INICIATIVA DE ADICIONES Y REFORMAS AL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL DIPUTADO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL El suscrito, diputado Jaime Alberto Ochoa Amorós, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 122 Apartado C Base Primera fracción V inciso I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 42 fracción XIII y 46 fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 17 fracción IV, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 85 fracción I y 93, del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración de este órgano legislativo, la presente iniciativa de reformas y adiciones al Código Penal para el Distrito Federal bajo la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Un accidente de tránsito o siniestro de tráfico es un accidente en el que se ve involucrado al menos un automóvil u otro tipo de vehículo de transporte por carretera. Los accidentes de tráfico tienen diferentes escalas de gravedad, el accidente más grave se considera aquél donde resultan víctimas mortales, van bajando la escala de gravedad desde donde hay
heridos graves, heridos leves, y el que origina daños materiales a los vehículos afectados. De enero a la primera quincena de abril de este año se reportaron tres mil 884 choques y 74 volcaduras en intersecciones viales de la ciudad, con lo que suman tres mil 958 accidentes de tránsito, mil 319 al mes. En dicho periodo, la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF) también reportó tres mil 535 lesionados y 45 muertos. Además, la mayoría de estos suceden en diez cruceros identificados por la SSPDF. Las intersecciones son: Ignacio Zaragoza-Circuito Interior, Circuito Interior- Marina Nacional, Insurgentes-Ticomán, Ignacio Zaragoza-Guelatao, Ignacio Zaragoza-Rojo Gómez, Circuito Interior-San Cosme, Ignacio Zaragoza-Telecomunicaciones, Anillo Periférico-Barranca del Muerto e Insurgentes-Eje 1 Norte. En el mismo lapso enero-abril fueron reportados mil dos atropellados y 214 derrapones de conductores de motocicleta. Para el periodo se realizaron seis mil 142 dispositivos de tránsito, para los que fueron desplazados siete mil 321 elementos. El año pasado, la SSPDF registró 28 mil 47 choques y 694 volcaduras.
Según datos del INEGI, dentro de las primeras 6 causas de muerte en personas que van de los 5 a los 44 años, se encuentran los accidentes de vehículo de motor (tránsito); siendo la segunda causa de muerte en personas de 20 a 29 años. En el periodo del 2007 al 2012, se registraron 871 accidentes de motociclistas y 1,248 en los que estuvieron involucrados los peatones; en tanto, ocurrieron 526 defunciones de peatones y 112 de motociclistas en el mismo lapso de tiempo. Considerando los números anteriores, es necesario fortalecer una cultura cívica aplicable no sólo para el automovilista, sino también para el peatón, el motociclista y el ciclista. La educación vial es un tema que nos incluye a todos y por lo tanto, también nuestra responsabilidad. La presente iniciativa plantea que sean sancionados con uno hasta cinco salarios mínimos, los peatones, ciclistas y motociclistas que no respeten los señalamientos y que derivado de ello, pongan en peligro su vida y la de cualquier otro y que con su conducta provoquen un accidente de tránsito. En el primer semestre de 2006, la Policía capitalina presentó el programa preventivo Cruceros Peligrosos, que tenía como fin ubicar las 500 intersecciones más peligrosas para automovilistas y transeúntes, a través de círculos rojos con líneas diagonales.
El proyecto de la anterior administración estuvo sustentado en la asesoría de especialistas y estudiantes de la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Ingeniería y Ciencias Sociales y Administrativas (UPIICSA), del Instituto Politécnico Nacional (IPN), para ayudar a evitar parte de los 21 mil 718 accidentes y mil 399 muertes que se registraban anualmente en la capital de la República. Para 2010, el proyecto se retomó y se volvieron a pintar círculos rojos, esa vez para resaltar las 120 intersecciones más conflictivas y peligrosas para peatones y automovilistas en la Ciudad de México, con la finalidad de disminuir los accidentes. En la medida implementada por la SSPDF se consideraba multar a los conductores que se quedaran a la mitad de dichos cruceros, obstruyendo el paso de vehículos y peatones. En esos días, de no ser respetados los Cruceros de Cortesía, como fueron denominados, los infractores pagaban una multa de diez salarios mínimos. Según datos de la Subsecretaría de Control de Tránsito de la Secretaría de Seguridad Pública Capitalina (SSP-DF), aproximadamente 5 de cada 100 accidentes viales son ocasionados por peatones que deciden ignorar los semáforos o ahorrar tiempo cruzando por lugares inadecuados. De acuerdo con cifras de la dependencia, en el 2011 se registraron un total de 14,483 percances automovilísticos, entre ellos los 724 causados por transeúntes.
El 30% de los accidentes de tránsito en la Ciudad de México son atropellamientos, indican cifras de la SSP-DF. La imprudencia de peatones para cruzar las calles, ya sea por prisa o por no subir a un puente peatonal; las incorporaciones vehiculares simultáneas y obstáculos para caminar son factores de riesgo que hacen vulnerables a los transeúntes a un atropellamiento, según indican las auditorías viales del Centro Nacional para la Prevención de Accidentes ( Cenapra). Conforme a cifras de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), en los primeros 6 meses del año 2012 se iniciaron 3,634 averiguaciones previas por el delito de lesiones culposas por tránsito vehicular. El promedio diario es de 16 casos, aunque las estadísticas no especifican cuántas denuncias se levantan por atropellamiento. Según datos de la PGJDF, lo primero que se pide son reductores de velocidad o topes y puentes, pero cuando se hacen, no son usados por los peatones, según informa la misma dependencia, por medio de las cámaras se ha observado que la gente prefiere cruzar corriendo una vialidad principal que utilizar un puente peatonal. La idea de la presente iniciativa es establecer la corresponsabilidad entre peatones, ciclistas y automovilistas, para el uso adecuado de las vialidades
sin que se ponga en peligro la vida e integridad de los mismos y también contribuir a evitar posibles accidentes de tránsito. PRIMERO.- Se adiciona la fracción XII al artículo 29 del Código Penal para el Distrito Federal, para quedar de la siguiente forma: CAPÍTULO QUINTO CAUSAS DE EXCLUSIÓN DEL DELITO ARTÍCULO 1 AL 28 ARTÍCULO 29 I AL XI XII. Por hechos o incidentes viales, previa dictaminación del mismo, al conductor que no haya sido declarado responsable por atribuírsela tal conducta al peatón. ARTÍCULOS TRANSITORIOS PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- Remítase al Jefe de Gobierno del Distrito Federal para su debida publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y para su mayor difusión en el Diario Oficial de la Federación. ATENTAMENTE DIP. JAIME A. OCHOA AMORÓS