Seguro de TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN



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Transcripción:

Seguro de TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN El Seguro de TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN es un seguro multirriesgo pensado y diseñado para dar protección a los riesgos que conlleva la ejecución de cualquier obra, junto con la aparición de nuevos materiales y técnicas constructivas así como la necesidad de acortar los tiempos de ejecución, hace necesario que el promotor, constructor y entidad financiera protejan sus intereses mediante la contratación de un seguro de construcción. La duración del seguro debe coincidir con el periodo de ejecución de la obra, emitiéndose la póliza en la fase de replanteo y acopio de materiales. Con la recepción de la obra debe finalizar la cobertura, momento en el que se regularizará el capital asegurado y consecuentemente la prima, dando paso al inicio de la cobertura decenal, en el supuesto de haberse contratado. Al poder ofrecerle presupuestos en diferentes COMPAÑIAS, conseguimos un producto ajustado a sus necesidades con la mejor prima calidad/precio. 1. BIENES ASEGURADOS Las obras que pueden asegurarse mediante la contratación de esta póliza son: Obras de edificación: Viviendas, naves industriales, colegios, oficinas, hoteles, centros comerciales, etc. Tanto de nueva construcción como de reforma, ampliación, modificación o rehabilitación. Construcciones Civiles: carreteras, puentes, túneles, presas, obras marítimas, de canalización, urbanización, etc. Bienes preexistentes: Otras propiedades del Tomador del seguro, de los Asegurados o que queden bajo su influencia directa debido a trabajos que se realicen sobre ellas y figuren detallados en Condiciones Especiales. También se pueden asegurar: Los equipos de construcción: Andamiajes, puentes auxiliares, armaduras de carpintería y entibación, herramientas, edificaciones provisionales, instalaciones de abastecimiento, conducción, drenaje, desagüe, combustibles y demás bienes propios y análogos. La maquinaria de construcción: Artificios que desarrollen por sí mismo fuerza o trabajo, o requiera el manejo de un operario (grúas, excavadoras, vibradoras, dumpers, apisonadoras, asfaltadoras y similares). 2. GARANTIAS ASEGURADAS Cobertura de daños a la obra: Riesgos convencionales: Incendio, explosión, caída del rayo Robo y expoliación Caída de aeronaves, choque de vehículos e impactos. Fenómenos de la Naturaleza Viento, pedrisco, nieve y lluvia. Tempestad, huracán y ciclón. Helada y deshielo. Desbordamiento, inundación y embates del mar. Hundimiento y corrimiento de tierras, desprendimiento de rocas y aludes. Terremotos y vulcanismos. Guía de compra del Seguro de TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN Página 1 de 5

Riesgos inherentes a la ejecución de la obra (excluyéndose siempre las partes viciadas de la obra): Defectos en los materiales. Mano de obra defectuosa. Cualquier otra causa accidental e imprevisible no excluida expresamente en esta póliza. Equipo de Construcción: cubre los daños y pérdidas materiales cuando unos y otros sean consecuencia directa de una causa externa accidental e imprevisible Maquinaría de Construcción: cubre los daños y pérdidas materiales cuando unos y otros sean consecuencia directa de una causa externa accidental e imprevisible Responsabilidad Civil Extracontractual. Cruzada. Edificios colindantes. Responsabilidad Civil Patronal. Mantenimiento Durante la construcción: Se cubren las pérdidas o daños sufridos en la obra por el contratista durante la ejecución de los trabajos llevados a cabo, con el propósito de cumplir las obligaciones derivadas de la cláusula de mantenimiento o conservación estipuladas en el contrato de obras. Una vez entregada la obra: y por un periodo de tiempo limitado (1 año por ejemplo) se cubren las pérdidas o daños sufridos a la obra provenientes de una causa que tuvo su origen durante el periodo de construcción. Terrorismo: Esta cobertura se extiende a garantizar los daños por TERRORISMO Horas Extra: Esta cobertura garantiza los gastos extraordinarios por concepto de horas extra, trabajo nocturno, trabajo en días de fiesta y flete expreso (excluido flete aéreo), cuando dichos gastos se hayan generado por cualquier pérdida o daño indemnizable a los objetos asegurados por la póliza. Bienes Preexistentes: esta cobertura garantiza la pérdida o daño a bienes fijos existentes antes del inicio de las obras y situados en el lugar de la obra o en su vecindad más inmediata. Efectos de Empleados: cubre los daños y pérdidas materiales sobre los efectos personales de los empleados y obreros, excepto vehículos de propulsión mecánica, cuando unos y otros sean consecuencia directa de una causa externa accidental e imprevisible. Honorarios Profesionales: El Asegurador indemnizará el gasto de honorarios de Arquitectos, Peritos, Ingenieros, constructores y otros honorarios profesionales en que incurra necesariamente el Asegurado para el restablecimiento de la Propiedad Asegurada consecuente a su pérdida, destrucción o daño, pero no para preparar una reclamación, entendiéndose que la suma pagadera por tales honorarios no excederá de las escalas autorizadas por la Autoridad o Colegio Profesional. Horas extraordinarias o por trabajos nocturnos o en días de fiesta y por transportes urgentes, excepto los aéreos. Desescombrado y/o demolición de la obra asegurada como consecuencia de un daño material indemnizable por la cobertura base Las medidas necesarias adoptadas por la autoridad, el Tomador del seguro o Asegurado para cortar o extinguir el incendio o impedir su propagación. Guía de compra del Seguro de TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN Página 2 de 5

Otras garantías Hechos de carácter político social (huelga, motín y conmoción civil) Terrorismo Pérdida de Beneficios por retrasos en la puesta en servicio de las obra siempre que se deban a un hecho amparado en la póliza Daños que sufra la obra durante el período de mantenimiento o conservación después de terminada. Gastos de demolición y remoción de escombros, gastos de extinción de incendios, gastos por horas extraordinarias o transportes urgentes. 3. IDENTIFICACIÓN DEL RIESGO, CARACTERÍSTICAS Y CAPITALES: Para contratar correctamente este riesgo es necesaria la siguiente documentación de la obra: Memoria Presupuesto Proyecto La documentación aporta la siguiente información básica: La duración de la obra La descripción de la misma La urbanización de la obra (movimientos, pavimentación, Además hay que determinar: Las garantías y coberturas que se quieren contratar Así como los capitales de estas garantías y coberturas tuberías, urbanización, canales, etc.) Estaciones y tratamiento de aguas Resto de obras Guía de compra del Seguro de TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN Página 3 de 5

DEFINICIONES Contratista: Persona física o jurídica que se compromete, mediante contrato con el promotor, a ejecutar las obras con los medios materiales y humanos propios o ajenos, con sujeción al proyecto objeto de contrato. Equipo de construcción: Conjunto de elementos accesorios y medios auxiliares necesarios para la ejecución de la construcción y en general, cualquier otro material no definido como maquinaria. Daño Material: El daño, deterioro o destrucción de los bienes asegurados en el lugar descrito en las Condiciones de la póliza. Franquicia: la cantidad expresamente pactada que se deducirá de la indemnización que corresponda en cada siniestro. Infraseguro: situación que se produce cuando el valor de la Suma Asegurada es inferior al Valor de Reposición a Nuevo del objeto De producirse el Infraseguro, podría ser de aplicación la Regla Proporcional tal y como se indica en estas Definiciones. Maquinaria de construcción: en general, cualquier tipo de vehículo empleado en el recinto de la obra y que no esté autorizado para circular por las vías públicas. Obra: Resultado de la ejecución de los trabajos contratados por el contratista y, en su caso, por los subcontratistas, que hacen realidad la construcción proyectada por el Arquitecto, en el caso de edificación, y por el Ingeniero en construcciones civiles. Primer Riesgo: Forma de aseguramiento por la cual el Asegurador garantiza un valor determinado, hasta el cual queda cubierto sin que sea de aplicación la Regla Proporcional. Promotor: Cualquier persona, física o jurídica, pública o privada, que individual o colectivamente decide, programa y financia, con recursos propios o ajenos, la construcción. Regla proporcional: Procedimiento de cálculo de la indemnización a recibir en caso de siniestro y que será de aplicación cuando se produzca Infraseguro. La fórmula de aplicación de la Regla Proporcional, será la siguiente: Daño producido multiplicado por la Suma Asegurada de la Garantía y dividido todo ello por el valor de los bienes objeto de dicha garantía. Regla de equidad: Procedimiento de cálculo de la indemnización a recibir en caso de siniestro y que será de aplicación cuando las características del riesgo no correspondan a las indicadas en póliza. Responsabilidad Civil: Explotación extracontractual: La Responsabilidad Civil derivada de reclamaciones de terceros por daños a su persona o a sus bienes, que sean consecuencia de los trabajos de construcción asegurados y de los que el Asegurado sea legalmente responsable. Responsabilidad civil subsidiaria, entendiéndose por tal, la que el Asegurado deba afrontar, aunque no directamente, por actos de terceros en conexión con su propia actividad (cuando el responsable directo fuera declarado insolvente). Responsabilidad civil cruzada, entendiéndose por tal la que para Guía de compra del Seguro de TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN Página 4 de 5

el Asegurado resulte de daños corporales sufridos por empleados de contratistas y subcontratistas del Patronal: Se cubre el pago de las indemnizaciones que usted, el Asegurado, viniese obligado a satisfacer, por sentencia firme, como responsable civil, exclusivamente por daños personales ocasionados a sus asalariados en los trabajos propios de la actividad asegurada y cuyas lesiones hayan sido originadas como consecuencia de un accidente laboral reconocido y aceptado como tal por las Mutualidades o Entidades gestoras de la Seguridad Social, siempre que tales hechos se produzcan durante la vigencia del Seguro. Subcontratista: Persona física o jurídica que se compromete, mediante contrato suscrito con el contratista, a ejecutar alguna de las partes de la obra con los medios materiales y humanos, propios o ajenos, con sujeción al proyecto objeto de contrato. Terceros: Toda persona física o jurídica distinta de: El Tomador del Seguro y el Los cónyuges, ascendientes y descendientes del Tomador del Seguro y Los familiares que convivan con el Tomador del Seguro o el Los socios, directivos, asalariados y personas que, de hecho o de derecho, dependan del Tomador del Seguro o del Asegurado, mientras actúen en el ámbito de dicha dependencia. Cualesquiera otras personas que de manera habitual presten sus servicios al Tomador del Seguro o Asegurado, ya sean realizados éstos por cuenta propia o ajena. Valor Parcial. Forma de aseguramiento por la que garantizamos una cantidad como parte del valor total declarado por usted, el En caso de siniestro, las pérdidas se indemnizarán por su valor y, como máximo, hasta el capital declarado como Valor Parcial, pudiendo ser de aplicación la Regla Proporcional. Valor Total: Forma de aseguramiento por la que el Asegurador garantiza la totalidad del bien asegurado, pudiendo ser de aplicación, si procediere, la Regla Proporcional. Valor Real: El correspondiente al valor de nuevo de los bienes garantizados en el momento anterior a la ocurrencia del siniestro, deducidas las oportunas depreciaciones según su antigüedad, grado de utilización, estado de conservación y obsolescencia. Guía de compra del Seguro de TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN Página 5 de 5