INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN Quito - Ecuador CÓDIGO DE PRÁCTICA ECUATORIANO CPE INEN 11:2005 Primera revisión TALLERES DEDICADOS A LA REPARACIÓN DE CILINDROS DE ACERO PARA GAS LICUADO DE PETRÓLEO, GLP. REQUISITOS MÍNIMOS. Primera Edición REPAIR WORKSHOPS FOR STEEL CYLINDERS FOR LIQUEFIED RETROLEUM GAS (L.P.G). MINIMUM SPECIFICATIONS. First Edition DESCRIPTORES: Talleres de reparación, recipientes a presión, soldadores, cilindros soldados, gas licuado de petróleo, inspección, ensayos, aceptación, reparación, eliminación MC 07.03-401 CDU: 621.798.1/05 CIIU: 381901 ICS: 75.200
CDU: 621.798.1/05 CIIU: 381901 ICS: 75.200 MC 07.03-401 Código de Práctica Ecuatoriano Obligatorio Error! Marcador TALLERES DEDICADOS A LA REPARACIÓN DE CILINDROS PARA GAS LICUADO DE PETRÓLEO. REQUISITOS MÍNIMOS. CPE INEN 11:2005 Primera revisión 2005-01 1. OBJETO 1.1 Establecer los requisitos mínimos que deben cumplir los talleres dedicados a la reparación de cilindros para gas licuado de petróleo, GLP. 2. ALCANCE 2.1 Se aplica a los talleres que se dedican a la reparación de cilindros de acero para gas licuado de petróleo, GLP, fabricados de acuerdo a la NTE INEN 111 Cilindros de acero soldados para gas licuado de petróleo GLP. Requisitos e Inspección y que son calificados como reparables, según la NTE INEN 327 Revisión de cilindros de acero para gas licuado de petróleo. 3. DEFINICIONES 3.1 Calificación de soldadores.- Procedimiento mediante el cual se califica la capacidad del personal técnico para realizar trabajos de soldadura. 3.2 Calificación del taller.- Procedimiento mediante el cual se califica la capacidad de las instalaciones, los ensayos e instrumentos, el proceso de reparación y el personal para realizar la reparación de los cilindros para gas licuado de petróleo. 3.3 Cilindro apto.- Aquel que por su estado de conservación puede seguir prestando servicio sin presentar peligro. 3.4 Cilindro reparable.- Aquel que a pesar de su estado aceptable de conservación presenta defectos menores y que de acuerdo a la NTE INEN 327 puede ser reparado en talleres autorizados por el INEN. 3.5 Cilindro fuera de uso.- Aquel que por su estado de conservación (maltrato, oxidación generalizada, etc) presenta peligro. 3.6 Cordón de soldadura principal.- Aquel que se efectúa para la: a) unión del portaválvula al casquete b) unión circunferencial c) unión longitudinal (exclusivamente en los de 45 kg) 3.7 Cordón de soldadura secundario.- Aquel que se efectúa para la: a) unión asa-casquete b) unión base-casquete 3.8 Empresa comercializadora. Empresa responsable del transporte al granel, envasado industrial y doméstico, distribución del gas licuado de petróleo, mantenimiento y reparación de los cilindros de acero para GLP. 3.9 Empresa fabricante.- Empresa que fabrica los cilindros de acero para GLP de acuerdo a la NTE INEN 111. 3.10 Inertización.-Es la operación por medio de la cual se reduce la concentración del GLP en tanques, cilindros y tuberías por debajo del límite inferior de inflamabilidad o explosión. (Continúa) DESCRIPTORES: Talleres de reparación, recipientes a presión, soldadores, cilindros soldados, gas licuado de petróleo, inspección, ensayos, aceptación, reparación, eliminación. -1-
CPE INEN 11 2005-01 3.11 Identificación del taller.- Es el sistema que mediante siglas, número o logotipo identifica al taller de reparación. 3.12 Reparación principal.- Reparación efectuada en los cordones de soldadura principales, el tratamiento térmico, la limpieza y la pintura total de los cilindros. 3.13 Reparación secundaria.- Reparación efectuada en los cordones de soldadura secundarios, la limpieza y la pintura total de los cilindros. 3.14 Resolución.- Documento mediante el cual el INEN otorga al taller de reparación la calificación de clase A o B y autoriza su funcionamiento. 3.15 Tratamiento térmico.- Procedimiento para eliminar las tensiones residuales producidas por el trabajo mecánico y para la regeneración del grano modificado del acero por efectos de la soldadura. 3.16 Vaciado.- Sistema de drenado y/o quemado de gases residuales del cilindro. 4. CLASIFICACIÓN Los talleres de reparación de cilindros se clasifican en: Taller clase A y Taller clase B. 4.1 Taller clase A. Es aquel que puede realizar reparaciones en los cordones de soldadura principales y secundarios, de acuerdo a la NTE INEN 327. 4.2 Taller clase B. Es aquel que puede realizar reparaciones en los cordones de soldadura secundarios, de acuerdo a la NTE INEN 327. Talleres clases A y B Los talleres deben: 5. REQUISITOS GENERALES 5.1 Establecer el diagrama de Flujo para la reparación de los cilindros para GLP. 5.2 Desarrollar y colocar en cada etapa del proceso, en forma legible y comprensible, los procedimientos de operación referentes a la clasificación, reparación y ensayos de verificación de acuerdo a la NTE INEN 327. 5.3 Mantener un registro cronológico de los cilindros reparados, que contenga: nombres de las empresas fabricante y comercializadora, números del cilindro y del lote, fechas de fabricación y de reparación, tipo de reparación, o cambio de asa y/o base y firma de responsabilidad. 5.4 Poseer una bodega para los cilindros eliminados. 5.5 Dotar de equipos de seguridad al personal operativo. 5.6 Contar con servicios básicos. 5.7 Mantener orden y limpieza. 5.8 Contar con la iluminación adecuada. 5.9 Contar con simbología y procedimientos de seguridad pertinentes. 5.10 Contar con equipos, botiquín y personal capacitado en primeros auxilios. -2- (Continúa)
CPE INEN 11 2005-01 6.1 Taller clase A Debe contar con: 6. REQUISITOS ESPECÍFICOS 6.1.1 Una zona para inertización de los cilindros, aislada del taller de reparación y con suficiente ventilación natural, para realizar el vaciado del gas de los cilindros. 6.1.2 Un sistema adecuado para inertizar, pudiendo ser con agua, gases inertes o vapor de agua. 6.1.3 Un sistema para el tratamiento de las aguas residuales de la inertización del lavado interno de los cilindros, con el objeto de proteger el medio ambiente. 6.1.4 Un sistema para el tratamiento de los residuos sólidos del GLP, que se evacua de los cilindros, con el objeto de proteger el medio ambiente. 6.1.5 Herramientas adecuadas, que al momento del sacado de asas o bases, no afecten al material del cuerpo del cilindro. 6.1.6 El equipo idóneo para realizar las soldaduras principales y secundarias. 6.1.7 Equipos para limpiar previo a pintar los cilindros; se acepta granallado o arenado. 6.1.8 Personal, con calificación vigente del INEN, para realizar cordones de soldadura principales y secundarios. 6.1.9 Equipos e instrumentos de medición para masa, longitud y presión, debidamente calibrados. 6.1.10 Instrumentos para marcar en el cilindro la identificación, fecha de reparación, número secuencial y la nueva tara si es necesario. 6.1.11 Un horno capaz de efectuar el tratamiento térmico a los cilindros de acuerdo a la NTE INEN 111. 6.1.12 Un equipo para realizar el ensayo de presión residual de acuerdo a la NTE INEN 111. 6.1.13 Equipos para realizar ensayos de presión hidrostática, adherencia de pintura capa seca, estanquidad y torque de acuerdo a la NTE INEN 327. 6.1.14 Personal entrenado sobre los procedimientos de seguridad que deben aplicar al momento de realizar las reparaciones y los ensayos. 6.2 taller clase B 6.2.1 Los requisitos específicos para este taller son similares a los de clase A a excepción de los numerales 6.1.10 y del 6.1.11. 7. INSPECCIÓN 7.1 El INEN por medio de su personal calificado realizará la inspección y verificación del cumplimiento de lo que establece este código. 7.2 El auditor del INEN emitirá un informe técnico en el que conste su evaluación. -3- (Continúa)
CPE INEN 11 2005-01 7.3 Sobre la base del informe técnico, el Director General del INEN emitirá la Resolución respectiva, de la que se entregará el original al representante del taller de reparación calificado. 7.4 La duración de la Resolución será de 1 año calendario, contado a partir de la fecha de emisión. 7.5 El INEN se reserva el derecho de realizar las auditorías que creyere convenientes. (Continúa) -4-
CPE INEN 11 2005-01 APÉNDICE Z Z.1 DOCUMENTOS NORMATIVOS A CONSULTAR Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 327:1999 Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 111:1998 Revisión de cilindros de acero para gas licuado de petróleo (2da. R.). Cilindros de acero soldados para gas licuado de petróleo GLP. Requisitos e Inspección (5ta.R Z.2 BASES DE ESTUDIO Código ASME Sección IX Welding and Brazing Qualifications. New York. U.S.A., 1995. -5-
Documento: CPE INEN 11 Primera revisión ORIGINAL: Fecha de iniciación del estudio: 19 INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA TITULO: TALLERES DEDICADOS A LA REPARACIÓN DE CILINDROS PARA GAS LICUADO DE PETRÓLEO. REQUISITOS MÍNIMOS. Código: MC 07.03-401 REVISIÓN: Fecha de aprobación anterior por Consejo Directivo 1985-04-19 Oficialización con el Carácter de Obligatoria por Acuerdo No. 354 de 1985-05-29 publicado en el Registro Oficial No. 206 de 1985-06-13 Fecha de iniciación del estudio: Fechas de consulta pública: de a Comité Interno : Fecha de iniciación: 2003-09-17 Fecha de aprobación: 2003-10-29 Integrantes del Comité Interno: NOMBRES: Dr. Ramiro Gallegos (Presidente) Ing. Gustavo Jiménez Ing. Enrique Troya Ing. Marco Fernández Ing. María Altamirano Dra. Hipatia Navas Sr. Milton Sánchez Ing. Fausto Lara (Secretario Técnico) INSTITUCIÓN REPRESENTADA: DIRECTOR DEL ÁREA TÉCNICA DE SERVICIOS TECNOLÒGICOS DIRECTOR DEL ÁREA TÉCNICA DE NORMALIZACIÓN DIRECTOR DEL ÁREA TÉCNICA DE VERIFICACIÓN ÁREA TÉCNICA DE CERTIFICACIÓN ÁREA TÉCNICA DE CERTIFICACIÓN ÁREA TÉCNICA DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS ÁREA TÉCNICA DE CERTIFICACIÓN ÁREA TÉCNICA DE NORMALIZACIÓN Otros trámites: El Consejo Directivo del INEN aprobó este proyecto de Código en sesión de 2004-10-06 Oficializado como: OBLIGATORIO Por Acuerdo Ministerial No. 04 892 de 2004-12-21 Registro Oficial No. 504 de 2005-01-14
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