Se complementa la Resolución APRA 67/2011 que regula el Programa Buenos Aires Produce Más Límpio (P+L)

Documentos relacionados
Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos BOMBEROS VOLUNTARIOS. Resolución Nº 420/2003

POLÍTICA DE CALIDAD DE LA AGENCIA

competencias al Ministerio citado en el considerando precedente.

Política Nacional de Producción Más Limpia PLAN DE ACCIÓN. Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) 1

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S

Que a nivel internacional, se encuentra adoptado este mecanismo para lograr los fines mencionados.

RESOL SSTR Buenos Aires, Miércoles 5 de Diciembre de 2012

Norma ISO 14001:2004. Blga. Sonia Palomino Salcedo CONSLTOR - FOOD SOLUTIONS SAC

Por qué conformarse con ser bueno si se puede ser mejor

RESPONSABILIDADES DE LA DIRECCIÓN

4.7. OFICINA DE METODOLOGÍAS DE SUPERVISIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGO I. IDENTIFICACIÓN. Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo

Resolución General 3945/2016. AFIP. IVA. MiPyME. DDJJ. Pago. Opción Trimestral

CREA COMISION ASESORA PRESIDENCIAL PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL EN REGIONES. Santiago, 11 de junio de Nº 368 VISTOS :

LA PLATA CONSIDERANDO:

ESTATUTO DE AUDITORÍA INTERNA DE BANCA MARCH

Universidad Nacional del Litoral

Buenos Aires, 27 de Septiembre 2007

QUE ES EL MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL?

Llamado ayudante de investigación para el eje social de la política energética

Sistemas de Gestión Ambiental

CATEGORÍAS Y REMUNERACIONES A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2015

SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL EN SEDE RODRIGO FACIO,

Seguridad Social. Procedimiento. Fiscalizaciones. Relevamientos de personal. Herramienta informática Trabajo Registrado en Línea.

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

VISTO el expediente Nº S01: /2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

Manual de Organización. de la Coordinación General de la. Comisión de Planeación para el. Desarrollo del Municipio

Plan de Acción :

MINISTERIO DE SALUD SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD. Resolución 332/2016. Buenos Aires, 08/09/2016

Protegiendo nuestra Comunidad y el Medio Ambiente

POLÍTICA DE SOSTENIBILIDAD MEDIOAMBIENTAL INDUSTRIA DE DISEÑO TEXTIL, S.A. (INDITEX, S.A.)

ECO UIC - PROGRAMA DE ECOEFICIENCIA EMPRESARIA. PROPUESTA ETAPA BRONCE, PLATA y ORO

MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE DEL REINO DE ESPAÑA Y LA SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Que desde la vigencia de la Ley Nº , el Manifiesto de Transporte no ha sufrido modificaciones significativas.

LEY No SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL

Dependencia/ secretaría. Secretaria General y Administrativa INTRODUCCIÓN

Procedimiento para la Gestión de la Seguridad Laboral

DECRETO 943 DE (Mayo 21) Por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno (MECI). EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

NMX-J-SAA ANCE-IMNC-2011

MIR de Impacto Moderado

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina. Superintendencia de Riesgos del Trabajo HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

1. ANTECEDENTES. 2. Objetivos de La Consultoría. El Objetivo General de la consultoría es:

El estado de situación del servicio de taxis y remises de la ciudad de Rosario y su necesidad de reconversión y;

Descripción de Cargo. Sub Gerente Recursos Humanos. Competencias Específicas

ANEXO 5 PLAN DE TRABAJO PROYECTO GAVI-NICARAGUA RESIDUOS SÓLIDOS HOSPITALARIOS OPS/OMS

VISTO el expediente N /14, y

Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

FICHA Y PLAN MANEJO AMBIENTAL SIMPLIFICADO PARA MINERIA ARTESANAL

VISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y

AUTORIZACION DEL DOCUMENTO

Fernando Rojas Especialista Líder en Gestión del Sector Público. Banco Mundial. 9 de Julio 2009

Normativa Ambiental Venezolana Relacionada a la Actividad Industrial Ley No. 55. Tekoa Ingenieros C.A.

GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO DE PRODUCTO. Gerente de Planeamiento y Desarrollo de Producto. Objetivo del puesto. Nombre del puesto:

BUENOS AIRES 21 DE AGOSTO 2002

Sistema Nacional de Investigación en salud en Perú

GESTIÓN 3e, S.L. Tfno Mail:

Apruébase el Protocolo para la Medición del nivel de Ruido en el Ambiente Laboral.

Dirigido a: Organizaciones titulares de la certificación ICONTEC de sistema de gestión de la calidad con la norma NCh 2728.

Norma Emisor Número Tema Boletín Modificaciones

MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIA LABORALES INTRODUCCIÓN

Programa de Investigaciones y Sistematización de Experiencias en Deporte y Actividad Física

LA DIRECTORA NORMALIZADORA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN RESUELVE:

CONTRALORIA MUNICIPAL I.-OBJETIVOS

RECONOCIMIENTO AL RECICLAJE DE RESIDUOS Convocatoria

ACUERDO GUBERNATIVO No

Ministerio de Cultura y Educación Consejo Federal de Cultura y Educación Secretaría General

PROYECTO CERO HALLAZGOS POR PARTE DE LOS ENTES DE CONTROL JOHANA LEÓN JAIMES DIRECTORA CONTROL INTERNO Y EVALUACIÓN DE GESTIÓN

Ref. Hornos a microondas para uso doméstico - Eficiencia energética - Certificación. 01/11/2016 (BO 11/11/2016)

LEGISLACIÓN AMBIENTAL VIGENTE Tipo Norma Número Año Tema Resolución SEGURO AMBIENTAL

PBS 8 Gestión de Riesgos y Controles Internos

MATRIZ DE CONTROL INTERNO COMPONENTES Y NORMAS

Buenos Aires, 03 de noviembre de Expte. Nº: /06

SISTEMA DE CONTROL INTERNO GENERALIDADES.

2011 Buenos Aires, Capital Mundial del libro Ley Nº3.433-

MANUAL DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTION ISO 9001:2008 Y OHSAS 18001:2007 CAPITULO V

Sistema de Gestión Ambiental ISO 14001

CONGRESO AGUA Gestión Ambiental de Proyectos, una gran herramienta para la optimización del recurso hídrico

RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN

REGLAMENTO ESPECÍFICO DE PROGRAMACIÓN DE OPERACIONES COMPATIBILIZADO EL 20/08/09 NOTA MEFP/VPCF/DGNGP/USP-650/09

Hábitos saludables y seguridad en el trabajo

El Instituto Nacional de la Leche (INALE) es una persona jurídica de derecho público no estatal, creada por el artículo 6 de la ley 18.

INICIATIVA PAÍS SESION PRIVADA - XI CONFERENCIA ANUAL DE LA RICG Octubre 28 al 30 de Santo Domingo, República Dominicana

M INISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA

Visto el Expediente Nº /08; y

LEY Nº DECRETOS COMUNIDADES INDIGENAS

PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA MCPEC 2014

Taller de Cooperación Regional sobre Ecoetiquetado

RESUMEN EJECUTIVO Ficha Ambiental y Plan de Manejo del CENTRO COMERCIAL GRANADOS PLAZA

ENFOQUE BASADO EN PROCESOS. Ingeniero Daladier Medina Niño Jefe Oficina Asesora de Planeación

Universidad Nacional de Lanús 042/11

Descripción. Objetivo. Perfil de ingreso

APRUEBA CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN CON BANCO ESTADO.

Universidad Nacional de Lanús

Ministerio de Salud SALUD PUBLICA Resolución 374/2002

Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en Construcciones El Condor S.A. Agosto 28 de 2014

Descripción de puestos

POLÍTICA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS

CAJA DE SEGURO SOCIAL

'2016-A 40 años del último Golpe de Estado en Argentina: por la memoria, la verdad y la justicia" RESOLUCIÓN N 328/16

Competitividad Ambiental

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE CURTINCÁPAC

Transcripción:

Ciudad de Buenos Aires Agencia de Protección Ambiental Resolución 119/2012 Se complementa la Resolución APRA 67/2011 que regula el Programa Buenos Aires Produce Más Límpio (P+L) Publicada: 24/04/2012 VISTO: la Constitución Nacional, La ley Nacional Nº 25.675, La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N 2.628, el Decreto N 138/08, la Resolución 67/APRA/11 y el Expediente Nº 1.837.278/11, y CONSIDERANDO: Que el artículo 41 de la Constitución Nacional reza que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes, sin comprometer las de las generaciones futuras"; Que la Ley General del Ambiente N 25.675 establece que el "El desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los recursos naturales deberán realizarse a través de una gestión apropiada del ambiente de manera tal, que no comprometa las posibilidades de las generaciones presentes y futuras", Que el artículo 27 de la Constitución de la Ciudad establece que "La Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su inserción en el área metropolitana"; Que mediante la sanción de la Ley Nº 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; 1

Que dicha Ley dispone como objeto de la Agencia de Protección Ambiental, el de proteger la calidad del medio ambiente de la Ciudad de Buenos Aires a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política ambiental de la Ciudad; Que en ese sentido la Agencia tiene entre sus metas la de promover la utilización de tecnologías limpias y la implementación de sistemas de gestión ambiental; Que asimismo el Decreto N 138/08 establece que "la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su carácter de organismo con mayor competencia ambiental, actuará como autoridad de aplicación de las leyes vigentes relacionadas con la materia de su competencia y las que en el futuro se sancionen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que a través de la Resolución N 67/APRA/2011 se creo el Programa "Buenos Aires Produce mas Limpio", que funciona en el ámbito de la Dirección General de Evaluación Técnica, cuyo objeto es "mejorar el desempeño y la gestión ambiental de los establecimientos industriales o de servicios, promoviendo la adopción de tecnologías, procesos y servicios que permitan armonizar de manera eficiente el crecimiento económico y social con la protección del ambiente, a efectos de garantizar el desarrollo sustentable de las actividades que se desarrollen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que en el Anexo I de dicha Resolución se establece el procedimiento que deben cumplir, las empresas que deseen ingresar al programa "Buenos Aires Produce Más limpio", como un instrumento que permita publicitar su pertenencia al mismo, para así también potenciar el cumplimiento del plan de mejoras implementado en el Anexo I de la Resolución N 67/APRA/11; Que otro de los objetivos del Programa "Buenos Aires Produce Más Limpio" es "diseñar y otorgar distintivos ambientales a aquellas empresas que demuestren a la sociedad su compromiso con el cuidado del medio ambiente"; 2

Que resulta pertinente aclarar que el otorgamiento de los distintivos ambiéntales, se encuentra reconocido en el artículo 3 inciso d), de la Resolución, N 67/APRA/11; Que en ese sentido, corresponde complementar la Resolución, N 67/APRA/11, a través de la aprobación del "Certificado de Adhesión" que se otorgará a aquellas empresas que se incorporen al Programa Buenos Aires Produce Más limpio", y con la creación del distintivo ambiental, "Ecosello de Producción Limpia" como una herramienta de adecuación y diferenciación productiva, prevista en el marco de dicho Programa, el cual permitirá identificar aquellas empresas que demuestren haber adoptado compromisos conducentes al desarrollo sustentable; Que en ese sentido, el distintivo ambiental "Ecosello de Producción Limpia", estará dividido en dos (2) niveles de distinción denominados: Nivel de Compromiso y Eficiencia respectivamente, conforme el nivel de compromiso que tiene cada una de las empresas con el medio ambiente; Que cada nivel estará representado por colores: Nivel I, Amarillo, Nivel II, Verde, según el compromiso en el cumplimiento por la empresa de lo exigido conforme el Anexo I que se acompaña en la presente resolución; Que la implementación de este instrumento de reconocimiento, fomentará el cumplimiento progresivo de la normativa ambiental y la prevención de la contaminación en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, promoviendo desde el Gobierno de la Ciudad a las empresas interesadas en la producción y consumo sustentable, brindándoles una herramienta a través de la cual puedan difundir su compromiso con el cuidado y protección del medio ambiente; Que por último corresponde agregar que la adhesión al programa "Buenos Aires Produce Más Limpio", permite sentar las bases para obtener el ECOSELLO, objetivo que perdura en el tiempo y que es materia de esta regulación específica; Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal. 3

Por ello, y en uso de la facultades atribuidas por la Ley 2.628 y el Decreto N 442/10, EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE Artículo 1.- Apruébase el "Certificado de Adhesión" que se otorgará a aquellas empresas que se incorporen al Programa Buenos Aires Produce Más Limpio, en el modo y las condiciones establecidas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Créase el "Ecosello de Producción Limpia de la Ciudad de Buenos Aires" en el marco del Programa Buenos Aires Produce mas Limpio, dependiente de la Dirección General de Evaluación Técnica, de la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el modo y las condiciones que se consignan en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3 Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Técnica Administrativa y Legal, a la Dirección General de Control, a la Dirección General de Estrategias Ambientales y a la Dirección General de Evaluación Técnica todas dependientes de esta Agencia de Protección Ambiental y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Evaluación Técnica. Cumplido, archívese. Corcuera Quiroga 4

ANEXO I N 3898-24/4/2012 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N 204 5

ANEXO II Características y Alcances Nivel I (Compromiso) Color del Distintivo: Amarillo Para acceder al Ecosello de Producción Limpia Nivel I (Compromiso), la empresa deberá cumplimentar los siguientes requisitos: - Certificado de adhesión al Programa Buenos Aires Produce mas Limpio, conforme al artículo 1 de la presente, - Definir la Política Ambiental de la empresa. - Identificar las normas legales que debe cumplir la Organización. - Realizar un Diagnóstico Ambiental Inicial (Conf. Anexo I Res. Nº 67-APRA-11) - Priorizar Área Críticas o con Potencialidad de Mejora. Identificación de los aspectos y sus impactos ambientales, evaluando y priorizando los mismos para designar criticidad. - Diseñar y Presentar un Plan de Producción más Limpia, en el que se incluyan objetivos de mejora ambiental incluyendo algunos aspectos críticos y un cronograma de trabajo (Conf. Res. Nº 67-APRA-11. En este Nivel la organización debe evaluar y mejorar los siguientes aspectos ambientales: o Minimización de la carga de contaminante de efluentes líquidos: o Reducción de la generación y gestión sustentable de los residuos. o Minimización de la carga contaminante de los efluentes gaseosos. o Optimización del uso de materias primas e insumos. o Optimización del uso de agua o Optimización de la eficiencia energética o Sistema de Gestión Ambiental o Sistema de control y monitoreo o Mitigación de las cargas contaminantes liquidas 6

o Mitigación de la carga contaminante de los efluentes gaseosos o Orden y limpieza o Buenas practicas de manufactura Una vez cumplimentados estos requisitos y aprobado mediante Resolución de la Agencia de Protección Ambiental el Plan de Producción mas Limpia y su correspondiente cronograma de seguimiento y monitoreo (Conf. Resolución 67- APRA- 2011), se otorgará a la empresa el Ecosello de Producción Limpia correspondiente al Nivel I - Compromiso, previo informe de evaluación de la Unidad de Coordinación de Producción Limpia. Este Ecosello podrá ser utilizado por la empresa en comunicaciones institucionales de carácter general o de difusión al público, pudiendo utilizar a estos fines cualquier medio gráfico, televisivo o radial, cartelera, folletos, o mediante su difusión en formato electrónico, quedando excluida su utilización en etiquetas o envases de productos librados al consumo masivo o servicios de cualquier clase. Asimismo se establece que podrá ser utilizado por la empresa durante el plazo de ejecución de su Plan de Producción mas Limpia, conforme lo dispuesto por la resolución que apruebe el respectivo Plan y su cronograma de seguimiento y monitoreo. Nivel II (Eficiencia): Color del distintivo: Verde Para acceder al Ecosello de Producción Limpia Nivel II Eficiencia la empresa deberá cumplir con la normativa en materia ambiental y haber dado cumplimiento a los requisitos exigidos en el Nivel I Compromiso, lo que será acreditado previo informe de evaluación del Departamento de Producción Más Limpia. 7

Asimismo, en esta instancia cada organización adherida deberá poseer procedimientos que describan las actividades y tareas a desarrollar para los siguientes requisitos: - Capacitación, información y concientización del personal. - Planes de contingencias y prevención de accidentes. - Auditorias internas y mediciones. - Documentación, Registros y su Control. Este Ecosello podrá ser utilizado por la empresa en comunicaciones institucionales de carácter general o de difusión al público, pudiendo utilizar a estos fines cualquier medio gráfico, televisivo o radial, cartelera, folletos, o mediante su difusión en formato electrónico, quedando excluida su utilización en etiquetas o envases de productos librados al consumo masivo o servicios de cualquier clase. El Ecosello de Producción Limpia Nivel II Eficiencia será renovado anualmente. Para ello la empresa deberá presentar con una antelación de 30 días de que opere el vencimiento del plazo por el que fue otorgado el Ecosello, un informe documental acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos en dicho nivel (Anexo I), el que será aprobado por el Departamento de Producción Más Limpia. Asimismo la Agencia de Protección Ambiental podrá realizar auditorías cuando lo considere necesario, para controlar el cumplimiento de los requisitos exigidos y las mejoras implementadas. Grupos de Mejora en P+L definido en adelante GMPL : El Programa Buenos Aires Produce más Limpio conformará un equipo de profesionales que asistirá a las empresas para la implementación de los diferentes niveles que conforman el Ecosello de Producción Limpia. Entre otros puntos GMPL podrá colaborar en la identificación de aspectos e impactos, implementación de programas de orden y limpieza, reducción de residuos, aprovechamientos de subproductos, etc. 8