VISTO La propuesta elevada por: la Consejera Directiva Estudiantil Ana Julia Llul, la Consejera Directiva Docente Lic. Anabel Cuquejo y la Prof. Lic. Celia Reyes sobre Sistema de Créditos en la Formación Inicial; y la propuesta elevada por el Consejo Académico sobre su correspondiente instrumentación e implementación; y CONSIDERANDO Que la Resolución N 24-CFE-2007 Anexo I Apartado 7 Art. 93, expresa: 93. Es aconsejable que una parte de los diseños curriculares jurisdiccionales estén definidos por el Sistema de Créditos. Estos se refieren a la relación entre la distribución del tiempo destinado a la asimilación del aprendizaje y la acreditación de conocimientos y capacidades. El sistema de créditos permite flexibilizar la propuesta de formación desde varias perspectivas posibles: -facilita la acreditación directa de ciertas unidades curriculares, cuando el estudiante ya posee previamente los saberes requeridos por las mismas; -facilita el cursado y aprobación en otras instituciones reconocidas y su posterior acreditación dentro de su plan de estudios; ello implica un significativo enriquecimiento en la experiencia de formación de los estudiantes, ampliando su socialización académica y su capacidad de interacción en distintos ámbitos institucionales; -permite incluir en los planes de estudio una serie de actividades menos escolarizadas, pero de necesario cumplimiento, ampliando las oportunidades culturales de los alumnos, compensando las desigualdades ligadas a la herencia cultural y fortaleciendo la progresiva autonomía de los alumnos en el marco de un proceso de formación profesional, a través de otro tipo de actividades formativas acreditables, tales como: 93.1. Conferencias y Coloquios: encuentros de aprendizaje con especialistas especialmente invitados, sobre temáticas relativas a los contenidos que se están desarrollando en los distintos cursos. Las mismas permiten acercar a los estudiantes el aporte de profesores y profesionales de reconocida trayectoria, ampliando y fortaleciendo las perspectivas de conocimientos disponibles en la institución. A los efectos de la acreditación, las conferencias y coloquios requieren generar un trabajo de producción posterior. 93.2. Seminarios de intercambio y debate de experiencias: encuentros de presentación de experiencias, de informes de estudios de campo, de trabajos monográficos, posters, proyectos didácticos y otras modalidades, con debate de sus desarrollos y conclusiones. Esta actividad tiene el propósito de valorizar, producir, sistematizar y socializar Página 1 de 9
conocimientos, experiencias pedagógicas e investigaciones operativas llevadas a cabo por los estudiantes durante su proceso de formación. 93.3. Ciclos de Arte: actividades del mundo de las artes (teatro, música, cine, etc.) realizadas dentro del propio Instituto u orientadas dentro de la agenda de actividades culturales que se ofrece en el espacio geográfico en el que se inserta el Instituto y a las que se sugiere concurrir con algún trabajo previo y posterior. 93.4. Congresos, Jornadas, Talleres: actividades académicas sistematizadas que organizadas por los Institutos Superiores y/o las escuelas asociadas o por otro tipo de instituciones reconocidas permiten, aún antes del egreso, vincular a los estudiantes con el mundo académico y la producción original y vivenciar de manera temprana los actuales desafíos del desarrollo profesional. 93.5. Actividades de estudio independiente que facilite el ritmo de avance de los estudiantes, permitiendo el estudio de un tema de modo individual dentro del tiempo de una asignatura, con una guía de trabajo y su correspondiente propuesta de evaluación. Para el tratamiento de este tipo de actividades, se recomienda utilizar las nuevas tecnologías de la información y comunicación disponibles en los Institutos de Formación Docente. Que la Resolución Nº 0258-DGE-2012 Régimen Académico Marco de los Institutos de Educación Superior en su Anexo I - Parte III establece la Trayectoria Académica. Que la Resolución N 21-CD-2013 Régimen Académico Institucional Anexo I Parte III Apartado F Art. 129 expresa: 129. La jurisdicción podrá definir, a través de normativa específica, modos de acreditación de conocimientos y capacidades por medio de un Sistema de Créditos a fin de: a. Facilitar la acreditación directa de ciertas unidades curriculares, cuando el/la estudiante posea previamente los saberes requeridos por las mismas; b. Facilitar el cursado y aprobación de unidades curriculares en otras instituciones conocidas y su posterior acreditación dentro de su diseño curricular, promoviendo el enriquecimiento de la experiencia de formación de los/as estudiantes, ampliando su socialización académica y su capacidad de interacción en distintos ámbitos institucionales; c. Desarrollar en sus prácticas formativas actividades menos escolarizadas, pero de necesario cumplimiento, ampliando las oportunidades culturales de los/as estudiantes, compensando las desigualdades ligadas a la herencia cultural y fortaleciendo la progresiva autonomía de los/as estudiantes en el marco de un proceso de formación profesional. d. Serán sujeto de reconocimiento de equivalencias además del desempeño como alumno/a tutor o par tutor actividades tales como: asistencia a conferencias y coloquios, asistencia/ exposición en seminarios, congresos, jornadas o talleres de Página 2 de 9
intercambio y debate de experiencias, ciclos de arte, etc. El reconocimiento de estos créditos quedará sujeto a la presentación de una memoria o trabajo monográfico sobre el evento en el cual se participó, eventualmente la monografía podrá ser expuesta (socializada) o archivada en la biblioteca para ser usada como material de estudio o consulta. La intención es que toda capacitación tenga un efecto multiplicador entre pares, docentes y comunidad educativa. e. También serán sujeto de reconocimiento de créditos otras actividades meramente institucionales, a saber: participación en la oferta educativa, organización de eventos inherentes a la carrera que estudia el/la alumno/a, participación en el centro de estudiantes, representación como delegado/a institucional, representación como consejero estudiantil en el Consejo Directivo, participación como representante del I.E.S en competencias deportivas/académicas, etc. Que las exigencias actuales plantean la necesidad de prever la acreditación de competencias adquiridas en forma externa a la Institución. Que es necesario garantizar al estudiante un Sistema de Créditos durante su formación inicial. Que en función de sus atribuciones, el Consejo Directivo decide aprobar aspectos relativos a la instrumentación del Sistema de Créditos, ad referéndum de la Dirección de Educación Superior. Por ello, y en uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DIRECTIVO DEL IES Nro. 9-009 RESUELVE: Art. 1.- Apruébense los criterios y pautas para la instrumentación del Sistema de Créditos para la Formación Inicial, cuyo contenido obra en Anexo I. Art. 2.- Comuníquese, notifíquese, insértese en el Libro de Resoluciones, y archívese. Página 3 de 9
ANEXO I SOBRE EL SISTEMA DE CRÉDITOS EN LA FORMACIÓN INICIAL A. El Sistema de Créditos permite reconocer recorridos formativos desarrollados por los/as estudiantes en instancias diferenciadas a las ofrecidas por los trayectos formativos de los diseños curriculares. B. En el caso de Unidades Curriculares Jurisdiccionales el docente formador podrá reconocer hasta un 20% de la formación ofrecida en el Instituto de Educación Superior, que podrá corresponderse con el porcentaje de asistencia obligatoria, reconocerse en la calificación final o bien como parte de los trabajos prácticos propuestos por la Unidad Curricular, entre otras posibles instancias. C. En el caso de las Unidades de Definición Institucional (UDI) el sistema de crédito podrá ser aplicado en hasta un 30 % de la carga horaria mínima propuesta. D. A través del sistema de créditos, y habiendo acuerdos interinstitucionales (entre Instituciones de Educación Superior debidamente acreditados en el sistema público) que garanticen la calidad académica de los mismos, los/as estudiantes de los Profesorados podrán cumplimentar por el sistema de crédito hasta un 30% de las horas de formación prevista para las Unidades de Definición Institucional Electivas (UDIEs), desde un mínimo de 80 hs cátedra y hasta un máximo de 180 hs cátedra). E. El reconocimiento de créditos para una instancia formativa (Unidades Curriculares Jurisdiccionales, UDIs, UDIEs) excluye ser considerado, ese mismo crédito, para otra instancia formativa diferente. F. Se conformará un Comité de Sistema de Créditos, a efectos de fundamentar la asignación de créditos académicos, para su posterior elevo al Consejo Directivo. En dicha fundamentación deberá constar: actividad desarrollada, pertinencia temática, vigencia bibliográfica, carga horaria, y toda otra especificación que se estime oportuna. G. El Comité de Sistema de Créditos estará conformado por: el/la Docente de la unidad curricular, Coordinador/a de Carrera, Jefa/e de Formación Inicial, Regente, Vicerrector/a, estudiante del último año de la carrera y/o un graduado/a de la misma. H. La asignación de créditos deberá constar en Libro de Actas de Consejo Académico. Página 4 de 9
I. El Consejo Directivo mediante Resolución aprobará el otorgamiento de los créditos. J. Las siguientes actividades académicas corresponderán a los consecuentes créditos: Actividad Carga horaria Crédito Observaciones Unidad Curricular Jurisdiccional correspondiente en otra Institución de Educación Superior. 3 (tres) hs c. Ej.: Espacio curricular Pedagogía: son 80 hs de carga horaria total de formación para el estudiante. Se podrá reconocer hasta un 20%, es decir hasta 16 hs.c. = 1 Cr. (un crédito) El estudiante se inscribirá al espacio correspondiente. Luego deberá presentar la acreditación certificada por la institución donde realizó dicha actividad. Ej. Cursa un seminario sobre las pedagogías contemporáneas de 40 hs cátedra. El estudiante podrá solicitar el reconocimiento de 5 créditos (es decir 15 hs c.) Unidad de Definición Institucional y Unidad de Definición Institucional Electiva. 3 (tres) hs c. Se podrá reconocer hasta un 30% de la carga horaria. = 1 Cr. (un crédito) Experiencias en actividades de investigación Participación en proyectos de investigación acreditados por la DGE- INFOD u otra Institución El crédito a asignar se establecerá según el proyecto. El director del proyecto certificará la cantidad de horas cumplidas por el estudiante, el cual servirá para otorgar los créditos. Y elaborará informe Página 5 de 9
que acredite experiencia en investigación. junto al Comité. La participación del estudiante en el proyecto debe tener un tiempo mínimo de 1(un) año. El estudiante deberá cumplir entre 10 (diez) y 15 (quince) horas mensuales en tareas vinculadas con el proyecto. (Es lo que establece el INFOD). Experiencias en actividades de extensión Participación en proyectos de extensión acreditados por la propia Institución u otra perteneciente a la DGE. El crédito a asignar se establecerá según el proyecto. El director de proyecto elaborará informe junto al Comité, a fin de certificar la cantidad de horas cumplidas por el estudiante. La participación de un año en el proyecto de extensión. Participación en jornadas, encuentros, congresos, y otros de orden nacional e internacional. asistente: De 10 a 50 hs Más de 50 hs = 5 Cr. (cinco = 10 Cr. (diez evaluar la asignación de créditos. Página 6 de 9
asistente con evaluación: De 10 a 50 hs = 10 Cr. (diez Más de 50 hs = 15 Cr. (quince expositor/a: = 20 Cr. (veinte Cursos de capacitación Eventos científicos debidamente certificados. asistente sin evaluación: De 10 a 30 hs De 31 a 60 hs = 5 Cr. (cinco = 10 Cr. (diez evaluar la asignación de créditos. De 60 a 90 hs = 15 Cr. (quince Publicaciones Publicaciones pedagógicas o de investigación: En revistas especializadas = 15 Cr. (quince evaluar la asignación de créditos. En medios de comunicación diarios revistas = 10 Cr. (diez Página 7 de 9
Actividades Culturales Espacios de ciclo debate, asistencia a conciertos obras de teatro, etc. asistente: El estudiante presentará un plan de actividades culturales en el que participará. = 3 Cr. (tres máximo por actividad evaluar pertinencia, y la asignación de créditos. Actividades sociales Participación en actividades sociales ONG, sin fines de lucro. participante: El estudiante presentará el plan de actividades socioculturales en el que participa. = 5 Cr. (cinco por año evaluar pertinencia, y la asignación de créditos. Par tutor El Comité junto al Servicio de Orientación y Coordinación de Carrera elaborarán informe y propondrán la asignación de créditos. Página 8 de 9
ANEXO II PLANILLA DE SOLICITUD DE CRÉDITOS A PRESENTAR POR EL/LA ESTUDIANTE DE NIVEL SUPERIOR Nombre y Apellido DNI: Carrera: Año de la carrera a la que pertenece: Certificación que se presenta: (Rol del estudiante, nombre de la actividad, horas, temática, Institución, lugar y fecha) Solicita crédito para: Horas solicitadas como crédito: Número de créditos reconocidos por Comité: Ejemplo: Expositora y asistente en las IV Jornadas de Investigación y Extensión de los 4IES del Valle de Uco. Eugenio Bustos San Carlos 17 y 18 de octubre de 2013. Ejemplo: UDI: Juegos Matemáticos (3er año del Profesorado de Educación Secundaria en Matemática) Ejemplo: 24 hs c. Ejemplo: 8 Cr. Cantidad de Hs asistidas: Cantidad de Hs expositora: Temática:.. Se adjunta a la presente, probanza debidamente certificada. Firma del/la estudiante Firma Comité Sistema de Créditos Firma Autoridad Institucional Página 9 de 9