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Transcripción:

En cumplimiento del artículo 52 del Estatuto de COOCRESER, el Consejo de Administración establece el siguiente REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA GENERAL. CAPITULO PRIMERO CONSIDERACIONES GENERALES ARTICULO 1. OBJETO. - El presente Acuerdo tiene como objeto señalar los procedimientos, requisitos y criterios generales para elección de los delegados a la Asamblea General de la Cooperativa. ARTICULO 2. ELECCIÓN DE DELEGADOS. - Para los efectos del presente Acuerdo se entenderá por elección de delegados, la efectuada con participación de los asociados hábiles, según la lista verificada para tal fin por la Junta de Vigilancia y la Revisoría Fiscal de la Cooperativa. ARTICULO 3. CONDICIONES PARA SER ELEGIDO DELEGADO. - El asociado que aspire a ser elegido como Delegado a la Asamblea General, deberán reunir los siguientes requisitos: a) Estar inscrito en el Registro Social con una antigüedad mínima de un (1) año cumplido al momento de la inscripción como candidato. b) No tener suspendidos sus derechos como asociado. c) Encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones de aportes, créditos y seguros con COOCRESER al 31 de enero de 2018. PARAGRAFO: Las condiciones del numeral c) se validarán de acuerdo al listado de asociados hábiles e inhábiles obtenidos al cierre del periodo de postulaciones. ARTICULO 4. POSTULACIÓN COMO DELEGADO. - Un asociado podrá postularse como delegado diligenciando completamente el Formato de Inscripción Candidato a PAGINA 1 DE 8

Delegado para la Asamblea General, disponible en las oficinas de COOCRESER o en la página de internet www.coocreser.coop. El formato deberá ser radicado a partir del jueves quince (15) de febrero de 2018 a las 8:00 a.m. y hasta el viernes dieciséis (16) de febrero de 2018 a las 5:30 p.m., a través de las siguientes opciones: a) Radicándolo personalmente en una de las sedes de servicio de COOCRESER. b) Enviándolo por correo físico a las oficinas de COOCRESER en Bogotá (Carrera 13 No 38 47, oficina 203) procurando que llegue dentro del horario establecido para postulaciones. c) Enviándolo escaneado al correo electrónico elecciones@coocreser.coop. Recibidas las postulaciones, la Junta de Vigilancia y la Revisoría Fiscal verificarán el cumplimiento de las condiciones descritas en el artículo 3 del presente Acuerdo y definirán la lista de candidatos hábiles para ser elegidos delegados. El listado de candidatos hábiles para ser elegidos delegados se publicará en las oficinas de COOCRESER en Bogotá, Soacha y Tumaco y en la página web www.coocreser.coop a partir del diecisiete (17) de febrero de 2018. ARTÍCULO 5. ASOCIADOS HÁBILES PARA VOTAR. - Se consideran asociados hábiles para ejercer su derecho al voto durante el proceso de la elección de Delegados, los que cumplan con los siguientes requisitos: a) Estar inscritos en el Registro Social b) No tener suspendidos sus derechos como asociado. c) Encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones de aportes, créditos y seguros con COOCRESER al 31 de enero de 2018. PAGINA 2 DE 8

PARAGRAFO 1: En relación con los Aportes Sociales se validan como al día para efectos del numeral c) del presente artículo, hasta máximo cinco cuotas de aportes pendientes a la fecha de corte allí definida. PARAGRAFO 2: Los asociados tendrán plazo hasta el cierre del periodo electoral para cumplir con el requisito del numeral c) y el parágrafo 1. ARTICULO 6. LISTA DE ASOCIADOS HÁBILES E INHÁBILES. - Los listados de asociados hábiles e inhábiles se generarán y publicarán a partir del seis (6) de febrero de 2018, en las oficinas de COOCRESER en Bogotá, Soacha y Tumaco y en la página web www.coocreser.coop. PARÁGRAFO. - Los asociados que consideren que la publicación del listado de hábiles e inhábiles no corresponde con su situación real frente a la cooperativa podrán dentro del término previsto en el presente artículo, exponer ante la administración de la Cooperativa mediante comunicación al correo elecciones@coocreser.coop, las razones que les asiste con el propósito de aclarar su calificación de inhabilidad. La administración procederá a verificar las pruebas, consideraciones y fundamentos presentados antes de iniciarse el correspondiente proceso electoral. Si agotada la instancia anterior, el asociado considera que no le ha sido atendida su exposición podrá presentar sus consideraciones a la Junta de Vigilancia a través de comunicación electrónica enviada al correo juntadevigilancia@coocreser.coop. CAPITULO SEGUNDO PROCEDIMIENTO ARTÍCULO 7. PERÍODO ELECTORAL. - Definidas las postulaciones, se llevará a cabo el proceso electoral a partir del jueves veintidós (22) de febrero de 2018 a las 8:00 a.m. y hasta el lunes veintiseis (26) de febrero de 2018 a las 5:00 p.m., de acuerdo con los PAGINA 3 DE 8

mecanismos de votación habilitados y horario de atención al asociado que se tiene establecido en cada sede de COOCRESER. ARTÍCULO 8. MECANISMOS DE VOTACIÓN. - Para votar se tienen previstos como válidos los siguientes mecanismos: a) Voto personal: Este mecanismo está habilitado únicamente para la sede de COOCRESER en Bogotá, mediante el cual el asociado personalmente solicita a un funcionario de la Cooperativa que verifique que esté hábil según el listado de asociados, diligencia la papeleta del voto y la deposita en la urna prevista para tal efecto. b) Voto por medio escrito: El asociado debe diligenciar completamente el formato de voto escrito, suscribirlo con su firma registrada en COOCRESER y hacerlo llegar a los puntos fijo de atención autorizados o al correo elecciones@coocreser.coop. Dicho formato se encuentra disponible en las sedes de la Cooperativa y en la página de internet www.coocreser.coop c) Voto a través de correo electrónico: El asociado podrá desde su correo electrónico personal registrado en COOCRESER, realizar su voto indicando nombres y apellidos del candidato de su preferencia al correo electrónico elecciones@coocreser.coop. Desde el seis (6) de febrero de 2018 se publicará la lista de correos registrados por los asociados, quienes tendrán hasta el veintiuno (21) de febrero de 2018 para registrarlo o actualizarlo. De tal forma que sólo se tendrán por votos válidos aquellos remitidos desde los correos relacionados en listado definitivo publicado el veintiuno (21) de febrero de 2018. PARÁGRAFO 1. El mecanismo de voto personal estará sujeto al horario del punto de atención de la sede de COOCRESER en Bogotá y los votos por los otros dos mecanismos podrán realizarse en cualquier momento durante el periodo electoral descrito en artículo 7 del presente acuerdo. PAGINA 4 DE 8

PARÁGRAFO 2. Los anteriores mecanismos de votación son excluyentes, sin embargo, de presentarse votos por más de uno de los mecanismos previstos, se dará por válido el primero recibido en la Cooperativa, dando prelación en todos los casos al voto personal. ARTÍCULO 9. PUNTOS FIJOS DE ATENCIÓN AUTORIZADOS. La votación podrá llevarse a cabo acudiendo a los siguientes puntos: Sede Tumaco - Calle Sucre No. 9 A 14, Piso 2: Este punto de atención estará habilitado los días 22, 23 y 26 de febrero de 2018 de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m., para radicar su voto por medio escrito según lo previsto en el artículo 8, literal b) de este Acuerdo. Sede Soacha Carrera 7 No. 18 12, Piso 2: Este punto de atención estará habilitado los días 22, 23 y 26 de febrero de 2018 de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. en jornada continua, para radicar su voto por medio escrito según lo previsto en el artículo 8, literal b) de este Acuerdo. Sede Bogotá: - Carrera 13 No. 38 47, oficina 203 edificio contemporáneo: Este punto de atención estará habilitado los días 22, 23 y 26 de febrero de 2018 de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., jornada continua para que realice su voto personal de acuerdo con lo previsto en el artículo 8, literal a) del presente acuerdo. PARÁGRAFO 1: Los asociados de las tres sedes de la Cooperativa, podrán hacer llegar su voto por correo electrónico en cualquier momento, dentro del periodo electoral establecido en el artículo 7 del presente acuerdo. ARTICULO 10. NUMERO DE DELEGADOS A ELEGIR. Con el fin de obtener una adecuada representación de la base social de COOCRESER y de acuerdo con la capacidad económica actual de la Cooperativa para la realización de este evento, serán elegidos como delegados los veinticinco (25) candidatos que obtengan las mayores votaciones a favor. PAGINA 5 DE 8

En caso de presentarse un empate en los resultados de la votación, el delegado elegido será aquel cuya fecha de afiliación a la Cooperativa sea más antigua, según la validación adelantada por los organismos de vigilancia previstos en el artículo 13 del presente Acuerdo. ARTICULO 11. SISTEMA DE ELECCIÓN. - Para la elección de los Delegados se aplicará el sistema uninominal, en el cual, cada asociado emitirá su voto por los asociados postulados, que cumplieron los requisitos y fueron definidos hábiles según lo establecen los Artículos 3 y 4 de este Acuerdo. ARTÍCULO 12. PUBLICACION DE RESULTADOS. La lista de los delegados elegidos se publicará en la página web www.coocreser.coop y en las sedes de COOCRESER el día veintisiete (27) de febrero de 2018. ARTICULO 13. VIGILANCIA: Los listados de asociados hábiles y no hábiles, el listado de correos electrónicos aptos para votación, el escrutinio de votos y en general todo el proceso de elección de delegados será supervisado y acreditado por los miembros de la Junta de Vigilancia y la Revisoría Fiscal de COOCRESER. CAPITULO TERCERO DISPOSICIONES FINALES ARTICULO 14. PERÍODO DE LOS DELEGADOS. - Los Delegados que resulten elegidos en el proceso de votaciones reglamentado en este acuerdo, actuarán como tales por dos años y mantendrán su condición hasta tanto se elijan y acrediten sus reemplazos en un nuevo proceso de votaciones (artículo 51 del Estatuto), no obstante, la calidad individual del delegado se perderá por: a) Desvinculación voluntaria como asociado de la Cooperativa PAGINA 6 DE 8

b) Suspensión temporal de derechos o exclusión como asociado. ARTICULO 15. RECONOCIMIENTO GASTOS PARA DELEGADOS DE FUERA DEL DEPARTAMENTO: La Cooperativa asume los gastos correspondientes al desplazamiento, alojamiento y manutención necesarios para la asistencia a las reuniones de Asamblea General de los delegados elegidos de fuera del departamento de Cundinamarca. ARTICULO 16. CRONOGRAMA. - Se define el siguiente cronograma para la elección de delegados a la Asamblea General: ACTIVIDAD Publicación listados de asociados hábiles e inhábiles y correos electrónicos registrados. FECHA A partir del 6 de febrero de 2018. Inscripción de candidatos a delegados. 15 y 16 de febrero de 2018. Publicación listado oficial de candidatos a delegados. 17 de febrero de 2018. Fecha límite para actualizar su correo para poder votar por este medio. Fecha límite para ponerse al día en sus obligaciones con COOCRESER. 21 de febrero de 2018. 26 de febrero de 2018. Votaciones para elección de delegados. 22 al 26 de febrero de 2018. Publicación resultados de las elecciones. 27 de febrero de 2018. ARTICULO 17. DEROGATORIA Y VIGENCIA DEL ACUERDO. - El presente acuerdo deroga todas las disposiciones que le sean contrarias en la materia y regirá para la elección de delegados del año 2018 y constituye el marco normativo interno para la reglamentación de elecciones posteriores. ARTÍCULO 18: DIVULGACIÓN. - Realizar amplia divulgación y difusión del presente reglamento, listados de asociados hábiles y no hábiles, información acerca de los candidatos a delegados inscritos, lista de correos autorizados para la votación y en PAGINA 7 DE 8

general toda información que permita llevar a cabo el proceso de elección de delegados a la Asamblea General, por medios escritos y virtuales. ARTICULO 19. APROBACIÓN. - El presente acuerdo fue aprobado por el Consejo de Administración en reunión llevada a cabo en la ciudad de Bogotá del día cinco (5) de febrero de 2018. En constancia firman: Original Firmado EDILSON RAMIREZ NIETO Vicepresidente Original Firmado RICARDO CEPEDA ORJUELA Secretario PAGINA 8 DE 8