ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS Espacios Naturales Protegidos
Río Guadalimar en Puente de Génave www.panoramio.com ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS 1. INTRODUCCIÓN 2. ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS POR EL PLAN DE PROTECCIÓN DEL MEDIO FÍSICO 3. ESPACIOS NATURALES DE LA RED NATURA 2000 4. VÍAS PECUARIAS 5. POTENCIALIDADES Y DEBILIDADES
1. INTRODUCCIÓN Espacio natural protegido es, según la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza: Una zona de tierra y/o mar especialmente dedicada a la protección de la diversidad biológica y de los recursos naturales y culturales asociados, y gestionada legalmente o por otros medios eficaces. La normativa básica española de protección de espacios naturales es la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que deroga a la 4/89 de conservación de los espacios naturales y la flora y fauna silvestre. Esta ley, como la anterior, establece cuatro categorías de espacios naturales protegidos: Parques, Reservas Naturales, Monumentos Naturales y Paisajes protegidos. La norma básica en cuanto a protección de espacios naturales en Andalucía lo constituye la Ley 2/89 por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía a través de la cual, la comunidad autónoma andaluza ha creado la Red Andaluza de Espacios Naturales Protegidos (RENPA) que engloba todos aquellos territorios autonómicos bajo régimen de protección establecidos en la ley 2/89. En esta ley autonómica se contempla además de las figuras de protección definidas en la ley estatal 42/2007 las siguientes: Parajes Naturales, Parques Periurbanos y Reservas Naturales Concertadas de Andalucía. Puente de Génave limita con el Parque Natural de Cazorla, Segura y Las Villas y es paso obligado para acceder a él, pero no se encuentra incluido en el territorio protegido. Además de estas dos leyes fundamentales para la protección del medio natural, la figura del Plan Especial de Protección del Medio Físico, prevista en la legislación urbanística, cuyo objetivo es mantener un adecuado equilibrio entre el territorio y sus recursos y la utilización social que del mismo se realiza, cataloga espacios y bienes de la provincia para protegerlos de actuaciones que supongan un deterioro o degradación de los mismos. En el municipio de Puente de Génave se localiza un Complejo Serrano de Interés Ambiental. Por otra parte, la aplicación y desarrollo de las Directivas Hábitats y Aves en Andalucía ha supuesto que, en el territorio andaluz, la red Natura 2000 cuente actualmente con zonas declaradas ZEPA (Zonas de Especial Protección para las Aves) y con zonas propuestas como (LIC) Lugares de Interés Comunitario, fase inicial de las ZEC (Zonas de Especial Conservación). Puente de Génave forma parte de la Red Natura 2000. Otro de los espacios merecedores de protección, e incluido en el presente documento de diagnóstico por sus valores naturales y culturales, son las Vías Pecuarias. Se entiende por Vías Pecuarias, según la Ley 3/95 de la Comunidad Autónoma Andaluza, las rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero. Se trata de bienes de dominio público de las Comunidades Autónomas y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables. El término municipal de Puente de Génave es atravesado por dos vías pecuarias.
2. ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS SEGÚN EL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DEL MEDIO FISICO Aquellos espacios de la provincia en los que concurren caracteres naturales y/o de utilización social que conllevan la existencia de valores territoriales-ambientales particulares quedan sujetos a las Normas del Plan Especial de Protección del Medio Físico de la Provincia de Jaén. Estas normas se orientan a la mejor y más efectiva protección de estos valores buscando en cualquier circunstancia la compatibilización con las utilizaciones, tradicionales o no, que resulten apropiadas para el mantenimiento de los valores que se pretenden. El Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de la provincia incluido en el PEPMF diferencia y delimita distintas tipos básicos de zonas de interés en función tanto de sus características naturales como del grado de protección que se les otorga. Así aparecen tres tipologías básicas que son: - Espacios naturales y paisajes: son espacios susceptibles de una identificación territorial inequívoca destacable desde el punto de vista de la conservación e interés de sus medios vivos o inertes. Se dividen en: Parajes Naturales Excepcionales; Zonas húmedas; Complejos Serranos de Interés ambiental; Paisajes Sobresalientes; Complejos Ribereños de Interés Ambiental y Espacios Forestales de Interés Recreativo - Paisajes agrarios: En esta categoría se incluyen áreas representativas, normalmente dehesas, vegas, regadíos de paisajes agrarios de gran calidad paisajístico y /o productiva. Son espacios de particular importancia como articuladores de la actividad agraria circundante. - Yacimientos de interés científico: Incluyen áreas de interés ecológico y geomorfológico así como yacimientos arqueológicos o paleontológicos. Normalmente son zonas afectadas por procesos de destrucción y expolio en caso de los yacimientos arqueológicos. En el término municipal de Puente de Génave está catalogado el siguiente espacio: Espacios protegidos según el PEPMF en Puente de Génave Tipo Código Denominación Complejo Serrano de Interés Ambiental CS-5 Cuenca del Guadalmena Tabla 1 Fuente: Plan Especial de Protección del Medio Físico, 1986. 5
Diagnosis Técnica Agenda 21 de Puente de Génave Mapa Espacios protegidos según el PEPMF en Puente de Génave Mapa 1 Fuente: Plan Especial de Protección del Medio Físico, 1986. Elaboración propia, 2002. 6
Complejo Serrano de Interés Ambiental Los Complejos Serranos son definidos por el plan como aquellos espacios relativamente extensos y/o de caracteres diversificados, con utilización y/o vocación principalmente forestal y en los cuales la cubierta forestal cumple y debe cumplir una función ambiental equilibradora de destacada importancia. Comportan en general importantes valores paisajísticos, y en ocasiones valores faunísticos destacados. Igualmente suelen presentar importante interés productivo Complejo Serrano de Interés Ambiental (CS-5) Cuenca del Guadalmena" Municipios afectados Puente de Génave, Torres de Albanchez, Siles, Orcera, Génave, La Puerta de Segura, Segura de la Sierra, Chiclana de Segura. Información Físico Biológica Localizada en el sector oriental de Sierra Morena, el área se configura como una peniplanicie sometida a la erosión y rejuvenecimiento de la red hidrográfica de la cuenca del Guadalmena. El paisaje se presenta en formas de cerros en torno a los 800 metros y con unas pendientes medias. Sobre materiales del Ordovícico se desarrollan tierras pardas y, en zonas más abruptas, litosuelos y rankers. El drenaje del Guadalmena y sus tributarios configuran una red estructural. Sus aguas están reguladas por el embalse del Guadalmena. El nivel erosivo es medio-alto (niveles IV-V) aunque el proceso de rejuvenecimiento aumenta progresivamente la susceptibilidad de la zona. La cobertura vegetal está formada básicamente por repoblaciones de coníferas. En el sur y zona derecha del embalse aparecen matorrales y pastizales bien conservados. Destaca la fauna de los pinares, las especies cinegéticas de caza mayor y menor y la fauna que alberga el embalse. Usos y aprovechamientos Predomina el forestal (matorral, pastizal, repoblaciones). El aprovechamiento de las repoblaciones es muy escaso. La caza es uno de los principales recursos. Aparecen también aprovechamientos ganaderos. Los usos tradicionales están en regresión al igual que los extractivos. Los aprovechamientos del embalse son sobre todo hidroeléctricos y de regulación y en menor medida para riegos. Valoración cualitativa El embalse constituye un valor paisajístico y biológico, así como las zonas de repoblación. El espacio posee potencialidades de cara a los usos recreativos, didácticos y científicos. Importante presencia de especies protegidas. 7
Diagnosis Técnica Agenda 21 de Puente de Génave Usos de los Complejos Serranos de Interés Ambiental según las normas del PEPMF Usos prohibidos La tala de árboles que impliquen transformación del uso forestal del suelo. Las construcciones y edificaciones industriales excepto las de almacén de productos asociados a las actividades agrarias o similares. Los parques de atracciones. Aeropuertos y helipuertos. Viviendas aisladas de nueva planta no vinculadas a actividades productivas directas, o de servicio público, o las de guardería. Instalaciones publicitarias y símbolos e imágenes conmemorativas. Usos compatibles La tala de árboles integrado en las labores de mantenimiento debidamente autorizadas por el organismo competente. Las actividades, instalaciones y construcciones relacionadas con la explotación de los recursos vivos. En el caso de obras de desmontes, aterrazamientos y rellenos, estabulación de ganado según características del anejo 1 y piscifactorías será requisito indispensable la aportación de un proyecto con estudio de impacto ambiental. Las actuaciones relacionadas con la explotación de recursos mineros, que deberán constar siempre con la declaración de utilidad pública y con estudio de impacto ambiental. Los vertederos de residuos sólidos de cualquier clase que ineludiblemente deban localizarse en estas zonas, previo proyecto y realización de estudio de impacto ambiental. Las adecuaciones narturalísticas y recreativas y los parques rurales, de acuerdo a lo dispuesto en la norma 26. Los campamentos de turismo, albergues sociales e instalaciones deportivas aisladas de acuerdo con las siguientes limitaciones: - No situarse a distancias mayores de 1km del núcleo de población más próximo. - No afectar a una superficie superior al 5% del espacio protegido. - No deberá implicar ninguna alteración de la cobertura arbórea ni la topografía originaria de los terrenos. - Que no suponga una restitución el disfrute público del resto del espacio protegido. La construcción de instalaciones hoteleras de nueva planta y los usos turísticos recreativos residenciales en edificaciones legales existentes según lo dispuesto en la norma 26. y Las viviendas familiares aisladas ligadas a la explotación de recursos agrarios, al entretenimiento de obras pública y la guardería de complejos situados en medio rural. La licencia deberá ser denegada cuando se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias: - La explotación a la que esta vinculada se sitúa a menos de 2km de un núcleo de población. - El promotor no demostrara inequívocamente la condición imprescindible de la vivienda agraria para la atención de las necesidades normales de la explotación. Las actuaciones de carácter infraestructural que ineludiblemente deban localizarse en estos espacios de acuerdo espacios de acuerdo a lo establecido en la norma 22. Cuando se trate de infraestructuras viarias, energéticas, hidráulicas, de saneamiento o abastecimiento o vinculadas al sistema general de telecomunicaciones será preceptiva la aportación de un estudio de impacto ambiental. Tabla 2 Fuente: Plan Especial de Protección del Medio Físico, 1986. 8
3. ESPACIOS NATURALES DE LA RED NATURA 2000 La Red Natura 2000 es una red ecológica europea formada por las Zonas de Especial Conservación (ZEC) y por las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA). Esta red de espacios coherentes se fundamenta en la política de conservación de la naturaleza de la Comisión Europea para todos los estados miembros de la Unión Europea con la adopción de la Directiva 92/43/CEE del 21 de mayo de 1992 relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales y de la Fauna y la Flora Silvestres, más conocida como Directiva Hábitats. Su fin es garantizar el mantenimiento o, en su caso, el restablecimiento, en un estado de conservación favorable, de los tipos de hábitats naturales y de hábitats de las especies de que se trate en su área de distribución natural. Para ello se persigue fomentar un uso sostenible de su medio y sus recursos con el fin de garantizar el espacio a generaciones venideras. Puente de Génave se ve afectado por un Lugar de Interés Comunitario que forma parte de la Red Natura 2000: Río Guadalimar en Puente de Génave www.panoramio.com 9
Diagnosis Técnica Agenda 21 de Puente de Génave Lugar de Interés Comunitario en Puente de Génave Código Nombre % Sup del municipio % Sup del ZEC ES6160014 RÍO GUADALIMAR 0.20% 0.36% Tabla 3 Fuente: Consejería de Medio Ambiente, 2009. Red Natura 2000 en el municipio Puente de Génave Mapa 2 Fuente: Consejería de Medio Ambiente, 2009. 10
4. VÍAS PECUARIAS La Red Española de Vías Pecuarias es un patrimonio público único que por su magnitud y por sus valores ecológicos, históricos y culturales, debe ser preservado para las generaciones futuras. Además de constituir un elemento patrimonial valioso, las vías pecuarias juegan un importante papel en la conservación de la naturaleza como elementos de contraste y ecotonía entre espacios limítrofes, posibles corredores ecológicos y como rasgos singulares del paisaje. La extraordinaria extensión y singular configuración de la red es el resultado de la interacción de factores físicos y culturales: la complejidad del territorio, el clima mediterráneo y el manejo humano a través de variadas vicisitudes históricas. Las vías pecuarias, además de tener un intrínseco valor cultural, pueden satisfacer una creciente demanda social para el desarrollo de actividades de ocio, acercando la naturaleza y la cultura rural a los ciudadanos. La Ley 3/1995, además de proteger las vías pecuarias, establece su tipología, mantenimiento, usos y prohibiciones, así las vías pecuarias se denominan, con carácter general: cañadas, cordeles y veredas y se definen como: Cañadas son aquellas vías cuya anchura no exceda de los 75 metros. Cordeles, cuando su anchura no sobrepase los 37,5 metros. Veredas, las vías que tienen una anchura no superior a los 20 metros. La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, competente en materia de vías pecuarias, ha venido desarrollando hasta la fecha, una importante labor en cuanto a la recuperación de las vías pecuarias de Andalucía, consolidándose esta trayectoria con la aprobación en marzo del 2002 del Plan de Recuperación y Ordenación de las Vías pecuarias de Andalucía. El objeto del mismo es el mantenimiento y la protección de este bien patrimonial. El Plan de Recuperación que establece la normativa, plantea una serie de actuaciones como son; la clasificación, deslinde, amojonamiento y en algunos casos la recuperación de las vías pecuarias: Clasificación: Acto administrativo para determinar la existencia, la anchura, el trazado y las demás características físicas de cada vía pecuaria. Deslinde: Acto administrativo por el que se definen los limites de la vía pecuaria. El deslinde aprobado declara la titularidad demanial a favor de la Comunidad Autónoma dando lugar al amojonamiento. Amojonamiento: Es el procedimiento administrativo en virtud del cual y una vez aprobado el deslinde se determinan los limites de la vía pecuaria y se señalizan con carácter permanente sobre el terreno. Recuperación: Se aplica en aquellos casos en los que por cualquier circunstancia sea necesario recuperar la posesión de vías pecuarias indebidamente ocupadas por terceros. A través del término municipal de Puente de Génave discurren las siguientes vías pecuarias: 11
Diagnosis Técnica Agenda 21 de Puente de Génave Vías pecuarias Denominación Anchura legal Estado legal VEREDA DE ANDALUCÍA 21 Clasificada CORDEL DEL GUADALIMAR 38 Clasificada Tabla 3 Fuente: Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía, 2002. Vías pecuarias Mapa 3 Fuente: Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía, 2002. 12
5. POTENCIALIDADES Y DEBILIDADES POTENCIALIDADES Municipio perteneciente a la Red Natura 2000. Presencia de un complejo serrano de interés ambiental Puesta en marcha de programas de sostenibilidad ambiental. DEBILIDADES Necesidad de un conocimiento exhaustivo y puesta en valor de los recursos naturales de estos espacios. 13