AUTORIZA ARRENDAMIENTO Y APRUEBA CONTRATO DE ARRIENDO DE ESTACIONAMIENTO ENTRE LA SUBSECRETARíA DE TRANSPORTE Y EMPRESA JAVIER HURTADO SALAS S.A. RESOLUCION EXENTA N 3 VISTO: lo dispuesto en los Decreto Ley N 1.028, de 1975, del Ministerio del Interior, que Precisa Atribuciones y Deberes de los Subsecretarios de Estado; la Ley N 20.481, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 2011; el Decreto Ley N 799, de 1974, del Ministerio del Interior, que establece Disposiciones que regulan Uso y Circulación de Vehículos Fiscales; el Decreto con Fuerza de Ley N 1/19.653 de 2001, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; los Decretos con Fuerza de Ley N s 279 y 343, de 1960 y 1953, respectivamente, ambos del Ministerio de Hacienda; el Decreto con Fuerza de Ley N 557, de 1974, del Ministerio del Interior; el Instructivo Presidencial N 1, de 07 de abril de 2003, que creó el Comité de Ministros para el Transporte Urbano de la ciudad de Santiago; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fijó Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; los Decretos Supremos N s 32, de 2008 y 57, de 2006, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la Resolución Exenta N 321, de 2008, de la Subsecretaría de Transportes, que Aprueba el Manual para el Uso y Control de Vehículos Fiscales de la Subsecretaría de Transportes, sus Programas y de las Secretarías Regionales Ministeriales; el Informe ''Arrendamiento de estacionamientos para vehículos de la Coordinación Transantiago", de la Coordinación Transantiago; y demás normas legales aplicables. 1 0 Que para garantizar la debida custodia, la Subsecretaría de Transportes requiere para su programa dependiente, Directorio de Transportes de Santiago, en adelante "Coordinación Transantiago", el arriendo de un box de estacionamiento para el vehículo fiscal patente BWBW 81, asignado a la dotación de dicho programa. 2 Que conforme lo expone el Informe "Arrendamiento de estacionamientos para vehículos de la Coordinación Transantiago", de la Coordinación de Recursos de Transantiago, en adelante "el Informe", para la gestión de la contratación de los servicios requeridos, se evaluaron diversas ofertas, de las cuales se obtuvieron las siguientes alternativas de arrendamiento: a. Estacionamientos ubicados en calle Agustinas N 1676, de la comuna de Santiago, cuyo valor es de $66.189 (sesenta y seis mil ciento ochenta y nueve pesos chilenos, Impuesto al Valor Agregado incluido), más la suma de $14.500 (catorce mil quinientos pesos), correspondiente a gastos
comunes por cada uno de aquéllos. El arrendamiento de estos inmuebles es gestionado por la empresa JAVIER HURTADO SALAS S.A. b. Estacionamientos SABA, ubicados en Plaza Ciudadanía, Nivel -1, de calle Morandé N 38, de la comuna de Santiago, cuyo valor es de 7.2 U.F., I.V.A. incluido (siete como dos unidades de fomento, Impuesto al Valor Agregado incluido) c. Estacionamiento SABA, ubicados en Santa Rosa, Nivel 1, de calle Santa Rosa 76, de la comuna de Santiago, cuyo valor es de $63.000.-, I.V.A. incluido (ochenta mil pesos chilenos, Impuesto al Valor Agregado incluido). 3 Que conforme lo expone el Informe ya citado, se efectuó el análisis de las cotizaciones recabadas, considerando para tales efectos los factores de relevancia asociados a cada una de las alternativas de contratación planteadas; teniéndose en consideración los siguientes elementos: Ubicación de los estacionamientos Costos de la renta de arrendamiento. Condiciones de infraestructura de los inmuebles en que estaban ubicados los estacionamientos. Resguardos de acceso a los inmuebles en que se ubican los estacionamientos, privilegiándose la existencia de barreras de entrada en dichos inmuebles y de guardias durante las 24 horas del día, durante los 7 días de la semana. Kilómetros de circulación en vacío de los vehículos y Tiempos de viaje según calles de acceso y distancia hacia las oficinas de la Subsecretaría de Transportes y de la Coordinación Transantiago. En consecuencia y, analizados los elementos indicados se estimó, según lo señala el Informe, que la alternativa de contratación que ofrece mayores ventajas es la cotización entregada por la empresa JAVIER HURTADO SALAS S.A., correspondiente al box de estacionamiento N 141, ubicado en calle Agustinas N 1476 piso 4, Comunidad Edificio Indianápolis, de la comuna y ciudad de Santiago. La renta mensual de arrendamiento del box ya individualizado, asciende a la suma total de $ 66.189 (sesenta y seis mil ciento ochenta y nueve pesos), más el precio de los gastos comunes, correspondiente a la suma de $14.500.- (catorce mil quinientos pesos), por cada uno de aquéllos. Sin perjuicio, este último valor es aproximado, pues éste, conforme lo informado por la empresa, variará según prorrateo mensual de los gastos comunes. Con todo, para el primer bimestre del año 2011, el valor por gastos comunes, es de $14.500.- (catorce mil quinientos pesos chilenos). La renta y los gastos comunes deberán pagarse en forma ANTICIPADA Y BIMESTRAL, siendo los períodos bimestrales, Enero-Febrero, Marzo-Abril, Mayo-Junio, Julio-Agosto, Septiembre-Octubre, Noviembre-Diciembre. \: \J \ <) 4 0 Que teniendo presente las condiciones de mercado de estacionamientos de vehículos en el sector céntrico de la ciudad y los elementos de análisis indicados en el considerando 3 precedente, es del caso señalar que la contratación en referencia reviste condiciones que permiten alcanzar la combinación más ventajosa entre todos los beneficios de los bienes arrendados y todos sus costos asociados. En efecto, el box de estacionamiento arrendado por su ubicación, precio, condiciones de infraestructura y seguridad del edificio en que se ubican, constituyen una alternativa que propende a la eficacia, eficiencia y ahorro de la Administración.
5 Que para la contratación señalada en el considerando tercero, existe disponibilidad presupuestaria, por lo que esta autoridad estima procedente contratar el arriendo del box de estacionamiento. 1 0 AUTORIZASEel arrendamiento de un box de estacionamiento para vehículo fiscal patente BWBW81 y APRUÉBASE el contrato suscrito, con fecha 13 de diciembre de 2010, entre la Subsecretaría de Transportes y la empresa JAVIER HURTADOSALAS S.A., Rol Único Tributario N 86.646.300-K, que se transcribe a continuación: En Santiago de Chile, a 13 de diciembre de 2010, entre la SUBSECRETARíADE TRANSPORTES, RUT 61.212.000-5, en adelante e indistintamente "la Subsecretaria" o "el Arrendador", representada por la Subsecretaria de Transportes, doña GLORIA HUn HESSE, Rut N 6.069.264-5, ambos domiciliados en calle Amunátegui N 139, comuna de Santiago y la empresa JAVIER HURTADO SALAS S.A., representado por don José Pablo Hurtado Goycoolea, C.1. 4.467.509-9, ambos domiciliados en calle Estado 359 Piso 7, comuna de Santiago, en adelante "el Arrendador", se ha convenido el siguiente Contrato de Arrendamiento: EL ARRENDADOR,entrega en arrendamiento al ARRENDATARIO,quien acepta para sí el estacionamiento o box N 141, ubicado en calle Agustinas N 1476, Edificio Indianápolis, de la comuna y ciudad de Santiago, a contar del 01 de enero de 2011, para el estacionamiento del vehículo fiscal placa patente BWBW81. SEGUNDO: La renta de arrendamiento, correspondiente al box individualizado en la cláusula primera precedente, será de $66.189.- (sesenta y seis mil ciento ochenta y nueve pesos chilenos), mas la parte proporcional del prorrateo bimestral de gastos comunes, que para el primer bimestre del año 2011 es de $14.500.- (catorce mil quinientos pesos chilenos), suma que debe pagarse en forma ANTICIPADA Y BIMESTRAL,siendo los períodos bimestrales, Enero-Febrero, Marzo-Abril, Mayo- Junio, Julio-Agosto, Septiembre-Octubre, Noviembre-Diciembre. LA RENTA de arrendamiento deberá ser pagada mediante cheque nominativo extendido a nombre de la empresa JAVIER HURTADO SALAS S.A.; documento que podrá ser entregado en la oficina ubicada en calle Estado N 359 Piso 7 0 o bien al Mayordomo del Edificio Indianápolis, ubicado en calle Agustinas N 1476, de la comuna y ciudad de Santiago. EL GASTO COMÚN deberá ser pagado mediante cheque nominativo extendido a nombre de COMUNIDAD EDIFICIO INDIANÁPOLlS documento que podrá ser entregado en la oficina ubicada en calle Estado N 359 Piso 7 o bien al Mayordomo del Edificio Indianápolis, ubicado en calle Agustinas N 1476, de la comuna y ciudad de Santiago. Al momento de efectuarse el pago, ya sea de la renta como del gasto común, el arrendador deberá entregar al arrendatario el correspondiente comprobante del pago efectuado. TERCERO:
La renta se reajustará cada seis meses en la misma variación que experimente el IPC en relación a un período de seis meses. En atención a que los recibos de pago se emiten con un mes de anticipación, el cálculo del reajuste tendrá un desfase de un mes, respecto del último valor de IPC conocido. CUARTO: Se deja constancia que el presente contrato de arriendo entra en vigencia a contar de la fecha estipulada en cláusula primera y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2011. Las partes acuerdan que podrá darse término al arrendamiento, mediante aviso dado con a lo menos un mes de anticipación al término del bimestre. Este aviso debe darse por carta, enviada a través de correo certificado, dejando constancia de su recibo. Se exceptúan los meses de Enero y Febrero en que la entrega deberá postergarse al mes de marzo, de no mediar un acuerdo con el Arrendador. QUINTO: Queda estrictamente prohibido al Arrendatario: a) Ceder el arriendo de los estacionamientos, sin autorización del arrendador. b) Hacer modificaciones en el estacionamiento o box. c) Colocar motos, bicicletas u otros vehículos de dos ruedas. d) Estacionar más de un auto en el box arrendado. Según lo establece el reglamento de copropiedad, se prohíbe la permanencia de personas al interior de los vehículos estacionados, o en espera en la zona cercana al estacionamiento. Cualquier infracción de alguno de estos puntos será causal de término de contrato. SEXTO: El arrendatario se obliga a respetar el Reglamento de Copropiedad del edificio. SÉPTIMO: El arrendador se reserva el derecho de impedir el acceso al estacionamiento o poner término al contrato en caso de atraso en el pago de la renta en uno o más meses. OCTAVO: Los pagos deberán hacerse por anticipado, en el PRIMER MES DEL BIMESTRE EN COBRANZA, dentro de los diez días de recibido el aviso de pago. NOVENO: La administración del Edificio Indianápolis, pondrá esmero en el cuidado y vigilancia del edificio y los vehículos fiscales que se guarden en él, pero sin asumir responsabilidad alguna por los posibles deterioros o pérdidas que pudieren producirse en los vehículos. DÉCIMO: Para todos los efectos que sean procedentes, el presente contrato se regira por lo dispuesto en la Ley N 19.628, sobre protección de datos de carácter personal. UNDÉCIMO: Para todos los efectos del presente contrato, las partes fijan domicilio en la comuna de Santiago, y se someten a la Jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia. DUODÉCIMO:
La personería de doña Gloria Hutt Hesse, para representar a la Subsecretaría de Transportes, consta del Decreto Supremo N 67, de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; por su parte la personería de don José Hurtado Goycoolea, para representar a la sociedad Javier Hurtado Salas S.A., consta de la escritura pública, de fecha 13 de marzo de 2006, otorgada ante Notario Público, Titular de la Cuadragésima Notaria de Santiago, don Alberto Mozo Aguilar. El presente contrato se extiende por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes. Firmado José Pablo Hurtado Goycoolea, representante legal y Gloria Hutt Hesse, Subsecretaria de Transportes. 2 0 ESTABLÉZCASE por esta Subsecretaría de Transportes a través de una Resolución Exenta, la asignación del vehículo CDHC96, con indicación del estacionamiento, que por este acto se arrienda para dicho vehículo. 3 0 AUTORíZASE el pago bimestral a la sociedad JAVIER HURTADO SALAS S.A., Rol Único Tributario N 86.646.300-K IMPÚTESE el gasto que irrogue el contrato que por la presente resolución se aprueba, al ítem 22-09-002, del Programa 03, del presupuesto vigente del año 2011, de la Secretaría y Administración General de Transportes, Directorio de Transporte de Santiago-Transantiago. *"" G@~~ ~,'';, b~~rtria de TranspoffeSJEó'r~ ~!~g~/ad 0"; ~, :~,~~!) Gabinete División Legal Transportes División Administración y Finanzas Depto. Administrativo Coordinación Transantiago Oficina de Partes \.~\ "Al' ~ :.!.~:, Dn,/Sí'" ~~ REFRENDACION Capto. Contabilidad y Finanzas Refrendado por ID Sigfe S tación. A.