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Transcripción:

COORDINACIÓN ESTATAL DE PLANEACIÓN Y PROYECTOS DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN Lineamientos Generales para atender los Aspectos Susceptibles de Mejora Derivados de las Evaluaciones de los Programas Presupuestarios 2017

Índice Presentación. 3 Consideraciones 3 Marco jurídico. 4 Ámbito de aplicación. 5 Glosario de términos 5 Seguimiento a los Aspectos Susceptibles de Mejora derivados de los resultados de las evaluaciones 8 Objetivos. 8 Proceso para el Seguimiento a los ASM... 8 Qué son los Aspectos Susceptibles de Mejora (ASM)?.. 8 Análisis de aquellos ASM que contribuyen al mejoramiento de las Políticas Públicas y/o los Programas presupuestarios.. 8 Cómo se selecciona un ASM?. 9 Cómo se clasifican y atienden los ASM?... 9 Cómo se le dará el seguimiento a los ASM? 10 Difusión... 11 Anexo A.. 11 2

Presentación Los presentes lineamientos generales se definieron con el objetivo de homologar el proceso para atender los Aspectos Susceptibles de Mejora (ASM) derivados de las evaluaciones externas e internas realizadas a las políticas públicas y/o Programas Presupuestarios (Pp), entendiéndose éstos como hallazgos, debilidades, oportunidades y amenazas los cuales deben de ser atendidos por los responsables de los Programas Presupuestarios con base en las recomendaciones y sugerencias indicadas por los entes evaluadores. Así mismo, contribuir a impulsar una gestión basada en resultados y a consolidar el Sistema de Evaluación del Desempeño (SED). Consideraciones Que las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal en el marco de las políticas y de la planeación estatal del desarrollo, deben orientar sus programas y el gasto público al logro de objetivos y metas, y los resultados deberán de medirse objetivamente a través de indicadores relacionados con la eficiencia, economía, eficacia, y la calidad, además de evaluar el impacto social del gasto público. Que la evaluación de la ejecución de los Programas Presupuestarios de las secretarías, dependencias y entidades, se deberá de llevar a cabo con base en SED, el cual es de observancia para los ejecutores del gasto y tiene como propósito realizar una valoración correcta del desempeño de los Programas Presupuestarios bajo los principios de verificación del grado de cumplimiento de metas y objetivos conforme a indicadores estratégicos y de gestión. Que los resultados obtenidos mediante el seguimiento y evaluación de los Programas Presupuestarios, permiten orientar adecuadamente las actividades relacionadas con el proceso de planeación, programación, presupuestación, ejercicio y control, seguimiento, evaluación y la rendición de cuentas del gasto público, así como determinar y aplicar las medidas que se requieran para hacer más eficientes y eficaces los Programas Presupuestarios. 3

Marco jurídico Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalientes y sus Municipios. Artículo 62.- Corresponderá a la CEPLAP y a las COMUPLA, en sus respectivas competencias, lo siguiente: II. Emitir los lineamientos para la operación del Sistema de Evaluación del Desempeño; III. Emitir los lineamientos relativos a la participación de los evaluadores externos en el marco del Sistema de Evaluación del Desempeño; IV.- Formular un plan anual de Evaluación del Desempeño de los Programas Presupuestarios; V.- Revisar los Indicadores de Desempeño, tomando en cuenta la autoevaluación respecto a la medición del grado de cumplimiento de dichos indicadores que realicen las Dependencias del Ejecutivo y las Entidades del Ejecutivo o, en su caso, las Dependencias del Municipio o Entidades del Municipio, o bien, la efectuada por los evaluadores externos según corresponda. VI. Emitir recomendaciones a las Dependencias del Ejecutivo y a las Entidades del Ejecutivo o, en su caso, a las Dependencias del Municipio o Entidades del Municipio respectivo, con base en los resultados de las evaluaciones a los indicadores de Desempeño; VII.- Dar seguimiento al cumplimiento sobre las recomendaciones a que se refiere este Artículo; VIII.- Elaborar un informe anual que contenga los resultados de las evaluaciones realizadas en el año precedente; y IX.- Impartir a petición de parte capacitación en materia de Evaluación del Desempeño. Artículo 65.- Son obligaciones de las Dependencias del Ejecutivo y de las Entidades del Ejecutivo, así como de las Dependencias del Municipio y de las Entidades del Municipio, en materia de Evaluación del Desempeño, las siguientes: II.- Autoevaluarse mediante la medición por sí mismos o a través de evaluadores externos, del grado de cumplimiento de los Indicadores de Desempeño; 4

III.- Dar seguimiento y monitoreo de los Indicadores Estratégicos e Indicadores de Gestión de los Programas Presupuestarios; IV.- Atender las revisiones y recomendaciones de las Evaluaciones del Desempeño; V.- Informar trimestralmente a la CEPLAP o a las COMUPLA según corresponda, los resultados de los Indicadores de Desempeño de los Programas Presupuestarios a su cargo, dentro de los diez días siguientes a la conclusión del periodo correspondiente, respecto de los indicadores de Desempeño, cuya periodicidad de su cálculo así lo permita; VI.- Elaborar e implementar proyectos de mejora para incorporar en el diseño, adecuación y operación de los programas a su cargo, atendiendo los resultados de las evaluaciones e informar los avances con oportunidad; y VII.- Acordar con la CEPLAP y con la COMUPLA, según corresponda, las adecuaciones a los Programas Presupuestarios en cumplimiento de las recomendaciones resultantes de los procesos de seguimiento y evaluación. Ley Orgánica de la Administración Pública del Gobierno del Estado de Aguascalientes. ARTÍCULO 41.- A la Coordinación Estatal de Planeación y Proyectos corresponde el despacho de los siguientes asuntos: XXXI. Diseñar, coordinar y operar el Sistema de Evaluación del Desempeño previsto en la Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, así como las otras atribuciones que con respecto a este sistema le confiera la legislación aplicable; Ámbito de aplicación El presente mecanismo es de observancia obligatoria para las dependencias y entidades da la Administración Pública Estatal responsables de operar políticas públicas y/o Programas Presupuestarios que fueron objeto de evaluaciones externas o internas. Glosario de términos Aspecto Susceptible de Mejora (ASM): a los hallazgos, debilidades, oportunidades y amenazas identificadas en la evaluación externa e interna y/o informes que pueden ser atendidos para contribuir a mejorar la política pública y/o Programa Presupuestario a fin de optimizar su desempeño. 5

CEPLAP: a la Coordinación Estatal de Planeación y Evaluación. COMUPLA: Coordinación Municipal de Planeación, las Dependencias o Entidades Municipales encargadas de crear y operar el Sistema de Evaluación del Desempeño Municipal. Dependencias: a las que se refiere el Artículo 4, de la Ley Orgánica de Administración Pública del Estado de Aguascalientes. DGPyE: Dirección General de Planeación y Evaluación. Enlace de Planeación (EP): es la persona del área de planeación de las dependencias y/o entidades encargada de coordinar los trabajos de recolección de información, revisión y captura de la información de las MIR en el Sistema Seguimiento y Evaluación de Instrumentos de Planeación Estatal (SSEIPE). Entidades: a las que se refiere el Artículo 4, de la Ley Orgánica de Administración Pública del Estado de Aguascalientes. Evaluación: al análisis sistemático y objetivo de los programas presupuestarios y que tiene como finalidad determinar la pertinencia y el logro de sus objetivos y metas, así como su eficiencia, eficacia, calidad, resultados, impacto y sostenibilidad; Evaluaciones Estratégicas: a las evaluaciones que se aplican a un programa o conjunto de programas en torno a las estrategias, políticas e instituciones; Evaluación externa: aquella que realizan las instancias técnicas independientes de las instituciones que ejercen recursos públicos, con experiencia probada en la materia que corresponde evaluar, que cumplan con los requisitos de independencia, imparcialidad, transparencia y los demás que se establezcan en las disposiciones aplicables. Evaluación interna: Consiste en el monitoreo del avance reportado para cada indicador al periodo evaluado, respecto de su meta al mismo periodo, dichos indicadores corresponden a los que conforman la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) de cada uno de las Políticas públicas y/o Programas Presupuestarios. Indicadores Estratégicos: Indicador de desempeño que mide el grado de cumplimiento de los objetivos de las políticas públicas y de los programas presupuestarios que impactan de manera directa en la población objetivo o área de enfoque; Indicadores de Gestión: Indicador de desempeño que mide el avance y logro en procesos y actividades, es decir, sobre la forma en que los bienes y servicios públicos son generados; 6

Indicadores para resultados: vinculación de los indicadores de la planeación y programación para medir la eficiencia, economía, eficacia y calidad, e impacto social de los programas presupuestarios, las políticas públicas y la gestión de las dependencias y entidades. Documento de opinión: al documento que contiene la posición fundada, respecto de los principales hallazgos, debilidades, oportunidades, amenazas o recomendaciones derivadas de las evaluaciones, emitida por la dependencia o entidad responsable de la intervención pública evaluada. Documento de trabajo: al documento mediante el que se definen los compromisos, las principales actividades, los plazos de ejecución, y los responsables para la solución de los aspectos específicos, institucionales o interinstitucionales. Indicadores de Desempeño: Las expresiones cuantitativas o cualitativas, formuladas por la CEPLAP o por la COMUPLA, según sea el caso, correspondiente a un índice, medida, cociente o fórmula, que establece un parámetro del avance en el cumplimiento de los objetivos y metas. Dichos indicadores podrán ser de tipo estratégico o de gestión. Marco lógico: a la metodología para la elaboración de la matriz de indicadores, mediante la cual se describe el fin, propósito, componentes y actividades, así como los indicadores, las metas, medios de verificación y supuestos para cada uno de los objetivos de los programas presupuestarios. Matriz de Indicadores: Examina tres reactivos relacionados con la MIR: a) calidad de la MIR; b) relación anual entre el logro de metas planeadas del año en curso y el logro de metas del año anterior, así como la valoración en el presupuesto asignado del año en curso respecto al presupuesto ejercido del año anterior y; c) el avance en el cumplimiento de las metas de conformidad con los indicadores de los niveles de Propósito y Componentes. Objetivos estratégicos de las dependencias y entidades: elemento de planeación estratégica del PbR elaborado por las dependencias y entidades, que permita conectar y alinear los objetivos de los programas presupuestarios con los objetivos y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo y sus programas. Programa presupuestario: la categoría programática que permite organizar, en forma representativa y homogénea, las asignaciones de recursos para programas, proyectos y actividades. SEFI: Secretaría de Finanzas. Sistema de Evaluación de Desempeño: conjunto de elementos metodológicos que permiten realizar una valoración objetiva del desempeño de los programas, bajo los principios de verificación del grado de cumplimiento de metas y objetivos, con base en 7

indicadores de desempeño, que permitan conocer el impacto social de los programas y de los proyectos. Seguimiento a los Aspectos Susceptibles de Mejora derivados de los resultados de las evaluaciones Objetivos: Establecer un proceso que deberán observar las dependencias y entidades para dar seguimiento y cumplimiento a los ASM derivados de informes y evaluaciones, con el fin de contribuir a mejorar tanto el desempeño de las políticas públicas y/o de los Programas Presupuestarios como el proceso programático presupuestario. Integrar los ASM derivados de informes y evaluaciones en el diseño de las políticas públicas y de los programas correspondientes, con la finalidad de contribuir a administrar con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez los recursos económicos. Definir a los responsables de establecer los instrumentos de trabajo para dar seguimiento a los ASM, así como para la formalización de los mismos. Proceso para el Seguimiento a los ASM Qué son los Aspectos Susceptibles de Mejora (ASM)? Los ASM son los hallazgos, debilidades, oportunidades y amenazas identificadas en la evaluación externa o interna, las cuales pueden ser atendidas para la mejora de los programas con base en las recomendaciones y sugerencias señaladas por el evaluador externo a fin de mejorar el ejercicio de los recursos dentro de las Políticas Públicas y/o Programas Presupuestarios. Para dar atención y seguimiento a los resultados y recomendaciones de las evaluaciones externas e internas practicadas, se contempla utilizar un modelo similar al definido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Secretaría de la Función Pública (SFP) y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) mediante los Mecanismo para el seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora derivados de informes y evaluaciones externas a programas federales. Por lo cual consideraremos los siguientes pasos: Análisis de aquellos ASM que contribuyen al mejoramiento de las Políticas Públicas y/o los Programas presupuestarios Para el seguimiento a los ASM derivados de informes y evaluaciones externas e internas de las Políticas públicas y/o Programas Presupuestarios, se debe de considerar el análisis de aquellos aspectos que contribuyen al mejoramiento de los programas presupuestarios, 8

la clasificación de cada uno de éstos según las instancias involucradas en su seguimiento y solución, así como la formalización y difusión de la información que se derive del proceso. Dicho proceso está integrado por las siguientes actividades: Identificación de las fuentes de información (dependencias y entidades responsables de los Programas Presupuestarios, entes evaluadores, áreas de programación y presupuesto, etc.). Análisis y clasificación de los ASM (emisión de documento de opinión sobre el ASM por la dependencia o entidad). Características del documento de opinión: Comentarios generales. Comentarios específicos. Referencia a las unidades de información utilizadas. Referencia a las unidades y responsables que participaron en su elaboración. Elaboración de instrumentos de trabajo para el seguimiento a los ASM. Difusión (se podrá utilizar su página de Internet para dar a conocer el proceso y resultados). Cómo se selecciona un ASM? Una vez realizada la evaluación o informe de la Política pública y/o Programa Presupuestario, se procede a la selección de los ASM de conformidad con los siguientes criterios: Claridad. Estar expresados en forma precisa. Relevancia: Ser una aportación específica y significativa para el logro del propósito y de los componentes del programa. Justificación: Estar sustentado mediante la identificación de un problema, debilidad, oportunidad o amenaza. Factibilidad: Ser viable de llevar a cabo, en un plazo determinado, por una o varias instancias gubernamentales. Cómo se clasifican y atienden los ASM? Es importante que antes de clasificar y atender los ASM derivados de evaluaciones, las unidades responsables o cualquier otra unidad que sugiera la dependencia o entidad analice los ASM, esto con la finalidad de que se emita el documento de opinión de la dependencia o entidad (posición institucional) responsable de la Política pública o Programa Presupuestario considerando su opinión fundada respecto de los resultados y los principales hallazgos, debilidades, oportunidades, amenazas (ASM) o recomendaciones derivadas de dichas evaluaciones. 9

Se recomienda que el documento de opinión de la dependencia o entidad sea muy preciso en relación a su posición respecto de los ASM, y que contenga los siguientes elementos: Comentarios generales Referencia de las fuentes de información utilizadas, y Referencia de las unidades y responsables que participaron en su elaboración. Una vez que se tiene en su caso el documento de opinión de la dependencia o entidad responsable de la Política pública o Programa Presupuestario se procederá a clasificar los ASM. La clasificación de los ASM deberá de considerar el tipo de actores involucrados en su solución y su nivel de prioridad, esto con el fin de asegurar su seguimiento y cumplimiento. Respecto al primer criterio actores involucrados, los ASM se clasificarán de la siguiente manera. Específicos: aquéllos cuya solución corresponde a las unidades responsables del Programa Presupuestario. Institucionales: aquéllos que requieren de la intervención de una o varias áreas de la dependencia o entidad para su solución. Interinstitucionales: aquellos que para su solución se deberá contar con la participación de más de una dependencia o entidad. Intergubernamentales: aquellos que demandan la intervención de gobiernos municipales. Además se debe justificar claramente quiénes son los actores que intervienen en su solución (unidades responsables, unidades de evaluación, de programación y presupuesto, o cualquier otra dependencia o entidad, y en su caso gobiernos municipales), así como el motivo de su participación. Respecto al segundo criterio nivel de prioridad los ASM deberán de priorizarse con nivel alto, medio o bajo; para lo que se deberá de considerar la contribución de los mismos al logro del fin y propósito de los Programas Presupuestarios. Cómo se le dará el seguimiento a los ASM? Para dar seguimiento al cumplimiento de los ASM se deberá llenar el formato del Anexo A, conteniendo las principales actividades a desarrollar, las áreas responsables de su implementación y los plazos de ejecución para la solución de dichos aspectos, además de incorporar los documentos probatorios correspondientes. 10

Mecanismo de seguimiento de los ASM derivados de Informes y Evaluaciones Externas Difusión Las dependencias y entidades responsables de las Políticas públicas y/o Programas Presupuestarios deberán de dar a conocer, a través de sus páginas de Internet, los documentos de trabajo e institucional así como sus avances y, en su caso los documentos de opinión de la dependencia o entidad (posición institucional), en el mismo espacio en los que se dan a conocer las evaluaciones o informes realizados a las Políticas públicas o Programas Presupuestarios. 11

Anexo A: Documento de Trabajo Seguimiento a aspectos susceptibles de mejora clasificados como específicos, derivados de los informes y evaluaciones de los programas estatales. Dependencia: Avance al Documento de Trabajo: Periodo: No Aspecto susceptible de mejora Actividades Área Responsables Fecha de término Resultados esperados Productos y/o evidencias % de avance de la actividad Nombre del documento probatorio Ubicación del documento probatorio Observa ciones Mes y Año Promedio Formato oficial emitido por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP) para el Mecanismo para el seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora derivados de informes y evaluaciones a los programas Estatales de la Administración Pública Estatal. Indicaciones para el llenado del Formato: Logo de la Dependencia/ Entidad/Municipio SEGUIMIENTO A ASPECTOS SUSCEPTIBLES DE MEJORA CLASIFICADOS COMO ESPECÍFICOS, DERIVADOS DE LOS INFORMES Y EVALUACIONES DE LOS PROGRAMAS ESTATALES. Nombre de la Dependencia que ejecutara el Programa Presupuestal (Pp). Dependencia: Nombre y Número del Programa Presupuestal (Pp) a jecutar. Avance al Documento de Trabajo: Periodo: Año fiscal que se reporta o en su caso si es un periodo. No 1 2 3 4 5 Aspecto susceptible de Es la descripción mejora del punto observado en cuanto al Programa presupuestal evaluado, derivado de mejorar mejora para el año fiscal siguiente, estas observaciones son recomendaciónes. Actividades Es la descripción de la actividad a desarrollar en referencia al Aspecto susceptible de Mejora encontrado. Área Responsables Nombre del Área responsable de ejecutar el Programa Presupuestal Fecha de término Se refiere al término del año fiscal de los Aspectos Susceptibles de Mejora (ASM), encontrado s, Resultados esperados Es el resultado esperado en el documetno onservado, un ejemplo puede ser: (Matriz de Indicadores para Resultados actualizada, otro ejemplo Fichas técnicas de indicadores actualizada, etc) Productos y/o evidencias Se refiere al documento en el que se detecto el Aspecto Susceptible de Mejora (ASM) (ejemplo Matriz de Indicadores para Resultados MIR, Fichas Técnicas de % de avance de la actividad % de avance de cada uno de los Aspectos Susceptible s de Mejra ASM, encontrado s y evaluados al término del ejercicio fiscal. Nombre del documento probatorio Se anuncia el nombre del documento en el cual se detectó el Aspecto Susceptible de Mejora ASM ejemplo (MIR ó FID, etc) Ubicación del documento Anunciar probatorio la dirección electrónica Web en el cual se encuentra publicado el documento Observaciones Mes y Año Promedio Se anuancia la fecha que se detecto el ASM, (mes y año) Alguna observación que se detecte al Programa o anunciar los documentos en el cual se encontrarón los ASM. Es el promedio de cumplimiento del ASM encontrado (ejemplo 100%) 12