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Transcripción:

26 de septiembre de 2007 Documento original del CINIF en www.cinif.org.mx Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF) Señores: Hemos analizado el proyecto de la Norma de Información Financiera NIF B-2, Estado de flujo de efectivo, Referencia No. 026-07 y, a continuación, presentamos las sugerencias de la Comisión de Principios de Contabilidad del Instituto Mexicano de Contadores Públicos: Comentarios generales Consideramos que se debe justificar ampliamente la razón por la cual, en un ambiente de economía y contabilidad inflacionaria, el estado de flujo de efectivo (valores nominales) debe presentarse en unidades monetarias distintas a las que se muestran los otros estados financieros básicos (pesos constantes). La NIC 29 requiere que el estado de flujo de efectivo sea preparado a pesos constantes, lo cual significaría una diferencia con las normas internacionales que debe señalarse en esta norma. El documento no contiene guías relativas a la preparación del estado de flujo de efectivo partiendo de la contabilidad sobre la base de pesos constantes. Consideramos que al menos, en el ejemplo de la elaboración de este estado, debería mostrarse cómo se llevan a cabo las eliminaciones de los efectos de la inflación y cómo se presentaría el REPOMO. Estas reglas las consideramos necesarias en virtud de que esta norma requiere reestructurar, para efectos comparativos, los estados financieros de años anteriores en que se ha reconocido este efecto de inflación. Es conveniente que en la norma se defina qué se debe entender por valores nominales. Adicionalmente, este proyecto no contiene guías para entidades en las que sus principales actividades de operación son de carácter financiero. Con el fin de cubrir a estas entidades, es necesario incluir algunos párrafos de la NIC 7, como son los párrafos 15, 24, 33 y el ejemplo mostrado en el Anexo B de la NIC 7. 1

Comentarios particulares Párrafo IN8 Eliminar el párrafo. El párrafo se contrapone a lo expresado en el párrafo IN3, además de que no aporta valor al documento. Párrafo IN9 Eliminar el párrafo. La explicación que se vierte en este párrafo contradice el sustento y la filosofía del reconocimiento de los efectos de la inflación en la información financiera, que se trata en la NIF B-10. Párrafos IN10 e IN15 Adecuar estos párrafos. La aseveración de estos párrafos no es correcta, ya que el párrafo 33 de la NIC 29 establece: esta norma exige que todas las partidas del estado de flujo de efectivo se reexpresen en términos de la unidad de medida corriente en la fecha de cierre del balance de situación. 2

Párrafo IN13, inciso b) Texto sugerido b) posibilidad de predicción y confirmación ya que el estado de flujo de efectivo, no sólo se utiliza para confirmar información sobre las entradas y salidas de efectivo ocurridas en la entidad, sino que también se usa para pronosticar la generación de flujos futuros en conjunto con otros estados financieros básicos e información adicional relevante. Por si mismo, el estado de flujo de efectivo no permite pronosticar la generación de flujos futuros, sino que es necesario utilizar otra información, como las fechas de vencimiento de los pasivos, volúmenes estimados de ventas, etc. Párrafo 1 Sustituir mecanismo de elaboración por proceso de elaboración. Nos parece más adecuado utilizar el término proceso que mecanismo, ya que este último se asocia más a la maquinaria. Párrafo 6 Sustituirlo por el párrafo 5 de la NIC 7. Aunque en esencia parece ser lo mismo, el párrafo de la NIC 7 tiene mejor contenido y es más claro en su explicación. 3

Párrafo 8 inciso a) Separar la definición de efectivo de la de equivalentes de efectivo e incluir las explicaciones de lo que son los equivalentes de efectivo (vencimientos no mayores a tres meses, sobregiros bancarios, etc.) como lo hace la NIC 7 en sus párrafos 7 a 9. Adicionalmente, es importante mencionar cuál es el tratamiento en este estado financiero del efectivo restringido. La separación sugerida y las explicaciones detalladas de las características de los equivalentes de efectivo, proporcionará mayor guía a los preparadores del estado de flujo de efectivo. Párrafo 8, inciso e) Texto sugerido e) actividades de financiamiento son la obtención y distribución de efectivo y equivalentes de efectivo a los propietarios de la entidad y que producen cambios en el importe y composición del capital contable; Redacción más apropiada, ya que el movimiento es del efectivo y no de los propietarios. Párrafos 10 inciso c) y 27 Comentario Sugerimos eliminar la obligatoriedad de presentar este renglón (subtotal) en el estado de flujo de efectivo. El obligar a presentar este subtotal ocasiona una diferencia con la NIC 7 y además no agrega valor. 4

Párrafo 11 Texto sugerido Una transacción puede contener flujos de efectivo asociados con una o más categorías; en este caso, la entidad debe presentar cada parte de la transacción en la categoría con la que esté asociada. Por ejemplo, cuando los pagos correspondientes a un préstamo incluyen capital e interés, la parte de intereses se clasifica como actividad de operación, mientras que la porción del pago del principal se clasifica como actividad de financiamiento. La denominación de transacción en lugar de operación evita confusiones en relación a la naturaleza de los flujos de efectivo y el ejemplo, tomado del párrafo 12 de la NIC 7, facilita el entendimiento del citado párrafo 11 de la NIF B-2. Párrafo 12 inciso a) Sustituir grande por significativo. El término significativo, en su acepción de importancia, lo consideramos más apropiado que grande. Párrafo 13 e inciso d) del párrafo 8 Eliminar la condición de largo plazo en el caso de inversiones. No consideramos adecuado condicionar que las inversiones sean a largo plazo, ya que pueden presentarse situaciones en las que una inversión se haga a corto plazo, como puede ser un préstamo otorgado. El párrafo 14 de la NIC 17, no califica las inversiones como a largo plazo. 5

Párrafo 14 Texto sugerido Debido a que los flujos de las actividades de operación son los que se derivan de las transacciones que constituyen la principal fuente de ingresos de la entidad,.. Se repite el concepto de operación. Párrafo 19 : Eliminar del párrafo y flujos de efectivo en el largo plazo. Como está redactado el texto, es redundante en relación a flujos de efectivo y condiciona a que las inversiones sean a largo plazo, lo cual no es correcto. Ver nuestra sugerencia al párrafo 13. Párrafo 26 Presentar los dividendos cobrados como actividades de operación. El Boletín B-12, Estado de cambios en la situación financiera, considera los dividendos cobrados dentro de las actividades de operación (párrafo 17 a). Por su parte, la NIC 7 establece que no hay consenso en la presentación de los dividendos cobrados y en su párrafo 33 indica: Los intereses pagados, así como los intereses y dividendos percibidos, pueden ser clasificados como procedentes de actividades de operación, porque entran en la determinación de la ganancia o pérdida. De forma alternativa, los intereses pagados pueden clasificarse entre las actividades de financiación, así como los intereses y dividendos percibidos pueden pertenecer a las actividades de inversión, puesto que los primeros son los costos de obtener recursos financieros y los segundos representan el rendimiento de las inversiones financieras. 6

Por otro lado, el FAS 95 (párrafos 22 y 23, así como el ejemplo 1 del párrafo 131) también considera que los dividendos cobrados son parte de las actividades de operación. La NIF B-2 debe establecer que las empresas tenedoras de acciones de otras entidades, cuando tienen influencia significativa o control, presenten los dividendos cobrados como actividades de operación, sobre todo en los casos de controladoras puras. La presentación de dividendos cobrados como actividades de inversión sólo se debe hacer cuando dichos dividendos representen en esencia recuperación de la inversión. Párrafo 29 inciso e) Consideramos conveniente aclarar en este párrafo, que los pagos para reducir deuda, incluyendo arrendamientos financieros, no incluye a los intereses pagados, los cuales deben presentarse dentro de las actividades de operación. Ver comentario a párrafo 11. Párrafo 32 Aclarar cómo se concilia el saldo inicial del efectivo mostrado en el balance general y en el estado de flujo de efectivo cuando se reconocen los efectos de la inflación. Los saldos de efectivo iniciales mostrados en dichos estados, no coincidirán en virtud de que el saldo de efectivo en el balance estará presentado a pesos constantes y el efectivo mostrado en el estado de flujos de efectivo estará presentado en pesos nominales. Párrafo 34 Sustituir en el título anterior al párrafo 34, el término mecanismo por proceso. 7

Incluir en el párrafo 34 como ejemplo los cobros realizados a través del intercambio por derechos u obligaciones, como es el caso de cuando el cobro o pago de la partida se realiza con un activo fijo, concepto incluido en el párrafo 38 de la NIF A-2. Párrafo 38 Incluir la opción de que se presenten los pagos en efectivo a empleados junto con los pagos a proveedores de bienes y servicios. Para algunas entidades puede ser difícil separar del costo de ventas y de otros gastos los sueldos de empleados pagados en efectivo. La NIC 7, muestra en sus ejemplos el rubro de Pagos a proveedores y al personal. Párrafo 39, inciso a), subinciso iii) Texto sugerido iii) otras partidas no realizadas; como las que provienen de fluctuaciones cambiarias y de la valuación, a valor razonable, de otros equivalentes de efectivo, como pueden ser los metales preciosos amonedados; Para incorporar los efectos que se deriven de cambios en la valuación, tanto del efectivo como de todos los equivalentes de efectivo. Párrafo 42 Eliminar de este párrafo lo siguiente: por otra parte, las salidas de flujos de efectivo por intereses de un crédito bancario deben presentarse en actividades de financiamiento. 8

La regla propuesta no se justifica y significa un cambio importante a la práctica que se ha seguido en México conforme al Boletín B-12 (párrafos 18 b) y 19 e)) y contraria a lo establecido en el párrafo 23, inciso d) del SFAS 95, lo cual podría permitir manipulación en la presentación de información financiera. Por otro lado, la NIC 7 claramente da la alternativa de presentar los intereses pagados por financiamiento, como actividades de operación ya que éstos son determinantes del resultado de la operación, tal como lo establece en sus párrafos 12 y 33. Párrafos 43 Para facilidad de los usuarios de esta NIF B-2, sería conveniente incluir las definiciones de moneda en que se informa y de moneda funcional, o hacer referencia a los Boletines B-15 y C-10. Párrafos 46 y 47 También cubrir en estos párrafos los cambios originados por la valuación (a valor razonable o de mercado, según proceda) de los equivalentes de efectivo, y no limitar la regla solamente a las fluctuaciones cambiarias. Véase nuestro comentario al párrafo 39, inciso a) subinciso iii). C.P.C. Alfonso Infante Lozoya Vicepresidente de Legislación C.P.C. Benjamín De Alba Mora Presidente de la Comisión de Principios de Contabilidad 9

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