Los Comites de Monitoreo Ambiental Participativo Jorge Bejar Apaza LABOR PROYECTO DIALOGA
Contenido Antecedentes La vigilancia ciudadana Participación ciudadana Marco Legal Los Comités de Monitoreo Ambiental Participativo
Antecedentes Cada vez; mayor interés de las Comunidades de la calidad ambiental las aguas de los ríos. Mejora de Normatividad en Minería y la participación ciudadana Cada vez mayor predisposición y apertura de las Empresas La necesidad de revalorar la Institucionalidad del pais Experiencias exitosas en otras Regiones.
Antecedentes En los últimos años, la minería se ha convertido en la principal fuente de exportaciones y de ingresos tributarios, en la industria que mayor inversión privada promueve en el país, y en uno de los sectores que más ha contribuido al cuidado de la salud y alimentación de los sectores más pobres, a la ampliación de la cobertura y la calidad educativa, y al desarrollo de infraestructura en las zonas rurales y remotas a las cuales el Estado no ha podido llegar aún.
Antecedentes Sin embargo, hay factores que hacen que el impacto de las empresas mineras no sean del todo conocidos, comprendidos o bien recibidos por la población, y que provocan que se genere -justificada o injustificadamente- una serie de conflictos sociales que podrían evitarse si encontramos el camino correcto para acercarnos, conocernos, dialogar y ponernos de acuerdo para que todos seamos ganadores.
Importancia del monitoreo Participativo Es el ejercicio pleno de la participación ciudadana No es para estar en pro ó contra de alguna institución. Se aclaran las percepciones falsas: dicen, parece que... : pero.... participando. Ayuda a valorar el ambiente La población conoce la situación del agua, suelos, aire: antes, durante y después del proyecto
Importancia del monitoreo participativo Se fortalece la organización comunal, y es valorada por la empresa privada y el estado Se mejora la conciencia ambiental ciudadana: Todos Somos RESPONSABLES de la conservación ambiental : producción de residuos, el cuidado del agua, etc También seremos responsables de las condiciones en que se encuentren y en la forma como dejaremos nuestros ecosistemas.
Es nuevo el comité de monitoreo? Comité de vigilancia de sanidad animal Comité seguridad ciudadana Comité de vaso de leche Comité de Comedores populares Comité de obras Vigilancia del presupuesto participativo Comitê vigilancia de ambiental: monitoreo comunal
Cómo entender la Participación Ciudadana? Es un proceso público, dinámico y flexible que, a través de la aplicación de variados mecanismos, tiene por finalidad: Poner a disposición de la población involucrada información oportuna y adecuada respecto de las actividades mineras proyectadas o en ejecución. Conocer y canalizar las opiniones, posiciones, puntos de vista, observaciones u aportes respecto de las actividades mineras. Promover el diálogo y la construcción de consensos. Todo esto para que la autoridad competente, pueda tomar decisiones, sobre el manejo ambiental y social de los proyectos. Fuente:
Procedimientos para un comite Organizar el comité de monitoreo Definir el objetivo del monitoreo Planificar las actividades Recoger, analizar y difundir la información Propuestas de solución Incidencia con la propuesta Evaluar las actividades de vigilancia
Marco legal Ley General del Ambiente N 28611 Participación Ciudadana R.M. 304-2008-MEM/DM y D.S. 028-2008- EM. Decreto Supremo 016-93-EM, Reglamento de Protección Ambiental en la Actividad Minero-Metalúrgica Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para agua categoría 3: Riego de Vegetales y Bebidas de Animales aprobado por D. S Nº 002-2008-MINAM. Ley General de Recursos Hídricos. Ley Nº 29338 Resolución Jefatural Nº 202-2010-ANA que aprueba la clasificación de los cuerpos de agua superficiales y marinocosteros. Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad en cuerpos de agua superficial, Marzo 2011
El Respaldo legal de los Comités de Monitoreo Ley de Participación ciudadana en el Sub sector minero Su objetivo: normar la participación responsable, individual o colectiva. R.M. 304-2008-MEM/DM. Participación Ciudadana D.S. 028-2008-EM: Reglamento
Qué Derechos y principios nos garantiza la Ley de Participación ciudadana? D.S. N 028-2008- EM PARTICIPACIÓN Toda persona tiene el derecho a participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones por parte de la autoridad, sobre asuntos referidos a la actividad minera que pudieran tener alguna incidencia sobre sus intereses, sin obviar las competencias legales que les corresponden a las autoridades en cada uno de los niveles de gobierno. ACCESO A LA INFORMACIÓN Solicitar y recibir información y acceder adecuada y oportunamente a la información pública. RESPETO A LA DIVERSIDAD CULTURAL Respeto a las características y particularidades de las diversas culturas. Proceso inclusivo e intercultural. (uso de interpretes).
Derechos y principios garantizados por el D.S. N 028-2008-EM VIGILANCIA CIUDADANA Participación a través del seguimiento de las medidas, acciones, obligaciones y compromisos adoptados por el titular minero sobre los aspectos ambientales y sociales relacionados con su actividad NO DISCRIMINACIÓN Participación efectiva de toda persona, sin distinguir raza, étnia, género, religión, cultura, idioma, opinión política, origen nacional o social, posición económica, orientación sexual, nacimiento o cualquier otra condición. DIALOGO CONTINUO Mantener el diálogo continuo a fin de promover y mantener un adecuado relacionamiento social.
Describamos un: Comité de monitoreo ambiental participativo Uno de los derechos garantizados por el D.S. N 028-2008-EM
Qué es un Comité de Monitoreo? Es la unión de los intereses y preocupaciones de diferentes sectores, para conocer la situación ambiental, por la presencia de industrias extractivas, para tener un mayor grado de confianza en el manejo de los planes ambientales.
Finalidad del Comité Participativo Capacitar a lideres de comunidades en los mecanismos del monitoreo ambiental: agua aire suelo, y vigilar sus variaciones a través del tiempo, así proponer medidas para prevenir impactos y preservar nuestros recursos naturales.
Que es Vigilancia Ambiental? Es un derecho que posibilita la participación ciudadana para fiscalizar o controlar la gestión ambiental y consensuar propuestas para que esta gestión sea mas eficiente.
Que es el Monitoreo Ambiental participativo? Son todas las acciones, que las Comunidades organizadas con el Estado y la Empresa, pueden realizar conjuntamente para conocer y evaluar el estado de nuestro Ambiente, con una mayor confianza y aceptación.
Por que es Participativo? El Esta do Emp resa Triang ulo Virtuos o Las Com unida des
Por que es participativo? Interés de las Comunidades de conocer su ambiente Las Comunidades Declaración de transparencia de la Empresa La Empresa La de los Ministerios, Gob. Locales, Gob. Regional El Estado
Quien es la Sociedad civil? 1.Las Comunidades Campesinas 2.Las Comisiones de Regantes 3.Las Organizaciones de base 4.Grupo de personas organizadas Quien es El Estado? 5.Las Municipalidades 6.Las Gobernaturas 7.El Gobierno Regional 8.Gerencia Regional de Energía y Minas 9.Gerencia de Recursos Naturales 10. Autoridad Nacional del Agua: ALA, AAA Direcciones Ejecutivas de Salud Ambiental (DIRESAS) 11. Quien es la Empresa? La Empresa privada en general.
Que nos Permite el Comité de Monitoreo Ambiental A las Comunidades: Capacitarnos en aspectos ambientales. Disponer de información sobre la calidad de los recursos naturales de nuestro entorno. Evaluar los resultados de remediación, en caso sea necesario. Practicar la participación ordenada y coordinada A Estado: GL, GR, MINAM, ANA, etc Recuperar respeto institucional Fortalece sus sistemas de la Gestión Ambiental; como las CAM, CAR. Su oportunidad de hacerlo participativo. A la Empresa Dar a conocer y transparentar su Plan de manejo Ambiental y su responsabilidad social empresarial.
Principales funciones del Comité a)determina los objetivos del monitoreo b)definir lo que se va a monitorear: Agua, suelos, aire c)capacitar a los miembros en protocolos de monitoreo. d)vigilar conjuntamente con el Estado y la Empresa; la correcta aplicación de los mecanismos de monitoreo e)elección de laboratorios, certificados por INDECOPI, que los represente f) Evaluar y validar los resultados de los laboratorios y del monitoreo. g)presentación y difusión de los resultados a la
FACULTADES DEL COMITE DE MONITOREO Podrá estar integrado por organizaciones de la sociedad civil. Podrá contar con asesoría técnica de una organización especializada, tanto para la elaboración de su Reglamento como para sus labores propias. El monitoreo no sustituye las funciones de OEFA, DIGESA, DREMs, sólo puede servir como sustento para la presentación de denuncias ante dichas entidades competentes. El financiamiento para los comités puede provenir de fondos constituidos por las propias empresas o por la autoridad competente.
Qué beneficios hay para las Comunidades? conocer la relación de los aspectos ambientales con las actividades de minería, a través del seguimiento y la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones del titular minero. Capacitar y sensibilizar a la población en el monitoreo ambiental. Elaboración consensuada de propuestas para la mejor gestión ambiental. Fortalecer la confianza entre los actores involucrados; Estado, Empresa y mejorar las relaciones.
Reglamento de participación ciudadana monitoreo y vigilancia participativa Objetivos: Promover de manera organizada la participación de la población involucrada para el acceso y la generación de información relacionada a los aspectos ambientales de las actividades de explotación a través del seguimiento y la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones del titular minero. Sensibilizar, capacitar y fortalecer a la población en el monitoreo ambiental. Elaboración e implementación consensuada de propuestas para la mejor gestión ambiental. Fortalecer la confianza entre los actores involucrados y mejorar las relaciones.
Condiciones de los comités de monitoreo conformación tripartita: población, autoridades, empresa. El comité debe regirse por un reglamento en el que se priorizará: La forma de organización. La capacitación continua. El diagnostico de la situación ambiental. Un plan de monitoreo que haga referencia a visitas, realización y periodicidad de los monitoreos, lugares de monitoreo, etc. Divulgación de resultados. Sensibilización del cuidado ambiental.
Condiciones para un Comité Podrá estar integrado por organizaciones de la sociedad civil. Podrá contar con asesoría técnica de una organización especializada, tanto para la elaboración de su Reglamento como para sus labores propias. El monitoreo no sustituye las funciones de OSINERGMIN (OEFA), DIGESA, DREMs, sólo puede servir de sustento para la presentación de denuncias ante dichas entidades competentes. El financiamiento para los comités puede provenir de fondos constituidos por las propias empresas o por la autoridad competente.
Instituciones Participantes 1. Municipalidades 2. Comunidades Campesinas 3. Gubernaturas 4. Compañía Minera. 5. Comisión de Regantes 6. Gerencia Regional de Energía y Minas 7. Autoridad Local del Agua (ALA) 8. Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental, 9. Instituciones especializadas
Establecer la organización del Comité de Monitoreo Se necesita una directiva Diseñar un organigrama Señalar las responsabilidades a cada uno de los integrantes del sistema Cada institución tiene un rol y evitar superposiciones
Modelo de Sistema de Gestión Presidencia Secretaría Técnica La Empresa Comité de Monitoreo Las Comunidades
Rol de las Instituciones Del Estado: vigilancia de la normatividad vigente. Asesora en aspectos legales, técnicos y procedimentales Asiste con información/capacitación. Las Comunidades Seguimiento a los acuerdos de las sesiones del Comité. Participación Ordenada y organizada Organizaciones independientes Asesora en temas técnicos y legales. Búsqueda de capacitaciones Apoya como secretaría técnica
gracias Un esfuerzo conjunto para crear confianzas Agosto, 2013 Jorge Béjar Apaza