el perito de seguros



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Transcripción:

el perito de seguros ''dependencia de la independencia'' Cuando ocurre un siniestro intervienen cuatro actores: 1.- El asegurado y su vehículo, que entrega el parte a la compañía y lleva el coche o la moto al taller. 2.- El perito que, pasadas unas horas o días, acude al taller, y tasa los daños. 3.- El taller que repara el siniestro. 4.- La aseguradora que paga la indemnización. EL PERITO Uno de los eslabones en la ''fábrica'' del siniestro es la figura del perito. Por lógica, el perito debe hacer las funciones de ''tasador'' de daños. Su cometido debe ser tan imparcial en el siniestro que la propia Ley reconoce el derecho, tanto del asegurado como del asegurador, de nombrar su propio perito. Incluso, en caso de discrepancias sobre los daños sufridos entre los dos peritos, intervendría un tercer perito. La Ley persigue un bien ''ideológico'', la práctica es bien distinta, hasta tal punto que sería necesario cambiarlo, para que fuera eficaz en su planteamiento inicial. No quiere decir que el sistema actual no funcione, que si (sobre todo teniendo en cuenta que cada año se resuelven millones de siniestros donde interviene la acción del perito), pero funciona por ''inanición'', es decir, cuando los usuarios no utilizan sus servicios y los peritos se callan... porqué el usuario no utiliza los servicios de un perito? Si bien la Ley reconoce el derecho al usuario de utilizar su propio perito, la realidad es que en el 99.99% de los casos el usuario, bien por desconocimiento y sobre todo por ahorro de tiempo y costes, NO nombra su perito. Existen varios motivos para ello.

Desconocimiento En primer lugar, los usuarios muchas veces desconocemos los derechos que nos asiste la Ley. Bastante tenemos con los problemas que nos plantea el día a día en el trabajo, la familia, la hipoteca, la... como para leernos todas y cada una de las normas que aparecen en el Boletín Oficial del Estado y que nos pueden afectar a nuestras vidas. Y además de leerlas, hay que saber interpretarlas. Es como ser Ingeniero de Caminos. Los libros están ahí, léetelos y apréndetelos si quieres. El desconocimiento no es una excusa, no es un eximente, pero es la realidad. La Ley se hace con buen criterio y buen fin, pero la realidad es la que dicta el sentido mas amplio de lo acertado de cada artículo que se redacta en un Real Decreto. La mayoría de los siniestros tienen una resolución sencilla, no son graves, o si lo son, es de muy fácil solución. Si no ha impregnado en la sociedad la figura del perito es porque no es demasiada problemática su actuación en muchos casos. Tiempo Que el usuario nombre un perito no implica que la aseguradora renuncie a nombrar el suyo propio como ocurre al revés. Si el usuario nombra un perito supone un retraso en el tiempo. Retraso en la parte formal, es decir, debe existir una notificación mutua de nombramiento de peritos. Y luego, viene otro retraso mas, que es la parte práctica, que es que entre los dos peritos se pongan de acuerdo en la tasación de los daños provocados. Y si no... hay que esperar al dictamen de un tercer perito. Ojo, para nombrar a un tercer perito tiene que haber conformidad entre las dos partes, o si no, será un Juez. Es decir... mas tiempo todavía. Para la mayoría de los usuarios el coche es una ''herramienta'' (para ir al trabajo, para llevar a los hijos al colegio, para ir a comprar, para salir el fin de semana...). Cuando tenemos un siniestro, salvo que el vehículo no sea imprescindible en nuestra vida cotidiana, o no lo utilicemos y no nos importe esperar, NECESITAMOS una solución rápida. El tiempo juega en contra del asegurado. Las aseguradoras lo saben. Dinero Que el usuario nombre un perito implica, de entrada, pagar sus servicios.

Para las aseguradoras es un gasto que ya está contemplado en su balance económico (partida de X millones para peritación), porque sabe que si la frecuencia siniestral de su cartera es X, tiene un gasto ''fijo'' en peritación, SI o SI. Sin embargo, de cara al usuario es un gasto ''extra'' con el que no contaba, porque cuando contratamos un seguro no sabemos si tendremos uno, dos, cinco o ningún siniestro en la siguiente anualidad, y nadie hace la estimación de ''me gasto X en el seguro, mas Y para el caso de tener que contratar un perito''. Aparte de esto, la economía de las familias a veces va tan justa que un gasto extra es difícil de asumir. Por decirlo de alguna manera, cuando el usuario hace uso de la facultad de tener su propio perito es, bien porque el siniestro es de mucha gravedad, o bien, porque tiene tiempo, dinero, y ganas cuando se ha ''enquistado'' el siniestro. Pero esta es la excepción a la norma. La conclusión final es que en la ''fábrica'' del siniestro, el usuario no utiliza los servicios del perito. EL TEMOR DEL PERITO El espíritu de la Ley dice que los peritos deben ser parte independiente en la tasación de los siniestros. Tal es así que, legalmente, los peritos son contratados como si fuera un proveedor externo, tanto por parte de los asegurados, como por parte de las compañías. Si en el 99.99% de las ocasiones el perito NO es nombrado por el usuario, sino que va ''de parte'' de la compañía, no nos engañemos, la realidad es que los peritos cobran sus servicios de la ''nómina'' de las compañías. Por lo tanto, suponen el 100% de sus ingresos, y por lo tanto, su cliente preferente. Hay varias cuestiones a tener en cuenta: El volumen Es como la red de talleres colaboradores. Por el volumen de siniestros que tienen garantizados a lo largo del año, tienen garantizado el trabajo del taller, de sus asalariados, de sus cuentas de resultados, incluso, en muchos casos, de su superviviencia. qué taller no cobra la hora de mano de obra a 20 euros a la aseguradora y 40 al asegurado si fuera por su cuenta? la hora de trabajo del operario no es la misma en los dos casos?

En el ramo de la peritación pasa algo parecido. Los honorarios de un perito muchas veces son negociados no por la calidad, sino por el ''volumen''. Y cuando esto pasa, la labor pericial pierde parte su esencia, ya que no se puede trabajar sin tiempo, y estar valorado. En el sector pericial hay quejas y lamentaciones. Todos en voz baja protestan, pero nadie levanta la mano no sea que se la corten, y de paso, se quede sin trabajo. Es como vender peritaciones por ''kilos'' (oiga, me pone cuarto y mitad de peras, y rapidito, que llevo prisa). El temor Si mañana un asegurado quiere contratar los servicios de un perito tendrá dificultades en encontrar uno, porque estos temen que si la aseguradora para la que trabaja se entera que está defendiendo el interés del usuario, probablemente se quede sin trabajo en el futuro. ALGUNA SOLUCIÓN? Plantear el problema no sirve de nada si no hay solución. Y esta pasa por proponer ideas. Y ahí va una de ellas. Una solución pasaría porque el regulador haga algo al respecto. Por ejemplo, que exista un organismo Público de Peritación. Se podría pensar que cuando la Administración Pública tiene que intervenir en el mercado privado es que las cosas no funcionan bien, o van a ir a peor. Pues no, hay veces que la Administración Pública funciona, y bien. Ejemplos: Creo que a día de hoy todo el mundo deberíamos estar agradecidos que exista: Consorcio de Compensación de Seguros, que atiende los siniestros sin seguro, por robo, por fenómenos atmosféricos extremos, por atentados... La Dirección General de Seguros velando porque las cuentas de las aseguradoras sean correctas, y los usuarios tengamos garantizado que una compañía no va a desaparecer y con ello nuestra inversión en el seguro. OFESAUTO, ofreciendo una solución cuando tenemos un siniestro donde está implicado un vehículo extranjero, ya sea dentro de los países de la Carta Verde, u otro cualquiera. Dicho organismo Público de Peritación podría depender del Consorcio de Compensación de Seguros, que ya utiliza los servicios de peritación en los siniestros que atiende, y que haría las veces de:

1. Asignar las peritaciones por cada siniestro, donde ni usuario ni compañía sepan, de antemano, quién es el designado. Esto es sencillo, ya que se puede hacer automáticamente. 2. Establecer el precio de las peritaciones, y pagar a los peritos. Esto es sencillo, ya que el Consorcio ya paga a peritos, y por lo tanto, sabe el precio de sus servicios. 3. Servir de garante de la calidad en el trabajo que se le debe exigir al perito, y las medidas disciplinarias a quién no cumpla con los cánones de calidad. Así mismo, el ''precio'' que conlleva el gasto en peritación, en vez de ser asumido por las compañías, sería cargado en la factura de cada recibo de seguro, tal y como se hace con la cuota que se paga cada año al Consorcio de Compensación de Seguros. Ejemplos en otros ámbitos?. Si, los hay. Por ejemplo, la Sociedad Pública de Alquiler de viviendas. Tradicionalmente ha habido miedo por los dueños de pisos a alquilar sus viviendas, y del mismo modo, los arrendatarios no se fían. La solución fue que los dueños de pisos los ponen a disposición del SPA su vivienda. Y esta, a través de la red de API's se encargan de alquilarlos. Ofreciendo una garantía al dueño del piso de cobro del alquiler, y reparación de daños, y así mismo, una garantía al arrendatario que el piso está en condiciones adecuadas, y que le van a respetar los plazos de alquiler. En este caso, un organismo público es el garante. Cuidado... Seguramente mañana mismo firmarían todos y cada uno de los peritos una medida así. Pero lo harían pensando en su cartera, y pensando en que volverían a situaciones de antaño donde vivían mucho mejor y menos estresados. No, los usuarios no queremos que firmen por eso, los usuarios queremos que lo hagan por EL SERVICIO.