CORTE PENAL INTERNACIONAL Carolina Vergara Tobón Andrés Domínguez Ángela María Mesa González
HISTORIA
Origen remoto Origen próximo Guerra Franco Prusiana: 1817 Tribunales Internacionales de ex Yugoslavia y Ruanda: 1993 y 1994 Juicios de Nuremberg Juicio de Tokio Tratado de Versalles: 1919 Se circunscriben a conflictos específicos
Guerra Franco Prusiana 1817: Gustav Moyner, fundador de la Cruz Roja Internacional, propuso un tribunal para juzgar los crímenes de esta Guerra. Nunca se llevó a cabo. Tratado de Versalles 1919: se estableció que el Kaiser Guillermo II de Alemania fuera juzgado por un Tribunal Internacional por haber cometido crímenes contra la moral internacional. Se quedó en una iniciativa académica, porque nunca se aceptó su extradición. Tribunales internacionales para ex Yugoslavia y Ruanda 1993 y 1994: se crearon como un avance para judicializar los crímenes de lesa humanidad, y restaurar la paz.
Juicios de Nuremberg y Tokio Los países vencedores crearon una instancia judicial para procesar todas aquellas personas que participaron en la comisión de los delitos, derivados de la Segunda Guerra Mundial Estos tribunales fueron altamente criticados porque violaron principios penales, como el de legalidad, el de anteceder a la comisión del delito la creación de la ley y el principio de juez natural Estos Tribunales o Juicios fueron efectivos, porque lograron penalizar a los que consideraron los responsables, pero se consideró como una venganza o toma de poder de los vencedores.
En 1948, la ONU manifiesta su interés de crear un tribunal internacional, que no se circunscribiera a conflictos específicos como los mencionados anteriormente Solo hasta 1989, la Comisión de Derecho Internacional elabora un borrador, que es revisado por la ONU en 1995 Se crea un comité preparatorio para revisar los estatutos y se abren sesiones de debate en Roma para Estados y ONG
El 11 de abril de 2002, se logran las 60 ratificaciones necesarias para expedir el Estatuto de Roma, creador de la Corte Penal Internacional, que entra en vigencia el 1 de julio del mismo año
QUÉ ES?
Órgano independiente y permanente Juzga personas concretas e individualizadas Tribunal de última instancia (aplica cuando el Estado parte no puede o no quiere juzgar) Solo juzga los crímenes más graves Aplica si el sistema nacional es insuficiente Reafirmar la administración de justicia plena y eficaz Competencia en cualquier Estado parte Si no es Estado parte se requiere un acuerdo especial para tener competencia en cualquier Estado
ESTRUCTURA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL
ESTRUCTURA OFICINA DEL FISCAL DIVISIÓN JUDICIAL FONDO PARA LAS VÍCITIMAS PRESIDENCIA (3 magistrados: Presidente y dos vicepresidentes) SALA DE CASOS PRELIMINARES SALA DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE APELACIONES SECRETARÍA Y REGISTRO
ESTATUTO DE ROMA Fundamento jurídico de la Corte Penal Internacional: consagra sus principios
Pueblos unidos por estrechos lazos que constituyen patrimonio común En el último siglo, conocemos víctimas de atrocidades que conmueven la conciencia de la humanidad Amenazas para la paz, el bienestar y la seguridad de la humanidad Evitar la impunidad y contribuir a la prevención de crímenes atroces Ratificar el deber de los Estados de administrar justicia eficazmente Procurar por el cumplimiento de la Carta de Naciones Unidas No faculta para intervenir en el conflicto de otro Estado Ordena la creación de una Corte Penal Internacional, como instrumento complementario al sistema judicial interno
CRÍMENES QUE ESTUDIA LA CORTE 1. GENOCIDIO
Destrucción total o parcial de un grupo nacional, étnico, religioso o religioso como tal Traslado forzoso de niños Impedimento de nacimientos Matanza Lesión grave a la integridad física o mental Sometimiento intencional Se cree que al menos 112 personas murieron en la masacre de Bojayá a manos de las FARC
2. CRÍMENES DE GUERRA Cometidos como parte de un plan o política o cometidos en gran escala
Infracciones graves a los Convenios de Ginebra (1949) Tortura y homicidio intencional Destrucción y apropiación de bienes con fines militares Toma de rehenes Causar deliberadamente grandes sufrimientos Privar de ser juzgado legítima e imparcialmente La explosión de la mina antipersonal le mutiló las dos piernas al Cabo del Ejército. Lo que siguió fue la barbarie que conmocionó a la comunidad: una de las piernas del militar apareció exhibida como trofeo de guerra en una escuela de Convención.
Violaciones graves a la ley internacional en materia de conflictos armados Esclavitud sexual o prostitución forzada Reclutar o aislar niños menores de 15 años Dirigir intencionalmente ataques contra centros religiosos, educativos, de arte Atacar o bombardear ciudades que no estén siendo defendidas Hacer padecer intencionalment e hambre a la población civil Del total de los 5.753 niños desvinculados del conflicto atendidos por el ICBF, 3.483 estuvieron en las filas de las Farc
3. CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD Cometidos de manera sistemática contra la población civil
Desaparición forzada Privación injustificada de la libertad Crimen del Apartheid Embarazo forzoso Exterminio Tortura Esclavitud El 80% de las víctimas sexuales del conflicto armado colombiano son niñas, niños y adolescentes
PROCESO PENAL Investigación y enjuiciamiento
CÓMO LLEGA UN CASO A CONOCIMIENTO DE LA CORTE? El caso es remitido por el Estado parte. Si no es un Estado que hubiese ratificado el Estatuto, podrá dar autorización especial para el conocimiento del caso El caso es remitido por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas El caso es remitido por el fiscal de la Corte
INVESTIGACIÓN El caso supera las cuestiones de admisibilidad de la Corte El fiscal recibe el caso Realiza una investigación previa Si el fiscal concluye que hay motivos para dar inicio a una investigación formal, pide autorización a la Sala de Cuestiones Preliminares aportando los reportes que tenga Si el fiscal concluye que no hay motivos para dar inicio a una investigación debe notificarlo a quien la haya solicitado, sin perjuicio de que se aporten nuevos elementos probatorios Si la Sala, considera que el Fiscal tiene razón autoriza el inicio de la investigación propiamente dicha. En este caso se notifica al Estado parte Si la Sala niega la solicitud del Fiscal, no implica que no se puedan aportar nuevas pruebas para obtener una autorización de la Sala
ENJUICIAMIENTO El imputado comparece ante la Corte por orden de detención, de comparecencia o voluntariamente En dicha audiencia, el Fiscal debe presentar las pruebas que usará en juicio. No se requiere la presentación de los testigos La Sala de Cuestiones Preliminares le informa los cargos del que se le acusan La Sala confirma los cargos y traslada el caso para una Sala de Primera Instancia La Sala niega los cargos Audiencia ante la Sala para hacer la imputación formal de cargos JUICIO
FALLO Para fallar, todos los magistrados deben asistir a la totalidad de las audiencias de enjuiciamiento Decisión escrita y claramente fundada Deliberaciones secretas Decisión por mayoría Lectura pública
FALLO CONDENATORIO Decomiso de bienes producto de los crímenes que se le acusa Cadena perpetua Multa Privación de la libertad no superior a 30 años Lectura pública
ALGUNOS CASOS LLEVADOS POR LA CORTE
LUGAR ORIGEN DE LA INTERVENCIÓN CASO - CARGOS ESTADO ACTUAL UGANDA Remisión del Gobierno de Uganda en 2003. Inicia investigación en 2004 Integrantes del grupo armado Lord s Resistance Army. Investigados por Crímenes de Lesa Humanidad y de Guerra, como tortura, homicidio, esclavitud sexual. - Cuatro acusados en fase preliminar - Cinco con orden de captura, cuatro en libertad. Uno falleció REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO Remisión del Gobierno de República Democrática del Congo en 2004. En el mismo año se iniciaron investigaciones Altos mandos del Gobierno. Cargo de reclutamiento de niños, homicidio, violación, esclavitud sexual. Uno ha sido judicializado y condenado; dos han sido absueltos y tres siguen en libertad en fase preliminar o aún en juicio
ALGUNAS SENTENCIAS
SENTENCIA CONDENATORIA: El 10 de julio de 2012, la Corte dictó sentencia contra Thomas Lubanga una pena de 14 años de prisión por el reclutamiento y utilización de niños soldado en la región de Ituri (República Democrática del Congo) entre septiembre de 2002 y agosto de 2003. La sentencia fue recurrida, y el recurso está siendo examinado por la sala de apelación. SENTENCIA ABSOLUTORIA: Mathieu Ngudjolo Chui fue absuelto de cargos en 2012 por falta de pruebas
COLOMBIA
Ratificación en 2002 En el examen preliminar, la Corte señaló cinco puntos especiales de preocupación Reserva del artículo 124 del Estatuto de Roma En 2013, la Corte recibió 141 comunicaciones de la situación en Colombia. 94 están siendo analizadas en exámenes o investigaciones preliminares Expansión de grupos paramilitares Marco jurídico para la Paz Desplazamiento forzado La Corte ha requerido información adicional sobre la situación de Derechos Humanos y sobre los procedimientos internos Nuevos grupos ilegales al margen de la ley Casos de falsos positivos
La Fiscalía de la Corte, hasta ahora, ha considera que no procede ningún proceso porque en el sistema judicial nacional hay procesos pendientes por concluir, y ello no deriva en ineficacia del Estado ni en falta de voluntad para procesar a los responsables d estos delitos No obstante, el examen preliminar sigue abierto, por lo que se pueden seguir aportando pruebas e información para que la Corte siga investigando, se forme una idea más clara y pueda actuar cuando lo considere pertinente.
Bibliografía https://www.iidh.ed.cr/iidh/media/1409/revista-iidh38.pdf https://www.icrc.org/spa/resources/documents/misc/5tdl7n.htm http://www.elcolombiano.com/colombia/denuncian-barbarie-del-elncon-militar-mutilado-1-ef1878710 http://www.exteriores.gob.es/portal/es/politicaexteriorcooperacion/naci onesunidas/paginas/cortepenalinternacional.aspx http://www.hchr.org.co/documentoseinformes/documentos/html/pacto s/estatuto_roma_corte_penal_internacional.html Documento La Justicia Transicional en Colombia y el papel de la CPI