- 3 - NOTA EXPLICATIVA. En virtud del artículo VI, párrafo 4 de la Convención, el informe de los Estados deberá incluir los siguientes elementos:

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SEGUNDA REUNIÓN DEL COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN OEA/Ser.L/XXIV.2.2 DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA CEDDIS/doc.41/08 LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 29 julio 2008 28 de julio al 1 de agosto de 2008 Original: español Brasília, Brasil PROYECTO PARÁMETROS PARA FIJAR PUNTOS DE PARTIDA, ESTABLECER METAS Y MEDIR LOS AVANCES EN EL CUMPLIMIENTO DE LA CONVENCIÓN POR PARTE DE LOS ESTADOS (Documento preparado por el Grupo de Trabajo 29 de julio de 2008)

- 3 - PROYECTO PARÁMETROS PARA FIJAR PUNTOS DE PARTIDA, ESTABLECER METAS Y MEDIR LOS AVANCES EN EL CUMPLIMIENTO DE LA CONVENCIÓN POR PARTE DE LOS ESTADOS (Documento preparado por el Grupo de Trabajo 29 de julio de 2008) NOTA EXPLICATIVA En virtud del artículo VI, párrafo 4 de la Convención, el informe de los Estados deberá incluir los siguientes elementos: 1. Información sobre las medidas que los Estados parte hayan adoptado en aplicación de la Convención. 2. Los progresos que los Estados parte hayan realizado en la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad. 3. Las circunstancias o dificultades que afecte el grado de cumplimiento derivado de la Convención. En atención a ello, el Comité estableció un grupo informal de trabajo liderado por el representante de Argentina, Carlos Eroles, el cual analizó algunos señalamientos/parámetros a fin de complementar los elementos necesarios que requiere la elaboración de los informes de los Estados. El grupo informal de trabajo estuvo compuesto por los representantes de Costa Rica, Chile, México, Bolivia, Panamá, Venezuela y Argentina. También participó el presidente del Comité y Funcionarios de la Secretaría Técnica de la OEA. Se tomó como base de análisis los 17 señalamientos generales presentados en el informe de Argentina. Dicho documento fue sometido a la plenaria del Comité en la sesión del día 30 de julio por la mañana y fue objeto de comentarios y sugerencias que se consignan en el presente documento. En dicha sesión se acordó el siguiente procedimiento: Se instó a los representantes a efectuar consultas nacionales con especialistas; Se estableció como fecha límite para la remisión de comentarios adicionales para el 30 de noviembre de 2008; La Secretaría Técnica se comprometió a elaborar un documento consolidado para la distribución de los expertos antes del inicio de la Tercera Reunión del Comité. Dicha información estará disponible además en la página de Internet del Departamento de Derecho Internacional de la OEA.

- 4 - Observaciones generales El artículo VI numeral 4 de la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad lee: Los informes preparados en virtud del párrafo anterior deberán incluir las medidas que los Estados miembros hayan adoptado en la aplicación de esta Convención y cualquier progreso que hayan realizado los Estados parte en la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad. Los informes también contendrán cualquier circunstancia o dificultad que afecte el grado de cumplimiento derivado de la presente Convención. A fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Convención se sugiere que en la elaboración de los informes nacionales los mismos sean estructurados de manera tal a que los tres elementos previstos en el artículo aquí citado (medidas, progresos y circunstancias o dificultades) sean incluidos en cada uno de los puntos que se presentan a continuación, cuando ello resulte pertinente. Asimismo se propone incluir la perspectiva de género, de la infancia y adolescencia y adultos mayores, así como el maltrato y la violencia en cada uno de los puntos siguientes según corresponda. Finalmente, al abordar el tema de las principales dificultades se debería considerar las mismas a nivel del Estado, a nivel de la sociedad en general y a nivel de la corresponsabilidad social. Parámetros para fijar puntos de partida, establecer metas y medir los avances en el cumplimiento de la Convención por parte de los Estados 1. Impacto real y trascendencia social de las políticas públicas y prácticas desarrolladas, a nivel gubernamental nacional, provincial y municipal. En cuanto al impacto real, se sugiere que se indique la cobertura de la población atendida en relación con la población objetivo potencial. 2. Grado efectivo de cumplimiento de la normativa vigente, a nivel nacional, provincial y municipal (si es posible estimar la distancia existente entre cumplimiento e incumplimiento) Medir la eficacia de las políticas públicas con relación al Programa de Acción de la Década y a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU. 3. Impacto medible de la accesibilidad física a los edificios públicos, edificios privados de acceso público (rampas, baños adaptados) y adaptabilidad del transporte público aéreo, marítimo y terrestre de pasajeros, así como la planificación del llamado turismo accesible, tanto a nivel de mercado como de programas sociales (si fuera posible informar acerca de los porcentajes en cada área). Grado de desarrollo de programas tipo ciudades accesibles y/o ciudades amigables. Para medir la progresividad en el presupuesto (y en los aspectos de salud, trabajo, vivienda) se

- 5 - debería considerar el importe total del presupuesto nacional versus el presupuesto asignado al tema de discapacidad en cada área o rubro, incluido la cooperación internacional a la discapacidad. Asimismo constatar que no haya una regresión. Categorizar. 4. Existencia de normas vigentes que aseguren la accesibilidad física y comunicacional existente en la vía pública (rampas, señalética, indicaciones Braille, tableros de ascensores a la altura indicada para sillas de rueda y personas de baja talla, indicaciones escritas y/o luminosas para personas hipoacústicas, asistencia técnica y apoyo al lenguaje etc.), en los establecimientos educativos de todos los niveles y en los establecimientos de salud (la información detallada no molesta), así como el nivel de cobertura alcanzado. En los países que ya existe legislación, cumplirla.. 5. Número y cobertura de los programas de inclusión de las personas con discapacidad y sus familias al sistema general de educación, público y particular (privado), común/ regular, de todos los niveles. Indicadores objetivos de calidad de la educación de las personas con discapacidad. Precisar las cifras de la exclusión en la educación, salud, trabajo y transporte. 6. Nivel de cobertura alcanzado de los servicios de salud, en prevención, identificación temprana, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y habilitación, destinados a las personas con discapacidad en todo el territorio y en los niveles nacionales, provinciales y municipales. 7. Mencionar la participación política alcanzada por las personas con discapacidad (indicando los cargos más altos, a nivel político alcanzados por personas con discapacidad en todos los niveles y poderes de gobierno). Si el tema no ha sido tomado en cuenta, informarlo. 8. Promoción e implementación de programas culturales, artísticos y deportivos inclusivos en todo el territorio a nivel Nacional, provincial y municipal. 9. Indicar tipos de discriminación en términos de distinción, exclusión y restricción respecto a la persona con discapacidad (art. 2, inciso a de la Convención) que persisten en la sociedad de su país, haciendo referencia a la existencia de expresiones como incapacidad, minusvalía, especiales, invalidez entre otras. 10. Existencia y porcentaje de cupos laborales y otras medidas afirmativas, en los ámbitos estatal y privado para personas con discapacidad (indicando disposiciones legales y nivel real de cumplimiento/incumplimiento y/o de resistencia cultural). 11. Número y cobertura de los programas de capacitación laboral, especialización y/o readaptación tecnológica para el empleo, así como para la formación de las personas con discapacidad que buscan empleo y de readaptación laboral. 12. Número, cobertura y sostenibilidad de los programas específicos de desarrollo inclusivo y de erradicación de la pobreza que incluya a las personas con discapacidad y sus familias en situación de pobreza y/o abandono.

- 6-13. Cobertura de los programas de seguridad social (jubilaciones y pensiones) a favor de las personas con discapacidad y sus familias, particularmente para aquellas que no están en condiciones de trabajar. Proporción del monto respecto al salario mínimo. 14. Número de asociaciones y números de asociados respecto a la población con discapacidad y sus familias. Existencia de instancias de coordinación entre las asociaciones. Número de programas y medidas de promoción y fortalecimiento del movimiento asociativo. Capacidad del movimiento asociativo para expresarse e influenciar en la decisión política sea en la propuesta o en la protesta. 15. Acciones afirmativas del modelo social de derechos humanos con respecto al modelo médicorehabilitatorio. 16. Número de iniciativas de investigación y desarrollo así como recursos asignados en áreas cómo tecnología, educación, salud, ayudas técnicas entre otras. 17. Capacidad efectiva para la presentación de denuncias amparadas en la Ley por parte de las personas con discapacidad y sus familias, respaldados por número de denuncias, reclamos, recursos de amparos y/o cualquier otro tipo de presentación judicial. DIL00176S01