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Transcripción:

Objetivos Conocer los presupuestos de la insolvencia Comprender el procedimiento concursal Poder determinar la posición de un acreedor concursal Saber cuál es son las consecuencias del concurso para el deudor y, en su caso, para los administradores de una sociedad.

Contenidos 1. El concurso de acreedores 2. La declaración de concurso 3. Los órganos del concurso 4. Los efectos del concurso 5. La masa activa y pasiva del concurso 6. La solución del concurso: convenio y liquidación 7. La calificación del concurso 8. La conclusión del concurso

1. El concurso de acreedores El patrimonio del deudor puede resultar insuficiente para satisfacer la totalidad de las deudas (art. 1911 Cc) Cuando existe una pluralidad de acreedores La ejecución individual de cada crédito solución injusta Se beneficiaría únicamente a los acreedores que primero embargaran bienes del deudor, dejando al resto ante una cobranza casi imposible Sería costoso tener que desarrollar tantos procedimientos como acreedores hubiera

Concepto de concurso de acreedores Procedimiento colectivo basado en el principio de igualdad de los acreedores tendente bien a alcanzar un acuerdo en el que el deudor se compromete a pagar obteniendo a cambio una quita y/o espera, o bien a la liquidación ordenada del patrimonio para su posterior reparto entre los acreedores Régimen jurídico Ley 22/2003 Concursal Más otras disposiciones especiales para determinados sectores (entidades de crédito, entidades de seguro, mercado)

2. La declaración de concurso Presupuesto subjetivo (art. 1 LC): cualquier deudor Presupuesto objetivo (art. 2 LC): la insolvencia (= deudor que no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles) La LC prevé como soluciones previas al concurso los acuerdos de refinanciación (fresh money), el acuerdo extrajudicial de pagos (donde se nombra a un mediador concursal) y la posibilidad de negociar un convenio anticipado (art. 5 bis LC) Solicitud Por persona legitimada (no cabe de oficio por el juez) Concurso voluntario: solicitud del deudor, fundada en la previsión de que no podrá cumplir regular y puntualmente sus obligaciones (art. 2.3 LC); debe solicitarse dos meses después del conocimiento de la insolvencia (art. 5 LC) Concurso necesario: solicitud del acreedor, fundada en título por el cual se haya despachado ejecución o apremio sin que del embargo resultaren bienes libres bastantes para el pago (art. 2.4 LC); el acreedor instante debe acreditar la condición de acreedor y el hecho de insolvencia, pero recibe un privilegio sobre parte de su crédito

El juez de lo mercantil Dictará la declaración del concurso (art. 21 LC) Publicidad de la declaración Se realizará preferentemente por medios telemáticos, informáticos y electrónicos en la forma que reglamentariamente se determine El extracto se publicará en el BOE y en el Registro Público Concursal, accesible de forma gratuita en Internet (arts. 23 y 198 LC) Inscripción en registros públicos (civil, mercantil, otros) preferentemente por medios telemáticos (art. 24 LC) Se abre la fase común del concurso, que concluye con: La presentación del informe de la administración concursal y La formulación del inventario y de la lista de acreedores

3. Los órganos del concurso Administración concursal Composición: una persona física, abogado o un economista, o una persona jurídica que entre sus socios haya un abogado o economista Funciones: intervenir los actos del deudor o sustituirlo cuando haya sido suspendido; gozan de amplias facultades para modular los efectos del concurso sobre los acreedores, sobre los contratos y ejercen las acciones de reintegración de la masa; redactar el informe de la administración concursal, el inventario, la lista de acreedores y evaluar las propuestas de convenio (art. 33 LC) Retribución: con cargo a la masa, será fijada por el juez conforme el arancel aprobado reglamentariamente (art. 34 LC) Responsabilidad: responden de los daños y perjuicios que causen a la masa por actos y omisiones contrarios a la ley o realizados sin la diligencia debida (art. 36 LC)

El juez: Es competente el juez de lo mercantil Asumirá la jurisdicción exclusiva y excluyente que afecten al patrimonio del deudor Es el órgano rector del procedimiento con amplias facultades y discrecionalidad Junta de acreedores: Se constituye en la fase de convenio Su función reside en aprobar las propuestas de convenio

4.1. Efectos del concurso: sobre el deudor Deber de colaboración el deudor debe colaborar con los órganos del concurso Facultades patrimoniales según la clase de concurso Voluntario: las facultades patrimoniales se someten a intervención Necesario: las facultades patrimoniales se suspenden No obstante, el juez puede modificar estas consecuencias Los actos realizados por el deudor, pese a las limitaciones, son anulables Concurso culpable el juez dictará la inhabilitación del deudor Deudor persona jurídica continúan los órganos durante la tramitación del concurso

4.2. Efectos del concurso: sobre los acreedores Integración en la masa pasiva Todos los acreedores del deudor quedan integrados en la masa pasiva del concurso, salvo que la ley diga otra cosa (art. 49 LC) Procedimientos en curso No se admitirán nuevas demandas (art. 50 LC), pero las que estén en curso continuarán hasta la firmeza de la sentencia No pueden iniciarse ejecuciones singulares y las en curso quedarán en suspenso (art. 55 LC) Se suspende el devengo de intereses (art. 59 LC) y no procederá la compensación de créditos (art. 58 LC)

4.3. Efectos del concurso: sobre los contratos La declaración del concurso No afecta a la vigencia de los contratos con obligaciones recíprocas (art. 61 LC) No afecta a la facultad de resolución de los contratos por incumplimiento posterior de cualquiera de las partes (art. 62 LC) No obstante, se prevé la posibilidad de resolver judicialmente el contrato como de enervar la resolución

5.1. La masa activa Concepto Todos los bienes y derechos integrados en el patrimonio del deudor al declararse el concurso, así como los que se reintegren en el mismo o adquiera hasta la conclusión del concurso, con excepción de los inembargables (art. 76 LC) Delimitación Requiere efectuar las operaciones tendentes a llevar a la masa los bienes que salieron indebidamente (reintegración, arts. 71 a 73 LC) y excluir aquellos bienes que sean de titularidad ajena (reducción de la masa, art. 80 LC) Créditos contra la masa Compleja gama de gastos y obligaciones que genera el concurso (art. 84 LC)

5.2. La masa pasiva Concepto Créditos contra el deudor existentes a la fecha de la declaración del concurso Determinación Requiere que los acreedores comuniquen a la administración concursal la existencia de los créditos (art. 85 LC) y posteriormente la administración concursal procederá a su inclusión o exclusión de la lista de acreedores (86 LC), computándose estos en dinero para valorar el pasivo (art. 88 LC) Clases de créditos Con privilegio especial (art. 90 LC); privilegio general (art. 91 LC); ordinarios (art. 89.3 LC); subordinados (art. 92 LC)

6. Solución del concurso Dos soluciones al concurso convenio / liquidación Son alternativas y excluyentes entre si La opción corresponde al deudor y a los acreedores (arts. 104, 111, 142 y 143 LC): El deudor puede imponer la liquidación, si así lo solicita en cualquier momento El deudor que cumpla unos rigurosos requisitos puede presentar durante la fase común una propuesta anticipada de convenio que requiere ser aprobada por mayoría de los acreedores Fuera de los dos casos anteriores, el deudor o los acreedores que podrán presentar convenio ordinario en el último tramo de la fase común del concurso Deberá abrirse la liquidación cuando no sea posible culminar la solución convenida o no llegase a presentarse ninguna propuesta de convenio

6.1. Solución del concurso: el convenio Concepto Acuerdo de voluntades entre el deudor y la colectividad de sus acreedores que, sancionado por la autoridad judicial, tiene por objeto la satisfacción de los acreedores. Contenido Una quita y/o una espera. Ahora bien, no podrá acordarse una liquidación global del patrimonio ni la cesión de bienes y derechos a los acreedores en pago o para pago; ni la quita podrá exceder la mitad del importe de cada crédito; ni la espera ser superior a cinco años. Propuesta Anticipada (arts. 104 y ss LC) Ordinaria: (arts. 111 y ss LC)

Aceptación Requiere una mayoría de los acreedores manifestada bien por escrito (convenio anticipado o convenio tramitado por escrito) o mediante votación en la junta de acreedores (convenio ordinario) Derecho de voto: los acreedores concursales (= excluidos acreedores de la masa y de créditos subordinados); acreedores privilegiados solo quedan sometidos al convenio si votan a favor. Mayorías: art. 124 LC Aprobación judicial (arts. 127 y ss LC) El convenio ha de aprobarse por el juez, pero lo puede rechazar de oficio si aprecia infracciones y además pueden impugnarlo la administración concursal y los acreedores no asistentes o que votaron en contra de su aprobación

Efectos Respecto del deudor: cesarán los efectos del concurso (art. 133 LC) Respecto de los órganos: cesarán los administradores concursales (art. 133 LC) Respecto los acreedores: el convenio es obligatorio respecto los acreedores ordinarios y subordinados (art. 134 LC) Cumplimiento El deudor cuando considere cumplido el convenio, presentará un informe y solicitará la declaración judicial de cumplimiento (art. 139 LC). Si el convenio es incumplido, se abre la fase de liquidación (art. 140 LC).

6.2. Solución del concurso: la liquidación Efectos Sobre el deudor: será suspendido en el ejercicio de sus facultades patrimoniales y sustituido por la administración concursal. Si es persona jurídica, se declarará su disolución (art. 145 LC) Sobre los créditos: los créditos aplazados vencerán anticipadamente; se convertirán en dinero aquellos que consistan en otras prestaciones (art. 146 LC) Operaciones Los administradores concursales prepararán un plan de liquidación que deberá ser aprobado por el juez, tras oír a las partes (art. 148 LC) El legislador prevé unas reglas supletorias para las omisiones del plan de liquidación y para el caso de que no se apruebe (art. 149 LC)

Orden de pago a los acreedores Créditos contra la masa (art. 154) Créditos con privilegio especial (art. 155 LC): se harán con cargo a los bienes y derechos afectos, ya sean objeto de ejecución separada o conjunta Créditos con privilegio general (art. 156 LC): por el orden establecido y, en su caso, a prorrata dentro de cada número Créditos ordinarios (art. 157 LC): con cargo al remanente y a prorrata, incluyéndose aquí la parte no satisfecha de los créditos con privilegio especial Créditos subordinados (art. 158 LC)

7. Calificación del concurso Supuestos El concurso se calificará sólo cuando se apruebe un convenio especialmente gravoso para los acreedores o cuando se abra la fase de liquidación Clases Fortuito Culpable: causas arts. 164 y 165 LC

Efectos concurso culpable Exclusivamente civiles Inhabilitación Pérdida de cualquier derecho como acreedores Si el deudor es persona jurídica, podrá condenarse a los administradores o apoderados generales a pagar a los acreedores la parte de créditos no percibidos de la masa activa (art. 172 bis LC)

8. Conclusión Conclusión del concurso (art. 176 LC) Revocación auto de declaración concurso Cumplimiento del convenio Pago de la totalidad de los créditos Inexistencia de bienes Concurso express (176 bis LC) Desistimiento o renuncia de la totalidad de los acreedores Remisión de deudas de concursado Deudor persona natural: remisión 75% créditos concursales (100 % si intento acuerdo extrajudicial de pagos) si concurso fortuito y atiende créditos contra la masa y privilegiados( art. 178.2 LC) Deudor empresario persona natural: remisión créditos concursales, si intentó un acuerdo extrajudicial, el concurso es fortuito y atiende créditos contra la masa y privilegiados (art. 242.1.5 LC)

Cuestiones 1. Busca algún ejemplo real de empresario que haya solicitado un concurso y expón brevemente cómo se llegó al concurso 2. Quién puede ser administrador concursal? 3. Qué es una acción de reintegración? 4. La sociedad se disuelve por la apertura del concurso? 5. Enumera 5 diferencias entre finalizar el concurso con un convenio o con la liquidación

Mapa conceptual Los efectos del concurso