Resolución Nº SETENA

Documentos relacionados
Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA PROYECTO ELABORACIÓN DE CHISPA ENCIENDE FUEGO EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N0. D SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

PROYECTO APERTURA DE CALLE PÚBLICA Y FRACCIONAMIENTO FLOR DE CAFÉ EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D SETENA RESULTANDO

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Transcripción:

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1871-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 00 DEL 18 DE SETIEMBRE DEL 2014. PROYECTO EVACUACIÓN DE AGUAS PLUVIALES ASENTAMIENTO EL AMIGO EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D1-7836-2012-SETENA Conoce la Comisión Plenaria de esta Secretaría, Devolución de garantía del proyecto RESULTANDO PRIMERO: Que el día 08 de julio del 2014 se presenta ante la SETENA: 1. Solicitud de cierre técnico de la etapa constructiva del proyecto, así como de la devolución de la garantía de cumplimiento por parte del representante legal del proyecto y de la representación ambiental del mismo. 2. Informe Ambiental de cierre técnico de la etapa constructiva del proyecto, por parte del responsable ambiental y del representante legal. 3. Bitácora ambiental. SEGUNDO: Que el día 08 de julio del 2014, se realizó visita al área del proyecto, por parte del funcionario: Ing. Jaime Muñoz Aguirre, del Departamento de Auditoría y Seguimiento Ambiental de la SETENA, y se constataron las siguientes condiciones: Se tomó el registro fotográfico del área y los puntos georeferenciados (533106 N y 275579 E) de la misma. Se realizó un recorrido por el área que contempla el proyecto, en la misma se pudieron identificar dos pasos de alcantarillas, los cuales se encuentran debidamente terminados y en funcionamiento. En el cauce de los pasos de agua, fueron sacados los troncos, para permitir un mejor flujo del agua, la extracción se hizo de forma tal de que no se alterara las zonas de protección. Los canales se ajustaron para no tocar los árboles existentes, el mantenimiento de los mismos corre por cuenta de los beneficiarios. Se generaron movimientos de tierra, los cuales fueron colocados en los mismos lotes de los beneficiarios, con la intención de nivelar algunas zonas y asi poder tener mayor área de siembra. Con esas acciones se logró respetar los compromisos adquiridos por el desarrollador, desde el punto d vista ambiental. 1

CONSIDERANDO PRIMERO: Que se tiene legitimado al señor Luis Fernando Araya Meléndez, con cédula de identidad 2-313-104, Representante Legal de Asociación Campesina para el Desarrollo Agropecuario de Asentamiento El Amigo de Sarapiquí cédula jurídica 3-002-353560, Desarrollador del proyecto Evacuación de Aguas Pluviales Asentamiento El Amigo, para actuar dentro del expediente administrativo D1-7836-2012-SETENA. SEGUNDO: Que en consulta realizada el día 28 de agosto de 2014, en el sitio web: www.ccss.go.cr, la persona jurídica, se encuentra como patrono al día ante la Caja Costarricense del Seguro Social, esto en concordancia con la obligatoriedad de aplicar el Art. 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, reformado en la Ley de Protección al Trabajador, que establece como requisito para realizar diversos trámites administrativos, estar al día en el pago de las obligaciones de la Caja Costarricense de Seguro Social. TERCERO: Que se ha finalizado la etapa constructiva del proyecto, y fue la única etapa, para la cual se asignó responsabilidad ambiental y garantía de cumplimiento, mediante Resolución N 1928-2012-SETENA, por parte de esta instancia y en acato a la Ley Orgánica del Ambiente, N 7554, específicamente al Artículo 21.- Garantía de cumplimiento, y al Artículo 90 del Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental, se debe proceder al cierre técnico de la etapa constructiva del proyecto, y a la devolución de la garantía de cumplimiento. CUARTO: Que el Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental en sus artículos 90 y 91 establecen criterio sobre la vigencia de la garantía ambiental así como el proceder para su devolución. Por ello en aplicación del artículo 90, al contarse ya con una finalización de la constructiva, se debe proceder al cumplimiento del artículo 91. QUINTO: Que analizado el Informe Ambiental, el mismo cumple con los términos de referencia solicitados por esta Secretaría. POR TANTO LA COMISIÓN PLENARIA RESUELVE En sesión Ordinaria Nº 107-2014 de esta Secretaría, realizada el 17 de setiembre del 2014, en el Artículo No. 25 acuerda: PRIMERO: Dar por finalizada la etapa constructiva del proyecto Evacuación de Aguas Pluviales Asentamiento El Amigo, con expediente administrativo D1-7836-2012-SETENA, en lo concerniente a: 1. Responsabilidad ambiental (entiéndase como regencia ambiental), 2. Informes ambientales (entiéndanse como informes regenciales), y 3. Garantía de cumplimiento. 2

SEGUNDO: Avalar por parte de esta instancia informe ambiental de cierre técnico en la etapa constructiva, para el proyecto denominado Evacuación de Aguas Pluviales Asentamiento El Amigo, con expediente administrativo D1-7836-2012-SETENA, TERCERO: Autorizar a la dirección administrativa de la SETENA a depositar en la cuenta que el interesado autorice, el monto de la garantía de cumplimiento por la suma de 19 807,00 (diecinueve mil ochocientos siete colones exactos), perteneciente a la Asociación Campesina Para el Desarrollo Agropecuario del Asentamiento Campesino el Amigo de Sarapiquí, con cédula jurídica 3-002-353560, representado Legalmente por Luis Fernando Araya Meléndez, con cédula de identidad 2-0313-0104, quien actúa dentro del expediente administrativo D1-7836-2012-SETENA. CUARTO: Advertir al desarrollador, que la responsabilidad ambiental, se mantiene durante toda la vida útil del proyecto, aún cuando se haya brindado cierre técnico a las fases de construcción y operación del proyecto por parte de la SETENA, por lo que se debe respetar la legislación ambiental vigente y conexa, por ello, si se llegare a verificar el incumplimiento de las obligaciones ambientales adquiridas ante la SETENA, mediante la Declaración Jurada de Compromisos Ambientales, podrá proceder conforme a lo señalado en el artículo 99 de la Ley Orgánica del Ambiente, debiendo presentar la documentación respectiva, independientemente de la facultad de presentar las denuncias penales correspondientes por cualquier delito cometido, o de aplicar cualesquiera de las sanciones enumeradas en el artículo antes mencionado. Además, se le recuerda lo establecido en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Ambiente, responsabilidad de los infractores de la legislación ante un eventual daño ambiental. QUINTO: Con el propósito de mejorar los servicios brindados por la SETENA, se le solicita indicar una dirección de correo electrónico, para recibir notificaciones de parte de esta Secretaría, de conformidad con la directriz SG-134-2014-SETENA del 23 de junio de 2014, visible en la página web: www.setena.go.cr. SEXTO: Contra esta resolución cabe interponer dentro del plazo de tres días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación, los recursos ordinarios de revocatoria ante la SETENA, y el de apelación ante el Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones de conformidad con los artículos 342 y siguientes de la Ley General de Administración Pública Nº 6227 y 87 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554. 3

SETIMO: Toda documentación que sea presentada ante la SETENA deberá indicar claramente el número de expediente, el número de resolución y el nombre completo del proyecto, así como un número de fax para atender futuras notificaciones o ratificar el que consta en el expediente administrativo. Atentamente, ING. FREDDY BOLAÑOS CESPEDES SECRETARIO GENERAL EN REPRESENTACION DE LA COMISION PLENARIA Lic. Gerson Córdoba Miranda Director Administrativo 4

En la oficina de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental se notificó copia de la Resolución Nº_1871-2014-SETENA de las 07 horas 00 minutos del 18 de SETIEMBRE 2014. NOTIFÍQUESE: Luis Fernando Araya Meléndez Representante Asociación Campesina Para el Desarrollo Agropecuario de Asentamiento el Amigo de Sarapiquí Fax: 2257-9733 ext 140 Firma: cédula A las horas y minutos del de del 2014. Notifica 5