TÉRMINOS Y CONDICIONES MÁS X MÁS



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Transcripción:

TÉRMINOS Y CONDICIONES MÁS X MÁS DENOMINACIÓN: MÁS POR MÁS de la CUENTA CORRIENTE REMUNERADA B.O.D. MERCADO OBJETIVO: Esta Campaña está dirigida a toda persona natural y jurídica que mantenga y/o abra una Cuenta Corriente Remunerada B.O.D., en el Banco Occidental de Descuento, Banco Universal, C.A. OBJETO DE LA CAMPAÑA: Otorgar a nuestros clientes un mayor rendimiento por su dinero, depositado en la Cuenta Corriente Remunerada B.O.D., a través de una tasa de interés adicional de hasta el siete por ciento (7%) calculado de acuerdo al incremento del saldo promedio mensual según la tabla de rangos establecida en este documento. La tasa de interés adicional a pagar, será calculada sobre las diferencias del incremento del saldo promedio mensual y es adicional a la que genera naturalmente el producto correspondiente al uno por ciento (1%) anual sobre saldos diarios. CONDICIONES ESPECIALES: 1. Se requiere tener o abrir una Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. 2. La duración de la campaña será desde el 04 de mayo hasta el 31 de julio de 2015, ambas fechas inclusive. 3. Sólo serán beneficiarios de esta campaña, los clientes que aumenten el saldo promedio mensual de acuerdo a la tabla de rangos de porcentajes de incremento indicada posteriormente, en los meses de mayo, junio y julio de 2015. En cualquier caso (clientes actuales o clientes nuevos), el último mes que servirá para establecer el diferencial y calcular el incremento en el saldo promedio mensual será el mes de julio 2015; en tal sentido, se le asignará la tasa de interés adicional de acuerdo a la tabla de porcentaje de incrementos de saldos establecida para esta campaña, abonándose los intereses a que hubiera lugar dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente al que fueron generados.

4. El saldo promedio mensual de la Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. debe estar en positivo; es decir, siempre debe ser mayor a cero (0). 5. Solo participarán las Cuentas Corrientes Remuneradas B.O.D. que generen el uno por ciento (1%) de interés sobre saldos diarios, que tengan el estatus activo ( A ), es decir, que presenten movimientos durante la vigencia de la campaña; en consecuencia, quedan excluidas las Cuentas Corrientes Remuneradas B.O.D. que sean canceladas durante la vigencia de esta campaña o que no generen la tasa de interés base. 6. El monto en bolívares para abrir la Cuenta Corriente Remunerada B.O.D., es de quinientos bolívares (500,00 Bs.) para las personas naturales y de un mil bolívares (1.000,00 Bs.) para las personas jurídicas, con cheques de otros bancos. 7. Para los Clientes Actuales y los Clientes Nuevos Tipo A ; se considerará como Mes Base a abril de 2015. Asimismo durante el primer mes de la campaña (mayo) el mes base y el mes anterior o precedente será el mismo, es decir abril; para el segundo mes (junio), el mes anterior o precedente será mayo y para el tercer mes (julio) el mes anterior o precedente será junio. 8. Para los Clientes Nuevos Tipo B, se considerará como Mes Base el mes en el que se abrió la Cuenta Corriente Remunerada B.O.D., dentro de las fechas 04/05/2015 al 30/06/2015, ambas inclusive. Ahora bien, si la cuenta es abierta en el mes de mayo, para el segundo mes (junio), el mes anterior o precedente será mayo y para el tercer mes (julio) el mes anterior o precedente será junio. Ahora bien, si la cuenta es abierta en el mes de Junio, para el tercer mes (julio) el mes anterior o precedente será junio. 9. Se considerará como saldo promedio mensual total, el promedio de las sumas de todos los saldos promedios mensuales de las Cuentas Corrientes, sean remuneradas o no remuneradas, que posea el cliente. CONDICIONES GENERALES Ø La Campaña estará vigente desde el 04 de mayo hasta el 31 de julio de 2015, ambas fechas inclusive. Ø Podrán participar clientes o no clientes (personas naturales y jurídicas) que mantengan o abran una Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. durante la vigencia de la promoción. Ø En esta campaña podrán participar clientes actuales y clientes nuevos. A los efectos de este documento se entiende por:

Clientes Actuales: Aquellas personas naturales o jurídicas que hayan abierto una Cuenta Corriente Remunerada B.O.D., al menos, un día hábil antes del inicio de la Campaña, es decir, hasta el 30 de abril 2015 Clientes Nuevos: Aquellas personas naturales o jurídicas que abran una Cuenta Corriente Remunerada B.O.D., clasificados en dos grupos: Clientes Nuevos Tipo A: aquellos que posean una cuenta corriente en el Banco y abren una Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. durante la vigencia de esta campaña (desde el 04 de mayo hasta el 31 de julio de 2015, ambas fechas inclusive). Clientes Nuevos Tipo B: aquellos que no tienen ninguna cuenta corriente con el Banco o poseen una cuenta de otro tipo (Ahorro o FAL) y abren una Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. durante el período comprendido entre el 04 de mayo y el 30 de junio de 2015, ambas fechas inclusive. Ø Para los Clientes Actuales y los Clientes Nuevos Tipo A que abran una Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. durante el período de vigencia de la Campaña, se tomará el mes de abril de 2015 como mes base para la comparación de los saldos promedios que permitirán definir el porcentaje de incremento y así la tasa de interés adicional. Ø Para los Clientes Nuevos Tipo B se tomará como mes base para la comparación de los saldos promedios que permitirán definir el porcentaje del incremento y así la tasa de interés adicional, el mes en que se abrió la Cuenta Corriente Remuneradas B.O.D., dentro de las fechas 04/05/2015 al 30/06/2015, ambas fechas inclusive. Ø La campaña está basada en el pago de interés adicional sobre el monto de crecimiento (diferencia) en saldo promedio mensual, al comparar un mes de la campaña con respecto al mes base. Ø Para participar, el cliente deberá ir aumentando y/o manteniendo, durante la vigencia de la campaña, el saldo promedio de su Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. El sistema de forma automática validará: Que la suma del saldo promedio de todas las Cuentas Corrientes haya aumentado con respecto al mes anterior o precedente. Que el aumento del saldo promedio haya sido en la Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. Si en uno de los meses de la campaña, el aumento del saldo promedio corresponde a una cuenta corriente sin intereses, no se cumple la condición y no se otorgarán los intereses adicionales objeto de la campaña.

De existir un incremento en el saldo promedio con respecto al mes anterior o precedente, para calcular el porcentaje de incremento y determinar la tasa de interés adicional a pagar, se deberá restar el saldo promedio del mes de la Campaña que efectivamente cerró, al saldo promedio del mes base; de esta operación, se determinará el porcentaje que representa el incremento. Una vez calculado el porcentaje de incremento, se determinará la tasa de interés adicional a pagar según la escala indicada en la Tabla de Tasas Adicionales; luego de identificada la tasa, el sistema calculará los intereses en base a la tasa determinada y se la aplicará al diferencial resultante de la resta del saldo promedio del mes que efectivamente cerró menos el saldo promedio del mes base; respetando el siguiente modelo de cálculo de intereses: Interés = Diferencia de la resta del saldo promedio del mes que cerró menos el saldo promedio del mes base * Tasa propuesta * 30 Días / 360 Días. Ø Si un cliente actual tiene varias cuentas corrientes, sean remuneradas o no remuneradas, en el Banco, se deberán calcular los saldos promedios mensuales de cada una de esas cuentas corrientes con el objeto de obtener el saldo promedio mensual total. Ø Las personas que tengan cuentas corrientes con firmas indistintas o conjuntas en la cual aparezcan como titulares principales y además tengan otra cuenta, se deben sumar los saldos de las referidas cuentas con firmas conjuntas y los de su cuenta individual para establecer el porcentaje de incremento. Ø Si uno de los titulares principales incrementa el saldo en su cuenta corriente individual, se deben sumar los saldos de su cuenta conjunta y de su cuenta individual para establecer el porcentaje de incremento. Ø Si ambos titulares principales incrementan el saldo promedio de su cuenta corriente conjunta, se deben sumar los saldos de las cuentas individuales de cada uno y de la cuenta conjunta para establecer el porcentaje de incremento. Ø En el caso de que tengan cuentas corrientes con firmas indistintas o conjuntas en la cual aparezca uno como titular principal y el otro como autorizado, y además tengan otra cuenta corriente, si el titular principal incrementa el saldo en su cuenta individual, se deben sumar los saldos de su cuenta conjunta y de su cuenta individual para establecer el porcentaje del incremento.

Ø Si el titular autorizado incrementa el saldo en su cuenta corriente individual, no se toma en cuenta el saldo de la cuenta conjunta ya que no es el titular principal, en este caso, se realizaría el cálculo tomando en consideración sólo los saldos promedios de su cuenta individual. Ø Si ambos titulares, el principal y el autorizado incrementan el saldo promedio de su cuenta corriente conjunta, se deben sumar los saldos de las cuentas del titular principal y de la cuenta conjunta. Ø En el caso de las personas que tengan cuentas con firmas indistintas o conjuntas y aparte tengan otra cuenta en la que aparezcan como representantes legales de una empresa, se toma cada cuenta por separado, ya que aunque los clientes aparezcan como representantes legales, la cuenta jurídica está a nombre de una persona jurídica distinta, por lo que no se suman los referidos saldos. Ø El abono de los intereses adicionales en el caso de los clientes actuales y clientes nuevos que tengan varias Cuentas Corrientes, deberá efectuarse si y solo si el incremento se efectuó en la Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. participante de la campaña. Ø En el caso de clientes que posean dos (2) o más Cuentas Corrientes Remunerada B.O.D., los intereses serán abonados en la cuenta que tenga mayor saldo al cierre del mes. Ø Las cuentas deben estar activas para que participen en la campaña, es decir, tanto la cuenta que participa en esta como las otras Cuentas Corrientes que posea el cliente deben presentar movimientos para que se efectúen los cálculos. Por ejemplo, si un cliente tiene tres (3) cuentas y una de ellas es cancelada durante el período del 04 de mayo hasta el 31 de julio de 2015, ambas fechas inclusive, sólo se tomarán para el cálculo las dos cuentas restantes. Ø La campaña de la tasa de Interés adicional para la Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. generará hasta el siete por ciento (7%) de interés adicional, calculado sobre el saldo promedio mensual, de acuerdo a lo especificado en la siguiente tabla de rangos, la cual aplicará tanto para las personas naturales como para las personas jurídicas:

TABLA DE TASAS % de Incremento de Tasa Saldo Adicional ENTRE 20% Y 39.99% 2% ENTRE 40% Y 59.99% 3% ENTRE 60% Y 79,99% 4% ENTRE 80% Y 99,99% 5% ENTRE 100% Y 119.99% 6% MAYOR A 120% 7% Ø La tasa de interés adicional, será aplicada sobre el diferencial resultante de restar el saldo promedio de cada uno de los meses de duración de la campaña (mayo, junio y julio de 2015) y el saldo promedio del mes base. El abono de los intereses adicionales se hará dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente al que fueron generados. Ø Para los clientes actuales y clientes nuevos, cuando no se presente incremento en la Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. en los meses de mayo, junio y julio de 2015 de acuerdo a lo establecido en la campaña, se aplicará únicamente la tasa del 1% (calculada sobre saldos diarios) que es la otorgada actualmente en la Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. Ø Los intereses correspondientes a la tasa del uno por ciento (1%) sobre saldos diarios, tanto de clientes nuevos como de clientes actuales, se acreditarán, según el comportamiento actual de la cuenta, el último día de cada mes. Ø Los clientes que participen en la campaña y durante la vigencia de esta, cancelen o cierren la cuenta, serán excluidos, es decir, la cuenta sólo generará el 1% de interés sobre sus saldos diarios, pero no recibirá la tasa de interés adicional calculada sobre el saldo promedio mensual del mes en el cual se cancele o cierre la cuenta. Ø Las cuentas corrientes que tengan asociado el producto Crediágil, no serán tomadas en consideración para esta campaña. Ø Quedan excluidas de esta campaña las Cuentas Corrientes Remuneradas B.O.D. que se encuentren participando en cualquier otra campaña. Ø Esta campaña está dirigida a las personas naturales y las personas jurídicas, legalmente residenciadas y domiciliadas, respectivamente, en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.

Ø Esta campaña, se dará a conocer a través de publicidad en televisión, prensa de circulación nacional, redes sociales: Twitter y Facebook, la página Web de este banco, y en los estados de cuenta. Ø Esta campaña está sujeta a las leyes y regulaciones de la República Bolivariana de Venezuela. Ø Una vez finalizada la campaña, la Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. volverá a su naturaleza actual; es decir, sólo generará el uno por ciento (1%) de interés sobre saldos diarios. CÁLCULOS DE LA TASA ADICIONAL OBJETO DE LA CAMPANA Ø El BOD, mediante el sistema que tiene diseñado para tal fin, establecerá un parámetro que permitirá conocer las fechas de inicio, cortes y finalización de la campaña para realizar los cálculos y determinar si hubo incremento en el saldo promedio mensual en las Cuentas Corrientes Remuneradas B.O.D. y efectuar los abonos correspondientes; todo ello, de acuerdo a la tabla de rangos de porcentajes de incremento de saldos promedios antes fijada. Ø El sistema calculará, a la fecha de corte (cierre de mes) de las cuentas participantes en la campaña, el saldo promedio mensual del mes anterior o precedente y el saldo promedio del mes actual a fin de determinar si hubo incremento. Para ello, restará el saldo promedio del mes actual menos el saldo promedio del mes anterior o precedente, que será el mes de abril de 2015 para Clientes Actuales y Clientes Nuevos Tipo A; y mayo o junio de 2015 para Clientes Nuevos Tipo B. En el caso de que el saldo promedio se haya incremento con respecto al mes precedente, el sistema validará que dicho incremento haya ocurrido en la Cuenta Corriente Remunerada B.O.D., de resultar positivo, procederá a restar el saldo promedio del mes actual menos el mes base y determinará la diferencia del saldo. Una vez determinada la diferencia del saldo, se calculará el porcentaje que representa este incremento y se ubicará en la Tabla de rangos de porcentajes de incremento la tasa de interés adicional correspondiente. Posterior a ello, se hará el cálculo del porcentaje de interés adicional y se acreditará en la Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. en los términos antes expuestos.

Ø En los siguientes ejemplos se detalla cómo será determinado, en el primer caso el porcentaje (%) de incremento, así como el cálculo de los intereses en el segundo y tercer caso, tanto para clientes nuevos como para clientes actuales: 1. Cliente Actual: que tenga una Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. En el supuesto de que el cliente haya obtenido por sus saldos diarios en cuenta calculados al 1% la cantidad de Bs. 1,25 y tiene como saldo promedio mensual del mes de abril Bs. 1.500,00 (suma de todas las Cuentas Corrientes que posee el cliente en el Banco) y para el mes de mayo tiene como saldo promedio mensual Bs. 2.850,00; para el cálculo del incremento del saldo promedio se operará de la siguiente manera: Al saldo promedio de mayo, se le resta el saldo promedio de abril: 2.850,00 Bs. 1.500,00 Bs. = 1.350,00 Bs. Se calcula el porcentaje de incremento que representa el resultado de la resta anterior: 1.500,00 Bs. -----------------------100% 1.350,00 Bs. ----------------------- X 1.350,00 Bs. * 100% X---------------------------------------- 1.500,00 Bs. X= 90% Como puede observarse en el ejemplo, el porcentaje de incremento es del noventa por ciento (90%) (mes de mayo) al cual, según la tabla de rangos, le corresponde el cinco por ciento (5%) de interés adicional, el que será aplicado sobre el diferencial resultante de restar el saldo promedio mensual obtenido en el mes de mayo menos el saldo promedio mensual del mes de abril (suma de todas las cuentas que posee el cliente en el Banco): I = (1.350,00 Bs. * 5%) * 30 / 360 = 5,63 Bs. I = 5,63 Bs. Por lo tanto, el interés total a acreditar al cliente será:

Bs. 1,25 (Intereses calculados sobre saldos diarios a una tasa del 1%) abonados en cuenta al final del mes en que se generó. Bs. 5,63 (Intereses calculados sobre el diferencial resultante de restar el saldo promedio mensual obtenido en el mes de mayo, menos el saldo promedio mensual del mes de abril a una tasa adicional del 5%, según tabla de porcentajes de incrementos de saldos en cuenta) abonados dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente al que se generó. Total de interesses a acreditar: 1,25 Bs. + 5,63 Bs. = 6,88 Bs. 1.1 Si para el siguiente mes (junio) este cliente tiene un saldo promedio de Bs. 5.930,00 y obtuvo por sus saldos diarios con una tasa del 1% un interés de Bs. 16,30, el sistema procede a realizar la comparación entre el mes actual y el mes precedente para determinar si hubo incremento: Saldo Promedio mensual mes mayo Bs. 2.850,00 Saldo Promedio mensual mes junio Bs. 5.930,00 En el presente ejemplo, hubo un incremento del saldo promedio, en este caso el sistema procede a determinar si ese incremento se realizó en una Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. Si el incremento fue en otro tipo de cuenta, el sistema no continuará con las otras validaciones debido a que no se cumple con las condiciones establecidas para esta campaña. En caso que el incremento sea en una Cuenta Corriente Remunerada B.O.D., el sistema procederá a realizar el cálculo del porcentaje del incremento, de la siguiente manera: Al saldo promedio de junio, se le resta el saldo promedio de abril: 5.930,00 Bs. 1.500,00 Bs. = 4.430,00 Bs. Se calcula el porcentaje de incremento que representa el resultado de la resta anterior: 1.500,00 Bs. -----------------------100% 4.430,00 Bs. ----------------------- X 4.430,00 Bs. * 100% X----------------------------------------

1.500,00 Bs. X= 295,33% Como puede observarse, el porcentaje de incremento fue de 295,33% (mes de junio) al cual, según la tabla de rangos, le corresponde 7% de interés adicional que será aplicado sobre el diferencial resultante de restar el saldo promedio mensual obtenido en el mes de junio menos el saldo promedio mensual del mes de abril (suma de todas las cuentas que posee el cliente en el Banco): I = 4.430,00 Bs. * 7% * 30 / 360 = 25,84 Bs. I = 25,84 Bs. Por lo tanto, el interés total a acreditar al cliente será: Bs. 16,30 (Intereses calculados sobre saldos diarios con una tasa del 1%) abonados en cuenta al final del mes en que se generó. Bs. 25,84 (Intereses calculados sobre el diferencial resultante de restar el saldo promedio mensual obtenido en el mes de junio menos el saldo promedio mensual del mes de abril a una tasa del 7%, según tabla de porcentajes de incrementos de saldos en cuenta) abonados dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente al que se generó. NOTA: Los intereses serán abonados si y sólo si, la cuenta que presenta el incremento es la cuenta que participa en la campaña, si el incremento fue generado por una cuenta distinta a la participante no serán abonados los intereses. Si el cliente posee más de dos (2) cuentas participantes, los intereses serán abonados en la cuenta que presente mayor saldo al cierre del mes. 2. Cliente Nuevo Tipo A: cliente que tenga una Cuenta Corriente sin intereses. En el caso, que el cliente abra la Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. durante el mes de mayo y tenga de saldo promedio mensual, en su cuenta corriente sin intereses, al cierre del mes de abril la cantidad de Bs. 2.500,00, y para el mes de mayo tiene como saldo promedio mensual Bs.

3.200,00 (suma de los saldos de sus cuentas: corriente sin intereses y Corriente Remunerada B.O.D.) se procederá a calcular el incremento de la siguiente manera: Al saldo promedio del mes de mayo (suma de los saldos de sus cuentas: corriente sin intereses y Corriente Remunerada B.O.D), se le resta el saldo promedio del mes de abril (cuenta corriente sin intereses): 3.200,00 Bs. 2.500,00 Bs. = 700,00 Bs. Se calcula el porcentaje del incremento que representa el resultado de la resta anterior: 2.500,00 Bs. --------------------------100% 700,00 Bs. -------------------------- X 700,00 Bs. * 100% X = 2.500 Bs. X= 28% Como puede observarse, el porcentaje del incremento fue del 28% (mes de mayo) al cual, según la tabla de rangos, le corresponde 2% de interés adicional, el cual será aplicado sobre el diferencial resultante de restar el saldo promedio mensual obtenido en el mes de mayo menos el saldo promedio mensual del mes de abril (de la Cuenta Corriente sin intereses). I = (700,00 Bs. * 2%) * 30 / 360 = 1,17 Bs. I = 1,17 Bs. Por lo tanto, el interés total a pagar al cliente será: Bs. 1,17 (Intereses calculados sobre el diferencial resultante de restar el saldo promedio mensual obtenido en el mes de mayo menos el saldo promedio mensual del mes de abril de la Cuenta Corriente sin Intereses del cliente con una tasa del 2%, según la tabla de porcentajes de incrementos de saldos en cuenta) abonados dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente al que se generó, en su Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. Total de intereses a pagar: 1,17 Bs.

En los casos 1 y 2, para calcular los meses siguientes, el saldo promedio mensual de referencia será el saldo promedio mensual producto de la suma de todas las Cuentas Corrientes que posee el cliente en el Banco el mes precedente. NOTA: Los intereses serán abonados si y solo si, la cuenta que presenta el incremento es la cuenta que participa en la campaña, es decir, la Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. Si el incremento fue generado por una cuenta distinta a la participante no serán abonados los intereses. Si el cliente posee más de dos (2) cuentas participantes, los intereses serán abonados en la cuenta que presente mayor saldo al cierre del mes. 3. Cliente Nuevo Tipo B: persona que no tiene ninguna cuenta con el Banco o posee una cuenta de otro tipo (Ahorro o FAL). En el supuesto que un cliente abrió la Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. durante el mes de mayo, que haya obtenido por sus saldos diarios en cuenta calculados con una tasa del 1% la cantidad de Bs. 2,9; tenga como saldo promedio mensual al cierre del mes Bs. 3.500,00; y en el mes de junio por sus saldos en cuenta calculados con una tasa del 1% sobre saldos diarios, tenga la cantidad de Bs. 6,41 y como saldo promedio mensual tenga Bs. 7.700,00. Para el cálculo del incremento se procederá de la siguiente manera: Al saldo promedio de junio, se le resta el saldo promedio de mayo: 7.700,00 Bs. 3.500,00 Bs. = 4.200,00 Bs. Se calcula el porcentaje de incremento que representa el resultado de la resta anterior: 3.500,00 Bs. --------------------------100% 4.200,00 Bs. -------------------------- X 4.200,00 Bs. * 100% X = 3.500 Bs. X= 120% Como puede observarse, en este ejemplo, el porcentaje de incremento fue del 120% (mes de junio), al cual, según la tabla de rangos, le corresponde el 7% de interés adicional, que será

aplicado sobre el diferencial resultante de restar el saldo promedio mensual obtenido en el mes de junio menos el saldo promedio mensual del mes de mayo. I = (4.200,00 Bs. * 7%) * 30 / 360 = 24,50 Bs. I = 24,50 Bs. Por lo tanto, el interés adicional total a pagar al cliente será: Bs. 2,91 (Intereses calculados sobre saldos diarios con una tasa del 1% mes de mayo) abonados en cuenta al final del mes en que se generó. Bs. 6,41 (Intereses calculados sobre saldos diarios con una tasa del 1% mes de junio) abonados en cuenta al final del mes en que se generó. Bs. 24,50 (Intereses calculados sobre el diferencial resultante de restar el saldo promedio mensual obtenido en el mes de junio menos el saldo promedio mensual del mes de mayo con una tasa del 7%, según la tabla de porcentajes de incrementos de saldos en cuenta) abonados en su Cuenta Corriente Remunerada B.O.D. dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente al que se generó. Total de intereses a pagar: 6,41 Bs. + 24,50 Bs. = 30,91 Bs. En este caso, para calcular los meses siguientes, el saldo promedio mensual de referencia (mes base) será el mes en que el cliente abrió la cuenta, es decir, será el saldo promedio mensual del mes de mayo, si el cliente abre la cuenta cualquier día de ese mes. NOTA: Los intereses serán abonados si y solo si, la cuenta que presenta el incremento es la cuenta que participa en la campaña, si el incremento fue generado por una cuenta distinta a la participante no serán abonados los intereses. Si el cliente posee más de dos (2) cuentas participantes, los intereses serán abonados en la cuenta que presente mayor saldo al cierre del mes.