Plan Municipal De Desarrollo

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Transcripción:

Plan Municipal De Desarrollo 2013-2016

03 Mensaje El Plan Municipal de desarrollo es el documento rector del Ayuntamiento Municipal de Calera de Víctor Rosales en el que se expresan los objetivos, propósitos, estrategias y líneas generales de acción para lograr el Desarrollo Integral del Municipio. De frente al compromiso, trabajaremos por un calera dinámico, prospero, moderno, competitivo e innovador con paso firme hacia el desarrollo. Los elementos básicos que se consideraron para la elaboración del presente documento, tienen origen en demandas e inquietudes de la población recogidas durante la campaña electoral y también es producto directo de las aportaciones, opiniones y sugerencias de distintos actores públicos y grupos sociales, que se integran como un estudio de diagnóstico donde se identifican las necesidades más apremiantes de nuestro municipio. Para el éxito de nuestra Administración será de vital importancia promover y mantener la unidad de todos los ciudadanos, con la oportunidad de tener el acercamiento necesario para aportar propuesta y opinión, pues ésta será una característica que dará forma y cohesión al gobierno con los ciudadanos, para transformar nuestro municipio mediante la participación, con armonía y con el trabajo de todos. Calera es un municipio con condiciones favorables en términos de ubicación estratégica y vías de comunicación que lo potencian para impulsar su desarrollo económico a partir de la generación de empleos, jugando un papel importante la administración que hoy honrosamente encabezo, convirtiéndonos en gestores y facilitadores para atraer inversión e instalación de nuevas empresas en el corredor industrial. Escuchamos la voz de todos sin distinción para que con las mejores ideas propuestas y estrategias se lleven a cabo las inversiones, acciones y actividades que sean de beneficio para nuestro crecimiento y desarrollo.

04 Si queremos alcanzar en pocos años un municipio, creciente, armónico, sustentable, moderno y justo, ahora es el momento para navegar orientando el rumbo correcto de nuestro destino personal. Debemos crear, renovar, innovar, cambiar y mejorar nuestra forma de vida y trabajo solo así saldremos adelante. Todos tenemos una responsabilidad compartida y todos debemos actuar no tanto pensando en lo que el gobierno puede hacer por nosotros, sino en lo que cada uno de nosotros debe hacer a favor de nosotros mismos y de nuestros hijos. Esta será una administración municipal eficiente, competitiva que facilitará un entorno atractivo para cualquier tipo de inversión local, nacional y extranjera. Tendrá un ordenamiento urbano sustentable, eficiente en la prestación y disponibilidad de servicios públicos y tendrá una autoridad basada en la ley, la cooperación y la transparencia, de resultados concretos, medibles y tangibles; la sensibilidad respetuosa hacia la ciudadanía y la tolerancia es la aceptación de la diversidad, y la incorporación de nuevas realidades. Fraternalmente. Ing. Ivanohé Escobar Vázquez del Mercado Presidente Municipal.

06 Contenido I. Presentación. 07 II. Introducción 09 III. Marco Jurídico. 15 IV. Cronología Histórica. 19 V. Proceso para la elaboración del PMD. 23 VI. Diagnóstico Municipal 27 VII. Prospección y planeación estratégica 31 VIII. Estrategias y Líneas de Acción. 35 IX. Evaluación y Seguimiento del Plan. 39 X. Referencias Bibliográficas 45 XI. Anexos 49

I. Presentación

08 I. Presentación El Plan Municipal de Desarrollo surge de la necesidad de establecer los lineamientos estratégicos para que los habitantes de Calera V.R. Estado de Zacatecas se beneficien de políticas públicas encaminadas a conseguir avances en la calidad de vida, la dotación de servicios públicos dentro de un marco que privilegie las actividades económicas y sociales. Al mismo tiempo sirve para integrar los esfuerzos individuales de los servidores públicos hacia el logro de una administración que respete la identidad cultural, preserve el medio ambiente y fomente actividades de responsabilidad social. De tal manera se establecen las bases de una administración eficiente, que ponga en centro de las discusiones la participación de la ciudadanía, estableciendo compromisos que tengan como eje principal la búsqueda de beneficios para la sociedad. Para lograrlo se requiere que cada miembro de esta administración ubique sus intereses y aspiraciones personales entorno al trabajo coordinado, la rendición de cuentas y la aplicación responsable de los recursos públicos. Donde la línea de trabajo sea la productividad y el sentido de hacer más con menos, porque la ciudadanía ha puesto sus expectativas en un trabajo de alto sentido de profesionalismo por parte de sus autoridades municipales. La forma natural de actuar de los funcionarios públicos será la promoción de la participación ciudadana en la mayoría de las decisiones de trascendencia que impacten la forma de vida de los habitantes y el mejoramiento en sus condiciones de calidad de vida. El presente instrumento contiene los lineamientos que determinan las actividades a desarrollar durante la Administración de Gobierno en el Municipio de Calera V.R., en el periodo comprendido de 2013 al 2016; de esta forma se cumple con el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, acerca del Sistema de Planeación Democrática en México, así como lo dispuesto en las demás Leyes que fundamentan el marco jurídico de dicho documento.

II. introducción

10 II. Introducción Base fundamental para la elaboración de este plan es el compromiso ineludible que en general los Municipios tienen de atender a las demandas sociales en cada uno de los rubros y sectores; con una visión profesional, innovadora, responsable, sensible y eficiente, que en realidad promueva y procure la cercanía con el pueblo para responder con esto a las necesidades más importantes; donde se aseguren la atención y el servicio de calidad, así como la repartición equitativa de los recursos y la atención decidida a los grupos vulnerables. En apego al marco jurídico de las leyes concernientes en la materia, se aplicaron los criterios y lineamientos establecidos en el Sistema Nacional de Planeación Democrática, Plan Nacional de Desarrollo, así como Plan Estatal de Desarrollo para establecer congruencia con el Plan Municipal de Desarrollo de Calera, Zacatecas. El elemento sustancial para la conformación del siguiente plan fue la realización de foros ciudadanos, Comités de Participación Social, en conjunto con el Consejo de Desarrollo Municipal y el H. Ayuntamiento en pleno; no solamente para dar a conocer y compartir las demandas sociales y los proyectos de ejecución, sino para enriquecer el Plan Municipal Desarrollo con más y mejores ideas que garanticen un proyecto único de validación social que le de sustento y legitimidad a las acciones que se realizarán en corto plazo; dejando en claro y asentando los objetivos, metas y estrategias de un proyecto de desarrollo sustentable con continuidad. No se puede lograr una acertada planeación estratégica en ninguno de los temas a los que se aplicara sin un aspecto fundamental que se refiere a la estructura y organización por medio de las cuales se generan y se hace llegar a través de ésta la Visión y Misión, planteadas generalmente por el presidente y su equipo más cercano. El objetivo en la presente administración es ocupar y representar dicha estructura con los perfiles idóneos que aseguren la profesionalización, innovación, la eficiencia y eficacia en el servicio público, y que coadyuven a alcanzar los objetivos de desarrollo sostenido y sustentable del PMD 2013-2016 aprovechando al máximo el capital humano e intelectual.

III. Marco Jurídico

12 III. Marco Jurídico El Plan Municipal de Desarrollo está fundamentado por las siguientes disposiciones legales vigentes : Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Es la norma fundamental, escrita de un Estado soberano, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial del Estado, estableciendo así, las bases para su gobierno y organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. Además garantiza derechos y libertades, en el caso del Plan Municipal de Desarrollo de Calera de Víctor Rosales, se consideraron los siguientes artículos como los más relevantes: Artículo 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. La competitividad se entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo. El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará al cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución. Artículo 26. A.- El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución determinarán los objetivos de la planeación. La planeación será democrática. Mediante la participación de los diversos sectores sociales recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. Habrá un plan nacional de d e s a r r o l l o a l q u e s e s u j e t a r á n obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.

13 La ley facultará al Ejecutivo para que establezca los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema nacional de planeación democrática, y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo. Asimismo, determinará los órganos responsables del proceso de planeación y las bases para que el Ejecutivo Federal coordine mediante convenios con los gobiernos de las entidades federativas e induzca y concierte con los particulares las acciones a realizar para su elaboración y ejecución. El plan nacional de desarrollo considerará la continuidad y adaptaciones necesarias de la política nacional para el desarrollo industrial, con vertientes sectoriales y regionales. Artículo 115. Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre. Fracción. III. Los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales, alumbrado público, limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, mercados y centrales de abasto, panteones, rastro, calles, parques y jardines y su equipamiento, seguridad pública, en los términos del artículo 21 de la constitución, policía preventiva municipal y transito; los demás que las legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y socio-económicas de los municipios, así como su capacidad administrativa y financiera. Fracción. V. Los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados para: - formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; - participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia.

14 La Constitución Política del Estado de Zacatecas Artículo 120 El Municipio deberá elaborar su Plan Municipal trianual y sus programas operativos anuales, de acuerdo a las siguientes bases: I. Los Planes Municipales de Desarrollo precisarán los objetivos generales, estrategias y prioridades del desarrollo integral del Municipio; contendrán previsiones sobre los recursos que serán asignados a tales fines; determinarán los instrumentos y los responsables de su ejecución; establecerán los lineamientos de política de carácter general, sectorial y de servicios municipales. Sus previsiones se referirán al conjunto de la actividad económica y social y regirán el contenido de los programas operativos anuales en concordancia siempre con los Planes Regional, Estatal y Nacional de Desarrollo; II. Los Municipios, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados para: a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y los planes de desarrollo urbano municipal; b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando en el Estado se elaboren proyectos de desarrollo regional se deberá asegurar la participación de los Municipios; Ley de planeación para el desarrollo del Estado de Zacatecas ARTÍCULO 2 La planeación se llevará a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral que beneficie a sus habitantes y que permita la consolidación democrática como sistema de vida, sustentado en el constante mejoramiento económico, social y cultural, contenidos en la Constitución Política del Estado.

15 Ley orgánica del Municipio Artículo 49 En los términos de la presente ley, las facultades y atribuciones de los Ayuntamientos son las siguientes: I.- Aprobar y publicar en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado así como en la Gaceta Municipal, dentro de los cuatro meses siguientes a la instalación del Ayuntamiento, el Plan Municipal de Desarrollo y derivar de éste los Programas Operativos Anuales que resulten necesarios para ejecutar las obras y prestar los servicios de su competencia; X.- Enviar al Ejecutivo los planes y programas municipales que deban considerarse necesarios y procedentes para la coordinación con los de carácter estatal.