REGIMEN ISLR - BASE LEGAL Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.908 del 19/02/2009 Código Orgánico Tributario. (sanciones) (Gaceta Oficial Nº 6.152 Ext. del 18/11/2014) Ley de Impuesto Sobre la Renta. (Gaceta Oficial Nº 6.152 Ext. del 18/11/2014); (GO N 6.210 Ext. Del 30/12/2015) Reglamento de la Ley de Impuesto Sobre La Renta Gaceta Oficial N 5.662 Extraordinario de fecha 24/09/2003 Unidad Tributaria aplicable. Art. 3 Parágrafo 3 del COT En los casos de tributos que se liquiden por periodos anuales la unidad tributaria aplicables será la que esté vigente durante por lo menos 183 días continuos del periodo respectivo UNIDAD TRIBUTARIA APLICABLE PARA EL 2015 CIENTO CINCUENTA BOLIVARES Bs. 150,00 Decreto 1.808. Reglamento Parcial del ISLR en Materia de Retenciones. Gaceta Oficial N 36.203, de fecha 12/05/1997 DE LOS INGRESOS BRUTOS DEL ENRIQUECIMIENTO NETO Artículo 16. El ingreso bruto global de los contribuyentes, a que se refiere el artículo 7 de esta Ley, estará constituido por el monto de las ventas de bienes y servicios en general, de los arrendamientos y de cualesquiera otros proventos, regulares o accidentales, tales como los producidos por el trabajo bajo relación de dependencia o por el libre ejercicio de profesiones no mercantiles y los provenientes de regalías o participaciones análogas, salvo lo que en contrario establezca la Ley. Se consideran como enriquecimiento neto toda contraprestación o utilidad, regular o accidental derivada de la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia, independientemente de su carácter salarial, distintas de viáticos y bonos de alimentación. ART. 31 LEY ISLR 1
DESGRAVÁMEN. Arts. 59 al 62 LISLR DESGRAVÁMEN. Arts. 59 al 62 LISLR Los Desgravámenes son deducibles que la Ley permite aplicar a la renta de un contribuyente domiciliado o residenciado en el país. 1. Desgravamen Único: 774 UT (Bs. 116.100), sin soportes. Los Desgravámenes son deducibles que la Ley permite aplicar a la renta de un contribuyente domiciliado o residenciado en el país. 2. Desgravámenes Detallados, solo lo pagado por: Educación de Contribuyente y sus Descendientes. HCM. Servicios Médicos, Odontológicos y Hospitalización. Viviendas: Hasta 1.000 UT (Bs. 150.000) en Cuotas de Intereses por préstamo para adquisición de vivienda principal. Hasta 800 UT (Bs. 120.000) Alquiler de la vivienda que le sirve de asiento permanente del hogar. Rebajas anuales. Arts. 61 al 62 LISLR Cargas familiares. Arts. 61 LISLR 1. Rebaja personal: 10 UT para personas naturales residentes en el país. (Bs. 1.500) 2. Rebaja por conyugue: 10 UT por conyugue no separado de bienes. (Bs. 1.500) 3. Rebaja por carga familiar: 10 UT por cada ascendiente o descendiente directo residente en el país. (Bs. 1.500) Improcedencia de la rebaja: Cuando los conyugues declaren por separado (solo uno podrá solicitar la rebaja). Cuando varios contribuyentes concurran en el sostenimiento de ascendientes o descendientes directos, se dividirán la rebaja. Las únicas cargas familiares que puedan incorporarse a la declaración de ISLR para aplicar las rebajas dispuestas en la Ley son: ASCENDIENTES DIRECTOS: Padre y Madre. CONYUGUE: no separado de bienes. DESCENDIENTES DIRECTOS: - menores de edad. - con discapacidad. - estudiantes menores 25 años. 2
Quienes deben Declarar y Pagar. Art. 79 LISLR PERSONA NATURAL Enriquecimiento Neto: Superior a 1.000 UT (Bs. 150.000) ASALARIADOS Ingresos Brutos: Mayores a 1.500 UT (Bs. 225.000) NO ASALARIADOS Plazo para presentar la Declaración Definitiva. Art. 149 RISLR Plazo legal: del 01 enero al 31 marzo de 2016 Por ser el jueves 31 de marzo de 2016, día hábil para la AT, éste será el último día permitido para declarar y pagar el ISLR. PERSONA JURIDICA Todas deben declarar Porciones. PA 1.697/ G.O. 37.660 del 28/03/2003 El contribuyente a quien le corresponda pagar impuesto derivado de la declaración de rentas, podrá hacerla en 3 porciones de iguales montos de la siguiente manera: 1)En una sola porción: conjuntamente con la presentación de la declaración definitiva. 2)En dos porciones: la primera como se indica arriba y la segunda se hará 20 días continuos después del vencimiento del plazo para la declaración de rentas. 3)En tres porciones: la 1era. y 2da. como se indica arriba, y la 3era. lo hará 40 días continuos después del vencimiento del plazo para la declaración de rentas. PERSONA NATURAL 1era. Hasta el jueves 31 marzo de 2016. 2da. Hasta el miércoles 20 abril de 2016. 3era. Hasta el martes 10 de mayo de 2016. Porciones de ISLR 2015. PA 1.697/ G.O. 37.660 del 28/03/2003 PERSONA JURÍDICA En una sola porción, dentro del plazo otorgado para presentar la declaración (art. 172 del RISLR). 3
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CLAVE Y USUARIO 5
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DECLARACION 9
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Casos con el Decreto 2.266 de Exoneración No he declarado. Declaré y no he pagado. Declaré y pagué. Declaré y dividí en 3 porciones el pago y pagué 1era. Porción: no toca pago. Declaré y dividí en 3 porciones el pago y pagué 1era. Porción: si toca pago. Casos Retenciones 2015. Casos ARI-2016. 13