11- Conclusiones 13 12- Acciones Tomadas 14 13- Anexo 15 y 16 2
I. INTRODUCCIÓN La Dirección de Calidad(DCAL), de conformidad con las potestades que se le asignan mediante la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (Ley 6054) y su Reglamento, Decreto Ejecutivo Nº 39917-MEIC y sus reformas así como la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (Ley 7472) y su Reglamento Decreto Ejecutivo Nº 39889-MEC, realiza verificaciones en el mercado con el fin de constatar la información otorgada al consumidor, el cumplimiento de la Ley, las declaraciones de las normas de calidad, los reglamentos técnicos y demás disposiciones cuyo objetivo es proteger en forma efectiva los derechos e intereses legítimos de los consumidores. De esta manera y mediante la reforma al Reglamento Técnico, Decreto Ejecutivo 33744-MEIC del 22 de marzo de 2007-RTCR-400:2006. Etiquetado de Carne Cruda, molida, marinada, adobada, tenderizada y vísceras, que se realizó por medio del Decreto Ejecutivo Nº 40006-MEIC-MAG, publicado en La Gaceta Nº 282 del 01/12/2016 se programó realizar una verificación de mercado conjunta Dirección de Calidad (DCAL)-MEIC y el Servicio Nacional de Salud Animal-(SENASA-MAG), como un estudio exploratorio para determinar el nivel de cumplimiento del sector de carnes. Se visitó un total de 41 establecimientos comerciales, en su mayoría carnicerías. II. OBJETIVO Realizar una verificación conjunta MEIC-SENASA (Servicio Nacional de Salud Animal) del etiquetado de las carnes preempacada y no preempacada ofrecidas al consumidor, con el fin de medir el nivel cumplimiento de la normativa técnica aplicable y con base en los resultados obtenidos realizar una capacitación al sector de Carnes Crudas,. Asimismo SENASA verificó los requisitos de inocuidad y tomó muestras para analizar la especie. 3
III. NORMATIVA APLICABLE: Decreto Ejecutivo Nº 33744-MEIC. Reglamento Técnico Etiquetado de la carne Cruda, Molida, Marinada, Adobada, Tenderizada y Vísceras y su reforma Decreto Ejecutivo Nº 40006-MEIC-MAG, del 01 de diciembre del 2016, Reforma al Decreto Ejecutivo Nº 33744-MEIC. RTCR 67.01.07.10 Reglamento Técnico Centroamericano Etiquetado General de los alimentos previamente envasados (preenvasados), Decreto Nº 37280-COMEX-MEIC Ley 7472 Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor y su respectivo Reglamento Decreto Ejecutivo Nº 39889-MEC IV. VARIABLES VERIFICADAS Las variables analizadas para estos productos Carne Cruda prempacada y no preempacada, se llevaron a cabo, con base en los elementos obligatorios en el respectivo RTCR de Etiquetado de Carnes Crudas y su reforma y en el RTCR de Etiquetado General de Alimentos Preenvasados según corresponda, a saber: Etiquetado Carne Cruda no prempacada 1. Nombre del corte y especie: Debe estar exhibido en cada una de las urnas, o empaque, excepto en el caso de la carne molida que no tiene que indicar tipo de corte: se verificó presencia de la información. 2. Precio: Debe estar exhibido en las urnas el precio por kilogramo: se verificó presencia de la información. 3. Proceso adicional: Debe indicarse en las urnas de exhibición si la carne es molida, marinada, adobada, tenderizada, debe declararse el tipo de vísceras: se verificó presencia de la información. 4. País de origen: Debe indicarse en la urna. 4
5. % de grasa: en el caso de la carne molida deberá declarar el % de grasa en las urnas o rótulo visible (no más de X % de grasa): se verificó presencia de la información. 6. Lista de ingredientes: Deben estar disponibles al consumidor los ingredientes utilizados en los procesos de adobo, marinación y tenderización. En esta lista debe declararse el agua añadida en términos porcentuales: se verificó presencia de la información. 7. Recomendaciones de manejo y consumo: Debe estar visible al consumidor al momento de la compra: se verificó presencia de la información. Etiquetado Carne Cruda preempacada 1. Nombre del corte y especie: debe estar indicado en la etiqueta, o empaque, excepto en el caso de la carne molida que no tiene que indicar tipo de corte: se verificó presencia de la información. 2. Precio: Debe declararse el precio por kilo y el precio total de la presentación en la etiqueta: se verificó presencia de la información. 3. Fecha de vencimiento: Debe ser colocada directamente por el fabricante y no estar alterada,: se verificó presencia de la información 4. Proceso adicional: Debe declararse si la carne es molida, marinada, adobada, tenderizada en la etiqueta, además debe el tipo de vísceras. 5. País de origen: Declararse en la etiqueta. 6. Lote: entendido como: 3.13. Lote: cantidad determinada de un alimento producida en condiciones esencialmente iguales, que se identifica mediante un código al momento de ser envasado (Decreto Ejecutivo N 37280 COMEX-MEIC). 5
7. % de agua: Debe indicarse en la etiqueta o rótulo visible el % de agua añadida: si la carne es tenderizada. 8. % de grasa: en el caso de la carne molida se deberá declarar el % de grasa en la etiqueta (no más de X % de grasa), se verificó presencia de la información. 9. Lista de ingredientes: Deben enumerarse todos los ingredientes en orden decreciente de masa inicial en el momento de la fabricación del alimento. En esta lista debe declararse el agua añadida en términos porcentuales, información que debe venir en la etiqueta: se verificó presencia de la información. 10. Contenido neto: Debe declararse utilizando el sistema Internacional de Medidas (SI).Debe aparecer en la etiqueta en el mismo campo de visión del nombre y corte: se verificó presencia de la información. 11. Información del productor, importador o distribuidor: nombre y dirección: Dicha información debe estar contenida en la etiqueta del producto. 12. Instrucciones de conservación: Debe indicarse la leyenda: congélese o manténgase en refrigeración entre 0 y 5 C : se verificó presencia de la información. V. TRABAJO DE CAMPO: El trabajo de campo se realizó en forma conjunta con personal de SENASA y el MEIC () los días 29, 30 de noviembre y 01 de diciembre de 2016, en 41 carnicerías ubicadas en 8 zonas del territorio nacional: Zona uno: Santa Maria de Dota, San Marcos de Tarrazú y bajos de San Juan. 6
Zona dos: Puriscal. Zona Tres: Grecia. Zona cuatro: Turrialba. Zona cinco: Escazú y Santa Ana. Zona seis: Palmares y Atenas. Zona siete: Distritos de Cartago (Cot-Cervantes y Pacayas). Zona ocho: San Rafael y Barva de Heredia. Los funcionarios del Departamento de Verificación de Mercado del MEIC, se encargaron de la verificación de etiquetado y los funcionarios de SENASA, de acuerdo a sus competencias verificaron en los puntos de venta factores de inocuidad, además tomaron por zona visitada dos muestras de carne cruda, para verificar la especie animal. En el caso de la verificación de etiquetado los funcionarios del MEIC, utilizando una plantilla con copia, para entregar, esta última al establecimiento comercial por la visita realizada, además por ser un estudio exploratorio, no involucró ninguna sanción o prevención a los puntos de ventas, ya que el objetivo la visita era medir el comportamiento del sector de carnes, con respecto a los requisitos de etiquetado. Se analizó el etiquetado para la carne no preempacada y la carne preempacada disponible al consumidor final. Dejando constancia los funcionarios de la plantilla de los incumplimientos detectados, así como se les indicó a cada uno de estos establecimientos, que debían de corregir los incumplimientos, debido que se iba realizar en el segundo semestre de 2017 una nueva visita, con vistas a verificar el cumplimiento del respectivo RTCR de Etiquetado de Carnes Crudas. El detalle con los comercios verificados se muestran en el siguiente cuadro 7
S uper el Arbolíto Carnicería Santa María Carniceria Los S antos Carnicerìa La Vasconia # 3 Carnicería Super la Coope Carnicería el Chirriche Carnicería el Novillo de Oro CUADRO N 1 Establecimientos comerciales visitados S anta Maria de Dota Santa Maria de Dota San Marcos de Tarrazú San Marcos de Tarrazú Bajo de San Juan Tarrazú Fuente: Plantillas de verificación DVM, diciembre 2016. Carnicería La Puriscalieña Carnicería Corte Fresco Supr Carnes La Económica # 2 Carnicería Pozos Carnicería Obando Escazú Escazú Escazú Santa Ana Santa Ana Puriscal Carnicería Vazquez Palmares Puriscal Carnicería La Tica Palmares S uper Mora Central Puriscal Coopepalmares Palmares Carnicería Los Angeles Centro de Carnes Puriscal Centro de Carnes Felipe Carnicería el Capricho Centro de Carnes Colón Centro de Carnes Coope Montecillos Puriscal Carnes la Vaquita Palmares Puriscal Carnes Mincho Atenas Grecia Carnicería La Granja Atenas Grecia Carnes mi finca S an Rafael Grecia Carniceria Flory Barva Grecia Centro de Carnes Barva Barva Carnicería Morita Grecia Carnicería La Mascota Barva Supermercado el Ceibo Súper Carnes La Suiza Inversiones Dispogema Carnicería Los Gerardos Carnicería Las Delicias Pali Turrialba Carnes Daniela Barva Turrialba Carnicería Liseth Pacayas Turrialba Eko Market Pacayas Turrialba Carnicería el Porvenir Pacayas Turrialba Carnicería La Central Cervantes Escazú 8
VI: RESULTADOS Del total de los 41 establecimientos comerciales verificados el 93% (38 de ellos) presentaron algún tipo de incumplimiento, mientras que el 7% (3) no presentó ningún incumplimiento. En el siguiente gráfico se muestran los resultados GRÁFICO N 1 Fuente: Plantillas de verificación DVM, diciembre 2016. Las tres Carnicería que no presentaron ningún incumplimiento fueron los siguientes: Mi Arbolito en Santa María de Dota, Carnicería Los Gerardos en Turrialba y Pali en Escazú. En el caso de los incumplimientos por tipo de variable, para la carne cruda no preempacada, de los 41 puntos de ventas visitados, tenemos que el incumplimientos con mayor número de veces que se registra en el estudio es : 9
las recomendaciones de manejo y consumo del producto en 36 establecimientos comerciales, en orden decrecientes tenemos que, en 32 negocios se presenta el cumplimiento del: % de grasa para la carne molida, y en igual número de veces el País de origen, en 31 ocasiones la lista de ingredientes, en 29 veces falta el nombre de la especie animal, en 28 ocasiones la información del proceso adicional, en 26 veces no se informaba del nombre del corte de la carne cruda y en 25 ocasiones el precio de venta al consumidor. Ver detalle (gráfico Nº 2). GRÁFICO N 2 Grado de incumplimiento detectado, por tipo de variable en la verificación de etiquetado de carne cruda, no empacada, Diciembre de 2016. Precio de venta (Urna) Nombre del corte (Urna) 25 26 Proceso Adicional (Urna) Nombre de la especie (Urna) 28 29 Lista de ingredientes (Disponible ) Pais de origen (Urna) % de grasa para la carne molida (Urna) 31 32 32 Recomendaciones de manejo y consumo (Disponible ) 36 Fuente: Plantillas de verificación DVM, diciembre 2016. 10
Carne preempacada De los 41 puntos de venta visitados y verificados, en 4 de ellos comercializaban también carne preempacada, en estos casos el 100% se encontraba incumpliendo en uno a varios de los requisitos de etiquetado. (Ver detalle cuadro Nº 2) CUADRO Nº 2 CUADRO DE INCUMPLIMIENTOS POR ZONA GEOGRAFICA CARNE CRUDA EMPACADA Zonas visitadas Número de Establecimientos Incumplieron Zona de los Santos-Santa Maria de Dota 1 1 Puriscal 1 1 Escazú 2 2 TOTAL 4 4 Fuente: Plantillas de verificación DVM, diciembre 2016. 11
De tal forma que en los cuatros establecimientos que comercializaban la carne cruda preempacada, se verificaron un total de 60 variable de etiquetado, de las cuales el 73% de las variables verificadas o sea un total de 44 de ellas cumplían con los requisitos de etiquetado y el 27% o sea 16 de ellas no cumplían con los requisitos de etiquetado. Lo que demuestra un cumplimiento mayor por cumplir con la normativa de etiquetado en las carnes crudas preempacadas que las carnes crudas no preempacadas. (Ver Gráfico Nº 3) GRÁFICO N 3 Grado de incumplimiento total por variable verificada en la carne cruda empacada, Diciembre 2016 Incumplimientos 27% (16) Cumplimientos 73% (44) Fuente: Plantillas de verificación DVM, diciembre 2016. 12
VII. CONCLUSIONES Se visitaron 41 establecimientos comerciales en varias zonas del territorio nacional: Zona uno: Santa Maria de Dota, San Marcos de Tarrazú y bajos de San Juan. Zona dos: Puriscal. Zona tres: Grecia. Zona cuatro: Turrialba. Zona cinco: Escazú y Santa Ana. Zona seis: Palmares y Atenas. Zona siete: Distritos de Cartago (Cot-Cervantes y Pacayas). Zona ocho: San Rafael y Barva de Heredia. El grado de incumplimiento en materia de etiquetado para la carne cruda no preempacada, fue del 93% es decir 38 establecimientos comerciales se encontraban incumpliendo con la normativa, solo 3 establecimientos o sea un 7% cumplía. El estudio exploratorio realizado permite conocer el nivel de cumplimiento del sector de carne, la reforma Decreto Ejecutivo Nº 40006-MEIC-MAG del 01 de Diciembre del 2016, solo modificó algunos requisitos de forma y por lo general el Decreto Ejecutivo Nº 33744-MEIC, del 22 de Marzo de 2007, Etiquetado de la carne cruda, molida, marinada, adobada, tenderizada y vísceras. Se mantiene vigente y con pocos cambios El incumplimiento con mayor número de veces detectado en los puntos de venta para la carne cruda no preempacada, son las recomendaciones de manejo y consumo del producto, en 36 establecimientos comerciales de los 41 visitados. De los 41 puntos de venta visitados, 4 de ellos comercializaban los dos modalidades de carne cruda preempacada y no empacada, el 100% de ellos incumplían con una o varias variables en la carne cruda preempacada. 13
Los resultados de SENASA de la labor realizada y de los incumplimientos detectados en los puntos de venta, como también de los resultados de la toma de muestras, para corroborar la especie animal, serán informados una vez estén concluidos. VIII. ACCIONES TOMADAS Se programó una capacitación para el sector de carnes, como parte de los resultados del estudio y de la reforma al Decreto Ejecutivo Nº 33744-MEIC del 22 de Marzo de 2007. La capacitación la impartieron funcionarios del Departamento de Verificación de Mercado y de Reglamentación Técnica y Codex del MEIC y funcionarios de SENASA), el miércoles 7 de diciembre 2016 en un horario de 8:00 a.m. a12 medio día en el Auditorio del MEIC. Para el segundo semestre de 2017 se efectuará una nueva incursión al mercado de carnes, será una verificación conjunta con SENASA MEIC, con el propósito de evaluar nuevamente el cumplimiento de reglamentación técnica en materia de etiquetado. Los resultados obtenidos será divulgados a la prensa. Para aquellos puntos de venta que se encuentren incumpliendo con la normativa, se elaborarán prevenciones y se les otorgará el tiempo de Ley, establecida en el artículo 102 del reglamento a la Ley Nº 7472, antes citada, con el propósito de que corrijan los incumplimientos. Los establecimientos comerciales que no cumplan con las prevenciones, se presentará la denuncia respectiva ante la Comisión Nacional de Consumidor (CNC), se iniciaría el proceso sancionatorio. Se incluyen algunos anexos con información relevante sobre las carnes crudas preempacadas y no prempacaada. 14
ANEXOS Carne cruda no preempacada 15
Carne cruda prempacada y otros ejemplos de información al consumidor 16