Registrador de la Propiedad de BALMASEDA

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Transcripción:

expedida por RICARDO JOSE NIEVES CARRASCOSA Registrador de la Propiedad de BALMASEDA correspondiente a la solicitud formulada por DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA.SUBASTAS con DNI/CIF: P4800000D Interés legítimo alegado: Investigación jurídica sobre el objeto, su titularidad, o limitaciones. Identificador de la solicitud:p38hq90 Citar este identificador para cualquier cuestión relacionada con esta información. Su referencia:fp50 exp: 1996/18257 pag. 1

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BALMASEDA C/CALVARIO, Nº 13 48.800 BALMASEDA Teléfono : 6.80.03.10 Fax : 6.10.21.03 NOTA SIMPLE INFORMATIVA DESCRIPCION DE LA FINCA Y DATOS REGISTRALES Elemento uno. Correspondiente al edificio señalado con el número uno, que es el primero a mano izquierda mirando a la fábrica de frente desde la carretera o el situado en el lado Este. Tiene una superficie en planta baja de quinientos noventa metros cuadrados y una superficie en entreplanta de seiscientos cuarenta metros cuadrados. Linda: Norte, carretera de Bilbao a Reinosa; Sur, río Cadagua; Este, terreno sobrante y Oeste, edificio dos. Participa en los elementos comunes y terreno con treinta y dos enteros setenta y cuatro centésimas por ciento y forma parte en Propiedad Horizontal de un conjunto de tres edificios adosados, en el barrio de La Herrera de Zalla, que forman parte de la fábrica y que se enumera contando de Este a Oeste uno, dos y tres, siendo el número uno el que está más en dirección de Zalla. TOMO: 1012 LIBRO: 116 FOLIO: 58 FINCA: 9478 de Zalla TITULARES REGISTRALES Nombre : TRANSFORMADOS PEALSA SOCIEDAD ANONIMA Título : Propiedad Horizontal y parcelación Particip.: pleno dominio Notario: Carlos Alberto Muley Posso Lugar otorgamiento: Balmaseda pag. 2

Fecha documento: 16-02-1994 CARGAS VIGENTES SOBRE LA FINCA Hipoteca a favor de BANCO URQUIJO SA constituida mediante escritura otorgada en Bilbao, a cinco de julio de mil novecientos noventa y cuatro, ante el Notario Don Antonio Ledesma García, en garantía del saldo deudor de la cuenta especial que se deja establecida y como reforzamiento de la responsabilidad personal de la parte acreditada y para cubrir dicho saldo hasta la suma de veintiséis millones cien mil pesetas o ciento cincuenta y seis mil ochocientos sesenta y cuatro euros y dieciséis céntimos de euro, de los cuales noventa mil ciento cincuenta y un euros y ochenta y dos céntimos de euro o quince millones de pesetas obedecen a principal garantizado; de dieciséis mil doscientos veintisiete euros y treinta y tres céntimos de euro o dos millones setecientas mil pesetas corresponden a una anualidad de intereses ordinarios al dieciocho por ciento, de treinta y dos mil cuatrocientos cincuenta y cuatro euros y sesenta y cinco céntimos de euro o cinco millones cuatrocientas mil pesetas de intereses de demora, desde el vencimiento o cierre de la cuenta especial y sobre el saldo durante dos años al dieciocho por ciento y de dieciocho mil treinta euros y treinta y seis céntimos de euro o tres millones de pesetas de costas y gastos, amortizable en cinco años, asi resulta de la inscripción 2ª, al folio 66 del tomo 951 del Archivo, libro 104, de fecha catorce de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro. Por nota al margen de esta inscripción, de fecha uno de febrero de mil novecientos noventa y seis se dice: "Sobre parte de la maquinaria sita en esta finca, se ha anotado embargo, con la letra A de la finca 67 al folio 211 del tomo 1 de la Hipoteca Mobiliaria.". Por otra nota al margen de la citada inscripción de fecha cuatro de Marzo de mil novecientos noventa y ocho se dice: " Sobre parte de la maquinaria sita en esta finca, se ha anotado embargo con la letra B de la finca 67-II-N al folio 34 del tomo 2 de H.P. ". Por otra nota al margen de la citada inscripción de fecha veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y ocho se dice: "Expedida con esta fecha certificación de la regla 4ª, artículo 131 de la Ley Hipotecaria de esta finca, autos 95/98, a virtud de mandamiento dado en Balmaseda, el 26 de mayo de mil novecientos noventa y ocho, por Don Pablo Rueda Díaz de Rábago, Juez de Primera Instancia número 1 de la misma, en el que se dice que es en reclamación de un préstamo con garantía hipotecaria, de 9.375.000 pesetas de principal, según consta del asiento 642 de fecha de ayer, Diario 161." merito de expediente administrativo de apremio numero 347/94 seguidos en la por duplicado en Balmaseda el veintidós de enero de mil novecientos noventa y seis por don Ignacio Acebes Barroso, Jefe del Servicio de Recaudación del mismo, en reclamación de principal de ochocientos cincuenta y dos mil ciento dieciocho euros y un céntimo de euro o ciento cuarenta y un millones setecientas ochenta mil quinientas siete pesetas, seiscientos un euros y un céntimo de euro o cien mil pesetas de costas y veintiocho millones trescientas cincuenta y seis mil ciento una pesetas o ciento setenta mil cuatrocientos veintitres euros con sesenta céntimos de euro de recargos de apremio, que hacen un total de CIENTO SETENTA MILLONES DOSCIENTAS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTAS OCHO PESETAS o un millón veintitrés mil ciento cuarenta y dos euros y sesenta y dos céntimos de euros y que motivaron en fecha siete de Febrero de mil novecientos noventa y seis la anotación letra A folio 67, finca 9478/ de Zalla en el tomo 951 libro 104. La citada anotación A se prorroga, por ordenarlo así mediante Providencia de veintitrés de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho dictada por Don Ignacio Acebes Barroso, Jefe del Servicio de Recaudación del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia, según resulta de Mandamiento expedido en Balmaseda el veintitrés de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho por el citado Jefe de Servicio de Recaudación Señor Acebes Barroso, y que ha motivado la anotación G de fecha tres de Febrero de mil novecientos noventa y nueve, al folio 58 del tomo 1012 libro 116 de la finca 9478 de Zalla. merito de expediente administrativo de apremio numero 18257/96 seguidos en la por duplicado en Balmaseda el veinticinco de febrero de mil novecientos noventa y ocho por don Ignacio Acebes Barroso, Jefe del Servicio de Recaudación del mismo, en reclamación de principal de cuatrocientos setenta y seis mil cuatrocientos sesenta y cuatro euros y treinta y siete céntimos de euro o setenta y nueve millones doscientas setenta y siete mil una pesetas, mil doscientos dos euros y dos céntimos de euro o doscientas mil pesetas de costas y quince millones ochocientas cincuenta y cinco mil cuatrocientas una pesetas de recargos de apremio que hacen un total de Noventa y cinco millones trescientas treinta y dos mil cuatrocientas dos pesetas y que motivaron en fecha tres de Marzo de mil novecientos noventa y ocho la anotación letra F folio 58, finca 9478/ de Zalla en el tomo 1012 libro 116. La citada pag. 3

anotación F se prorroga por cuatro años más, por ordenarlo así mediante Providencia de veintidos de Febrero de dos mil dos dictada por Don Ignacio Acebes Barroso, Jese del Servicio de Recaudación del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia, según resulta de Mandamiento expedido en Balmaseda el veintidos de Febrero de dos mil dos, por el citado Jefe de Servicio de Recaudación Señor Acebes Barroso, y que ha motivado la anotación J de fecha cuatro de Marzo de dos mil dos al folio 58 del tomo 1012 libro 116 de la finca 9478 de Zalla. Con fecha diez de noviembre de dos mil cuatro, se ha expedido certificación de titularidad y cargas de esta finca, expediente 18257/1996, a virtud de solicitud expedida en Bilbao, el 3 de los corrientes, por el Jefe del Servicio de Recaudación, Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia. merito de expediente administrativo de apremio numero 18257/96 seguidos en la por duplicado en Balmaseda el veinte de septiembre de mil novecientos noventa y nueve, por don Ignacio Acebes Barroso, Jefe del Servicio de Recaudación del mismo, en reclamación de principal de treinta y cinco mil ochocientos cincuenta euros y cuarenta céntimos de euro o cinco millones novecientas sesenta y cinco mil cinco pesetas, mil doscientos dos euros y dos céntimos de euro o doscientas mil pesetas de costas y un millon ciento noventa y tres mil una pesetas o siete mil ciento setenta euros y ocho céntimos de euro de recargos de apremio que hacen un total de SIETE MILLONES TRESCIENTAS CINCUENTA Y OCHO MIL SEIS PESETAS y que motivaron en fecha cinco de Octubre de mil novecientos noventa y nueve la anotación letra l folio 58, finca 9478/ de Zalla en el tomo 1012 libro 116. Con fecha treinta y uno de Octubre de dos mil tres y en virtud de mandamiento expedido por duplicado en Bilbao el veintinueve de Septiembre de dos mil tres por don Iñigo Ormaetxea Garai, Jefe del Sevicio de Recaudacion del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputacion Foral, se PRORROGA dicho embargo por otros cuatro años más, motivando la anotacion letra L de la misma. Con fecha diez de noviembre de dos mil cuatro, se ha expedido certificación de titularidad y cargas de esta finca, expediente 18257/1996, a virtud de solicitud expedida en Bilbao, el 3 de los corrientes, por el Jefe del Servicio de Recaudación, Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia. Anotación preventiva de embargo a favor de JOSE LUIS TORRES ALVAREZ y OTROS TRABAJADORES DE LA EMPRESA, cuyos nombres se relacionan en el duplicado de este mandamiento, que se archiva con el número CUARENTA Y OCHO de este año del legajo de judiciales; en méritos de autos de ejecucion nº 210/96 promovidos en el Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao, en virtud de mandamiento dado por duplicado en Bilbao el dieciocho de marzo de dos mil dos por Dª Maria Luisa Linaza Vicandi, Secretario Judicial del mismo, en reclamación de cuatrocientos cincuenta y nueve mil quinientos treinta y ocho euros y diecinueve céntimos de euro o setenta y seis millones cuatrocientas sesenta mil setecientas veintiuna pesetas de principal más ciento cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y siete euros y cuarenta y seis céntimos de euro o veinticuatro millones ciento sesenta y siete mil ciento cuarenta y cuatro pesetas de intereses y costas, cuya anotación se tomó con fecha tres de mayo de dos mil dos, al folio 58 vto finca 9.478 de Zalla al tomo 1.012 del Archivo, libro 116, anotación letra K. Por nota al margen y con la misma fecha consta la nota de la expedición de la Certificación de Cargas del procedimiento. SIN ASIENTOS PENDIENTES Observaciones La nota simple informativa sin garantía no acredita fehacientemente, a diferencia de la certificación, el contenido de los asientos del Registro (arts. 222 de la Ley Hipotecaria y 332 de su Reglamento). Balmaseda, 10 de Noviembre de 2004. ADVERTENCIAS --------------------------------------------------------------------------------- 1.- Esta información registral tiene valor puramente indicativo, careciendo de garantía, pues la libertad o gravamen de los bienes o derechos inscritos, solo se acredita, en perjuicio de tercero, por certificación del Registro (articulo 225 de la Ley Hipotecaria). pag. 4

2.- Queda prohibida la incorporación de los datos que constan en la presente información registral a ficheros o bases informaticas para la consulta individualizada de personas físicas o jurídicas, incluso expresando la fuente de procedencia (Instrucción de la D.G.R.N 17/02/98; B.O.E. 27/02/1998). 3.- Esta información registral no surte los efectos regulados en el art. 354-a del Reglamento Hipotecario. pag. 5