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1 MARCO DE PLANIFICACIÓN

ÍNDICE CAPÍTULO 1: MARCO DE PLANIFICACIÓN 1 MARCO DE PLANIFICACIÓN... 1 1.1 JUSTIFICACIÓN... 3 1.2 ANTECEDENTES LEGALES... 5 1.3 OBJETIVOS... 8 1.4 VIGENCIA DEL PLAN... 9 2

1.1 JUSTIFICACIÓN La isla de La Gomera alberga unos valores naturales y culturales excepcionales. Entre los valores naturales cabe destacar sus ancestrales bosques de laurisilva protegidos en el Parque Nacional de Garajonay, espacio protegido reconocido internacionalmente bajo la figura de Patrimonio Mundial. La mayor amenaza para la conservación de estos bosques son los incendios forestales, hecho que ha quedado patente por un largo historial de sucesos que han afectado las inmediaciones del Parque Nacional, culminando con el gran incendio de 2012 en el que resultaron gravemente afectados en torno al 20% de su superficie. Dicho incendio también afectó a extensas zonas de su entorno, incluyendo núcleos poblados, infraestructuras y zonas agrícolas, acercándose el total de las zonas afectadas al 10% de la superficie insular. La defensa contra una eventual destrucción del patrimonio natural causada por un incendio forestal es, por tanto, un ejercicio de autoprotección para la sociedad de La Gomera, ya que en él se generan gran parte de los recursos que le dan sustento en la actualidad, principalmente en forma de atractivo turístico. El documento del plan tiene como objetivo fundamental establecer las bases para una defensa integral e integrada contra el riesgo de incendios forestales tanto del Parque Nacional como de su entorno inmediato. No resulta conveniente pues entender el territorio de forma parcial si se pretende sentar las bases para una defensa efectiva, siendo necesario el análisis del conjunto para establecer las medidas más efectivas para su defensa. El documento se refiere a toda la isla y no solo al Parque y su entorno, existiendo un total de 17 espacios con alguna figura de protección (sin contar Zonas de Especial Conservación ZEC, o Zonas de Especial Protección para Aves ZEPA), con sus más de 12.000 hectáreas en el conjunto de la isla, lo que pone de manifiesto la importancia del territorio que se pretende proteger. 3

Imagen 1. Principales Espacios Naturales Protegidos de la isla de La Gomera sin considerar espacios ZEC o ZEPA (Fuente: Elaboración propia a partir de datos oficiales de GRAFCAN) Estos espacios protegen ecosistemas exclusivos de las Islas Canarias, caracterizadas por su singularidad, destacando su elevadísimo número de endemismos, excepcionalidad que se hace especialmente sobresaliente en el caso de la laurisilva por considerarse el ecosistema de la Unión Europea que alberga mayor concentración de endemismos por unidad de superficie. Dentro de estos espacios cabe destacar, el alto grado de conservación y naturalidad de los bosques de laurisilva, principalmente los situados en el Parque Nacional de Garajonay, y algunas zonas aledañas, siendo esta una excepcionalidad tanto en Canarias como en ámbitos de clima mediterráneo. La existencia de bosques viejos de laurisilva, incluidos en su mayor parte en el Parque Nacional, además de su elevado valor conservacionista, son claves en la prevención de incendios a gran escala en el territorio debido a su estructura y alto contenido de humedad, motivado en parte por su elevada capacidad de captación de agua. En cambio la alta fragilidad de estos ecosistemas ante el fuego, suponen una regresión muy notable con consecuencias a muy largo plazo, a la vez que un cambio de modelo de combustible mucho más propicio a verse afectado por el fuego. De esta manera el fuego en estos sistemas puede considerarse como un fenómeno que se retroalimenta, por lo que la degradación de zonas maduras tienen una alta probabilidad de convertirse en fenómenos irreversibles, lo que las convierte en ecosistemas en alto riesgo de desaparición en el contexto actual. Cobra pues especial sentido proponer soluciones sostenibles en un sentido amplio del término (ambiental, técnico, social y económico) que permitan proteger estas zonas naturales casi 4

relictas, mediante la conciliación de las actividades que se dan a su alrededor por parte del ser humano y la protección y conservación de estos espacios. Para ello, en el presente Plan, se analizan de una forma integrada todos los aspectos y variables que de forma significativa están relacionados con los incendios forestales, tanto las relacionadas con el ámbito físico y el medio natural (geomorfología...) como en el ámbito socioeconómico (actividades ligadas al medio natural, agricultura, ganadería, turismo ) que permitirán establecer la estrategia a seguir para conseguir una defensa integral del territorio. 1.2 ANTECEDENTES LEGALES Legislación del Estado: Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales. Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad que deroga y sustituye a la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (BOE nº 102, de 29 de abril de 2006). Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Real Decreto 6/2001, de 12 de enero, sobre fomento de la forestación de tierras agrícolas. (BOE. núm. 12, de 13 de enero de 2001). Resolución del 14 de octubre de 1999, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se publica el Acuerdo por el que se amplían los límites del Parque Nacional del Teide por incorporación de terrenos colindantes al mismo (B.O.E., núm.310, de 28 de diciembre de 1999.) Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establece medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats y de la fauna y flora silvestres, modificado por el Real Decreto 1193/1998, de 12 de junio. Orden de 2 de abril de 1993, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales (B.O.E. nº 90, de 15 de abril de 1993). Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. Afectado por Orden de 9 de julio de 1998, por la que se incluyen determinadas especies en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas y cambian de categoría otras especies que ya están incluidas en el mismo (B.O.E. núm. 172, de 20 de julio de 1998), y la Orden de 10 de marzo de 2000 por la que se incluyen en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas determinadas especies, subespecies y poblaciones de flora y fauna y cambian de categoría y se excluyen otras especies ya 5

incluidas en el mismo (B.O.E. núm.72 de 24 marzo de 2000); Orden 28 mayo 2001 (BOE 05.06.01); Orden 2734/2002, de 21 de octubre (BOE 05.11.02)y Orden 2784/2004, de 28 de mayo (BOE 16.08.04) Ley 25/1982, de 30 de junio, de Agricultura de Montaña. Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestales. Continúa vigente en tanto no se oponga a lo previsto en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, y hasta la entrada en vigor de las normas que puedan dictarse en su desarrollo. Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes. Continúa vigente en tanto no se oponga a lo previsto en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, y hasta la entrada en vigor de las normas que puedan dictarse en su desarrollo. Legislación de Canarias: Decreto 174/2009, de 29 de diciembre ( BOC nº 7, de 13 de enero de 2010), se declararon las Zonas Especiales de Conservación integrantes de la Red Natura 2000 en Canarias y medidas para el mantenimiento en un estado de conservación favorable de estos espacios naturales, en cumplimiento de la Directiva 92/43/CEE (Directiva Hábitats). Ley 6/2002, de 12 de junio, sobre medidas de ordenación territorial de la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma (BOC nº 89 de 1 de julio de 2002), derogada por la Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, excepto sus disposiciones adicionales (BOC Nº 73, de 15 de abril de 2003). Decreto 83/2002, de 24 de junio, de aprobación inicial de las Directrices de Ordenación General y de las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias. (BOC nº 89 de lunes de 1 de julio de 2002) Decreto 4/2001, de 12 de enero, por el que se acuerda la formulación de las Directrices de Ordenación General y del Turismo de Canarias. (BOC nº7 de 15 de enero de 2001) Decreto 146/2001, de 9 de julio, por el que se regula la prevención y extinción de incendios forestales (BOC nº 87 de 16 de Julio de 2001). Decreto 151/2001, de 23 de julio, por el que se crea el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias (BOC nº 97 de 1 de Agosto de 2001) Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias. (BOC nº 60 del lunes 15 de Mayo de 2000), modificado por la Ley 2/2000, de 17.7 (B.O.C. 28.7.2000: art. 61, 63.6, 77.a, 77.e, 201-bis, 228.1, 228.3.a, 229.1-bis, D.T. 6

Segunda, D.F. Primera, Anexo delimitación: Isleta, Chinyero), Ley 4/2001, de 6.7 (B.O.C. 9.7.2001: art. 27.6, 201-bis), Ley 6/2001, de 23.7 (B.O.C. 26.7.2001: art. 16), Ley 2/2003, de 30.1 (B.O.C. 10.2.2003: D.T. Segunda), Ley 6/2003, de 6.3 (B.O.C. 19.3.2003, Anexo delimitación: Veneguera), Ley 19/2003, de 14.4 (B.O.C. 15.4.2003 y 14.5.2003: art. 23.5, 32.2.A.8, 32.2.B.2, 34.c, 36.1.a, 71.1.a, 72.2, 97.b.1, 153.3, 175.1). Acuerdo por el que se aprueba el Plan Forestal de Canarias, adoptado por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias en la sesión de 25 de mayo de 1999 (BOC 1999/117 de martes 31 de agosto de 1999). Decreto 47/1998, de 17 de abril, sobre el Fondo de Mejoras de Aprovechamientos Forestales y de creación de la Comisión de Montes de Canarias (B.O.C. nº 52, de 29 de abril de 1998). Orden de 8 de junio de 1998, por la que se determinan las épocas de peligro de los incendios forestales en Canarias y si dictan instrucciones para su prevención y extinción (B.O.C. nº 78, de 26 de junio de 1998). Orden de 30 de junio, por la que se regulan los tipos de señales y su utilización en relación con los Espacios Naturales Protegidos de Canarias (B.O.C. núm. 99, de 5 de agosto 1998). Decreto 134/1997, 11 de julio, por el que se delimitan las funciones de las Juntas Rectoras de los Parques y Reservas Naturales (B.O.C. núm.94, de 23 de julio de 1997). Decreto 124/1995, 11 de mayo, por el que se establece el régimen general de Uso de Pistas en los Espacios Naturales de Canarias (B.O.C. núm. 76, de 19 de mayo, de 1995), modificado por el Decreto 275/1996 (B.O.C. número 149 de 27 de Noviembre de 1996), de 8 de noviembre, que modifica los artículos 3, 8 y 10.1, del Decreto 124/1995. Decreto 327/1995, de 24 de noviembre, Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo de Espacios Naturales Protegidos de Canarias. (B.O.C. nº 155 de 1995). Orden de 31 de agosto de 1993, por la que se regulan las Acampadas en los Espacios Naturales Protegidos, Montes Públicos y Montes de Particulares. (B.O.C. nº 120 de 1993). Orden de 20 de febrero de 1991, sobre protección de especies de la flora vascular silvestre de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 35, de 18 de marzo de 1991). 7

1.3 OBJETIVOS El objetivo principal del Plan es establecer las bases para una defensa integral contra el riesgo de incendios forestales de toda la isla, incidiendo en las zonas y poblaciones de mayor riesgo, y haciendo énfasis especial en la protección del Parque Nacional y su entorno inmediato. Esta protección integral del conjunto es del todo necesaria si se pretende sentar las bases para una defensa efectiva. Este planteamiento se hace evidente por el pequeño tamaño de la isla en la que un único incendio puede tener potencial para extenderse por una parte importante del territorio. El documento permite conocer y cuantificar la dimensión del problema que supone un incendio forestal para la Isla de La Gomera y planificar una serie de acciones que permitan disminuir tanto el número de incendios como los daños que estos puedan ocasionados a todo el territorios, tanto económicos, sociales o ambientales. En cuento a los objetivos generales se consideran los siguientes: 1. Conocer las causas y factores que afectan al riesgo, tanto en su vertiente territorial como temporal. 2. Diseño de acciones que deben de actuar sobre el incendio antes que se produzca: Mensajes preventivos Formación en buenas prácticas Favorecer conductas de menor riesgo Conciliación de intereses en el entorno forestal Vigilancia disuasoria Acciones sobre la masa forestal (eliminación de residuos forestales, aclareos, apertura de áreas cortafuegos, etc ) 3. Minimizar el número de incendios producidos por causas antrópicas. 4. Minimizar los daños derivados de un incendio forestal. En lo que respecta a los objetivos particulares estos son los siguientes: a) Análisis del medio físico b) Análisis de la legislación vigente y de las restricciones existentes. c) Caracterización del territorio. d) Análisis de los medios y recursos existentes e) Diagnóstico de la situación f) Análisis de alternativas de actuación g) Establecimiento de estrategias de actuación 8

h) Establecimiento de medidas de protección i) Planificación y programación de las inversiones necesarias j) Evaluación de la eficacia de las medidas tomadas mediante indicadores de seguimiento. 1.4 VIGENCIA DEL PLAN Por último, respecto a la vigencia de este Plan, se establece que será de diez (10) años a partir de la aprobación del mismo. 9

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