21 de Noviembre de 2017 + Apoyo al Capital Emprendedor +
PRINCIPAL NORMATIVA APLICABLE (Publicada a la fecha del presente informe: 21/11/2017) + Ley 27.349 - Título I Apoyo al Capital Emprendedor. - Título III Sociedad por Acciones Simplificadas. + Resolución General 6/2017 IGJ + Resolución Conjunta General 4098-E/17 AFIP-IGJ + Resolución General 4114-E/17 AFIP + Resolución General 4115-E/17 AFIP + Decreto 711/2017 + Resolución General 598-E/17 + Resolución General 606-E/17 02 Apoyo al capital emprendedor
Objetivos Abaratar costos de constitución. Agilizar operatividad de emprendimientos. Estimular y fomentar a los emprendedores. Estar en línea con las nuevas tecnologías (digitalización de procedimientos). Simplificación de trámites. Otorgar ventajas impositivas para los que inviertan en este tipo de Sociedades. 03 Apoyo al capital emprendedor
TITULO I Apoyo al capital emprendedor 04 Apoyo al capital emprendedor
Alcance Emprendimiento Emprendedores Cualquier actividad con o sin fines de lucro desarrollada en la República Argentina por una persona jurídica nueva o cuya fecha de constitución no exceda los siete (7) años. Aquellas personas humanas que den inicio a nuevos proyectos productivos en la República Argentina. O desarrollen un emprendimiento en los términos de esta Ley. Emprendimiento Dinámico: se llama así, a una actividad productiva con fines de lucro, cuyos emprendedores originales conserven el control político de la persona jurídica. Tener los votos necesarios para formar la voluntad social. Elegir a la mayoría de los miembros del órgano de Administración. Adoptar decisiones en cuanto a la gestión. 05 Apoyo al capital emprendedor
Inversores en capital emprendedor La persona jurídica pública, privada o mixta, fondo o fidecomiso publico, privado o mixto, que invierta recursos propios o de terceros en instituciones de capital emprendedor. La persona humana que realice aportes propios a instituciones de capital emprendedor. La persona humana que en forma directa realice aportes propios a emprendimientos. Instituciones de capital emprendedor Persona jurídica-pública, privada o mixta, o al fondo o fidecomiso-público, privado o mixto- que hubiese sido constituido en el país y tenga como único objeto aportar recursos propios o de terceros a un conjunto de emprendimientos, según se defina en la reglamentación. 06 Apoyo al capital emprendedor
Registro de instituciones de capital emprendedor Creación (R.I.C.E) Deberán suscribirse Quiénes Mediante plataforma T.A.D. Inversores en capital emprendedor. Instituciones de capital emprendedor. Los administradores de dichas entidades. Requisito: deberán encontrarse en el curso normal de cumplimiento de sus obligaciones impositivas y previsionales y dar cumplimiento con las demás normativas aplicables en materia de prevención de los delitos de lavado de dinero. 07 Apoyo al capital emprendedor
Beneficios impositivos Deducción en el Impuesto a las Ganancias Mantenimiento de la inversión 2 años contando a partir del primer ejercicio en que realizo la inversión. Los aportes de inversión deberán consistir en dinero o activos financieros líquidos de fácil realización en moneda local. 75% del aporte de inversión. 85% si el emprendimiento es en las zonas de menor desarrollo y menor acceso al financiamiento. Con un tope del 10%, que se calcula depende si es: Personas humanas: Ganancia neta sujeta a impuesto. Personas Jurídicas: Ganancia neta imponible. El excedente podrá deducirse en los 5 ejercicios fiscales inmediatos siguientes a aquel en el que se hubieran efectuado los aportes. Previa presentación y aprobación de la solicitud de beneficio fiscal ante la Dirección Nacional de Capital Emprendedor. 08 Apoyo al capital emprendedor
Emprendimientos donde el inversor puede obtener beneficios fiscales Características Ser desarrollado por una persona jurídica susceptible de recibir aportes de capital en forma directa; No encontrarse dentro de ningún régimen de oferta pública de su capital en ningún mercado de valores, de ninguna jurisdicción y bajo cualquiera de sus modalidades; Los emprendedores originales deben detentar el control político del emprendimiento al momento de hacerse efectivo el aporte de inversión y dichos emprendedores deberán conservar dicho control por un plazo mínimo de ciento ochenta (180) días de efectivizado el aporte. El Inversor no deberá: Ser empleado del emprendimiento; Ser integrante del órgano de administración del emprendimiento; Tener mas del 30% del capital o votos, ó cualquier otra forma de control político. 09 Apoyo al capital emprendedor
Emprendimientos donde el inversor puede obtener beneficios fiscales Situaciones particulares Cuando el emprendimiento cuente con una sociedad controlante extranjera, se considera que desarrolla su actividad en la República Argentina cuando al momento que se realice el aporte de inversión, el emprendimiento y la sociedad controlante en su conjunto, reúne los siguientes condiciones: Contar con al menos el 50% de sus trabajadores domiciliados en la República Argentina y: Cumplir con al menos dos de los siguientes requisitos: Mas del 50% de los emprendedores originales deberán tener su domicilio en la República Argentina; Al menos el 25% de su facturación deberá ser percibida en el país; Al menos el 25% de los gastos en concepto de pago a proveedores deberán ser destinados a personas humanas o jurídicas domiciliadas en la República Argentina. 10 Apoyo al capital emprendedor
TITULO III Sociedades por Acciones Simplificadas 11 Apoyo al capital emprendedor
Aspectos Distintivos Podrá ser constituida por una o varias personas humanas o jurídicas quienes limitan su responsabilidad a la integración de las acciones que suscriban o adquieran. Capital social mínimo igual a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil (hoy $ 8.860). Posibilidad de constitución por instrumento público o privado. Podrá realizarse por medios digitales con firma digital. No se requiere constitución de garantía de los Administradores. Inscripción en el Registro Público en 24hs (luego de presentada la documentación pertinente). Obtención del CUIT en 24hs. Sin necesidad de presentar constancia de domicilio al momento de inicio del trámite, sino dentro de los 12 meses de constituida. Posibilidad de emitir factura A Sin necesidad de observar requisitos patrimoniales. Apertura de cuenta bancaria con la sola presentación del CUIT y Estatuto. 12 Apoyo al capital emprendedor V
Firma Digital Objetivo: realizar operaciones y trámites online que de otra manera necesitarían de una firma presencial. Hay dos formas de generar el certificado de firma digital 1. Mediante un Dispositivo Token (Hardware) Se puede firmar desde cualquier computadora. Conectándolo e ingresando tu clave privada. Seguridad: alta. 2. Mediante instalación del certificado en una PC (Software) Solo se puede usar en la PC donde se instaló el certificado, con Internet Explorer. 13 Apoyo al capital emprendedor
Registros Digitales Libro de Actas Libro de Registro de Acciones Libro Diario Libro de Inventario y Balances Registración Digital ante el Registro Público (formato PDF, ZIP o similar) Proporcionando seguridad de la información a través de criptogramas REGISTROS CONTABLES: las SAS deberá llevar contabilidad y confeccionar sus estados contables que corresponderán a su estado de situación patrimonial y estado de resultado. La AFIP determinará el contenido y forma de presentación de los estados contables a través de sistemas electrónicos de información autorizados. 14 Apoyo al capital emprendedor
Requisitos iniciales Presentar Estatuto. Domicilio en CABA. (por ahora) Abonar el valor del trámite (Hoy $ 4.430). Inscripción Administrador con clave de seguridad nivel 3. Adherir al servicio TAD 15 Apoyo al capital emprendedor v
Esquema del trámite en IGJ Ciudad de Buenos Aires Solo tendrá funciones registrables. No fiscaliza a las SAS. Requisito: la denominación social deberá contar con la expresión Sociedades por Acciones Simplificadas, su abreviatura o la sigla S.A.S. Publicación: por un día en el diario de publicaciones legales correspondiente a su lugar de constitución. A través de TAD Vinculación automática de datos con la AFIP, a los efectos de la obtención del CUIT. Otras modificaciones: mediante Gestión Documental Electrónica (DGE) - Cambio de sede. - Fusión. - Reformas. - Cese de administradores. - Disolución. - Cancelación registral. 16 Apoyo al capital emprendedor
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